Chapuzas normativas

El otro día, en la entrada titulada Administración electrónica”, escribí sobre el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.

Se trata de una norma dictada por el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, al frente del cual se encuentra doña María del Carmen Calvo Poyato, vicepresidenta primera del Gobierno, esa señora tan aseñorada que durante la pasada primavera, cuando se contagió de la Covid-19, no tuvo el mas mínimo empacho en ingresar en la clínica Ruber de Madrid, uno de los hospitales privados más caros de España. ¡¡¡Predicando con el ejemplo!!!

Pues bien, a lo que voy, a pesar de la caterva de asesores, asistentes y gabineteros que rodea a esta mujer, resulta que el citado Real Decreto contiene errores imperdonables.

Ambas equivocaciones se refieren a la remisión al contenido de dos preceptos de la Ley 39/2015, concretamente a sus artículos 9-2 y 10-2, pero, sorprendentemente, el mencionado Real Decreto transcribe la redacción originaria de aquellos sin reparar en que los mismos fueron modificados por el Real Decreto-Ley 14/2019, de 31 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes por razones de seguridad pública en materia de administración digital, contratación del sector público y telecomunicaciones.

Dicho en otras palabras: el Real Decreto 203/2021 contiene referencias normativas derogadas.

Todo un disparate.

Mario Gómez Marcos (Cangas del Narcea, 1960 - 2023)
Abogado
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