«Operación Furaco»
En el mes de noviembre del año 2008, el Gobierno de Don José Luis Rodríguez Zapatero aprobó el Plan Español para el Estímulo de la Economía y el Empleo, popularmente conocido como “Plan E”, con el objetivo de impulsar la actividad económica del país, movilizando grandes cantidades de dinero público, para hacer frente a la crisis económica originada tras el pinchazo de la burbuja inmobiliaria y financiera global del año 2007.
Y los más de 30.000 proyectos del “Plan E” trajeron un diluvio de dinero a los ayuntamientos: 8.000 millones de euros, cifra que duplicó la inversión de todos los municipios de España al año.
Uno de los beneficiados por ese chaparrón de dinero público fue el Ayuntamiento de Cangas del Narcea, que en aquellos tiempos estaba gobernado por el alcalde Don José Manuel Martínez González (IU), tras un estrafalario pacto con el PP local que dio lugar al que tantas veces he denominado aquí como “El cuatrienio negro” (2007-2011).
Pues bien, con cargo a dichos fondos públicos, el exalcalde Martínez y sus adláteres sufragaron una serie de obras públicas entre las que se encuentran las de
- depuración, saneamiento y pavimentación del pueblo de Fondos de Villa;
- saneamiento y pavimentación del pueblo de Villar de Naviego;
- acondicionamiento y mejora de camino entre los pueblos de Besullo y Pumar de las Montañas;
- mejora de la red de distribución del pueblo de Las Cuadriellas de Villaláez;
- nuevo depósito regulador del pueblo de Besullo;
- camino entre los pueblos de Gedrez, Piedrafita y Jalón; y
- ahorro energético en varios pueblos del Concejo.
Tras la llegada de la nueva corporación municipal (2011-2015), cuyo alcalde fue Don José Luis Fontaniella Fernández (PP), algunos vecinos de los pueblos en los que se ejecutaron las obras en cuestión acudieron al Ayuntamiento para expresar sus quejas por su resultado, ordenándose entonces por parte de aquél y de Don José Ramón Puerto Alvarez, concejal delegado de Urbanismo, Infraestructuras y Medio Ambiente entre los años 2011 y 2013, que los servicios técnicos municipales comprobaran in situ la situación, lo que motivó una serie de inspecciones -verdaderas auditorías de las obras públicas- a resultas de la cuales los técnicos locales emitieron los correspondientes informes poniendo de relieve que dos empleados del Ayuntamiento habían certificado en su día la realización de obras sin ejecutar, lo que supuso un derroche de dinero público superior a los 600.000,00 euros de los de entonces o, más exactamente, se había dispuesto de semejante cantidad de dinero sin más justificación que unas certificaciones de obra que luego se demostró que no se ajustaban a la realidad.
Así las cosas, el alcalde Fontaniella puso los hechos en conocimiento:
- del Tribunal de Cuentas, cuya sección de fiscalización hasta la fecha ha dictado varias Sentencias condenando al exalcalde Martínez a reintegrar a las arcas públicas importantes sumas de dinero (en total más de 90 mil euros) de las que, dicho sea de paso, todavía no ha pagado ni un céntimo; y
- de la Fiscalía Superior del Principado de Asturias, que terminó querellándose contra el exalcalde Martínez, dos empleados municipales (uno de ellos ya no trabaja para el Ayuntamiento) y los responsables de todas las empresas que ejecutaron las obras, por los delitos continuados de prevaricación, malversación de caudales públicos y falsedad en documento oficial y mercantil.
A las actuaciones seguidas ante el citado órgano de fiscalización del Estado ya me referí en la entrada titulada “El Tribunal de Cuentas”, donde dejé bien claro que esa había sido la primera -y única- vez que en Cangas se había auditado la obra pública, práctica que tendría que ser siempre obligatoria en todas las Administraciones para evitar la dilapidación del dinero de todos los ciudadanos y de cuyos polvos, entre otros, tenemos ahora este lodazal de país.
Pero de lo que no recuerdo haber escrito aquí nunca es sobre la querella del Ministerio Fiscal, que dio lugar a una investigación penal en el Juzgado de Instrucción de Cangas del Narcea que desembocó en el Procedimiento Abreviado nº 89/2018 de la Audiencia Provincial (Sección Tercera) de Oviedo, cuya vista oral estaba señalada para los próximos días 14, 15, 16, 17 y 18 de diciembre pero que acaba de ser suspendida sine die por problemas logísticos: el Tribunal no encuentra una sala de vistas que permita mantener las medidas sanitarias preventivas derivadas de la pandemia ante la afluencia de las personas que deben intervenir en el juicio oral (miembros del Tribunal, Ministerio Fiscal y demás partes, funcionarios de la Administración de Justicia, testigos y peritos, etc.).
En este proceso penal se encuentran personados como acusación no solo el Ministerio Fiscal sino también la Abogacía del Estado y el Ayuntamiento de Cangas, éste último defendido por un abogado de Oviedo, pues para éste procedimiento judicial al alcalde-abogado tampoco le valen ni las letradas consistoriales -que están en nómina- ni, como siempre, ninguno de los diez abogados con despacho abierto en la villa y que pagamos los impuestos en éste municipio.
Los acusados son 9 en total (el exalcalde Martínez, los dos empleados municipales y los seis gerentes de las empresas contratistas) y por parte del Ministerio Fiscal se están solicitando para los mismos las siguientes penas:
- para el exalcalde Martínez, las de 8 años de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y 20 años de inhabilitación para el ejercicio de cargo o empleo público;
- para los dos empleados municipales, las de 8 años de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y 20 años de inhabilitación absoluta para el ejercicio de cargo o empleo público;
- para dos de los empresarios, las de 3 años y 6 meses de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y 8 años y 11 meses de inhabilitación absoluta para el ejercicio de cargo o empleo público;
- para otros dos empresarios, las de 3 años y 11 meses de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y 9 años y 11 meses de inhabilitación absoluta para el ejercicio de cargo o empleo público;
- para otro empresario, las de 2 años de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y 4 años de inhabilitación absoluta para el ejercicio de cargo o empleo público; y
- para otro empresario, las de 2 años y 11 meses de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y 5 años y 11 meses de inhabilitación absoluta para el ejercicio de cargo o empleo público.
Y las responsabilidad civiles, es decir, las indemnizaciones que en total los acusados tienen que satisfacer al Ayuntamiento de Cangas por los daños y perjuicios ocasionados con su proceder, superan en conjunto los 510 mil euros (sin computar los citados mas de 90.000,00 euros del Tribunal de Cuentas), cantidades de las que las empresas contratistas responderán subsidiariamente.
Como verá el lector, por esta entrada y por otras anteriores, lo del Ayuntamiento de Cangas es de Juzgado de Guardia, nunca mejor dicho.
Pero que no cunda el pánico por lo elevado de las penas solicitadas; porque éstas cosas al “cocer” menguan.
Como en este país a este tipo de investigaciones se les suelen poner curiosos nombres, yo he decidido bautizar a ésta como “Operación Furaco”. Seguro que muchos lectores lo entenderán.
¡¡¡Ay de mi güey!!!
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