El arquitecto municipal
Entre los años 1982 y 2014 (32 años) la plaza de arquitecto municipal del Ayuntamiento de Cangas del Narcea estuvo ocupada por un personaje cuando menos controvertido y polémico.
En el año 1990 la mayoría de los constructores y promotores inmobiliarios de Cangas presentaron en el Ayuntamiento un escrito poniendo en conocimiento del alcalde lo que consideraban un irregular proceder del arquitecto municipal, escrito que fue leído en un Pleno y acto seguido remitido a la Fiscalía Superior del Principado, quien procedió a la incoación de unas Diligencias Informativas que archivó en el año 1991. No obstante, el Ayuntamiento decidió poner los hechos en conocimiento del Juzgado de Instrucción de Cangas quien en el citado año 1991 incoó contra el arquitecto municipal un procedimiento penal por presunto delito de cohecho.
Así las cosas, el mismo año 1991, el arquitecto municipal presentó en el Juzgado de Instrucción de Cangas una querella contra todos los firmantes de dicho escrito imputándoles a cada uno de ellos la comisión de un delito de calumnia por escrito contra funcionario público.
Tras la investigación judicial, y la acumulación de ambos procedimientos (el del delito de cohecho y el del delito de calumnia), en el año 1995 la Audiencia Provincial de Oviedo decretó el archivo de todas las actuaciones.
Ese mismo año, el arquitecto municipal interpuso ante el Juzgado de Instrucción de Cangas una nueva querella contra dichos constructores y promotores, esta vez imputándoles a cada uno de ellos la comisión de un delito de acusación y denuncia falsas, pero, tras la investigación judicial, en el año 1997 el Juzgado decretó el archivo de las actuaciones, decisión que ese mismo año fue ratificada por la Audiencia Provincial de Oviedo.
Paralelamente, en el año 1995, el arquitecto municipal presentó en el Juzgado de Instrucción de Cangas otra querella, ahora contra quien entonces era alcalde, imputándole la comisión de los delitos de prevaricación, tráfico de influencias y malversación de caudales públicos, lo que dio lugar en el año 1997 a la celebración de un juicio oral y público en la Audiencia Provincial de Oviedo, quien posteriormente dictó Sentencia absolviendo al acusado, interponiendo entonces el querellante un recurso de casación ante el Tribunal Supremo quien en el año 1998 dictó Sentencia ratificando la absolución e incluso condenando al arquitecto municipal al pago de las costas.
En el año 2011 llegaron al Ayuntamiento los Sres. Fontaniella y Puerto, alcalde y concejal de Urbanismo, respectivamente, quienes en el año 2013 procedieron a la incoación de un expediente disciplinario del que el arquitecto municipal resultó sancionado con la suspensión de funciones durante dieciocho (18) meses, decisión que fue ratificada en el año 2014 tanto por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 5 de Oviedo como por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias.
Posteriormente, en el año 2014, el arquitecto municipal solicitó al Ayuntamiento que prorrogara su permanencia en el servicio activo hasta cumplir los 70 años, lo que le fue denegado, decisión que fue ratificada tanto por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Oviedo en el año 2014 como por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias en el año 2015.
Entre los años 2014 y 2017 el arquitecto municipal (ahora ya ex) presentó en el Juzgado de Instrucción de Cangas diferentes denuncias y una querella contra los citados Sres. Fontaniella y Puerto, imputándoles la comisión de los delitos contra la ordenación del territorio y urbanismo, negociaciones prohibidas a los funcionarios y abuso en el ejercicio de su función, tráfico de influencias e información privilegiada, prevaricación y malversación de caudales públicos, incoándose varios procesos penales que fueron sucesivamente sobreseídos y archivados por dicho Juzgado, el último en el año 2018 y su decisión ratificada en el año 2019 por la Audiencia Provincial de Oviedo.
Y ahora, en el año 2020 y debido precisamente a la presentación de las referidas denuncias y querella contra los Sres. Fontaniella y Puerto, la Fiscalía Superior del Principado ha formulado ante el Juzgado de Instrucción de Cangas un escrito de acusación contra el ex arquitecto municipal, imputándole la comisión de un delito continuado de acusación y denuncia falsa en concurso con un delito de calumnia contra autoridad y solicitando le sean impuestas las penas de dos (2) años de prisión y de veinte (20) meses de multa, amén del pago de las costas y la correspondiente indemnización económica a favor de aquellos.
Que cada uno saque sus conclusiones.
¡¡¡Ay de mi güey!!!
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