Empleados públicos: cosas veredes
Dejando a un lado a los funcionarios, que se rigen por una normativa específica mucho más tuitiva y protectora, los empleados laborales de las Administraciones Públicas están sometidos al conocido Estatuto de los Trabajadores, uno de cuyos preceptos regula la suspensión de los contratos de trabajo y la reducción de la jornada laboral, en ambos casos por las concretas causas que el mismo contempla, lo que tiene lugar a través del denominado expediente de regulación temporal de empleo (ERTE).
Todos hemos oído hablar éstos días de que, a raíz de la declaración del estado de alarma, las empresas pueden promover estos ERTE, siendo precisamente la pandemia una de las causas que los justifican, de manera que el alcance y duración de las medidas de suspensión de los contratos o de reducción de la jornada se adecuarán al nuevo escenario derivado del COVID-19.
En éste contexto, que es temporal, el trabajador no podrá acudir a su puesto de trabajo ni percibir su salario durante el tiempo que dure la suspensión (salvo que se trate de un ERTE de reducción de jornada, en cuyo caso trabajará solo durante el horario de la jornada reducida y percibirá la parte proporcional de su salario original), ni tampoco indemnización alguna por parte de la empresa, sino que cobrará la correspondiente prestación por desempleo hasta que la situación se normalice.
Sin embargo, durante el mandato de Don Mariano Rajoy Brey (años 2011 a 2018) tuvo lugar la denostada reforma laboral, que aun siendo tan criticada por la izquierda caniche resulta que hoy continúa en vigor y, además, aplicándose en toda España un día sí y otro también (baste decir que actualmente es la base legal de cualquier ERTE), pero, para sorpresa de todos, es precisamente debido a la reforma laboral de Rajoy por lo que ni a los Ayuntamientos ni al resto de las Administraciones Públicas se les permite promover un ERTE contra sus empleados laborales: ni por el COVID-19 ni por ninguna otra causa.
En definitiva, en España todos los trabajadores sin excepción son susceptibles de quedar sometidos a un ERTE, salvo los empleados laborales de las Administraciones Públicas.
Privilegios de la reforma de Rajoy.
Quién les iba a decir a los empleados públicos en régimen laboral que sus contratos de trabajo, a diferencia de los del resto de los mortales, quedarían blindados frente a todos los ERTE debido precisamente a esa reforma de la “derechona”.
Lo dicho: cosas veredes.
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