Nombramiento de altos cargos ministeriales: “salvo que” o el coladero.

En el año 2015 se aprobó en España una ley[i] que regula el nombramiento de los altos cargos de la Administración General del Estado, introduciendo nuevos mecanismos para asegurar la idoneidad de los candidatos sobre la base de que, como se dice en su preámbulo, un alto cargo, por la responsabilidad que conlleva y la relevancia de las funciones que desempeña, sólo puede ser ejercido por personas que, constatada su competencia personal y profesional, respeten el marco jurídico que regule el desarrollo de su actividad, garantizando así que el ejercicio del cargo se realice con las máximas condiciones de transparencia, legalidad y ausencia de conflictos entre sus intereses privados y los inherentes a sus funciones públicas.

La ley aclara las condiciones para proceder al nombramiento de un alto cargo e introduce como novedad la idoneidad como requisito, pero tomando como referencia los criterios de mérito y capacidad, así como el de honorabilidad.

Esta ley, aplicable solo a los denominados altos cargos, considera como tales, en lo que se refiere a un ministerio, a los ministros, secretarios de estado, subsecretarios y asimilados, secretarios generales, secretarios generales técnicos y directores generales y asimilados. Lo de los “asimilados”, la verdad, a mí no me gusta nada, porque me huele a chanchullo.

Los ministros y los secretarios de estado, aun siendo altos cargos, son puestos políticos cuyo nombramiento es discrecional y por tanto únicamente han de cumplir con el requisito de la idoneidad (?).

Sentado lo anterior, la ley dispone que el nombramiento de los demás altos cargos se hará también siempre entre personas idóneas, pero señalando a continuación:

  • que los subsecretarios y secretarios generales técnicos deberán nombrarse en todo caso entre funcionarios de carrera del Estado, de las comunidades autónomas o de las entidades locales, pertenecientes a cuerpos clasificados como A1, esto es, el nivel más alto que puede alcanzarse en la carrera administrativa o, dicho en otras palabras, la élite de la Administración Pública; y
  • que idéntico requisito se exigirá también en el nombramiento de los directores generales, salvo que, dice esta ley, el Real Decreto de estructura del Departamento permita que, en atención a las características específicas de las funciones del cargo, su titular no reúna dicha condición de funcionario, debiendo entonces motivarse mediante memoria razonada la concurrencia de las especiales características que justifiquen esa circunstancia excepcional.

Idéntica regulación también se contiene ahora en la legislación básica del sector público[ii] y quede claro, para que nadie me tilde de sectarismo, que toda esta normativa data de cuando en España gobernaba el PP.

Esta ley me parece todo un acierto porque, efectivamente, profesionaliza la cúpula de la Administración estatal con personas que han superado con éxito cualquiera de los sistemas de selección propios de los funcionarios públicos (la oposición o el concurso-oposición) y, en consecuencia, que han cumplido con los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, tratándose por tanto de empleados públicos altamente cualificados e independientes.

Pero, como hemos visto, la ley tiene una “válvula de escape” cuando regula el nombramiento de los directores generales, a los que permite zafarse del requisito de la funcionarización solo con que se “motive” que en el cargo concurren características específicas que justifican esa circunstancia excepcional, es decir, todo un coladero de personas del más variado pelaje, siendo muy triste que el legislador permita este subterfugio pese a reconocer expresamente que un alto cargo, por la responsabilidad que conlleva y la relevancia de las funciones que desempeña, sólo puede ser ejercido por personas en las que se constate su competencia personal y profesional.

Y así, para consumar la “trampa legal”, en el mes de enero de este año y tras el nombramiento por parte de Don Perico Pinocho del actual gobierno, ya se dictó un Real Decreto[iii] que contiene una disposición adicional que exime de la condición de funcionarios públicos a los titulares de nada menos que la Dirección General de Comunicación, Diplomacia Pública y Redes, Dirección General de Infraestructura, Dirección General de Tráfico, Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura, Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas, Dirección General de Política Energética y Minas, Oficina Española de Cambio Climático, Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura, Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación,  Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, Dirección General de Derechos de la Infancia y de la Adolescencia, Dirección General de Políticas Palanca para el Cumplimiento de la Agenda 2030, Dirección General de Derechos de los Animales, Dirección General de Migraciones, Dirección General de Inclusión y Atención Humanitaria, Dirección General para la Igualdad de trato y Diversidad Étnico Racial, Dirección General de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI, Dirección General de Consumo, Dirección General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales y Dirección General de Ordenación del Juego. Y, por si todo esto no fuera suficiente, y circunscribiéndose ahora a los organismos autónomos y entidad gestora de la Seguridad Social, también dispensa del mismo requisito a los titulares de la Dirección General del Instituto de Turismo de España (TURESPAÑA), Dirección General del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, Presidencia del Centro de Investigaciones Sociológicas, Dirección General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, Dirección General del Instituto de la Juventud y Dirección General del Instituto para la Transición Justa. En total, 24 altos cargos degradados por arte de birlibirloque.

No he tenido paciencia para leerme las normas estructurales de la presidencia del Gobierno y de los 22 ministerios que actualmente hay en España, pero estoy completamente seguro de que en las mismas también se contienen otras excepciones al requisito general de la funcionarización.

Así las cosas, la puerta para que los enchufados accedan a los altos cargos de la Administración estatal ha vuelto a quedar abierta de par en par. ¡¡¡Viva la mamandurria!!!

El escándalo ha llegado a los cuerpos superiores de la Administración del Estado (abogados del estado, inspectores de hacienda, etc.), la élite de la función pública y cuyos miembros están llamados a ocupar esos puestos directivos como culminación de su carrera profesional, quienes han observado los nombramientos masivos de directores generales ajenos a la escala funcionarial no sólo como un abuso de lo que la legislación fija como una excepción sino como un incumplimiento flagrante de los principios de profesionalidad, imparcialidad y competencia que deben de regir en este tipo de nombramientos, por lo que la asociación que agrupa a estos colectivos (“Fadeca”) ya ha solicitado la tutela judicial ante el Tribunal Supremo contra 26 nombramientos “excepcionales”.

En un contexto en el que la forma de gestionar de Portugal se ha convertido en un referente casi ineludible en España (¡¡¡quién nos iba a decir a los soberbios españoles que al final tendríamos que seguir la senda de los humildes portugueses!!!), los cuerpos superiores de la Administración del Estado han mirado también al país vecino para importar un modelo de selección de altos cargos en virtud del cual los puestos de escala directiva hasta director general, incluido ese nivel, se hacen públicos cuando quedan vacantes y se abren a todos los candidatos que crean cumplir los requisitos exigidos. A partir de ahí, una comisión independiente evalúa los méritos y la capacidad de los funcionarios presentados y elige una terna de candidatos. Ésta se presenta al ministerio que ha sacado la vacante, que entonces ya puede elegir libremente entre los candidatos seleccionados por la comisión independiente.

Pero, claro, esto no le interesa al PSOE, ni mucho menos a Unidas Podemos, cuyos “cachorros” les exigen poder pisar alfombra, aunque sea mediante su designación a dedo y saltándose las reglas más básicas de la gestión pública.

El gobierno progresista (?) ha optado por desplazar a los funcionarios de élite (los que en su día se mataron estudiando y superaron un duro proceso selectivo de carácter abierto y con libre concurrencia, los que accedieron a la función pública cumpliendo los repetidos principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad y los que, en definitiva, hubiesen servido mucho mejor a los intereses públicos) y ha preferido decantarse por el nepotismo, por el trato de favor hacia sus amiguetes y correligionarios por el solo hecho de serlo y, por supuesto, sin tener en cuenta ningún otro mérito porque, sencillamente, esos pelanas no lo tienen.

Esto es a lo que ellos llaman regeneración democrática, aunque yo creo que es más correcto denominarlo degeneración del sistema.

Así que, amigo lector, el aterrizaje en los altos cargos ministeriales de los enchufados de los partidos gobernantes ya es una irresponsable realidad.

¡¡¡SON UNOS SINVERGUENZAS!!!


[i] Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado.

[ii] Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

[iii] Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Asistentes parlamentarios

En varias ocasiones prometí que algún día trataría aquí sobre los asistentes, los asesores, los gabineteros … y otras inmundicias, es decir, sobre los vividores del sector público. Pero vayamos por partes.

Los asistentes, asesores y gabineteros, tienen tantas características en común que para mí son lo mismo y presentan como única diferencia la ubicación del lugar desde el que prestan sus servicios. En lo demás todo es exactamente igual: son unos enchufados que acceden a esas plazas, remuneradas con cargo al erario, sin previo sometimiento al más mínimo control. No necesitan cumplir con los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, propios de la función pública, ni tampoco con los estrictos requisitos que rigen en la contratación del sector público. Trabajan para la Administración, pero en puestos “de confianza”, así como suena. Para mí, mamandurria pura y dura.

Dicho esto, hoy voy a referirme exclusivamente a los primeros, a los “asistentes”, que constituyen una figura propia del europarlamento pero que, como todas estas sinecuras, ya ha sido importada a España.

En una entrada anterior (“Europarlamentarios: lo que se le oculta al pueblo”) dije que los eurodiputados tienen, entre otros privilegios, el de contar con hasta cuatro “asistentes”, para los que hay prevista una asignación mensual total de nada menos que 24.943,00 euros que, si dividimos entre cuatro, ya estamos hablando de 6.235,75 euros al mes por barba.

Estos “asistentes” pueden ser de dos tipos: acreditados (que son contratados en Bruselas y que dependen directamente de la administración del Parlamento, pudiendo cada eurodiputado contratar a tres, e incluso a cuatro en determinadas condiciones) o locales (que “asisten” al eurodiputado en el Estado en que ha sido elegido, mediante contratos gestionados por un agente pagador cualificado y que pueden ser contratos de trabajo o contratos de prestación de servicios).

Se trata de una fauna integrada por el personal más variopinto, y que, para mayor cachondeo y descontrol, es libremente elegido por los propios europarlamentarios que los contratan, lo que no tiene parangón en España.

Además, no están sometidos a requisito alguno, de manera que “asistente” puede serlo cualquiera, incluso careciendo de la formación más elemental, aunque oficialmente se trata de justificar la arbitrariedad del reclutamiento en que para su selección se buscan personas altamente competitivas, que sean ciudadanos de la Unión Europea y que tengan una comunicación excelente, así como habilidades de organización, que es lo mismo que no decir nada y que todo el mundo vale para el puesto, lo que no sucede ni en la Legión.

Del total de 4.060 “asistentes” registrados ante el parlamento europeo (de momento los eurodiputados son 785 en total), 1.416 de ellos son acreditados, mientras que el resto son locales. Los números ya revelan una ratio de nada menos que 5,17 “asistentes” por cada eurodiputado. ¡¡¡ Tócate los nísperos con el mamoneo !!!.

Pero ¿es un día igual a otro en el trabajo de un “asistente”? La respuesta es no. Cada día pueden presentarse novedades y, por supuesto, las labores varían entre trabajar para un europarlamentario u otro, lo que explica la “flexibilidad” laboral reinante.

Ahora bien, además de los trabajos que pudiéramos llamar estándar, el “asistente” también asume otras funciones más peculiares. La relación que se establece entre éste y el eurodiputado es tan cercana que no es de extrañar que le ayude también en otras tareas de carácter más personal.

Sin entrar en profundidades de otro tipo, algunos “asistentes” confiesan haber cuidado a los hijos del europarlamentario o comprado una corbata para el Pleno. [“La diputada tuvo que traer a su hijo a Bruselas y no pudo encontrar a nadie que lo cuidara mientras ella trabajaba, así que me lo llevé a la oficina y jugué con él”, cuenta un “asistente”. Otro relata que “la maleta de mi jefe se perdió y necesitaba una corbata para un pleno, así que fui a comprarla”]. Un “asistente” francés tuvo que encontrar un sitio donde el diputado pudiera alquilar un esmoquin, “y sólo tenía un día, me parecía imposible. pero lo conseguí”. Entre las variadas funciones atípicas enumeradas por los “asistentes” también se encuentra la de hacer de guía turístico. [“Tras llevar dos años como diputada, mi jefa decidió que era hora de conocer un poco más de Bruselas que el Parlamento Europeo y el hotel, así que la llevé a dar un paseo por el centro y probar los típicos mejillones con patatas fritas”, relata una asistente irlandesa]. ¡¡¡Cuánto “glamú”!!!

De todo lo hasta aquí expuesto el lector podrá deducir rápidamente la importancia, trascendencia y seriedad del trabajo de los “asistentes”, lo que explica que su reclutamiento se anude en exclusiva a la afinidad política, o encanto personal, de los interfectos.

En Cangas del Narcea lo más próximo que tenemos al parlamento europeo es a un eurodiputado socialista casado en un pueblo del concejo, quien desempeñó el cargo durante el período 2004-2014, y que en su día se llevó como “asistente” a Bruselas a un sobrino suyo. Tal cual. Pero es lógico, digo yo, tratándose de puestos de confianza, lo que me recuerda lo que pasó con Don Josep Lluís Carod Rovira, aquél político catalán (hoy en paradero desconocido) que tras el “Pacto del Tinell” entró a formar parte del famoso tripartito y que al ser sorprendido por los medios de comunicación con un hermano colocado de “asistente” suyo en la Generalitat manifestó sin el más mínimo rubor: “si se trata de un puesto de confianza, que mejor que un hermano.” Razón que convence.

Estos son los “asistentes” de los europarlamentarios, pero, reitero, la figura ha sido importada a España y, como escribí aquí en “Los diputados y las diputadas (o viceversa)”, en el Congreso de los Diputados ya tenemos también “asistentes”. ¡¡¡ Lo que nos faltaba !!!.

Porque, como para ciertas cosas en este país somos unos exagerados, resulta que en la cámara legislativa madrileña hay previstas las siguientes plazas de “asistente”: 6 para la presidencia, 8 para las vicepresidencias, 8 para las secretarías, 1 por cada presidente de comisión (que son, ni se sabe) y 318 para los 350 diputados. Total: más “asistentes” que escaños.

Y no se crea el ingenuo lector que estamos hablando de una nadería. Porque, como ya escribí en aquella entrada, el coste medio de todo este “personal de confianza” del Congreso de los Diputados supera ampliamente el medio millón de euros al mes, bien entendido que no vale lo mismo contratar a un “asesor” que a un “asistente”. Mientras estos últimos cobran 2.027,00 euros mensuales, los asesores perciben el doble, 4.054,00 euros cada mes, por lo que un asesor equivale a dos asistentes. Entre medias, hay otros cargos de libre designación: asistente “A” (2.533,00 euros/mes), asistente técnico (3.040,00 euros/mes) y asistente técnico “A” (3.547,00 euros/ mes). Es tremendo: ¡¡¡ hasta los enchufados están jerarquizados !!!.

Yo, por poner un ejemplo, para ser Abogado del Estado, Juez, Notario, etc. sé perfectamente lo que tengo que hacer: estudiar, estudiar y estudiar durante años y luego aprobar unas oposiciones libres en las que no solo tendré que competir en pie de igualdad con el resto de los opositores sino, además, superarlos en conocimientos. Pero, para ocupar una de las plazas que copan los asistentes, asesores o gabineteros, ¿qué tengo que hacer?.

Esta es la situación de nuestro Estado social y democrático de Derecho a la que nos han llevado nuestros políticos: los progresistas y los conservadores. Y esto, la verdad sea dicha, no tiene mucha pinta de mejorar sino mas bien todo lo contrario.

La vajilla del monasterio de Corias (Asturias) en Época Moderna a partir del registro arqueológico y los libros de gastos

Estudio publicado sobre los materiales extraídos de las excavaciones arqueológicas que se hicieron en el monasterio de Corias durante las obras para convertirlo en Parador Nacional. Los autores son Alejandro García Álvarez-Busto, Noelia Fernández Calderón y Miguel Busto Zapico. En él se estudian los restos cerámicos que abarcan desde el siglo XVI al XIX, y se analiza la evolución de las diferentes vajillas para comer y de los recipientes para guardar alimentos que usaban los monjes benedictinos: cerámicas de basto de Faro (Oviedo), Miranda de Avilés, Llamas del Mouro y Zamora; lozas finas de Talavera de la Reina (Toledo), portuguesas, holandesas e inglesas, porcelana italiana, etc. Un estudio muy interesante y revelador de la vida del monasterio de Corias. Ha sido publicado en la revista “Nailos”, n.º 6, diciembre de 2019, y está disponible en nuestra biblioteca digital:


Un diputado, dos diputados, tres diputados …

No piense el amable lector que estamos en “Barrio Sésamo”, en absoluto, sino ante un tema que revela una vez más como se las gastan nuestros políticos en lo tocante a la mamandurria.

En la Junta General del Principado de Asturias, que por si alguien no lo recuerda es el órgano legislativo de esta Comunidad Autónoma, la normativa siempre exigió que para tener un grupo parlamentario propio cada formación política debía de contar con un mínimo de tres diputados.

En este parlamento regional, en el que dicen que es donde reside la soberanía popular asturiana, cada grupo parlamentario percibe una asignación fija de 19.680 euros al mes para su “funcionamiento”, más una variable de 2.500 euros mensuales por cada diputado (la cámara la componen un total de 45), así que vaya el lector haciendo números teniendo en cuenta que los sueldos, dietas, etc. de los diputados van aparte.

En las últimas elecciones autonómicas (2019) resultó que FORO, IU y VOX solo obtuvieron dos diputados cada uno, con lo cual no podían formar grupo parlamentario propio, sino que todos los diputados de las tres formaciones debían de integrarse en el denominado grupo mixto.

Sin embargo, por aquello de que “entre bomberos no se pisan la manguera”, el pasado mes de septiembre esos tres partidos consiguieron, con el voto favorable del PSOE y la abstención de PODEMOS, la reforma “exprés” de la normativa interna, reduciendo a dos el requisito de los tres diputados, de suerte, nunca mejor dicho, que a partir de entonces todos tienen grupo parlamentario propio: PSOE (20 diputados), PP (10 diputados), CIUDADANOS (5 disputados), PODEMOS (4 diputados), FORO (2 diputados). IU (2 diputados) y VOX (2 diputados).

Y aquí todos felices y contentos. El parlamento asturiano se ha convertido así en el primero de España en permitir la constitución de grupos de tan solo dos diputados.

Como asturiano que soy, me emociona profundamente ver cómo todos estos partidos proclives a la indicada reforma (unos votándola a favor y otro absteniéndose para no obstaculizarla), pese a estar ideológicamente tan distantes entre sí y tener discursos tan diferentes, rápidamente se ponen de acuerdo cuando se trata … de sus “garbanzos”.

Mientras tanto a los ciudadanos nos entretienen deleitándonos con sus broncas y eternas discusiones sobre el ancho de las vías de la famosa variante de Pajares, obra ésta interminable, pero de la que vengo oyendo habar a los políticos desde mi más tierna adolescencia (y ya llovió).

Pero, dejando a un lado los sueldos, dietas etc. de cada diputado, que eso ya sabe el lector que se computa aparte, lo cierto es que desde la entrada en vigor de dicha reforma los partidos FORO, IU y VOX reciben de las arcas públicas, además de las asignaciones anteriormente citadas (19.680 euros/mes por grupo y 2.500 euros/mes por diputado), otros 72.400 euros al año cada uno, aumentando así la dotación para poder contratar mayor número de “asesores y personal de apoyo”, que es como en la Junta General se denomina eufemísticamente a los enchufados (en la actual no lo sé seguro, pero en la legislatura anterior hubo 48 “asesores” para 45 diputados).

El presupuesto 2020 del parlamento regional asturiano es de un total de 15.119.000 euros, de los cuales 2.632.000 euros son para diputados, 3.585.000 euros para personal y, ¡¡¡ ojo al dato !!!, 2.071.000 euros para “asesores”.

Pues bien, la bromita en cuestión, la de que todos los partidos tengan su propio grupo parlamentario, nos va a costar a los asturianos, en los cuatro años de legislatura, casi otros dos millones de euros más de lo previsto.

Y suma y sigue.

¡¡¡ Son unos sinverguenzas !!!

La “otra” Asturias

En una entrada anterior (“Los limosneros piden limosna”) escribí que los presupuestos generales de la Administración del Principado de Asturias para el año 2020 ascendían nada menos que a los cuatro mil setecientos cincuenta y siete millones doscientos setenta y tres mil setecientos cuarenta y cinco euros (4.757.273.745 €), que se dice pronto, y que son casi ochocientos mil millones de las antiguas pesetas.

El lector pensará que ese dinero es para pagar las retribuciones de los empleados autonómicos (que son unas 36.000 almas) y los demás gastos propios de cualquier Administración Pública. Totalmente cierto.

Pero lo que no sabe el ingenuo lector es que, además de esos gastos, con dichos presupuestos también se hace frente a los devengados por el Real Instituto de Estudios Asturianos, el Museo Etnográfico de Grandas de Salime, el Ente Público de Servicios Tributarios, el Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales, el Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, el Servicio de Emergencias del Principado de Asturias (“SEPA”), el Consejo de Transparencia y Bueno Gobierno, el Centro Regional de Bellas Artes, la Orquesta Sinfónica del Principado (“OSPA”), el Consejo de la Juventud, la Comisión Regional del Banco de Tierras, los Establecimientos Residenciales para Ancianos (“ERA”), el Servicio de Salud del Principado (“SESPA”), la Junta de Saneamiento y el Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario (“SERIDA”).

Todo ello por la módica suma de dos mil ciento setenta y cinco millones trescientos sesenta y siete mil doscientos setenta y dos euros (2.175.367.272 €) al año, que son más de trescientos sesenta mil millones de las antiguas pesetas.

Hasta aquí todo correcto, vamos a decir.

Pero la cosa no queda ahí, ¡¡¡ sólo faltaría !!!. Porque con cargo a los presupuestos asturianos se costean, asimismo:

  • Fundación Asturiana de Atención a Personas con Discapacidad (“FASAD”);
  • Fundación Comarcas Mineras (“FUCOMI”);
  • Fundación Fomento Economía Social (“FFES”);
  • Fundación Asturiana de la Energía (“FAEN”);
  • Fundación Servicio Asturiano de Solución Extrajudicial de Conflictos (“SASEC”);
  • Fundación Centro Cultural Internacional Oscar Niemeyer-Principado de Asturias;
  • Fundación para el Fomento en Asturias de la Investigación Científica Aplicada y la Tecnología (“FICYT”);
  • Fundación La Laboral, Centro de Arte y Creación Industrial;
  • Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias (“IDEPA”); y
  • Consorcio de Transportes de Asturias (“CTA”).

Esto cuesta otros ciento cuatro millones novecientos noventa y cinco mil trescientos ochenta y seis euros (104.995.386 €) al año, que son casi diecisiete mil millones y medio de las antiguas pesetas.

A mayor abundamiento, los referidos presupuestos se hacen cargo igualmente de:

  • Sociedad Regional de Recaudación del Principado de Asturias S.A.;
  • Sociedad Asturiana de Estudios Económicos e Industriales S.A.U. (“SADEI”);
  • Sociedad Inmobiliaria del Real Sitio de Covadonga S.A.;
  • Hostelería Asturiana S.A. (“HOASA”);
  • Inspección Técnica de Vehículos de Asturias S.A.U. (“ITV”);
  • Sociedad Regional de Promoción del Principado de Asturias S.A. (“SRP”);
  • Sedes, S.A.;
  • Viviendas del Principado de Asturias, S.A. (“VIPASA”);
  • Empresa Pública Sociedad de Servicios del Principado de Asturias, S.A. (“SERPA”);
  • Ciudad Industrial del Valle del Nalón, S.A.U.;
  • Gestión de Infraestructuras Sanitarias del Principado de Asturias, S.A.U. (“GISPASA”);
  • Sociedad de Promoción Exterior Principado de Asturias, S.A. (“ASTUREX”);
  • Gestión de Infraestructuras Públicas de Telecomunicaciones del Principado de Asturias, S.A. (“GITPA”);
  • S.P. Gestión y Promoción Turística y Cultural del Principado de Asturias, S.A.U. (“RECREA”);
  • Radiotelevisión del Principado de Asturias, SAU (“RTPA”);
  • Albancia, S.L.; y
  • SRP Participaciones, S.L.

Este apartado tiene un coste de doscientos millones cincuenta y nueve mil treinta y dos euros (200.059.032 €) al año, que son más de treinta y tres mil millones de las antiguas pesetas.

Pero si todo lo hasta aquí expuesto no fuera suficiente, y porque en Asturias somo así de “grandones”, resulta que con los repetidos presupuestos se sufragan igualmente:

  • Consorcio para el Abastecimiento de Aguas y Saneamiento (“CADASA”);
  • Consorcio Gestión residuos Sólidos de Asturias (“COGERSA”);
  • Consorcio Asturiano de Servicios Tecnológicos (“CAST”); y
  • Consorcio Interautonómico “Parque Nacional de los Picos de Europa”.

Esto supone otros cuarenta y cinco millones trescientos treinta mil doscientos ochenta euros (45.330.280 €) al año, que son más de siete mil millones y medio de las antiguas pesetas.

La “otra” Asturias, compuesta por todas esas fundaciones, sociedades y consorcios que acabo de enumerar (¿chiringuitos?) y que integran el denominado sector público autonómico, nos cuesta en total a los asturianos la friolera de trescientos cincuenta millones trescientos ochenta y cuatro mil seiscientos noventa y ocho euros (350.384.698 €) al año, esto es, cincuenta y ocho mil doscientos noventa y nueve millones ciento ocho mil trescientos sesenta y una pesetas. ¡¡¡ Total nada !!!

Me permito recordarle al lector que Asturias tiene una población que tan solo ronda el millón de habitantes y que, en el año 2019, es decir, antes de desatarse la crisis del COVID-19, ya tenía una tasa del 14% de desempleados, otro porcentaje similar en riesgo de pobreza y más de un 25% superaba los 64 años.

El escenario es muy poco alentador, la verdad sea dicha; pero, como diría el otro, “¿será por perres, hó?”.

Así las cosas, ¿seguimos subiendo impuestos, reducimos pensiones y otras prestaciones oficiales o procedemos (de una vez por todas) a reestructurar el sector público y recortar gastos?.

Reorganización ministerial

Hace un par de días escribí aquí (“Como éramos pocos …”) sobre la “remodelación” que actualmente estaba llevando a cabo el Gobierno en la cúpula de la Administración estatal.

Dije entonces que ya se habían publicado en el BOE tanto la “reestructuración” del Gobierno en 22 ministerios como la estructura orgánica básica de los mismos, es decir, los órganos superiores y directivos de cada departamento hasta el nivel de dirección general, porque, de ahí para abajo, cada ministerio ha desarrollado a su vez su propia estructura orgánica básica.

Pero vayamos a lo práctico, y veamos como se las gastan realmente nuestros gobernantes a la hora de “reorganizarse”, esto es, de crear cargos públicos para sus adláteres, en plena pandemia y ante una crisis económica sin precedentes en la España moderna.

Baste como ejemplo el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, así como suena, un departamento creado ex novo el pasado día 12 de enero y cuya estructura orgánica se publicó precisamente ayer en el BOE.

Este Ministerio tiene los siguientes órganos superiores y directivos, que en el diario oficial aparecen organizados así:

1 – MINISTRO:

      1.1. Gabinete compuesto de 10 miembros.

2 – SECRETARÍA DE ESTADO DE ENERGÍA:

      2.1. Gabinete compuesto de 4 miembros.

      2.2.  DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA ENERGÉTICA Y MINAS.

            2.2.1. Subdirección General de Hidrocarburos y nuevos combustibles.

            2.2.2. Subdirección General de Energía Eléctrica.

            2.2.3. Subdirección General de Energía Nuclear.

            2.2.4. Subdirección General de Minas. 

            2.2.5. Subdirección General de Energías Renovables.

            2.2.6. Subdirección General de Eficiencia Energética.

      2.3. Subdirección General de Prospectiva, Estrategia y Normativa en Materia de Energía.

      2.4. Junta Asesora Permanente.

      2.5. INSTITUTO PARA LA TRANSICIÓN JUSTA.

            2.5.1. Instituto Ciudad de la Energía (CIUDEN)

      2.6. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía.

      2.7. Fondo Nacional de Eficiencia Energética.

      2.8. Empresa Nacional de Residuos Radiactivos (ENRESA)

      2.9. Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos (CORES)

3 – SECRETARÍA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE:

      3.1. Gabinete compuesto de 4 miembros.

      3.2.  DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA (bajo cuya dirección estarán también las Confederaciones Hidrográficas y la Mancomunidad de los Canales de Taibilla):    

            3.2.1. Subdirección General de Planificación Hidrológica.

            3.2.2. Subdirección General de Programación y Gestión Económica y Presupuestaria.

            3.2.3. Subdirección General de Protección de las Aguas y Gestión de Riesgos

            3.2.4. Subdirección General de Dominio Público Hidráulico e Infraestructuras.

      3.3. OFICINA ESPAÑOLA DEL CAMBIO CLIMÁTICO:

            3.3.1. Subdirección General de Coordinación de Acciones frente al Cambio Climático.

            3.3.2. Subdirección General de Mercados de Carbono

      3.4. DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACIÓN AMBIENTAL:

            3.4.1. Subdirección General de Economía Circular

            3.4.2. Subdirección General de Aire Limpio y Sostenibilidad Industrial

            3.4.3. Subdirección General de Evaluación Ambiental  

      3.5. DIRECCIÓN GENERAL DE LA COSTA Y EL MAR:

            3.5.1. Subdirección General de Dominio Público Marítimo-Terrestre.

            3.5.2. Subdirección General para la Protección de la Costa

            3.5.3. Subdirección General para la Protección del Mar

      3.6. DIRECCIÓN GENERAL DE BIODIVERSIDAD, BOSQUES Y DESERTIFICACIÓN:

            3.6.1. Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina.

            3.6.2. Subdirección General de Política Forestal y Lucha contra la Desertificación

            3.6.3. Organismo autónomo Parques nacionales.

            3.6.4. Fundación Biodiversidad

      3.7. Agencia Estatal de Meteorología (AEMET):

      3.8. Fondo de Carbono para una Economía Sostenible (FES-CO2)

4 – SECRETARÍA GENERAL PARA EL RETO DEMOGRÁFICO:

      4.1. Gabinete compuesto de 4 miembros.

      4.2. DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS CONTRA LA DESPOBLACIÓN:

            4.2.1. Subdirección General de Análisis, Planificación y Coordinación

            4.2.2. Subdirección General de Iniciativas

5 – SUBSECRETARÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO:

      5.1. Gabinete compuesto de 4 miembros.

      5.2. SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA:

            5.2.1. Vicesecretaría General Técnica.

            5.2.2. Subdirección General de Legislación y Desarrollo Normativo.

            5.2.3. Subdirección General de Recursos, Reclamaciones y Relaciones con la Administración de Justicia

      5.3. DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS:

            5.3.1. Oficina Presupuestaria.

            5.3.2. Oficialía Mayor.

            5.3.3. Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de los Servicios.

            5.3.4. División de Sistemas y Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones

      5.4. Subdirección General de Relaciones Internacionales.

Si el lector se ha mareado, que no me extrañaría, descanse un rato antes de proseguir.

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico es de nueva creación, como ya dije, y su estructura orgánica ha sido “rediseñada” ahora (en plena crisis del COVID-19), motivo por lo que aquí no sirve la tan manida disculpa de que es lo que había, lo que nos encontramos al llegar, pues en realidad no existía nada, todo es nuevo.

Digo esto, porque, más que una estructura, se trata de una verdadera “megaestructura” de altos cargos públicos: más de 50 sin incluir los integrantes de la Junta Asesora Permanente y de los gabinetes

El anterior organigrama comprende únicamente los órganos superiores y directivos de este ministerio, es decir, los puestos ocupados por cargos políticos designados discrecionalmente: en teoría el presidente del Gobierno elige al ministro y éste a su vez a los titulares del resto de dichos órganos.

Pero nótese que, en la precedente relación, es decir, en el alto nivel ministerial, ya figuran previstos puestos para nada menos que 22 enchufados, que son los miembros de los famosos gabinetes, todos ellos seleccionados arbitrariamente y, en consecuencia, trabajando para la Administración sin cumplir con los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, como se le exige al resto de los mortales. Y quede claro que para formar parte de uno de estos gabinetes no se precisa cumplir con ningún requisito académico ni de cualquier otro tipo, salvo el de fidelidad al “régimen” o vaya uno a saber.

Fíjese el lector el grado de mamoneo que se está alcanzando en las actuales circunstancias que, para menos de sesenta altos cargos, ya hay previstos veintidós “asesores” en los gabinetes (la proporción supera ampliamente el 2 a 1) y todo ello, insisto, en plena pandemia y en medio de la mayor crisis económica de los últimos cien años.

Luego, si este es el nivel más alto de un solo ministerio, imagínese el lector todo lo que queda por “repartir” de ahí para abajo (y recuerde que hay otros 21 ministerios más).

Y por favor, dirán desde Ferraz (y seguro que antes desde Génova, porque, como ya escribí aquí, en esto de la mamandurria son todos parecidos), si algún compañero o compañera no encuentra su plaza en este organigrama, que lo diga cuanto antes para volver a “reestructurar” el Ministerio; porque organizándose hay sitio para todos.

¡¡¡ SON UNOS SINVERGUENZAS !!!

Por eso yo no dejo de preguntarme continuamente: ¿el pueblo hasta donde tiene que aguantar?, ¿cuál es el límite para lanzarnos a saltar la valla y acabar de una vez con este putiferio?.

Empleados públicos: cosas veredes

Dejando a un lado a los funcionarios, que se rigen por una normativa específica mucho más tuitiva y protectora, los empleados laborales de las Administraciones Públicas están sometidos al conocido Estatuto de los Trabajadores, uno de cuyos preceptos regula la suspensión de los contratos de trabajo y la reducción de la jornada laboral, en ambos casos por las concretas causas que el mismo contempla, lo que tiene lugar a través del denominado expediente de regulación temporal de empleo (ERTE).

Todos hemos oído hablar éstos días de que, a raíz de la declaración del estado de alarma, las empresas pueden promover estos ERTE, siendo precisamente la pandemia una de las causas que los justifican, de manera que el alcance y duración de las medidas de suspensión de los contratos o de reducción de la jornada se adecuarán al nuevo escenario derivado del COVID-19.

En éste contexto, que es temporal, el trabajador no podrá acudir a su puesto de trabajo ni percibir su salario durante el tiempo que dure la suspensión (salvo que se trate de un ERTE de reducción de jornada, en cuyo caso trabajará solo durante el horario de la jornada reducida y percibirá la parte proporcional de su salario original), ni tampoco indemnización alguna por parte de la empresa, sino que cobrará la correspondiente prestación por desempleo hasta que la situación se normalice.

Sin embargo, durante el mandato de Don Mariano Rajoy Brey (años 2011 a 2018) tuvo lugar la denostada reforma laboral, que aun siendo tan criticada por la izquierda caniche resulta que hoy continúa en vigor y, además, aplicándose en toda España un día sí y otro también (baste decir que actualmente es la base legal de cualquier ERTE), pero, para sorpresa de todos, es precisamente debido a la reforma laboral de Rajoy por lo que ni a los Ayuntamientos ni al resto de las Administraciones Públicas se les permite  promover un ERTE contra sus empleados laborales: ni por el COVID-19 ni por ninguna otra causa.

En definitiva, en España todos los trabajadores sin excepción son susceptibles de quedar sometidos a un ERTE, salvo los empleados laborales de las Administraciones Públicas.

Privilegios de la reforma de Rajoy.

Quién les iba a decir a los empleados públicos en régimen laboral que sus contratos de trabajo, a diferencia de los del resto de los mortales, quedarían blindados frente a todos los ERTE debido precisamente a esa reforma de la “derechona”.

Lo dicho: cosas veredes.

Como éramos pocos …

La verdad es que, con solo leer el diario oficial, uno ya no gana para sobresaltos. Los aficionados a la novela negra tienen ahí un buen filón y además gratuito.

En el BOE de 13/01/2020 se publicaron la reestructuración de los ministerios del actual Gobierno de España (un total de veintidós ministerios que, junto con el presidente, hacen que el Consejo de Ministros cuente con veintitrés miembros) y la creación de sus cuatro vicepresidencias.

Este Gobierno es el más numerosos no solo de la Unión Europea sino de la historia de España, hasta el punto de que la cifra deja pequeña la bancada azul del Congreso de los Diputados, compuesta por tan solo veinte asientos.

Mas tarde, en el BOE de 29/01/2020, apareció publicada la estructura orgánica básica de los distintos ministerios, es decir, los órganos superiores y directivos de cada departamento hasta el nivel de dirección general, porque, de ahí para abajo, cada ministerio ha desarrollado a su vez su propia estructura orgánica básica.

En fin, un galimatías de cargos, destinos, funciones y competencias, un despilfarro de dinero público, de muy difícil control por la dispersión legislativa con la que deliberadamente se actúa en estos casos para despistar al personal y porque, como tantas veces he denunciado aquí, lo de la transparencia no deja de ser una quimera cuya ley reguladora constituye otra tomadura de pelo en toda regla.

Con el nuevo Gobierno ya no se trataba solo del PSOE, sino que había que dejar sitio (más bien crearlo ex novo) para las compañeras y los compañeros de Unidas Podemos, ¡¡¡ qué también tienen que vivir de algo, caramba !!!.

Precisamente la decisión de dar cabida a Unidas Podemos generó la necesidad de nuevos puestos en la cúpula del poder, lo que supuso no solo la fragmentación de ministerios ya existentes hasta entonces (como son los casos de los de Trabajo, Universidades, Consumo e Igualdad) sino también la creación de nuevas áreas (como sucede con la de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones), entre otras novedades.

Pero el problema no son solo los veintidós ministerios, que no es poco, el verdadero desatino es que cada uno de ellos tiene a su vez sus correspondientes secretarías de estado, secretarías generales técnicas, subsecretarías, direcciones generales y un largo etcétera, y todo ello, por supuesto, con sus oportunos asesores, asistentes y gabinetes.

Las nuevas secretarías de estado arrancaron con una previsión de treinta y un cargos, un rango que también ostentan los titulares de la presidencia del Consejo Superior de Deportes (CSD) y del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), así como el director del Gabinete de la Presidencia del Gobierno; en total, pues, treinta y cuatro secretarías de estado, otro récord nacional.

Más allá de un mayor número de altos cargos, el aumento en los primeros niveles del Gobierno (presidente, vicepresidentes, ministros y secretarios de estado) implica más gasto en personal eventual o de libre designación, es decir, los sempiternos enchufados, los “cachorros” o jenízaros de los partidos en el poder, que son legión pero que están estratégicamente distribuidos junto a los gerifaltes del régimen.

A falta de nuevos Presupuestos Generales del Estado, en la actualidad las retribuciones son de casi 83.000 euros el presidente, 77.991 euros cada uno de los cuatro vicepresidentes y 73.211 euros cada uno de los dieciocho ministros restantes, sin incluir otras cantidades a las que también tienen derecho, como trienios por antigüedad si proceden de la Administración, etc., etc.

Mayores son los salarios de los secretarios de estado, subsecretarios y directores generales, todos ellos mejor retribuidos que el presidente del Gobierno, los vicepresidentes y los ministros, pues sus emolumentos alcanzan cifras que se mueven entre los 92.000 y los 115.000 euros, más esas otras prestaciones complementarias.

En fin, un mamoneo en toda regla porque, claro, hay que disponer de tajada para todos.

Pues bien, sin haber transcurrido tres meses desde entonces y con el COVID-19 de por medio, el Gobierno ha decidido “remodelar” las altas esferas del poder ejecutivo, de suerte que ahora, pese a la que está cayendo, ha resuelto aumentar el número de altos cargos.

En efecto, el Consejo de Ministros aprobó el pasado martes día 28 cinco reales decretos modificando la estructura de otros tantos departamentos ministeriales, de suerte que al final, tras mucha literatura jurídica y pese a la crisis de la pandemia y sus catastróficas consecuencias para la ciudadanía, se han creado nada menos que once nuevas subdirecciones generales, supongo que porque todavía quedaban “amiguetes” sin colocar en la nomenklatura.

¡¡¡Son unos sinvergüenzas!!!

Por eso yo no dejo de preguntarme: ¿el pueblo hasta donde tiene que aguantar?, ¿cuál es el límite para lanzarnos a saltar la valla y acabar de una vez con este putiferio?.

Caos económico y subvenciones a partidos: ¿son todos iguales?

El impacto del COVID-19 será de una brutalidad sin precedentes para la economía española; hasta el punto de que, según el propio Gobierno, la misma se desplomará un 18,2%, el déficit público alcanzará el 10,3% y el empleo caerá un 9,5%, elevando así la tasa de paro hasta el 19%.

Pero que nadie se asuste; no pasa nada. Absolutamente nada.

Hace unos días, cuando ya llevábamos más de un mes en estado de alarma, se aprobaron unas subvenciones para los partidos y formaciones políticas con representación en el Congreso de los Diputados (BOE de 24/04/2020).

Se trata de dos subvenciones trimestrales distintas: una por gastos de funcionamiento ordinario y otra por gastos de seguridad.

Su distribución es la siguiente:

PARTIDO FUNCIONAM. SEGURIDAD TOTAL
PSOE 3.595.757,58 184.631,37 3.780.388,88
PP 2.298.615,90 150.375,66 2.448.991,50
VOX 2.018.671,11 103.652,73 2.122.323,80
PODEMOS 1.216.096,40 62.442,93 1.278.539,30
CIUDADAN 741.998,07 38.099,37 780.097,44
Resto 2.623.450,45 137.527,92 2.760.978,30

Me llama la atención que el Partido Socialista de Cataluña (PSC) reciba ambas subvenciones aparte y por importe de otros 447.447,96 y 22.975,11 euros, respectivamente.

Pero estas subvenciones también las perciben Esquerra Republicana de Cataluña, Junts, Comú, PNV, EH-Bildu, Mas País-Equo, Unidad Popular, Foro, Coalición Canaria, UPN, Compromís, BNG, PRC y Teruel Existe, cuyos importes he sumado a los del PSC y puesto en la última fila del cuadro anterior. Y como puede verse son otro pastizal importante.

La suma de estas dos subvenciones trimestrales asciende a los 13.171.318,00 euros.

Insisto en lo de trimestrales, porque durante el resto del año se pagarán a todos estos partidos y formaciones políticas (en total nada menos que 20) otras tres tandas más de subvenciones por los mismos conceptos y por importes similares, lo que en total nos sitúa casi en los cincuenta y tres millones de euros anuales.

Esto solo para funcionamiento y seguridad porque, como ya expuse en una entrada anterior –Los diputados y las diputadas (o viceversa)”-, aparte van los sueldos, dietas y gastos de diputados, asesores, asistentes y resto del personal “de confianza” y, además, estos partidos y formaciones políticas también perciben una subvención fija cuya cuantía para cada grupo parlamentario es de 29.606,56 euros mensuales[i], más otra subvención variable, en función del número de diputados de cada uno, a razón de 1.703,57 euros mensuales por escaño[ii].

Comoquiera que todo lo hasta ahora expuesto se limita al Congreso de los Diputados, otro tanto de gasto (?) habrá para los partidos y formaciones con representación en el Senado y, por supuesto, también en los 17 parlamentos autonómicos.

Sin desmerecer los beneficios de los demás, que no son broma, es evidente que los grandes partidos y formaciones, los que cuentan con representación en todas estas instituciones, tienen que estar haciendo el gran negocio a costa del erario.

¡¡¡Esto es un verdadero escándalo!!!

Pero, por desgracia, no he visto nunca a ningún partido político renunciar a estas prebendas, por lo que entre todos terminan haciendo buena esa frase tan triste y demoledora en una democracia de que “son todos iguales”, pues, mientras que en cuestiones de lo más baladí surgen disputas absurdas, por el contrario, en lo tocante al reparto de este “botín”, existe un sospechoso consenso.

La mamandurria no conoce de creencias, convicciones e ideologías, así que este despilfarro de dinero público tiene mal arreglo. Los partidos son felices con este statu quo.

¡¡¡Son unos sinvergüenzas!!!

Por eso yo no dejo de preguntarme: ¿el pueblo hasta donde tiene que aguantar?, ¿cuál es el límite para lanzarnos a saltar la valla y acabar de una vez con este putiferio?.


[i] Teniendo en cuente que en la actual legislatura existen 10 grupos parlamentarios, esta subvención asciende en total a 592.131,20 euros mensuales, es decir, 7.105.574,40 euros al año.

[ii] Al existir 350 diputados, esta subvención asciende en total a 596.249,50 euros mensuales, esto es, 7.154.994,00 euros al año.

Los limosneros piden limosna

Aunque lo parezca, el título no es ningún trabalenguas sino la triste realidad.

Siéntese el amable lector, porque lo que voy a contar a continuación puede provocar vahídos y desvanecimientos, al menos entre los ciudadanos de bien.

El Principado de Asturias, con una población que ronda el millón de habitantes, tiene un presupuesto para el presente año 2020 que asciende a la friolera de cuatro mil setecientos cincuenta y siete millones doscientos setenta y tres mil setecientos cuarenta y cinco (4.757.273.745,00) euros.

En medio de éste “tinglao”, los sueldos de los gerifaltes autonómicos son de 67.776,68 euros anuales, en el caso del Presidente y los miembros del Consejo de Gobierno del Principado, y de 58.130,32 euros anuales, en el de los secretarios generales técnicos, directores generales y “altos cargos” asimilados, cantidades éstas que no incluyen las cotizaciones a la Seguridad Social (que superan el 40% de los sueldos) ni, por supuesto, las dietas y los gastos de representación y protocolarios, que tampoco son broma.

Pues bien, en este escenario “idílico”, resulta que la Administración autonómica ha abierto una cuenta bancaria para recibir donaciones de particulares destinadas a la lucha contra el COVID-19, así como suena, porque, según ha declarado tan alegre el presidente del gobierno asturiano (otro con la hoja laboral en blanco), si bien el ejecutivo autonómico siempre ha defendido y defiende que los servicios públicos se tienen que financiar con los impuestos, la magnitud de la pandemia y el coste económico que se está generando, ha obligado a decantarse por habilitar una cuenta bancaria y recabar ayuda privada. Y aquí no pasa nada.

Don Adrián “el de la muda”, que, sin ir más lejos, promete 400,00 euros por cada autónomo moribundo (por cada trabajador por cuenta propia que se encuentre en los estertores de la muerte empresarial), tiene la desfachatez de ponerse ahora, cuando ni siquiera ha comenzado a pagar dichas “ayudas”, a pedir donativos para sufragar los gastos de la pandemia.

Sintetizando: el que ofrece limosnas pide a su vez limosnas. Puro trilerismo.

El limosnero, que tiene un sueldazo de 67.776,68 euros al año, más seguros sociales, que reside en una casa y se traslada en un vehículo que son de todos nosotros, que desayuna, come y cena (y, por su corpulencia, supongo que también picará algo entre horas) a costa del erario y que, además, por si todo ello no fuera suficiente, percibe las dietas y los gastos de representación y protocolarios, no tiene el más mínimo empacho en salir a los medios a solicitar la ayuda de los ciudadanos para combatir la pandemia del COVID-19.

Una Administración autonómica, cuyo presupuesto es de casi ochocientos mil millones de las antiguas pesetas, que se dice pronto, acude a la limosna para sufragar los gastos públicos.

Sí, el lector ha entendido bien: nada de recortes ni de reajustes ni de apretarse el cinturón, solo faltaba; nada de rebajar sueldazos ni de suprimir prerrogativas y prebendas, hasta ahí podíamos llegar. Eso ni tocarlo, eso inamovible.

Y en estas circunstancias, con semejantes sueldos y tamaño presupuesto, ante una emergencia sanitaria, la clase política solicita impertérrita la ayuda directa de los ciudadanos. Un pitorreo en toda regla.

Está claro: la crisis es del pueblo, no de los políticos; por consiguiente, que la paguen los de a pie.

¡¡¡ Son unos sinvergüenzas !!!

Aniversario trimestral

Hoy hace exactamente tres meses que inauguré esta bitácora con aquella entrada titulada El despoblamiento de Cangas del Narcea, que tanto éxito tuvo.

Todo comenzó cuando, al cansarme de esperar a que dicho texto se publicara en la sección de cartas al director de un diario regional, el día 1 de febrero acudí a “Blogger” y creé la bitácora en la que lo difundí.

Empecé tímidamente, pero, poco a poco, debido a la resonancia local que iban alcanzando los sucesivos comentarios, fui haciéndolos diarios.

El día 28 de marzo decidí trasladarme con todos los bártulos a “WordPress”, por sus ventajas técnicas, hoy indudables.

En este trimestre la bitácora superó las diecisiete mil visitas en “Blogger”, lleva ya cerca de diez mil en “WordPress” y tiene actualmente más de ochenta suscriptores. Diariamente el promedio de visitas no baja de las trescientas.

Su título, DESDE EL CORAZÓN DE CANGAS (yo no quiero que mi concejo se muera), explica perfectamente su razón de ser: llamar la atención y protestar contra la galopante despoblación de Cangas, y sus lamentables consecuencias, ante la pasividad y desidia de nuestros responsables políticos, a los que parece que esta sangría demográfica, que ya nos está pasando factura y que terminará por hundirnos irremediablemente, les trae por completo sin cuidado. Una situación intolerable desde cualquier punto de vista.

Pero, por desgracia, el despoblamiento, aunque siempre latente, ha pasado a un segundo plano con la llegada de esta pandemia del COVID-19 que mucho me temo que, si no andamos aliechos, nos dé el aldabonazo definitivo y final.

Lo que le hace falta a Cangas, hoy más que nunca, es gente decidida a emburriar; y cuántos más seamos, mejor. Si ahora no estamos unidos en pro del concejo mucho me temo que ya no lo estaremos jamás, entre otras cosas porque con el tiempo aquí no quedará casi nadie. Toca pues reinventarnos, empezar a tener conciencia local y, por supuesto, apoyar todo lo nuestro, lo de aquí, lo que supondrá una radical modificación de hábitos en la producción, en el consumo, etc. Cangas tiene que ser nuestra preferencia absoluta.

Aunque los que me conocen saben perfectamente que no soy nada “canguesón“ o chauvinista, lo cierto es que desde hace ya años sostengo que todo se explica desde Cangas, en el sentido de que cualquier cosa que ocurra en España (e incluso en el mundo) tiene su correspondiente referencia local a escala infinitamente menor, claro, y que a mí, particularmente, me permite una mejor comprensión del suceso de que se trate.

Por eso, con el devenir del tiempo, la bitácora ha pasado de tratar del despoblamiento a abordar múltiples temas que, en mi opinión, tienen su resonancia en el concejo. Porque, insisto, para mí todo se explica desde aquí, por lo que mientras tenga fuerzas seguiré escribiendo de todo un poco, aunque siempre con dicha referencia local.

Muchas gracias a todos los lectores y, como dice el himno de “El Tous pa Tous”, cuya letra ahora recuerdo especialmente dada la gravísima situación que estamos atravesando, que no nos falte de nada cuando volvamos a venos.

Pensiones no contributivas y ayudas a los autónomos

He estado echando una ojeada en la página web de la Seguridad Social y me encuentro con las denominadas “pensiones no contributivas”, que son prestaciones económicas que se reconocen a aquellos ciudadanos que, encontrándose en situación de necesidad protegible, carezcan de recursos suficientes para su subsistencia en los términos legalmente establecidos, aun cuando no hayan cotizado nunca o el tiempo suficiente para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo, distinguiéndose a éste respecto entre:

  • pensión de invalidez, que asegura a todos los ciudadanos en situación de invalidez y estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva; y
  • pensión de jubilación, que asegura a todos los ciudadanos mayores de 65 años y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva.

El importe mínimo de ambas pensiones para el año 2020 es de 5.538,40 euros a abonar en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias al año, es decir, 395,60 euros al mes.

Me parece muy bien la política del pomposamente llamado Estado del Bienestar.

Pero aparte estamos los autónomos, que hemos venido cotizando y tributando regularmente a la Seguridad Social y a la Hacienda Pública todos estos años, para los que ahora las Administraciones autonómica y local han previsto unas ayudas con el fin de que, según dicen ellas, podamos afrontar los gastos fijos de funcionamiento derivados de la titularidad, ejercicio y desarrollo de un negocio o actividad comercial, que se haya suspendido como consecuencia del estado de alarma, para lograr que, una vez finalizado el período de cierre obligatorio dictado por el Gobierno de España, se produzca, lo antes posible, la reanudación de nuestra actividad económica.

Qué bonito suena todo esto !!!

Pero la realidad no solo es bien distinta sino que podríamos calificarla hasta de cruel: las Administraciones autonómica y local nos despachan ahora a los autónomos, los que hemos cotizado y tributado al erario,  con una ayuda única por todos los conceptos de 400,00 euros, en el caso -ya aprobado- por el Principado de Asturias, o de 300,00 euros, en el caso -todavía sin aprobar- del Ayuntamiento de Cangas del Narcea, ayudas ambas que, además, son incompatibles entre sí.

Dicho en otras palabras: las Administraciones autonómicas y local, ahora que ha llegado la crisis del COVID-19, se desentienden de los autónomos con una ayuda única cuyo importe es prácticamente igual al de una sola mensualidad de cualquiera de ambas pensiones no contributivas (las que se conceden a los que no han cotizado a la Seguridad Social ni tributado a la Hacienda Pública), con la importantísima diferencia de que éstas pensiones son, en principio, de carácter indefinido, en tanto que la ayuda a los autónomos es, insisto, una y única.

Y mientras tanto los políticos tan campantes, pues siguen percibiendo sus emolumentos como si aquí no pasara nada, ajenos por completo a la crisis de la pandemia, porque se trata de un problema que al parecer a ellos no les afecta.

Por eso ya no volveré nunca a decir aquello de que ¡¡¡ no tienen vergüenza !!! sino que de ahora en adelante afirmaré rotundamente que ¡¡¡SON UNOS SINVERGUENZAS!!!.

Alcaldes: elección, penalti y expulsión.

La importancia de un alcalde en un municipio ya la puse aquí de relieve en una entrada anterior (“El mito municipal”) al manifestar que, tras cuarenta años de democracia, la organización de los Ayuntamientos había cambiado muy poco respecto a la de la España de Franco: el que realmente manda sigue siendo el alcalde, con un poder casi omnímodo, y no los concejales reunidos en pleno, que asisten a sus sesiones cual convidados de piedra. De ahí que dijera entonces, para describir el verdadero y auténtico municipalismo democrático español, que el pleno “toma razón” y el alcalde “toma nota”.

Previamente ya había denunciado en otra entrada (“Elecciones municipales y proclamación de alcaldes”) que la proclamación de un alcalde no tenía absolutamente nada que ver con el resultado de las urnas, sino más bien todo lo contrario: los ciudadanos quieren una cosa pero los concejales se unen para terminar haciendo otra distinta.

Resumiendo: el pueblo, del que tanto se habla para legitimar lo indecible, de repente pasa a ser el gran olvidado; su voluntad ya no cuenta. El mundo al revés.

Efectivamente, el sistema electoral español, en lo que ahora respecta y dejando a un lado los municipios en los que se aplica el régimen de concejo abierto, es muy malévolo.

Solo pueden ser alcalde los cabeza de lista de una candidatura, siendo elegido

1) el que obtenga la mayoría absoluta (la mitad más uno) de los votos de los concejales presentes en la sesión de investidura;

2) si nadie obtiene dicha mayoría será proclamado el que encabece la lista que haya obtenido mayor número de votos electorales; y

3) si hubiera empate entonces el alcalde será elegido por sorteo (?) entre los que empataron.

Como hemos visto, el legislador, esto es, los diputados y senadores, han decidido un sistema que da preferencia a los apaños entre concejales y además con premura, para que se paren poco a pensar, pues no está prevista una segunda votación, de manera que, si los concejales no llegan a un acuerdo en la única votación que se celebra, se acudirá directamente a la voluntad popular.

Es una amenaza directa a los concejales: poneros de acuerdo en un alcalde porque, si no lo hacéis, se tendrá que proclamar el preferido por el pueblo; y eso, a lo mejor, “no interesa”.

El tema tiene mucha “guasa” si no fuera por la trascendencia que luego tiene la elección de un alcalde y porque, además, este “original” sistema se aplica en miles de municipios, aunque ambas cosas les traiga completamente sin cuidado a los padres de la patria.

Y en Cangas de esto sabemos mucho. Porque esa divergencia entre la voluntad popular y la posterior decisión de los concejales ha venido repitiéndose durante nada menos que las cuatro últimas convocatorias electorales: en todas estas ocasiones el pueblo votó mayoritariamente unas candidaturas pero los concejales decidieron elegir alcaldes a los que encabezaban otra.

Pero si el sistema de elección de alcalde es perverso, veamos ahora lo que sucede con su destitución.

Un alcalde puede ser destituido mediante la denominada “moción de censura”, que no es más que una proposición al pleno del Ayuntamiento de quitar a un alcalde para poner a otro.

La normativa exige que la propuesta la hagan la mitad más uno de los concejales del Ayuntamiento pero, como sabe más el diablo por viejo que por diablo, para contrarrestar el transfuguismo, en el caso de que alguno se hubiese cambiado de grupo municipal, entonces aquella mayoría se incrementa en el mismo número de concejales que se encuentren en tales circunstancias, y además, para impedir los desmadres, cada concejal solo puede firmar una moción de censura por mandato.

La propuesta debe de identificar a la persona que se propone como alcalde y aquí, claro, ya no rigen las reglas de elección anteriormente señaladas; ahora puede ser alcalde cualquier concejal.

Y como el legislador ya tiene experiencia en trifulcas, porque, normalmente, para llegar a diputado o senador los partidos suelen exigir años de “pescante”, entonces se obliga al alcalde a impedir cualquier acto que perturbe, obstaculice o impida el derecho de los concejales a asistir al pleno en el que se vaya a decidir la moción de censura y a ejercer su derecho al voto sobre la misma.

Los políticos, cuando quieren, qué bien amarran las leyes !!!.

Tanto la elección como la destitución de un alcalde están reguladas en los arts. 196 y 197, respectivamente, de la Ley Orgánica nº 5/1985, de 19 de junio (para los cangueses, el día de Santarbás), y en los casi 35 años transcurridos desde su aprobación, pese a que tanto el PSOE como el PP han tenido mayorías suficientes para modificar ambas normas, lo cierto es que estos dos preceptos legales siguen manteniendo su redacción original.

Y luego se quejan.

De limosnas y limosneros

No hace ni un mes cuando, en una entrada anterior (“Los autónomos”), me comprometí a volver un día a tratar aquí sobre las ayudas previstas para los autónomos por parte del Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Cangas del Narcea.

Decía yo entonces que, según el último censo del Ministerio de Trabajo, a finales del año 2019 en España había un total de 3.283.224 autónomos, es decir, trabajadores por cuenta propia, que, junto con las pymes, constituimos más del 90% del tejido productivo del país y, por tanto, somos el motor de la actividad y el empleo en España o, más gráficamente, la columna vertebral de la economía nacional.

No creo descubrir nada nuevo si digo que, como han reconocido todas las Administraciones Públicas, la declaración del estado de alarma ha obligado a muchos autónomos a cerrar sus negocios o suspender su actividad, urgiendo por tanto prestarles un apoyo económico que les permita afrontar la situación en mejores condiciones y, a los que sobrevivan, reanudar su actividad una vez superada la crisis sanitaria.

En el ámbito de la comunidad autónoma del Principado de Asturias se dictó el Decreto 12/2020, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, que establece que el crédito máximo disponible para la financiación de las ayudas a conceder a los autónomos es de 4.000.000 de euros y que la subvención a percibir por los beneficiarios será de un pago único y total por la cantidad de 400,00 euros, “… importe a tanto alzado teniendo en cuenta los gastos fijos de funcionamiento, entre los que se incluyen los de alquiler del local o gastos hipotecarios derivados de su compra, cuotas mínimas de suministros de electricidad, combustibles, agua, telefonía y conexión a Internet, seguridad, gastos de asesoría fiscal y contable, seguros, publicidad y redes sociales, gastos financieros, adquisición y mantenimiento de software entre otros.”

No sé cuántos autónomos me seguirán, pero estoy seguro de que los que lo hagan se morirán de risa (más bien de pena) al leer los términos de esta disposición autonómica.

Por eso ya entonces advertí de que lo que necesitábamos urgentemente en España eran políticos que supieran de verdad lo que es una empresa y el mundo real, gente que alguna vez hubiera pagado una nómina o pedido un crédito a un banco o tratado con proveedores o, en definitiva, atravesado la incertidumbre de abrir cada mañana la puerta de un negocio.

Y como, lamentablemente, estas personas que tanto necesitamos ni están ni se les espera, pues nos encontramos ante esta tomadura de pelo de la que, para muestra, bien vale un botón. Porque cuando en el mes de julio de 2019 fue investido como Presidente del Principado de Asturias, Don Adrián Barbón, hoy conocido como “Adrián el de la muda”, procedió a remodelar su ejecutivo con dos nuevas consejerías, tres nuevas viceconsejerías, etc., etc., esta renovación, absolutamente superflua e innecesaria y mucho más en éstos tiempos de crisis, según toda la prensa regional tendrá un coste de más de 1.000.000 de euros anuales.

Luego, descendiendo a la cruda realidad, resulta que este “apoyo económico” tiene un crédito máximo que solo cuadriplica lo que supuso remodelar el gobierno autonómico y que además se traduce en ayudas por un importe nominal, único y total de 400,00 euros, es decir, prácticamente lo mismo que percibe diariamente un eurodiputado (no de sueldo, que eso va aparte) en concepto de dieta de alojamiento.

Resumiendo: el Principado se quita del medio a los autónomos mediante una ayuda total y única de 400,00 euros por todos los conceptos.

Pero si ahora dejamos la Administración autonómica y nos vamos a la local, resulta que el Ayuntamiento de Cangas está “prometiendo” a los autónomos (y digo prometer porque 44 días después de decretarse el estado de alarma todavía no hay nada aprobado) unas líneas de ayudas directas por importe total de 150.000 euros, según ha publicado la prensa, porque la triste realidad es que en la página web del ayuntamiento no hay la más mínima información al respecto.

Según lo manifestado por el alcalde-abogado a un diario regional tales ayudas serán asignadas mediante dos líneas: una de 350 euros, para aquellos negocios obligados al cierre (supongo que esta ayuda será para pagar una corona de flores con la leyenda R.I.P.); y otra de 300 euros, para quienes hayan mantenido su actividad, pero su facturación se haya reducido en un 75% o más en el mes de abril (esta ayuda ya no es para los muertos, como la anterior, sino para los moribundos).

Ambas cantidades, al igual que ocurre con la del Principado, son ayudas por importes nominales, únicos y totales, es decir, se pagan una vez y punto, lo que resulta insultante porque, como ya he dicho aquí en reiteradas ocasiones, los salarios y seguros sociales de los cuatro concejales liberados en el Ayuntamiento de Cangas suponen más de 200.000 euros al año (lo que en los cuatro años de mandato supera los 800.000 euros), es decir, que el coste del equipo de gobierno municipal en un año ya es bastante superior al total de las ayudas previstas por todos los conceptos para el conjunto de los autónomos del concejo.

Y esto es a lo que el alcalde-abogado denomina consolidar las empresas y ayudarlas a paliar las consecuencias de esta crisis.

Pero la perversión de estos individuos no tiene límites y su desfachatez menos: las ayudas autonómicas y locales son incompatibles, es decir, solo se puede optar por una o por otra pero no simultanear ambas.

¿Será por eso por lo que las ayudas del Ayuntamiento son mas bajas que la del Principado? No quiero ni pensarlo.

En fin, lo dicho tantas veces, ¡¡¡no tienen vergüenza!!!.

¿Podría el Ayuntamiento de Cangas del Narcea estar propagando el COVID-19?

El alcalde-abogado, no sé si por tontería o por vanidad pero, en cualquier caso, ambas hipótesis me parecen lamentables, hace días que ha soltado en los medios de comunicación que a él y a cinco policías locales ya les habían hecho los test del COVID-19 y con resultado negativo.

Esta afirmación del regidor municipal, que en principio pudiera parecer inocua, sin embargo, resulta insultante si se tiene en cuenta que el resto de los ciudadanos cangueses (incluido gran parte del personal sanitario) no podemos acceder a esas pruebas de detección.

Lo expuesto genera por sí solo ya un agravio comparativo que debería de ser convenientemente justificado, dado el principio constitucional de igualdad.

Pero, con independencia de la discriminación que esto supone respecto a toda la ciudadanía, la decisión de que el alcalde-abogado y esos cinco policías locales se sometan al test y, sin embargo, no puedan hacerlo el resto del personal dependiente del Ayuntamiento, muy especialmente el que tiene que estar más a diario en contacto con la ciudadanía, da lugar a un desatino, por no decir un disparate, teniendo en cuenta que, como todos sabemos, el COVID-19 se contagia fácilmente entre humanos por el simple contacto.

Tras desatarse la denominada crisis de la pandemia, el alcalde-abogado se ha cansado de decirnos que desde el Ayuntamiento se habían promovido el reparto de alimentos a familias necesitadas (al parecer, más de 100); las visitas a los pueblos del concejo (que son nada menos que 311) para la determinación de las necesidades de sus habitantes; la distribución de crotales entre los ganaderos (cuyas explotaciones superan en total bastantes más de las 500), etc., etc., todo lo cual supone un despliegue de medios humanos digno de encomio por el enorme riesgo que asume este personal municipal. Es más, cuando surgió la alarma en la Residencia de Ancianos de Cangas, hasta se prestó raudo y veloz a “ofrecer” la colaboración de las 35 trabajadoras del Servicio de Ayuda a Domicilio, lo que es de agradecer.

Con tales antecedentes, ayer, en la entrevista que publicó el diario “El Comercio”, el acalde-abogado no solo ha manifestado que actualmente 9 de esas trabajadoras están prestando servicios activos en dicha residencia sino que, atención al dato, ha reconocido explícitamente que ni a estas trabajadoras ni al resto de sus compañeras (y añado yo, ni a nadie del Ayuntamiento salvo a él mismo y a esos cinco policías locales) se les han hecho los test. Y esto, mírese como se mire, es gravísimo.

Recordemos que no hace todavía un mes desde que el Gobierno lanzó aquella “idea” de aislar en hoteles o recintos de alta capacidad a los ciudadanos que dieran positivo en la prueba del COVID-19 pero que fueran asintomáticos (los que no desarrollan la enfermedad pero sí son portadores del virus y por ello tienen capacidad de contagio), ya que se consideraba que estas personas suponían el mayor factor de  propagación, por lo que, para combatir el problema, se propuso una solución denominada “Arcas de Noé”, remedio al que de inmediato se apuntó nuestro regidor local ofreciendo el polideportivo municipal, la escuela-hogar e incluso el parador nacional.

Sin embargo, el alcalde-abogado pronto se ha olvidado de todo aquello y bien parece que para él los asintomáticos han dejado de existir, por lo que desde entonces sus decisiones no es que sean solo imprudentes, que lo son, es que superan la temeridad.

En efecto, si el alcalde-abogado, pese a ignorar por completo si son o no portadoras del virus, tiene a su gente deambulando libremente por el concejo, no parece que se haya parado a pensar que con todo este “postureo” probablemente el Ayuntamiento esté propagando el virus del COVID-19.

La circunstancia de que no se le hagan los ansiados test a este personal de alto riesgo hace que el problema sea aun potencialmente más grave, si cabe, teniendo en cuenta que el contagio puede ser perfectamente bidireccional, es decir, que no solo los empleados dependientes del Ayuntamiento pueden transmitir la enfermedad a los ciudadanos sino también éstos a aquellos, de manera que cada vez que cualquiera de estos trabajadores municipales acude a un lugar a cumplir con su labor humanitaria el riesgo que se genera es doble: tanto puede contagiar como ser contagiado.

Entonces, amén de mostrar mi asombro por semejante actuación del alcalde-abogado, no puedo menos que preguntarme: ¿el estado de alarma habrá supuesto la derogación de toda la normativa sobre prevención de riesgos laborales y también la disolución de los sindicatos? Por supuesto que no, pero sin duda lo parece.

PD. Por cierto, hoy leo en la prensa que a los futbolistas (?) parece ser que sí se les van a hacer los test, por lo que quiero pensar que a los de la S.D. Narcea también.

Los aplausos

Todos los días, a las 20:00 horas, miles y miles de ciudadanos en toda España salen a sus ventanas y balcones a aplaudir al personal sanitario que está luchando porque todo esto de COVID-19 acabe cuanto antes y con las menores consecuencias posibles.

Yo, y me consta que mucha más gente, esos aplausos los extiendo también a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y, en general, a todas aquellas personas que diariamente desempeñan su trabajo en lo que bajo el estado de alarma se ha dado en denominar “servicios esenciales”.

El aplauso, en tanto sonoro reconocimiento social u ovación pública que, cuanto más ruidosa y prolongada, denota una mayor aprobación, que duda cabe que agrada y anima a cualquiera.

Ahora bien, tras tantos días de aplausos, creo que los ciudadanos debemos de recapacitar so pena de, sin darnos cuenta, estar haciéndole el caldo gordo al Gobierno a costa de los derechos de los “aplaudidos”.

No se trata de aprovecharse ahora de la buena fe de ese contingente humano con alternativas tales como los minutos de silencio o las caceroladas de protesta, que algunos ya están proponiendo como exteriorización de su malestar por la nefasta gestión de esta crisis, aunque justo es decir que tendríamos motivos más que suficientes para hacerlo dado el absoluto abandono que nuestros gobernantes están teniendo con la población, privándola inexplicablemente de material sanitario y de pruebas de detección.

A lo que me refiero es a que, a estas alturas de la pandemia, lo que hay que hacer es llamar a los problemas por su nombre y resolverlos en el contexto que les corresponde a través de los remedios que la normativa legal tiene previstos al respecto.

Me explico: si un empleado (público o privado) está desempeñando un trabajo, lógicamente hay que retribuirle por él; si asimismo ese trabajo ha de prolongarse en el tiempo, más allá de la jornada laboral ordinaria, habrá que recompensarle las horas extras; y si ese trabajo, además, entraña un riesgo evidente para la integridad física del trabajador, aunque sean respetadas todas las normas de seguridad exigibles, entonces tendrá que percibir el correspondiente complemento de peligrosidad.

Lo que digo no es ninguna ocurrencia mía, sino que está en la legislación vigente, y el Gobierno ya debería de llevar tiempo cumpliéndola y haciéndola cumplir, que para eso estamos en un Estado de Derecho.

Y frente a ello no se me oponga que es que no hay dinero para recompensar merecidamente a todos estos trabajadores porque, sin ir más lejos, esta misma semana el diario “El País”, que no es precisamente antisistema, cifraba el importe de la chapuza de compra del material sanitario en la friolera de 1.012 millones de euros, cantidad que tiene tantos dígitos que las calculadoras de uso ordinario no son capaces de convertir en pesetas como desearíamos los que todavía seguimos pensando en la antigua moneda.

Estoy completamente seguro de que todos estos trabajadores que ahora son meritoriamente reconfortados cada atardecer, agradecerían mucho más su justa retribución económica que los aplausos propiamente dichos.

Qué tiempos aquellos !!!

“El pueblo que no conoce su historia está condenado a repetirla” [i]

En el otoño del año 1991, cuando hacía siglos que en España habían dejado de reinar los visigodos, el equipo de gobierno municipal de entonces decidió convocar una plaza de “letrado para la asistencia jurídica y defensa del Ayuntamiento” de Cangas del Narcea.

Tradicionalmente el Ayuntamiento de Cangas encomendaba la defensa de sus litigios a los abogados de la plaza, en más o menos riguroso turno, hasta que a finales de los años ochenta recaló por la zona un abogado próximo a la caterva que por aquella época rodeaba al alcalde[ii], quien a partir de entonces le encomendó todos los pleitos municipales sin excepción.

Con tales mimbres, y ante la que se le podía venir encima, varios años después el alcalde decidió legalizar tan irregular situación mediante la convocatoria de esta plaza a través de un simple concurso que se presentó al Pleno con un argumentario delirante.

La memoria-antecedente, con la que se justificaba la convocatoria de la plaza, se basaba fundamentalmente en la gravosa situación económica que para el Ayuntamiento suponía el gasto en defensa jurídica, pues se decía que durante el año 1990 había ascendido a dos millones novecientas mil pesetas (17.429,35 euros) y que en lo que iba transcurrido del año 1991 ya alcanzaba los tres millones ochocientas mil pesetas (22.838,46 euros), no obstante lo cual, en toda la documentación referida a esta convocatoria en ningún momento se hacía la más mínima referencia al coste económico de la plaza, lo que no deja de ser sorprendente tratándose de una contratación pública.

Pero el escándalo no queda ahí (en contratar sin precio), porque el pliego de condiciones de este concurso, que aún conservo en mi poder, contiene perlas como las siguientes:

  • la mesa de contratación estaría integrada por el alcalde y por los portavoces de los diferentes grupos municipales, todos ellos juristas de reconocido prestigio y acreditada competencia; y
  • el baremo de méritos otorgaba 2 puntos al currículo del aspirante, 2 puntos al haber sido abogado de cualquier otro Ayuntamiento y 5 puntos, es decir, más que la suma de los dos anteriores, el haber sido abogado del Ayuntamiento cangués precisamente durante los dos años inmediatamente anteriores a la convocatoria.

Como suele decirse: “Blanco y en botella… leche”, pues en todo el mundo mundial solo había un ciudadano que pudiera hacerse con ese “mérito” baremado en 5 puntos.

Dicho en román paladino: si a este concurso se hubiese presentado el mismísimo Abogado General del Estado, esto es, nada más y nada menos que el Jefe del Servicio Jurídico del Estado, lo máximo que podría haber conseguido en el baremo de méritos serían 4 puntos, frente a los 5 puntos que siempre conseguiría el candidato “oficial”, es decir, el abogado municipal in péctore.

Como abogado cangués, y actuando por pura dignidad profesional, redacté un recurso contra la convocatoria del concurso, que luego ofrecí firmar a los demás compañeros de la zona, como así hicieron varios de ellos.

No voy a reproducir aquí los términos de este recurso, del que también guardo copia, pero su lectura casi treinta años después de haberlo redactado todavía me pone los pelos de punta: el cúmulo de irregularidades, anomalías, defectos y vicios legales conduciría directamente, y cuando menos, a una investigación por los presuntos delitos de prevaricación, cohecho y malversación.

Ni que decir tiene que el Ayuntamiento nunca dio contestación a este recurso; lo que hizo fue, sencillamente, no continuar adelante con el concurso pero, eso sí, el abogado en cuestión siguió llevando todos los pleitos del Ayuntamiento, con el consiguiente despilfarro de dinero público, hasta que en el año 1997 el alcalde, por las razones que él sabrá, resolvió convocar la plaza de asesor jurídico, pero ahora como funcionario y por concurso-oposición.

Eran tiempos de la más absoluta impunidad. Porque todo esto, hoy en día, hubiese acabado muy mal para los protagonistas de la película.


[i] La frase es atribuida tanto a Confucio como a Napoleón Bonaparte e incluso al filósofo español Jorge Agustín Nicolás Ruiz de Santayana (1863-1952).

[ii] Paradojas de la vida, parte de los integrantes de este grupo, años más tarde y haciendo bueno, nunca mejor dicho, aquello de “cría cuervos …”, tratarían de retirar al alcalde de la vida política proponiendo a otro candidato para encabezar la candidatura socialista municipal, lo que no lograron.

Abstención electoral

No tengo la más mínima duda de que en España la opción personal de abstenerse en unas elecciones es tan legítima como otra cualquiera.

El abstencionismo electoral consiste, como todos sabemos, en la no participación en una votación de quienes tienen derecho a ello. Es un no hacer que no tiene consecuencias jurídicas para el titular del derecho, salvo en aquellos países en los que el sufragio se configura como un deber jurídico, lo que no es nuestro caso.

Pero existen varias clases de abstención, a saber:

  • abstención técnica, motivada por razones no imputables al ciudadano con derecho a voto (enfermedad, ausencia, defectos en la inscripción censal, clima, etc.);
  • abstención política, que es la actitud consciente de silencio o pasividad individual en el acto electoral y que puede tener diversas causas: como expresión de una determinada voluntad política de rechazo del sistema político o de la convocatoria electoral en concreto (abstencionismo de rechazo); como no identificación con ninguno de los líderes o los programas políticos en competencia electoral; como consideración de que todas las opciones son coincidentes (“todos los políticos son iguales”) y sólo piden la atención en período electoral, alejándose de inmediato de las preocupaciones o prioridades de la mayoría, pudiendo constituir una suerte de objeción de conciencia política o un acto de desobediencia cívica; o, en fin, como concreción de su insatisfacción política;
  • abstención apática, motivada por la pereza, o ley del mínimo esfuerzo, unida a la falsa convicción de la escasa importancia del voto individual y a la ignorancia de las fuertes consecuencias de la abstención; y
  • abstención cívica, en la que el ciudadano participa en el acto electoral pero sin pronunciarse a favor de ninguna de las opciones políticas en pugna, para lo que emite el voto en blanco, que es una forma de voto válido pero sin opción por ninguna de las candidaturas en pugna.

Un cuadro comparativo de lo sucedido en Cangas del Narcea en las últimas convocatorias electorales, tanto municipales como generales, arroja los siguientes porcentajes en tantos por ciento:

AÑO

MUNICIPALES

GENERALES

ABSTENCIÓN

BLANCO

ABSTENCIÓN

BLANCO

2003

60,01

1,85

 

 

2004¹

 

 

Sin datos

Sin datos

2007

47,13

2,37

 

 

2008

 

 

37,61

0,94

2011

33,26

1,74

40,54

1,66

2015

43,44

3,00

44,42

1,66

2016

 

 

44,49

1,35

2019

39,77

1,47

39,51

1,88

2019²

 

 

46,55

1,65

He destacado en negrita los mayores porcentajes en abstención y votos en blanco tanto en las municipales como en las generales.

La abstención electoral, aun siendo completamente legítima, debe tener una lectura política, aunque, en mi modesta opinión, más en unas elecciones municipales que en unas generales, habida cuenta del aspecto personal de aquellas en relación con éstas, y porque, en definitiva, el poder local nos afecta más de cerca, directa y cotidianamente a todos los ciudadanos.

El dato indubitado de que, convocatoria tras convocatoria, en Cangas prácticamente una media que supera ampliamente el 40% del cuerpo electoral, es decir, más de 4 de cada 10 electores, no ejercite su derecho al voto, tiene obviamente un significado que pone en tela de juicio el propio sistema político.

Ahora mismo la abstención está configurada como una especie de “cheque al portador” que beneficia de facto a la opción política vencedora, lo que yo creo que no es justo, aunque existen distorsiones como cuando, por ejemplo, se trata del sufragio indirecto en la elección de alcaldes.

Ejemplo práctico: si en las últimas elecciones municipales celebradas en Cangas la participación ascendió al 60,23%, resultando que los votos del PP fueron de un 41,91% y los del PSOE de un 37,20% (“Elecciones municipales vs elecciones generales”), la conclusión obvia es que el alcalde-abogado solamente obtuvo el refrendo de un 22,40% del cuerpo electoral, es decir, de solo 2 de cada 10 electores, lo que lo deslegitima por completo.

Cosas de la estadística.


¹ Resultados al Congreso de los Diputados

² Convocatoria del 10 de noviembre

Los intermediarios

Ahora entiendo perfectamente las misteriosas reticencias del Gobierno a facilitar la identidad de las empresas intermediarias en la adquisición del material sanitario preciso para hacer frente al COVID-19, aunque ello haya supuesto una inexplicable y flagrante violación de toda la normativa legal sobre transparencia y contratación pública.

Tengo que reconocer humildemente que, ante semejante opacidad, bien pensé que no existían tales intermediarios, lo que sin embargo me sigue pasando con los “expertos”, que a estas alturas todavía seguimos sin saber quiénes son.

Por fin, nos hemos enterado de en qué manos se puso el Gobierno para comprar las mascarillas, test, respiradores, etc., etc.

Y la primera sorpresa con la que me encuentro es que la mayoría de los intermediarios que actuaron para traer este material tan importante son empresas sin ninguna relación con la sanidad pero que, conociendo el percal, estoy seguro de que si la tienen con algún miembro del Gobierno o de las formaciones políticas que los sustentan.

Hasta el momento se tiene conocimiento de que el Gobierno ha celebrado, al menos, los siguientes contratos:

  • Con una empresa catalana dedicada a la importación, exportación y distribución de productos relacionados con la alimentación, así como a elaborar artículos de marketing para los mismos, para el suministro de mascarillas, guantes y gafas de protección; en total, más de 263 millones de euros.
  • Con una firma que se dedica a elaborar productos de dermocosmética, contratada para traer los test rápidos que luego se demostró que no disponían de la sensibilidad necesaria para detectar al coronavirus, contrato por importe de 17 millones de euros, de los que el Gobierno pagó por adelantado algo más de 7,1 millones y que, eso sí, la empresa ha devuelto aunque seguimos sin los test.
  • Con una sociedad guipuzcoana para el suministro de respiradores, tratándose de una consultoría dedicada a la inteligencia competitiva transaccional (bonitos “palabros”) y su actividad más común es la filtración de bases de datos; en total se le pagaron 15,4 millones de euros por adelantado.
  • Y con una compañía que se dedica a la fabricación de yeso para la construcción, para la compra de más respiradores, por un valor de 3,3 millones de euros que también se pagaron por adelantado, y comoquiera que, tras haber “trincado”, la empresa reconoció que no podía cumplir con el pedido, ahora el Gobierno está sin respiradores y la espera de la devolución del importe adelantado.

Todo ello explica perfectamente que, nada menos que 40 días después de decretarse el estado de alarma, en España sigamos estando tan escasos de mascarillas, test, respiradores, etc., etc.

Pues bien, a pesar de tan nefastos antecedentes, hoy el diario El País (y esto, para los tifosi del Gobierno, supongo que será irrefutable) nos cuenta que el Ministerio de Sanidad adjudicó el pasado viernes día 17 un contrato de nada menos que 4,2 millones de euros para el suministro de reactivos e hisopos (bastoncillos para tomar las muestras de las pruebas). Según el periódico progubernamental, la empresa “agraciada” con este contrato no solo es una firma sin trabajadores (?) sino que además, en el último año que declaró sus cuentas, registró pérdidas, resultando sorprendente, cuando no inaudito, que se trate de una sociedad dedicada al asesoramiento legal, laboral y tributario con un capital social de cuatro mil euros.

A ver lo que argumentan ahora los palmeros del Gobierno ante este esperpento propio de un cómic de “Pepe Gotera y Otilio”.

Yo me limito a pronosticar, aunque para aquellos incurra en “antipatriotismo”, que no nos pase nada.

Justicia y pandemia

Nuestra Constitución define expresamente a España como un Estado social y democrático de Derecho (art. 1-1) y para garantizarlo consagra como derecho fundamental de cualquier persona “la tutela efectiva de jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos” (art.- 24-1), añadiendo que la Justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por jueces y magistrados integrantes del Poder Judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley (art. 117-1).

En un Estado de Derecho rige, al menos en teoría, la división de poderes (poder ejecutivo, poder legislativo y poder judicial) y la Institución que garantiza esta separación es precisamente el Poder Judicial: por la boca de los jueces habla la ley.

Los jueces y magistrados, salvo contadísimas ocasiones (los de designación autonómica y los del denominado “quinto turno” del Tribunal Supremo, que entre unos y otros no superan el 1% del total), acceden a la carrera judicial por oposición (garantía del cumplimiento de los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad) y sin intervención política, es decir, que los casi cinco mil jueces y magistrados en activo de España dictan sentencias sometidos únicamente al imperio de la Ley.

Esto supone que, a los jueces y magistrados, como nadie los ha “puesto”, tampoco nadie los puede “quitar”, y esto la clase política, acostumbrada a manejar a su antojo el nombramiento de prácticamente todos los cargos públicos, no acaba de aceptarlo ni llevarlo con resignación.

Pero, al grano: cuando surge un problema entre personas privadas (particulares o empresas), o entre cualquiera de éstas y la Administración, ahí están los jueces y magistrados para resolverlo.

Traigo todo esto aquí a colación porque los Tribunales de Justicia ya están comenzando a pronunciarse sobre determinados aspectos de la crisis el COVID-19.

A las resoluciones dictadas por algunos juzgados de primera instancia y por varios juzgados de lo contencioso-administrativo, en ambos casos sobre la obligatoriedad de la hospitalización, se une ahora el Tribunal Supremo en un tema de enorme magnitud y trascendencia, dado que no solo afecta a más de seiscientos mil empleados públicos (todos los del sector sanitario) sino, a la postre, a toda la ciudadanía, pues, como el mismo dice en su Resolución, aunque en principio se trata de la “preservación del derecho fundamental a la integridad física y del derecho a la protección de la salud de los profesionales sanitarios” sin embargo “no cuesta esfuerzo en asociarlo a la preservación de esos mismos derechos de las personas a las que asisten que, en la situación crítica que atravesamos, somos potencialmente todos.”

En efecto, la Sala Tercera (de lo contencioso-administrativo) del Tribunal Supremo, acaba de dictar un Auto requiriendo al Ministerio de Sanidad la adopción de todas las medidas a su alcance para que tenga lugar efectivamente la mejor distribución de los medios de protección de los profesionales sanitarios y para que informe quincenalmente al Tribunal de las concretas medidas adoptadas a tal fin, con indicación de los medios de protección puestos a disposición de los profesionales sanitarios y su distribución efectiva.

El Alto Tribunal estima así la petición de la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) que, ante la inactividad del Ministerio de Sanidad, había denunciado la vulneración del derecho fundamental a la integridad física consagrado en el art. 15 de la Constitución y solicitado se proveyera con carácter urgente e inmediato, en todos los Centros hospitalarios, Centros asistenciales de Atención Primaria, Servicios de Emergencias, Servicios de Asistencial Rural, centros con pacientes institucionalizados así como todos los demás centros asistenciales del territorio nacional ya sean públicos o privados y cualesquiera otras dependencias habilitadas para uso sanitario, batas impermeables, mascarillas fpp2, fpp3, gafas de protección, calzas específicas y contenedores grandes de residuos, siguiendo las recomendaciones de la OMS y los protocolos de protección del propio Ministerio de Sanidad.

Lo curioso del caso es que en la demanda que inició el proceso judicial, y a la que se opusieron tanto el Abogado del Estado en nombre de la Administración como el Ministerio Fiscal en la representación que le es propia, lo que se solicita es, sencillamente, que se dé cumplimiento efectivo al Real Decreto nº 463/2020 por el que se decretó el estado de alarma, es decir, que el Estado actúe en consonancia con lo acordado por el mismo bajo la denominación de “Medidas dirigidas a reforzar el Sistema Nacional de Salud en todo el territorio nacional” (art. 12) y de “Medidas para el aseguramiento del suministro de bienes y servicios necesarios para la protección de la salud pública” (art. 13).

Y ahora, en dicho Auto, lo que el Tribunal Supremo le viene a decir al Ministerio de Sanidad es que ha desamparado al personal sanitario y que esto no puede suceder ni repetirse.

Esta Resolución judicial, fechada el pasado día 20, aunque es una medida cautelar que no decide el fondo del litigio, no deja de ser todo un varapalo para el Gobierno.

Y digo yo: si, según las estadísticas oficiales (?) sobre los sanitarios, a causa del COVID-19 ya hay en España más de 30.000 contagiados y más de 30 fallecidos, ¿dónde están metidos los sindicatos de estos trabajadores?

Los tifosi de la pandemia

Hace tiempo que vengo notando en las redes sociales una polarización sin precedentes que además va en aumento a medida que avanza la crisis del COVID-19.

Un sector de la ciudadanía, autodenominado progresista (?), no admite una sola crítica al Gobierno. Ni si quiera con datos objetivos, que están ahí para ver y contrastar. Para sus integrantes, todo son “bulos” para desprestigiar al Ejecutivo.

Se trata de despreciar, incluso groseramente, ni más ni menos que la propia Constitución, que contempla como fundamental no solo el derecho a la libertad ideológica (art. 16-1) sino también el derecho a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones (art. 20-1, a), sin que, para desgracia del Gobierno y sus seguidores, ninguno de estos derechos pueda ser suspendido en un estado de alarma (art. 55-1)

Esta gente irrumpe en los muros del Facebook cual elefantes en una cacharrería. No toleran nada, no admiten voces discrepantes, no quieren discordancias … Pretenden convertir una sola y única versión, la suya propia, en la verdad absoluta, es decir, exactamente lo mismo que antaño hicieron Hitler, Mao, Mussolini o Stalin.

Estamos, en definitiva, ante la traslación a la actualidad de la “policía del pensamiento” de la que habla Orwell en la novela a la que me referí en una entrada anterior (“1984”). En fin, totalitarismo en estado puro.

Cualquier disconformidad con esa “verdad” es rápidamente censurada, tratando de contrarrestarse de inmediato (cuando no se llega a la descalificación personal) con los más variopintos argumentos: que nadie se esperaba el virus, que el Gobierno fue engañado en la compra del material sanitario, que lo mismo ha pasado en otros países … y un largo etcétera de explicaciones carentes del mas mínimo sentido a la vista de todo lo que ya es de público y general conocimiento.

Los números están ahí y son tozudos: a día de hoy España, con 200.210 contagiados, tiene, según las “estadísticas” del Gobierno (que ya el mismo admite que son falsas), nada menos que 20.852 muertos; y Portugal, con 20.863 infectados, tiene sin embargo 735 fallecidos. Dicho en otras palabras: España tiene casi mas decesos que los enfermos que hay en Portugal (incluso hubo días que en España se produjeron mas muertes que el total de Portugal desde el inicio de la pandemia), siendo el porcentaje de muertos sobre el de contagiados en la península ibérica del 10,41% en el caso español y del 3,52% en el caso portugués.

Pero, lamentablemente, la reacción de los hinchas del Gobierno no es espontánea, ni muchos menos, sino que está perfectamente orquestada. Basta leer la carta que el pasado mes de marzo Don José Luis Ábalos y Doña Adriana Lastra (dos “ejemplos” a seguir, pues el primero, a sus sesenta años, solo trabajó tres meses en su vida, y la otra, aunque bastante más joven, no lo ha hecho nunca) remitieron a todos los militantes y simpatizantes del PSOE. La misiva tiene mucha miga porque denota un enorme nerviosismo por parte del “aparato”, consciente de lo mal que lo están haciendo. Dice así:

“Os pedimos que, además de ser ejemplares en vuestro comportamiento cotidiano y en el cumplimiento de las recomendaciones de las autoridades, utilicéis vuestra capacidad de comunicación en vuestras áreas de influencia, con artículos, vídeos o participación en redes sociales para hacer un llamamiento a la unidad, a la esperanza, para denunciar bulos, para compartir información de valor y dejar sin argumentos a quienes se valen de la mentira, la manipulación y la insidia para justificar la voladura de la unidad de acción que necesita este país.

No cejéis en la tardea de ser activos desmontando a quienes, con tal de desgastar al Gobierno, y aun a costa de ahondar en la desesperanza de la sociedad, prefieren convertirse en instigadores de la adversidad a arrimar el hombro. Y hacedlo, guardando siempre las más altas cuotas de educación y comportamiento cívico que deben guiar a la acción de cualquier socialista.

Ahora, más que nunca, vuestro país os necesita para superar la pandemia y para aplacar también el virus del odio, la mentira y la manipulación. Contamos con vosotros. Es importante.”

Una vez recibida la circular, dicho y hecho: todos a la carga, que “a río revuelto, ganancia de pescadores” … y a lo mejor, al final, hasta cae algo y todo.

Y ahora nos acabamos de enterar de que en el “Facebook” pululan más de 43.000 perfiles falsos para loor y gloria del Gobierno. Pero nada, seguro que también es otro “bulo”.

Al final entraremos en un bucle: el “bulo” del “bulo” que a su vez es el “bulo” de otro “bulo” y así sucesivamente.

“… y los sueños, sueños son.”

Esta noche tuve un sueño.

Soñé con un “portal de transparencia” de la Administración Pública (estatal, autonómica y local) en el que los ciudadanos de a pie, de un solo “click” como se dice ahora, pudiéramos conocer en cualquier momento:

  • la relación alfabética y pormenorizada de todos los empleados públicos (políticos incluidos), con detalle de sus puestos de trabajo, ubicación física, formación académica, categoría profesional y modo de acceso al empleo, así como con especificación de sus retribuciones económicas por todos los conceptos (salarios, pluses, primas, dietas, indemnizaciones, prestaciones en especie, etc., etc.); y
  • la misma identidad respecto de todas las personas, tanto particulares como empresas, que ostentasen la condición de contratistas, proveedores, etc., con expresión de las cantidades que en cada momento “recolectan” del erario también por cualquier concepto.

Y pensaba yo en mi fantasía que, mientras este tipo de medidas tan sumamente higiénicas no se adoptasen, no solo no tenía por qué creerme nada de buenas prácticas administrativas ni de transparencia ni de gestión eficiente ni de ahorro, sino que estaba en mi perfecto derecho a seguir especulando con la permanente presencia de la corrupción y sus inevitables secuelas, pues no era de recibo que pleno siglo XXI, con la que está cayendo y con los medios técnicos de los que hoy se dispone, los ciudadanos no pudiéramos conocer en todo momento datos tan elementales como estos.

Durante el sueño apareció de pronto en escena Don Adrián Barbón (“Adrián el de la muda”), otro profesional de la política con la hoja laboral en blanco que no tiene el mas mínimo empacho en ofrecer a los moribundos autónomos asturianos una ayuda única por todos los conceptos de cuantía económica similar a la dieta diaria para alojamiento que percibe cada eurodiputado (incluidos los del PSOE), quien rápidamente me opuso la imposibilidad de acceder a mi alucinación por el rigor de la legislación sobre protección de datos, contestándole yo, ingenuamente, que entre la información pública y la intimidad de las personas, siempre tendría que prevalecer aquella, máxime tratándose del dinero de todos; a lo que añadí que, si preciso fuera modificar esa normativa, pues adelante con la reforma, aprovechando entonces para recordarle que en el año 2011, y en prácticamente una semana, se había modificado nada menos que el art. 109 de la Constitución a instancia precisamente del PSOE, cuya entrada en vigor, sin embargo, no tendría lugar hasta muchos años después.

Trataba yo de razonar que si la Administración, fundamentalmente a través de sus servicios tributarios, sabía prácticamente todo lo habido y por haber sobre las personas, lo que me parecía perfecto, lo justo y lógico sería estar a la recíproca y que los ciudadanos pudiéramos conocer también en todo tiempo cómo se repartían los recursos públicos entre los particulares.

Pero en éstas, el Sr. Barbón hizo mutis por el foro al asomar su coche oficial, con escolta y todo, para, saltándose el arresto domiciliario, trasladarse a Laviana a recoger una “muda”.

Y en ese momento fue cuando desperté sobresaltado y reparé en aquello de que “… y los sueños, sueños son”. [i]


[i] Monólogo de Segismundo, en “La vida es sueño”, de Pedro Calderón de la Barca (1600-1681).

Recaudación municipal y derechos ciudadanos

Con motivo de una anterior entrada (“Presupuestos municipales”) dije que entre los ingresos de un Ayuntamiento había que distinguir, como se hace en sus Presupuestos, tres grandes apartados:

  • Impuestos directos: que comprenden lo que un Ayuntamiento recibe con el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (“la contribución”), el Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (“la viñeta”), Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos (“la plusvalía”), etc. más la parte que el Estado le cede al Ayuntamiento por lo que a su vez aquél recauda en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (“IRPF”).
  • Impuestos indirectos: que incluyen lo que un Ayuntamiento ingresa por el Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, etc, más la parte que el Estado le cede al Ayuntamiento por lo que a su vez aquél recauda en el Impuesto sobre el valor Añadido (“IVA”).
  • Tasas y otros ingresos: que se refieren a lo que un Ayuntamiento recauda por tasas, precios públicos y contribuciones especiales que pagan los usuarios por la realización de una contraprestación municipal.

En definitiva, se trata siempre de cantidades recaudadas del contribuyente: bien por el Estado, que luego transfiere una parte a los Ayuntamientos (como son los citados casos del IRPF e IVA), bien directamente por éstos.

También expliqué en otra entrada (“Hacienda local”), que los tributos propios de los Ayuntamientos se clasifican en tasas, contribuciones especiales e impuestos y los recargos exigibles sobre los impuestos de las comunidades autónomas o de otras entidades locales.

E igualmente dije entonces que, salvo “la contribución”, “la viñeta” y el impuesto sobre actividades económicas, el resto de los impuestos municipales, y todas las tasas sin excepción, son de establecimiento voluntario por parte de cada Ayuntamiento.

Esto sentado, en el caso del Ayuntamiento de Cangas del Narcea, un municipio de apenas doce mil habitantes, sus presupuestos generales nos proporcionan la siguiente información sobre dicha parte de sus ingresos:

AÑO IMP. DIREC IMP. INDIR TASAS, ETC
2003 2.075.669,48 260.018,03 1.308.319,08
2004 2.246.442,02 380.018,03 1.444.475,17
2005 2.253.852,02 370.018,03 1.674.712,14
2006 2.249.352,02 370.018,03 1.836.495,20
2007 2.309.352,00 335.018,00 1.951.172,17
2008 2.255.000,00 335.000,00 2.312.157,66
2009      
2010 2.502.116,00 300.000,00 2.205.600,00
2011      
2012 2.504.659,55 276.600,00 2.483.197,62
2013 2.929.567,52 416.400,00 2.611.914,40
2014 2.764.105,00 90.000,00 2.899.100,00
2015 3.292.673,45 90.000,00 2.744.100,00
2016 3.295.511,00 90.000,00 2.824.450,00
2017      
2018      
2019 3.363.000,00 95.000,00 2.793.753,00

Como ya dije en otras entradas, ignoro por completo los datos correspondientes a los ejercicios 2009, 2011, 2017 y 2018, siendo muy probable que en los mismos no se hubiera aprobado un presupuesto nuevo sino prorrogado el del año anterior.

El total anual que el Ayuntamiento de Cangas recauda de los ciudadanos a partir del ejercicio 2010, con la sola excepción del 2019, supera siempre la mitad de sus ingresos totales, como se puede comprobar fácilmente comparando el cuadro que precede con el que ilustra otra entrada anterior (“Los ingresos municipales”).

Y cuando no supera dicha mitad, el porcentaje de lo recaudado del pueblo es una parte muy significativa del total de los ingresos municipales.

Por eso traigo aquí todo esto a colación; para dejar bien claro que los ciudadanos, con los impuestos que pagamos, somos el principal sostén económico de este Ayuntamiento y, en consecuencia, tenemos todo el derecho del mundo a exigir a sus regidores que sirvan siempre con objetividad los intereses generales y actúen en todo momento de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la Constitución, a la Ley y al Derecho.

Y yo, como eso no lo veo, pues lo exijo aquí públicamente.

Así que comienzo por denunciar que estos días la ciudadanía anda muy preocupada por lo que está sucediendo en las oficinas centrales del Ayuntamiento cangués (las ubicadas en el palacio de Toreno), porque nadie sabe ni el horario ni el calendario de los empleados públicos que allí trabajan. Y comoquiera que en su página web no hay la más mínima referencia al respecto, creo que lo mínimo que debería de hacer el alcalde-abogado, como jefe de todo el personal municipal, es publicar de una vez por todas la reorganización y nueva planificación de estas oficinas (con identificación de cada empleado, su ubicación y su horario) para evitar así a los administrados viajes inútiles y llamadas telefónicas infructuosas. El COVID-19 no debería de justificar nunca el absentismo ni funcionarial ni laboral.

Insisto, si gran parte de todo el gasto en nóminas lo paga el pueblo, los ciudadanos estamos en perfectas condiciones de poder exigir un mínimo control y una cumplida explicación, al menos para evitar un despilfarro de dinero público.

¡¡¡ Ay de mi güey !!!

“1984”

Este es el título de un conocido libro de George Orwell, pseudónimo del escritor y periodista inglés Don Eric Arthur Blair (1903-1950), quien estuvo en Cataluña durante la guerra civil apoyando al ejército de la República, aunque al final tuvo que salir por pies porque los estalinistas iban a por él.

A Orwell se le atribuye una frase que al parecer pronunció tras su precipitada salida del país y que, en mi modesta opinión, hoy está de plena actualidad a la vista de los últimos acontecimientos: “los socialistas españoles son antifascistas pero no son antitotalitarios”.

“1984”, escrita en el año 1948, es una novela política de ficción distópica que se desarrolla en el año 1984.

En ella el mundo está fraccionado en tres superpotencias: “Oceanía”, donde impera el «Ingsoc» (acrónimo del «socialismo inglés»), y que es en la que se desarrolla la novela; “Eurasia”, en el que reina el «neobolchevismo»; y “Eastasia”, donde rige la «adoración de la muerte» o «desaparición del yo». Además, hay diversas zonas del mundo que son disputadas entre las tres superpotencias, siendo estos territorios los únicos que pasan de unas manos a otras, pues el resto del mundo siempre pertenecen a su correspondiente nación.

La sociedad de “Oceanía” está dividida en tres grupos humanos: los miembros “externos” del Partido Único; los integrantes del Consejo dirigente o círculo interior del partido; y una masa de gente, a la que el Partido mantiene pobre y entretenida para que no pueda ni quiera rebelarse, denominada los “proles” (proletarios). Los primeros, los miembros “externos”, constituyen la burocracia del aparato estatal (de ahí la necesidad de la estricta vigilancia): viven sometidos a un control asfixiante y a una propaganda alienante que los desmoraliza y les impide pensar críticamente.

En el país sobre el que gira la novela de Orwell existen solo cuatro ministerios, que son: el Ministerio del Amor (“Minimor”), que se ocupa de administrar los castigos y la tortura y de reeducar a los miembros del Partido, inculcando un amor férreo por el líder (el “Hermano Mayor”) y las ideologías del Partido; el Ministerio de la Paz (“Minipax”), que está al cargo de los asuntos relacionados con la guerra y el que se esfuerza para lograr que la contienda sea permanente. (Si hay guerra con otros, el país está en paz consigo mismo. Porque hay menos revueltas sociales cuando el odio y el miedo se pueden enfocar hacia fuera, como señala la psicología social); el Ministerio de la Abundancia (“Minidancia”), que es el encargado de la economía planificada y de conseguir que la gente viva siempre al borde de la subsistencia mediante un duro racionamiento; y el Ministerio de la Verdad (“Miniver”), que se dedica a manipular o destruir los documentos históricos de todo tipo (incluyendo fotografías, libros y periódicos), para conseguir que las evidencias del pasado coincidan con la versión oficial de la historia mantenida por el Estado.

El Estado orwelliano, que, como se acaba de ver, tiene un lenguaje propio, suprime todo derecho y condena a una existencia poco más que miserable, con riesgo de perder la vida, o de sufrir vejámenes espantosos, a aquellos que no demuestren suficiente fidelidad y adhesión a la causa nacional. Para ello se organizan numerosas manifestaciones, donde se requiere la participación de los miembros, gritando las consignas favorables al partido, vociferando contra los supuestos traidores y dando rienda suelta al más desaforado fanatismo. Porque solo con fervor fanático se puede escapar a la omnipresente vigilancia de la “Policía del Pensamiento”.

La organización que nos describe Orwell se caracteriza por arrestar a los ciudadanos que piensan en cosas que van en detrimento de las consignas del Partido (el crimen de pensamiento es, lógicamente, el más grave de todos los crímenes sancionados), y para hacerlo está la “Policía del Pensamiento”, que utiliza unas máquinas llamadas telepantallas, similares a los televisores pero provistos de un micrófono integrado, las cuales permiten a sus agentes escuchar y grabar las conversaciones realizadas entre las personas que se encuentran a cierta proximidad de la telepantalla.

La novela “1984” fue escrita después de la segunda guerra mundial, en la que, como todos sabemos, pulularon a sus anchas líderes populistas como Hitler, Mussolini o Stalin, por lo que Orwell la escribió como denuncia a esos populismos que buscaban, por encima de todo, darle la supremacía al líder, que él define así: “En el vértice de la pirámide se encuentra el Hermano Mayor, que es infalible y todopoderoso. Cualquier éxito, logro, victoria o descubrimiento científico, cualquier conocimiento, sabiduría, felicidad y virtud se atribuyen a su liderazgo e inspiración”.

Y el amable lector se preguntará, no sin razón, ¿y a que viene todo esto? Pues lo traigo a colación porque, a la vista de lo que está pasando últimamente en España, no me extrañaría que aquí terminara implantándose un Estado de características similares al que describe George Orwell en su novela “1984”.

Desde su mansión de Galapagar, en la que, como el mismo dice sin ni siquiera sonrojarse, tiene la “suerte” de que sus hijos puedan corretear libremente por el jardín (lamentando hipócritamente que, por el contrario, la inmensa mayoría de los españoles tengan que vivir entre cuatro paredes), Don Pablo Iglesias Turrión está imponiendo, y Perico Pinocho aceptando sumisamente, decisiones inimaginables hace un par de meses por cualquier ciudadano de bien.

Ignoro por completo lo que pudo suceder en Corea del Norte, que como todos sabemos es un Estado férreamente gobernado desde el año 1946 por la familia de “Los Kim”, pero con esta salvedad no conozco ningún caso en el que una pareja conviviente haya compartido asiento en el consejo de ministros de un país, ni democrático ni dictatorial, salvo el del Sr. Iglesias Turrión y su compañera Doña Irene Montero Gil, quienes lo hacen actualmente, y sin pestañear, bajo la presidencia del irrepetible Perico Pinocho.

Pero, con independencia de este detalle tan obsceno (esta pareja se levanta anualmente, así como quien no quiere la cosa, unos emolumentos que superan con creces los 170.00,00 euros, que no es broma), lo que sucede en este país tras la llegada del COVID-19 está dando lugar a la época más denigrante de la reciente historia de España, a saber:

  • retraso malicioso e irreflexivo en la adopción de medidas de reacción contra el virus, tratando de diluir la negligencia propia (más bien imprudencia) en el carácter universal de la pandemia;
  • toma de decisiones absolutamente contradictorias y notoriamente ineficaces;
  • boicot a la Comisión General de las Comunidades Autónomas del Senado para que no pueda debatir sobre la gestión de la crisis del COVID-19;
  • ruedas de prensa con la presencia e intervención ocasional -y a veces cómica- del tal Perico Pinocho, reuniones que se hacen además previa filtración de las preguntas de la prensa por parte de la Secretaría de Estado de Comunicación, convirtiéndolas así en simples sermones guionizados;
  • arresto domiciliario masivo, con contadísimas excepciones;
  • necesidad de un “salvoconducto” para acudir al trabajo;
  • ausencia de control parlamentario de las decisiones del Gobierno;
  • censura de la información, tratando de prohibir toda la que no proceda de “fuentes oficiales”;
  • bloqueo a otras administraciones del acceso al material sanitario;
  • manipulación de la realidad, con alteración permanente de todo tipo de información (hay máscaras, no hay máscaras; hay test, no hay test …) y que alcanza incluso, miserablemente, hasta al cómputo de los muertos;
  • ocultación de información relevante y obligatoria a la vista de la normativa sobre contratación pública (la identidad de los intermediaros en la compra del material sanitario);
  • paralización del “portal de la transparencia”, que fue creado por una ley que está en vigor;
  • subvención a los medios de comunicación afines y “persecución” a los díscolos;
  • manejo de las encuestas “telefónicas” (?) efectuadas por un organismo público como es el CIS;
  • suspensión de prácticamente toda la función judicial;
  • clausura de toda la actividad económica (con cierre de los centros de trabajo), salvo aquellas calificadas como “esenciales”;
  • imposición a los sindicatos de la ley de la omertá, a pesar de los miles de trabajadores sanitarios contagiados (muchos de ellos incluso fallecidos);
  • monitorización de los ciudadanos a partir de los datos sobre sus movimientos que van a suministrar las operadoras de telefonía, con la advertencia de que también se procederá al desarrollo urgente de una aplicación informática que permitirá su geolocalización;
  • prohibición de los desahucios por falta de pago, instituyéndose una moratoria en el pago de las rentas, todo al margen por completo de los propietarios de los inmuebles afectados, que parecen apestados que no merecen ni ser oídos; y
  • condena de todo el país a una catástrofe económica de consecuencias imprevisibles en todos los órdenes.

El Gobierno, que ya es un mono con dos pistolas, está tratando de someter impúdicamente a la ciudadanía al “pensamiento único”, como en la novela de Orwell.

En fin, un olímpico desprecio a la Constitución mediante un desmantelamiento sin parangón del Estado de Derecho y un atentado en toda regla a los más básicos derechos y libertades fundamentales que tanto costaron conseguir.

Y encima hay quien aplaude todo esto. Pero ya lo dijo el torero: “hay gente pa tó”.