Los magistrados del Tribunal Constitucional
Es una obviedad decir que todos los ciudadanos, al menos los que están en pleno uso de sus facultades mentales, tienen su ideología política. Otra cosa es que esos pensamientos interfieran mas o menos en el ejercicio de su arte, oficio o profesión.
Viene esto al caso con motivo de la recientísima Sentencia del Tribunal Constitucional declarando inconstitucional determinados preceptos del Real Decreto 463/2020 que declaró el estado de alarma.
Esta Sentencia, que es consecuencia de un recurso de inconstitucionalidad interpuesto por “Vox”, contó con el voto a favor de seis magistrados (se dice que todos ellos del bloque conservador excepto uno) y con el voto en contra de los cinco restantes (se dice que todos ellos del sector progresista excepto dos).
Aunque el Tribunal Constitucional está compuesto de doce magistrados, en este caso solo intervinieron once, dado que Don Fernando Valdés Dal-Ré renunció a su cargo, y su plaza todavía no ha sido cubierta, tras ser investigado como presunto autor de un delito de violencia de género.
Recordemos que los magistrados del Tribunal Constitucional son nombrados por el Rey: cuatro a propuesta del Congreso de los Diputados, por mayoría de tres quintos de sus miembros; cuatro a propuesta del Senado, elegidos entre los candidatos presentados por las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, también por mayoría de tres quintos de sus miembros; dos a propuesta del Gobierno; y dos a propuesta del Consejo General del Poder Judicial, por mayoría de tres quintos de sus miembros.
Y este peculiar método de nombramiento hace que, según cual sea el partido que propone a los candidatos a magistrado, el que resulte nombrado pasará automáticamente a ser considerado como progresista o conservador según la ideología del grupo proponente. Así de sencillo y, también, así de injusto.
Pero, guste más o menos, lo que es evidente es que esta Sentencia demuestra que la “ideología” no siempre interviene en las decisiones de los magistrados del Tribunal Constitucional, pues se da la circunstancia de que la misma contó con el voto a favor de cinco magistrados del bloque conservador y uno del progresista y con el voto en contra de tres magistrados del sector progresista y dos del conservador, es decir, que en este caso los prejuicios ideológicos atribuidos a Sus Señorías se han “mezclado”.
Lo que indica, según mi opinión, modesta, es que la gran mayoría de magistrados son íntegros….. luego están estos cerdos del legislativo, que intentan cargarse la independencia judicial, pero eso es de otra piara…
Coño Cesarin, que gráfico eres.