El estado de alarma se estableció por Real Decreto nº 463/2020 (BOE de 14 de marzo de 2020) y ya en una entrada anterior (“Arresto domiciliario”) cuestioné la constitucionalidad de la medida en los amplios y genéricos términos en los que la misma se adoptó.
Ahora, a la vista del Real Decreto nº 476/2020 (BOE de 28 de marzo de 2020), prorrogando la situación, ya no tengo la más mínima duda de que todo esto ya ha alcanzado tintes de anticonstitucionalidad.
Me explico: el estado de alarma viene contemplado en el art. 116 de la Constitución (CE), cuyo apartado 2 establece que del Decreto del Consejo de Ministros que lo declare habrá de darse cuenta inmediata al Congreso de los Diputados, sin cuya autorización no podrá ser prorrogado.
Hasta aquí todo correcto. Lo que pasa es que el estado de alarma se encuentra regulado en la Ley Orgánica nº 4/1981, cuyo artículo Sexto dispone textualmente: “Dos. En el decreto se determinará el ámbito territorial, la duración y los efectos del estado de alarma, que no podrá exceder de quince días. Sólo se podrá prorrogar con autorización expresa del Congreso de los Diputados, que en este caso podrá establecer el alcance y las condiciones vigentes durante la prórroga.”
En interpretación de este último precepto, la Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional nº 83/2016 señala que “… con ocasión de la solicitud por el Gobierno de la prórroga del estado de alarma, la intervención de la Cámara, a diferencia de la prevista en el momento de la proclamación inicial de este estado, es previa a su declaración, fijando la autorización congresual el alcance, las condiciones y los términos del estado excepcional vigentes durante la prórroga. En este caso, la intervención de la Cámara, sin perjuicio de su virtualidad como instrumento de control político del Gobierno, se configura, en forma de autorización, no sólo como presupuesto para decretar la prórroga del estado de alarma, sino también como elemento determinante del alcance, de las condiciones y de los términos de la misma, bien establecidos directamente por la propia Cámara, bien por expresa aceptación de los propuestos en la solicitud de prórroga, a los que necesariamente ha de estar el decreto que la declara”.
Dicho en otras palabras: la prórroga del estado de alarma exige no solo la previa autorización expresa del Congreso de los Diputados sino también que la Cámara fije el alcance, las condiciones y los términos del estado excepcional que van a regir durante la prórroga o, en otro caso, que acepta expresamente lo que al respecto conste en la solicitud de prórroga.
Y comoquiera que, en mi humilde opinión, este requisito aquí no se ha cumplido, nos encontramos ante una situación de inconstitucionalidad manifiesta que, eso sí, el Tribunal Constitucional no resolverá, si es que alguien le pide hacerlo, hasta mucho después de que pase este “vendaval”.
Pero, dejando a un lado disquisiciones jurídicas, lo cierto es que lo que estamos viviendo actualmente se acomoda muy mal a un Estado social y democrático de Derecho, que es el que proclama el art. 1-1 CE.
A los límites a la libre circulación de las personas (art. 19 CE), que no se olvide que es un derecho fundamental, a las trabas al derecho al trabajo (art. 35-1 CE) y a la libertad de empresa (art. 38 CE) … se unen ahora medidas extraordinarias que meses atrás hubieses resultado impensables para cualquier ciudadano de bien, como son:
- la monitorización de los habitantes, a partir de datos de movimientos que le suministren las operadoras de telefonía, con la advertencia de que se procederá al desarrollo urgente de una aplicación informática que permitirá la geolocalización de los ciudadanos (Orden SND/297/2020 – BOE de 28 de marzo); y
- la necesidad de un “salvoconducto” para acudir al trabajo (Orden SND/3037/2020 – BOE de 30 de marzo);
Estalinismo en estado puro.
A mayor abundamiento, y en la misma línea totalitaria, las ruedas de prensa del pomposo e ineficaz Comité de Gestión Técnica del coronavirus, con la presencia e intervención ocasional -y a veces cómica- de Don Pedro Sánchez, se hacen previa filtración de las preguntas de la prensa por parte de la Secretaría de Estado de Comunicación, lo que las convierte en simples sermones guionizados, hasta el punto de que la mayor parte de los grandes periodistas españoles acaban de firmar, por primera vez en la historia, un manifiesto contra la censura gubernamental.
Es más, en ésta borrachera de poder omnímodo, el Gobierno, y los partidos políticos que lo apoyan, han boicoteado la posibilidad de que la Comisión General de las Comunidades Autónomas del Senado pueda debatir sobre la gestión de la crisis del COVID-19.
De otro lado, el intervencionismo económico ha llevado, por ejemplo, a prohibir los desahucios por falta de pago, instituyéndose una moratoria en el pago de las rentas, pero todo ello al margen por completo de los propietarios de los inmuebles afectados, que parecen apestados que no merecen ni ser oídos.
Mientras que a muchos colectivos se les está negando el pan y la sal (pymes, autónomos, etc.) por el contrario, comoquiera que todo este desaguisado necesita de la correspondiente propaganda, el último Consejo de Ministros ha aprobado una ayuda de 15 millones de euros para subvencionar a las televisiones privadas, lo que ha generado un gran malestar en las redes sociales, donde se suceden los mensajes criticando esta “rescate” de cadenas como “Mediaset” y “Atresmedia”, que han tenido unos beneficios declarados en 2019 la friolera de 329,7 millones de euros de forma conjunta o, más exactamente, de 211,7 en el caso de “Mediaset” y de 118 en el de “Atresmedia”.
Y para mayor escarnio, en éste absolutismo que estamos sufriendo, los “podemitas” están amenazando imprudentemente con el art. 128-1 CE, a cuyo tenor literal “Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general”. Y digo que la amenaza es de todo punto irreflexiva porque omite por completo lo que también dice el art. 33-2 CE: “Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes.” En fin, toda una política de sectarismo y pirotecnia.
El Gobierno, plagado de jenízaros de la charlotada, es víctima de una esclerosis política provocada por sus propios prejuicios sectarios. Necesita dejar de ver esta tragedia como una oportunidad de convertir España en un erial arruinado aunque, eso sí, republicano; porque de la misma no se sale señalando a unos, los empresarios, para dar falsas esperanzas a los otros, los trabajadores.
Y termino con un ruego a Don Pedro Sánchez: por favor, aparque la catequesis progresista, reclute a políticos profesionales, promueva un gobierno de unidad nacional y empiece a trabajar en serio.
Porque Vd. y los demás “pilotos” que tiene en su Gobierno, desconocen por completo el funcionamiento del cuadro de mandos y nos están llevando a una ruina de la que todos, al menos los de a pie, tardaremos mucho tiempo en salir, si es que salimos.