La “nueva” Justicia
En este país la Justicia no se caracteriza precisamente por su rapidez; y a este respecto existe un antiguo aforismo que dice que “la Justicia que es lenta, no es justicia”.
Las oficinas judiciales, en la mayoría de las ocasiones, se ubican en dependencias muy poco adecuadas a su finalidad, carecen de funcionalidad, hay escasez de personal, los medios materiales son pocos y obsoletos y, además, los Letrados de la Administración de Justicia (anteriormente denominados Secretarios Judiciales), Fiscales y Jueces y Magistrados son muchos menos de los mínimos necesarios para una Justicia ágil y moderna.
España está a la cola de la UE en inversión para las instituciones judiciales, según los datos oficiales del Consejo de Europa.
En cuanto a los Fiscales, la proporción por cada 100.000 habitantes es de 14,23 en Portugal, 6,47 en Alemania, 5,22 en España, 2,84 en Francia y 3,43 en Italia.
Y respecto a los Jueces y Magistrados, la citada proporción es de 24,7 en Alemania, 19,2 en Portugal, 11,2 en España, 10,7 en Francia y 10,6 en Italia.
No obstante, estas comparativas, que arrojan como resultado que España está en la media europea en cuanto a número de Fiscales, Jueces y Magistrados, deben de acogerse con ciertas reservas pues no todos los sistemas judiciales son iguales ni mucho menos.
Hasta ahora, los modernamente llamados “operadores jurídicos” (abogados, justiciables, procuradores, etc.), podíamos acudir libremente a las oficinas judiciales en horario de 10:00 a 14:00 para despachar con los funcionarios, lo que daba enorme agilidad y fluidez al sistema, pues evitaba bastante papeleo.
Pero actualmente, por culpa de esa “psicosis administrativa” (?) que ha desatado la pandemia, en el Senado se está tramitando un proyecto de ley de medidas procesales y organizativas para hacer frente a la COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia que puede colapsar el sistema.
Ahora lo que se pretende es que, hasta el 20 de junio de 2021 inclusive, la atención al público y a los profesionales que intervienen ante la Administración de Justicia, en cualquier sede judicial o de la fiscalía, se realice por videoconferencia, por vía telefónica o a través del correo electrónico habilitado a tal efecto. Y para aquellos casos en los que resulte imprescindible acudir a la sede judicial o de la fiscalía, será necesario obtener la correspondiente cita previa.
Lo del “teletrabajo” en las oficinas judiciales y fiscalías lo dejo para otra ocasión.
Pero todo esto, insisto, puede llegar a colapsar el sistema.
¡¡¡ Ay de mi güey !!!
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