¿Nuevo lenguaje?

La clase política española está tan henchida de poder, y tan segura de sí misma, que hasta nos está imponiendo un nuevo vocabulario. Así como suena.

En un país, cuya lengua oficial es el castellano,[1] un idioma muy rico, con muchas palabras para hablar de la misma cosa, aunque nos sorprendan tantos acentos y tantas variantes.

Un idioma de mil años, cuyo embrión procede del siglo III antes de Cristo con el latín vulgar del Imperio Romano, propagado y decantado por la península Ibérica durante doce o trece siglos, hasta que, entre finales del siglo X y comienzos del XI, se escriben las “Glosas Emilianenses”, textos en lengua romance y guardados en el monasterio de Yuso, en San Millán de la Cogolla (La Rioja), hasta la llegada del rey Alfonso X el Sabio (1221-1284), que lo afianzó definitivamente. Y así hasta hoy.

Según la gramática oficial de la lengua española, el actual abecedario (alfabeto), está conformado por 27 letras: 22 consonantes y 5 vocales. Y el DRAE[2] contiene nada menos que 80.000 palabras.

Un idioma implantado en mas de veinte países y que actualmente es empleado por alrededor de cuatrocientos millones de almas, siendo la segunda lengua más hablada en el mundo después del chino mandarín.

Pero, volviendo a lo que nos ocupa, a la manipulación del vocabulario por parte de los políticos, tras la llegada del COVID-19 el Gobierno decretó el estado de alarma y aunque no se nos obligó expresamente a permanecer recluidos en casa sí se nos prohibió circular por las vías o espacios de uso público, salvo para la realización de determinadas actividades, lo que al final vino a ser lo mismo.

Y en estas circunstancias nuestros gobernantes no han tenido mejor ocurrencia que la de llamar “CONFINAMIENTO” a esta nueva situación o, más claramente, a lo que no es sino un arresto domiciliario en masa. Porque, aunque ellos no lo sepan, la pena de confinamiento, que existió en España hasta el Código Penal de 1985, obligaba al condenado a vivir temporalmente, en libertad, en un lugar distinto al de su domicilio (y así la define actualmente el DRAE), es decir, que la pena sólo afectaba a la posibilidad de desplazamiento del sujeto en cuanto que éste era obligado a permanecer en un cierto territorio, pero con movilidad dentro del mismo. Pero, obviamente, eso no es lo que sucedió en España desde que se decretó el estado de alarma. Aquí indirectamente no se nos dejó salir de casa y a esto, legalmente hablando, no se le llama confinamiento, como eufemísticamente hacen nuestros políticos, sino arresto domiciliario puro y duro (hoy, más exactamente, pena de localización permanente).

Esta pena ha venido cumpliéndose regularmente hasta la llegada de la “DESESCALADA”, palabra que en este caso no ha sido tergiversada, como la anterior, sino directamente inventada por la clase política. Y digo que es una palabra apócrifa porque no figura en el DRAE, aunque parece ser que la Real Academia va a terminar por aceptarla. No obstante, y de continuar con la misma paranoia lingüística, lo lógico hubiese sido denominar a esta nueva situación como desconfinamiento, es decir, lo contrario del confinamiento, con todas las variantes que se quieran: progresivo, paulatino, gradual, etc..

Pero no contentos con este alarde imaginativo, ahora resulta que los políticos dicen que cuando toda esta pesadilla acabe, entraremos en la “NUEVA NORMALIDAD”. No volveremos a la situación previa ni recuperaremos los hábitos y costumbres de entonces (y estamos hablando de una época muy reciente, pues el estado de alarma se decretó el día 14 de marzo) sino que pasaremos a lo que en este sorpresivo lenguaje se ha dado en denominar ahora como la nueva normalidad; como si se tratara de algo novedoso y sin precedentes. Si es “nueva”, será susceptible de ser estrenada (como se inaugura todo lo que es nuevo), y si es “normalidad” no merecerá ser estrenada por ser habitual entre nosotros (porque sólo se estrena lo excepcional y no lo consuetudinario). Y la nueva normalidad, paradigma, sintagma o metonimia, no sabemos ahora si es más de lo mismo o es mismo de lo más. Sin saber ni qué es lo primero y qué significa lo segundo. 

Después del COVID-19 puede que todo vuelva a ser como antes o no. Aceptando el oxímoron, esa nueva normalidad se presenta a corto plazo como un porvenir muy distinto del que se intuía antes de la pandemia, en ella hay una mezcla de pasado y futuro con resultados inesperados, una irrupción radical de cosas que estaban todavía emergiendo y una muerte súbita de otras viejas pero también de algunas embrionarias: La ausencia de contacto físico, la desaparición de las reuniones, del ocio multitudinario, la desertización de la calle, la intromisión en el hogar y la puesta de los medios particulares al servicio del teletrabajo, el coche privado en vez del transporte público, adiós al dinero en metálico, fin del viaje aéreo en masa, fin del turismo internacional, refugio en los despoblados, confinamientos, mortandades de ancianos, más aumento de la vida virtual, ausencia de hechos, pobreza de noticias, mejora ambiental por paro productivo, el estado de alarma sustituyendo al democrático …

En definitiva, los políticos, a través de esta especie de covidicionario, están comenzando a imponernos, así por lo bajinis, una manera distinta de expresarnos: un nuevo lenguaje.

Ya escribí aquí, en la entrada “1984”, que en el Estado orwelliano, aquél que suprimía todo derecho y condenaba a una existencia poco más que miserable, con riesgo de perder la vida, o de sufrir vejámenes espantosos, a aquellos que no demostrasen suficiente fidelidad y adhesión a la causa nacional, los gobernantes habían impuesto a los ciudadanos un nuevo lenguaje para reforzar su sometimiento.

Ahí lo dejo y que cada uno haga sus propias reflexiones.

¡¡¡ Ay de mi güey !!!


[1] Art. 3-1 de la Constitución.

[2] Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua.

Hasta con los muertos “trapichean”

Jamás acusaría al Gobierno de haber traído a España el COVID-19, ¡¡¡no, por dios!!!, pero lo que nadie me puede impedir es responsabilizarlo de la nefasta gestión de la pandemia y, más exactamente, de haberse desentendido en gran parte del problema, ninguneándolo imprudentemente, cuando el mismo podía y debía de haber sido combatido antes, reduciendo así las catastróficas consecuencias que actualmente estamos padeciendo.

En una entrada anterior (Datos de un despropósito con resultado mortal) realicé una pormenorizada cronología de todo lo sucedido en España desde que el día 31 de enero se detectó el primera caso de COVID-19 y a ella me remito para evitar reiteraciones.

Desde entonces hemos asistido a espectáculos grotescos e hilarantes: test sí, test no; guantes si, guantes no; máscaras si, máscaras no … Pero lo que menos esperaba o, mejor dicho, lo que jamás hubiera imaginado, es que el Gobierno llegara incluso a “trapichear” con el número de muertos de la pandemia.

Primero se disculpó diciendo que los 3.929 registros civiles que en total hay en España, y que es donde se inscriben los fallecimientos, están transferidos a las comunidades autónomas. Cierto. Pero también lo es que desde que se declaró el estado de alarma dichos registros estaban obligados a facilitar la información a un organismo centralizado en Madrid cuyos responsables, sin embargo, no se percataron nunca, hasta que saltó el escándalo, claro, de que las cifras eran desproporcionadas en relación con las estadísticas de otros años: un 55% más de sobremortalidad, que se dice pronto.

Y ahora, tras el “redondeo” del sabio Simón, explicándonos hace unos días en una de sus ruedas de prensa que había existido un error de cómputo que reducía el número de muertos en exactamente dos mil (ni uno más ni uno menos), para dejar la cifra total en 27.118 fallecidos, ahora, digo, nos hemos enterado de que los números están manipulados y los decesos por el COVID-19 pueden superar los cuarenta mil.

En efecto, ha quedado reflejado en la última actualización del Sistema de Monitorización de la Mortalidad Diaria (“MoMo”), dependiente del Centro Nacional de Epidemiología del Instituto de Salud Carlos III y que es un método que compara los fallecimientos previstos para un periodo concreto de tiempo con los fallecimientos que realmente se han producido en el mismo, que el exceso de mortalidad hasta el pasado día 22 de mayo ascendió a las 43.034 muertes.

Los técnicos del “MoMo” calculan el exceso de mortalidad tomando como referencia las medias de otros años, para sacar la diferencia entre la mortalidad que se podía esperar para unas semanas concretas y la que ha sucedido realmente. Por esta razón, se calcula que prácticamente todo ese exceso de mortalidad está de un modo u otro relacionado con el COVID-19, ya que ha sido el factor determinante.

Los nuevos datos del “MoMo” implican un fuerte incremento sobre los manejados hasta la fecha, hasta el punto de que esta actualización ha incorporado 13.250 muertes que no se habían incluido hasta ahora por retrasos en los registros civiles durante los peores momentos de la pandemia.

Se estimaba que entre el 13 de marzo y el 22 de mayo iban a producirse en España 77.817 muertes, pero el sistema ya ha contabilizado 120.851.

La mayor diferencia corresponde a Cataluña, que ha agregado al cómputo 8.514 muertes que no se habían notificado aún. En esta comunidad autónoma, el exceso de mortalidad durante la pandemia es del 96%: se esperaban 12.195 fallecimientos y se han registrado realmente 23.860.

Pero la mayor sobremortalidad se localiza en Castilla-La Mancha, con un 206%, seguida por la Comunidad de Madrid, que tiene un 162% de muertes más sobre las esperadas, Navarra, que tiene un exceso del 137%, y Castilla y León, donde la sobremortalidad es del 114%.

Resumiendo: los registros civiles están apuntando a que hay unos 16.000 muertos más por el COVID-19 de los que nos dicen el filósofo Illa y al sabio Simón.

Todo esto ya lo había denunciado hace días Don José Luis Concepción Rodríguez, presidente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, y a punto estuvo de ser “fulminado”. Este magistrado, ex-juez de Grado por cierto, llegó a acusar al Gobierno de estar utilizando el estado de alarma “para legislar extramuros de la necesidad que provoca la epidemia”, asegurando que además de la crisis sanitaria, también le preocupaba mucho la crisis económica y la “política derivada de un Gobierno que está utilizando esta paralización del país para fines distintos que salvar a la población de la crisis del coronavirus” y concluyendo lapidariamente que “De acuerdo con la Constitución, el estado de alarma permite al Gobierno restringir derechos, pero los españoles tenemos suspendidos algunos derechos fundamentales como la libertad ambulatoria”.

Estoy completamente de acuerdo con el magistrado Sr. Concepción Rodríguez, al que tuve el gusto de conocer con ocasión del ejercicio por su parte en la villa moscona de la función jurisdiccional.

 

Y lo de “trapichear” nada menos que con el número de muertos de la pandemia, como ha hecho el Gobierno para tratar de engañarnos a los ciudadanos y de minimizar el problema, es una bajeza en toda regla y una ruindad sin precedentes que dejan al descubierto la catadura moral de los citados filósofo y sabio.

¡¡¡ Ay de mi güey !!!

La Historia se repite

En diferentes entradas escribí aquí:

  • que los funcionarios son muy importantes en cualquier Administración, léase estatal, autonómica o local, porque, al haber accedido a sus puestos a través de un sistema basado en los conocidos principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, se presume el ejercicio de sus tareas de una manera imparcial e independiente, al margen por completo de las intenciones políticas de turno;
  • que, tras la transición democrática, el poder político decidió “asaltar” la Administración introduciendo poco a poco al empleado laboral hasta generalizarlo, arremetiendo insistentemente contra el funcionario con mecanismos tales como el reparto de importantes cantidades de dinero por productividad mediante criterios subjetivos o la ausencia de una auténtica evaluación del desempeños, por poner solo dos ejemplos, y recompensando al funcionario afecto al partido en el poder, premiándolo con excesiva protección cuando accede a la política (mochilas retributivas, reservas de puestos de trabajo sine die, etc., etc.); y
  • que paralelamente, con la llegada de la democracia, se generalizó la figura de los “eventuales” o enchufados, una especie de híbridos entre el funcionario propiamente dicho y el empleado laboral, dado que tanto su nombramiento como su cese son totalmente discrecionales, siendo éste personal el que está copando los puestos de libre designación hasta entonces reservados a los altos funcionarios.

Esta progresiva “desfuncionarización” de la Administración, en mi modesta opinión, no tuvo más finalidad que la de lograr una masa clientelar y de votos cautivos que hubiera sido prácticamente imposible de conseguir con los funcionarios propiamente dichos debido precisamente a sus presumidas imparcialidad e independencia.

Pero se me olvidó aclarar entonces que esto no fue siempre así, pues uno de los grandes problemas de la Administración decimonónica fue el de las denominadas “cesantías”, que consistían en que con cada cambio de Gobierno se producía el cese y recambio de todos los funcionarios públicos o, más gráficamente, acarreaba el “asalto” a la función pública por parte de los seguidores del partido político vencedor, hasta que se tomó la decisión de eliminarlas, lo que no fue fácil, pues a los partidos les costó desprenderse de este sistema de “botín” que les garantizaba que, durante los años que estuvieran en el poder, la Administración y otros poderes del Estado estarían a su entera disposición, tanto si los utilizaban para perseguir el bien común como si los dedicaban a satisfacer intereses de partido o personales.

De ahí que ahora sostenga que, habiendo transcurrido poco mas de un siglo desde la completa desaparición de las “cesantías”, lamentablemente la situación poco a poco va asimilándose a la existente entonces: el poder político quiere manipular a su antojo la función pública.

Y digo esto porque, actualmente, muchos altos cargos de la Administración son designados al margen por completo del funcionariado, y numerosos de los que no son altos cargos acceden a la función pública como eventuales o enchufados, cuya carrera administrativa está ligada a la buena fortuna del partido que hayan elegido.

Nos encontramos así ante una Administración excesivamente frágil ante el poder político y, por ello, no es casual que diversos informes y barómetros nos muestren repetidamente que la confianza de los ciudadanos españoles en su clase política haya decrecido ostensiblemente en los últimos años y sea una de las más bajas de entre los países occidentales. Bien parece que se ha cumplido la vieja profecía de que “cuando los que mandan pierden la vergüenza, los que obedecen pierden el respeto”.

A todo ello aún hay que añadir que los órganos constitucionales de control, como son el Poder Judicial o el Tribunal de Cuentas, por ejemplo, que en teoría son instituciones independientes del Gobierno del signo que sea y además esenciales (yo diría que imprescindibles) para el correcto funcionamiento de un Estado de Derecho, sin embargo están copadas por individuos procedentes de la arena política o, en otras palabras, por personal altamente ”contaminado”. Un control meramente formal y, por desgracia, absolutamente descontrolado.

En consecuencia, mi ingenua aspiración de que todos los puestos de la Administración sean servidos por empleados públicos, que hayan accedido a sus puestos cumpliendo con los repetidos principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, es una quimera que me acompañará de por vida. Un sueño irrealizable.

¡¡¡Ay de mi güey!!!

La mascarada: un control descontrolado

Lo del sabio Simón no tiene precio. Tras semanas y semanas resistiéndose, al fin ha terminado por reconocer que si antes no se había recomendado el uso obligatorio de las mascarillas fue porque había problemas de stock, pues todos los países las estaban pidiendo al mismo tiempo, dado que ya en la reunión mantenida los días 18 y 19 de febrero en Estocolmo por el Centro de Prevención de Enfermedades Infecciosas de la Unión Europea, a la que el mismo asistió personalmente, se había valorado esta medida como conveniente para prevenir la transmisión del COVID-19 en Europa.

Como todos sabemos, el Gobierno ha ido dando bandazos sobre el uso de las mascarillas hasta que, finalmente y a pesar de que el sabio Simón había insistido una y otra vez en sus habituales ruedas de prensa en que no era necesario, aunque sí recomendable, acaba de establecer su uso obligatorio.

En estas circunstancias es necesario destacar que no existe ningún informe científico que desaconsejara el uso obligatorio de mascarillas desde el inicio de la crisis, hace más de dos meses, como tampoco lo hay actualmente avalando su obligatoriedad.

La medida, que, inexplicablemente, no se adoptó entonces, se justifica ahora (?) no solo por la alta transmisibilidad del virus, sino también por la capacidad que han demostrado las mascarillas para bloquear la emisión de gotas infectadas, muy importante cuando no es posible mantener la distancia de seguridad.

Esta súbita confesión, cuando habían transcurrido sesenta y ocho días desde que se declaró el estado de alarma, y que por otra parte ya era un secreto a voces, pone los pelos de punta solo con pensar en que simplemente empleando las mascarillas desde un principio se hubiesen reducido considerablemente la morbilidad y la mortalidad asociadas al virus, lo que constituye una negligencia de la que alguien tendrá que responder.

En fin, vamos a aceptar aquello de que nunca es tarde si la dicha es buena, porque lo cierto es que desde el pasado jueves día 21 el uso de las mascarillas por parte de las personas de seis años en adelante, como textualmente exige la orden ministerial, es “obligatorio” en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros.[1]

Lo de obligatorio lo pongo entrecomillado por la defectuosa redacción de la norma, fallo imperdonable en un Estado de Derecho en el que la seguridad jurídica es uno de sus principios fundamentales, máxime tratándose de intervenciones de este tipo.

Me explico: la norma en cuestión contempla, entre otros, dos supuestos en los que las personas no están obligadas al uso de la protección, a saber:

  • las que “… presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla …”; y
  • las que “… el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados …”.

El avispado lector habrá notado la sustancial diferencia entre uno y otro caso: solo necesita justificarse el segundo, el primero no.

Además, la fórmula de anudar la obligación a que sea o no posible mantener la distancia de seguridad entre las personas, es de tal ambigüedad que no solo pugna aún más, si cabe, con el citado principio de seguridad, sino que está abierta a las más variadas interpretaciones y, en consecuencia, a las soluciones más dispares.

Pero, con independencia de este absurdo legal, lo cierto es que el uso obligatorio de las mascarillas puede llegar a afectar a la seguridad pública, máxime en estos días tan soleados. Digo esto porque me he cruzado con infinidad de gente que no solo se protegían con las mascarillas sino que también llevaban puestas gafas de sol, resultando así absolutamente irreconocibles, incluso tratándose de personas más o menos cercanas, por lo que los delincuentes ya no tienen necesidad de hacer nada especial para ocultar sus rostros y evitar ser identificados.

Es más, las mascarillas ya están dando lugar a distinciones sociales, pues los tipos, modelos, colores, etc. varían considerablemente de unas personas a otras, bastando con darse un garbeo para comprobarlo: que si con filtro, que si con la banderita de España, que si con el logotipo de la marca de moda o la marca más cara … (la imagen que ilustra esta entrada vale mas que mil palabras). En fin, una nueva forma de jerarquizarse, aunque es de esperar que este “clasismo mascaril” que se avecina no termine también en otra lucha entre patricios y plebeyos.

A éste respecto es de advertir que las mascarillas han venido para quedarse y que el nuevo look revolucionará la moda española. Habrá que asomarse a la cultura oriental (es notorio que en Japón las mascarillas son desde hace años una prende de vestir como cualquier otra) para atisbar como va a evolucionar esta nueva tendencia estética e incluso hasta donde podemos llegar con la misma. La verdad es que todo esto promete ser sociológicamente muy interesante.

Bromas aparte, la norma es aún más defectuosa, si cabe, al circunscribir la obligatoriedad del uso a “… cualquier tipo de mascarilla, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubra nariz y boca …”, cuando todos sabemos que hoy en día el mercado ofrece distintos modelos de mascarillas (ya las he visto anunciar hasta motorizadas y todo) con diferentes grados de eficacia.

En efecto, según un informe técnico del Consejo General de Farmacéuticos existen dos tipos principales de mascarillas: :las quirúrgicas y las filtrantes, aunque también están las llamadas mascarillas higiénicas. Pero vayamos por partes.

Las mascarillas quirúrgicas protegen más al resto de personas que a quienes las lleva puestas. Esto es así porque ejercen fundamentalmente de barrera al estornudar o toser. Por tanto, tienen la finalidad de evitar la transmisión de agentes infecciosos por parte de las personas que las utilizan, pero no son efectivas para prevenir el contagio de las mismas.

A su vez, las mascarillas higiénicas no son un equipo de protección individual, en el sentido técnico de la expresión, sino que también protegen más al resto de personas de transmisión si las llevamos puestas que al revés, lo que, como ya dije, también sucede con las mascarillas quirúrgicas. 

Y, por último, las mascarillas filtrantes (las famosas FFP1, FFP2 o FFP3), que cuando no tienen válvula evitan tanto el contagio del usuario como la transmisión, pero cuando la tienen, cuando están dotadas de válvula, no impiden que el que la lleve puesta pueda transmitir el virus. 

Pues bien, pese a lo expuesto, el Ministerio de Sanidad ha simplificado la cuestión, recomendando el uso de cualquier mascarilla (?), con preferencia de las higiénicas, en el caso de población no vulnerable, o de las quirúrgicas, en el de las personas con síntomas o con diagnóstico de COVID-19 o que hubiesen estado en contacto estrecho con alguien con COVID-19 en los últimas 14 días y, en general, la población vulnerable (personas mayores, con hipertensión, diabetes o enfermedades cardiovasculares, etc.), pero, eso sí, sin la más mínima alusión a las mascarillas filtrantes, una de cuyas variantes es la única que evita tanto el contagio como la transmisión.

A mayor abundamiento, cualquier tipo de mascarilla, como dice la norma, permite el uso de las que estén sin homologar (?) y tampoco se repara en que todas las mascarillas, hasta las más sofisticadas, tienen una eficacia temporalmente limitada y su uso también se recomienda que sea durante un tiempo concreto. Y excuso referirme al tema de la desinfección de las mascarillas, que también es asunto polémico. Sin embargo, de todo esto la orden ministerial nada especifica; pareciera que con limitarse a llevar un trapo cualquiera en la cara fuera profilaxis suficiente.

En definitiva, en tanto que alguien no me demuestra lo contrario creo que estamos ante un control absolutamente descontrolado.

¿Un nuevo despropósito del Gobierno?.

¡¡¡Ay de mi güey!!!


[1] Orden SND/422/2020, de 19 de mayo (BOE 20/05/2020).

Caceroladas, banderas, escraches y franskensteines

Estamos perdiendo calidad democrática a pasos agigantados, y eso no solo es muy mal síntoma sino presagio de una deriva que jamás podría haberme imaginado.

Desde hace varias semanas, ciudadanos de diferentes puntos de España han estado saliendo a las calles para expresar con cacerolas sus discrepancias con la política del Gobierno en el asunto de la pandemia.

Ayer las concentraciones tuvieron lugar en todas las capitales del país y, según qué medio de comunicación, fueron más o menos multitudinarias.

Los arts. 16 y 20 a 22 de la Constitución consagran como derechos fundamentales de TODOS los ciudadanos los de libertad ideológica, expresar y difundir libremente los pensamientos, reunión y asociación, y si bien es cierto que estos derechos no son ilimitados, como es lógico, su ejercicio solo está condicionado al cumplimiento de las leyes orgánicas que los regulan y desarrollan. Nada más.

Todo empezó en la calle Núñez de Balboa de Madrid, ubicada en su barrio de Salamanca, epicentro de la alta burguesía y aristocracia españolas, y, precisamente por ello y nada más que por ello, a las personas que asisten libremente a esas concentraciones la patulea ha decidido denominarlas ahora como los “ricos” o los “cayetanos”, aplicándoles así una especie de rodillo de desprecio que no repara en el origen y condición de los que protestan cacerola en mano.

No obstante, tengo que aclarar, que para mí el calificativo de rico no es ofensivo, ni mucho menos despectivo. Creo que la palabra nunca tuvo nada que ver con el dinero sino con la cultura o, más gráficamente, es el lamento del ignorante hacia aquél a quien considera con mayor formación que la suya, lo que no deja de ser un complejo más, porque al final de lo que estamos hablando no es de otra cosa que de la envidia, verdadero “motor” nacional.

Estas concentraciones callejeras podrán ser más o menos molestas, gustar a unos sí y a otros no… pero no dejan de ser expresión de los derechos fundamentales que antes cité. A pesar de ello, la izquierda caniche no las tolera, no respeta que los concentrados exhiban públicamente su disconformidad con el poder político, ¡¡¡hasta ahí podíamos llegar!!!. ¿Y por qué? Pues única y exclusivamente porque las convoca VOX. Nadie ha esgrimido ninguna otra razón, por mucho que la misma se trate de aderezar con la fragilidad argumental a la que más adelante me referiré.

Para empezar, conviene no perder de vista que VOX, hasta el momento, es un partido político completamente legal; y no solo eso, es que además en las últimas elecciones generales obtuvo en total nada menos que 3.640.063 votos (el 15,09% de todos los emitidos), lo que lo ha convertido en la tercera fuerza política nacional con 52 diputados en el Congreso.

Uno puede estar o no de acuerdo con VOX, lógico, pues en una verdadera democracia hay libertad ideológica, pero creo que las más de 3,5 millones de personas que lo votaron en los últimos comicios se merecen un mínimo respeto; por lo menos, el mismo que se les brinda a los votantes de los demás partidos con representación parlamentaria, muchos de los cuales para mí son bastante más antisistema que el que aquí nos ocupa.

Para torpedear estas concentraciones se ha llegado a decir que las mismas incumplen las medidas sanitarias dictadas con ocasión del COVID-19, lo que sin embargo no he oído señalar nunca de muchedumbres de otro signo, como las del entierro de Don Julio Anguita González, sin ir más lejos.

Y también se reprocha a los participantes la “apropiación” de la bandera roja y amarilla, esa que el art. 4 de la Constitución establece como enseña de España, argumento recurrente y trivial, máxime viniendo de gente que no quiere saber nada de dicha bandera, pero que además constituye una justificación fácilmente rebatible. Porque si a partir de ahora todos los ciudadanos empezáramos a normalizar el uso de esta bandera, la de todos los españoles sin distinción, rápidamente se acabaría con la simbología que se predica de la misma. Si, por poner un ejemplo, el PSOE, que ya hace años que dejó de ser un partido republicano, diera instrucciones a sus militantes para que la llevaran puesta y además comenzara a exhibirla y repartirla en todos y cada uno de sus actos políticos, el mito de la bandera “facha” caería fulminantemente y sin dejar rastro.

Como es obvio, al menos hasta el momento, la bandera de un país puede ser utilizada libremente por cualquiera; y si algunos, los menos, la han monopolizado, indudablemente es porque otros, los más, la han preterido. Y como estos prejuicios con la bandera nacional, hasta donde yo llego, carecen de precedentes en el mundo occidental, no estaría mal que, como se dice ahora, nos lo hiciéramos mirar.

Pero los demócratas “de toda la vida” no se conforman con referirse a los afiliados y simpatizantes de VOX empleando genérica y despectivamente los citados calificativos de ricos o cayetanos (ahora todos han pasado a ser oriundos del madrileño barrio de Salamanca) sino que, pese a que estas concentraciones han estado autorizadas por los Tribunales de Justicia, también las quieren hasta prohibir, tratando así de impedir a los que no piensan como ellos ejercer algo tan elemental como son los invocados derechos fundamentales, lo que a su vez supone el intento de conculcar otro derecho constitucional como es el de la igualdad del art. 14, todo ello en una versión de la democracia sin precedentes, porque mayor muestra de intolerancia resulta imposible con nuestra Constitución en la mano.

Por aquello de que todo se explica desde Cangas, y para que se me entienda mejor, es como si a los residentes en El Cruce de la villa, verdadero cardo máximo de la localidad, les aplicáramos un estatuto distinto al del resto de los vecinos del concejo, de manera que solo aquellos tuvieran prohibido el ejercicio de tal o cual actividad. ¡¡¡Tremendo!!!

Pero la verdad es que ya no me extraña nada. Este es un país donde los escraches (que, a diferencia de las caceloradas, no dejan de constituir SIEMPRE expresiones de acoso e intimidación en toda regla) pasan  a la velocidad del rayo de ser jocosamente celebrados a estar seriamente censurados solamente en función de la ideología de sus víctimas (?), de manera que lo que Don Pablo Iglesias Turrión ha estado denominando con sorna durante años como “jarabe democrático” de pronto, cuando es precisamente a él a quien le toca tomarse un par de cucharadas de su propio brebaje, se convierten en una inadmisible reacción de índole fascista, no dudando entonces, haciendo uso de su privilegiada situación de vicepresidente del Gobierno, de echar mano de los recursos públicos para “protegerse” de tanto crítico desaprensivo (recuérdese que varios efectivos de la Benemérita montan guardia las 24 horas del día en los alrededores de su chalet, llegando incluso a cortar la calle de acceso al mismo). Y por esta misma línea de actuación y pensamiento no me extrañaría nada que este personaje sostuviera también aquello tan grotesco de que “lo mío es mío y lo de los demás de todos”.

Que el Sr. Iglesias Turrión y compañía no son demócratas, en el sentido europeo de la expresión, no me pilla de sorpresa pues se les veía venir. Lo que me asombra es que el legendario socialismo español, con un discurso siempre tan distinto y distante al de aquellos, sin embargo, los haya aceptado como “animales de compañía” únicamente para poder gobernar. ¡¡¡Y mira que lo negaron veces!!!

Los socialistas sabrán, pero en mi modesta opinión esta extraña alianza ejerciendo el poder (“Gobierno Frankenstein”, que diría el difunto Sr. Pérez Rubalcaba), con esa inexplicable bicefalia subyacente, no creo que sea precisamente como para sacar pecho. Como también pienso que en estos dramáticos momentos semejante coalición gubernamental sea lo mejor para España, sino más bien todo lo contrario.

¡¡¡Ay de mi güey!!!

Dimisiones políticas

La verdad es que en España estamos muy poco acostumbrados a que un político dimita de su cargo.

Si hemos visto, y muchas veces, a un político abandonar su grupo (parlamentario, municipal, etc.) para pasar a integrarse en ese cajón de sastre denominado grupo mixto, lo que es tanto como decir que en este país los políticos no dimiten, sino que “mutan”, se “transforman” .

Esto, aunque cueste admitirlo, no tiene ninguna explicación ideológica sino, lamentablemente, solo crematística: nadie está dispuesto a renunciar a las prebendas que conlleva ejercer un cargo político. No solo son el sueldo, las dietas y las comisiones, que no son broma, sino también la sensación de sentirse envidiado y por encima de la ciudadanía; en definitiva, la “erótica” del poder. Pero aquí ya dejamos lo económico para adentrarnos en lo psiquiátrico.

Únicamente conozco dos casos de políticos dimisionarios: los de Don Francisco Sosa Wagner y Don Marcos de Quinto Romero.

El Sr. Sosa Wagner fue eurodiputado por UPyD entre los años 2009 y 2014, cuando dimitió por discrepancias con los máximos responsables del partido al sostener, en contra de la opinión de estos, la necesidad y conveniencia de coaligarse con C’s, que por entonces ya venía pisando fuerte. Renunció a su escaño en el europarlamento y se dio de baja en el partido.

Por su parte, el Sr. De Quinto Romero fue diputado en el Congreso por C’s desde el año 2019 y ahora acaba de renunciar a su escaño por discrepancias con su partido sobre la postura ante la quinta prórroga al estado de alarma, dándose también de baja en el partido.

¿Y cuál es la diferencia que hay entre estos dos políticos, y todos los demás, como para que dimitan de sus cargos, abandonen sus partidos y se vuelvan a sus casas?. Pues, lisa y llanamente, que ambos tienen la vida resuelta al margen de sus respectivos puestos y partidos y, en consecuencia, no tienen absolutamente ninguna necesidad de adherirse a los mismos como las lapas a las rocas ni de aguantar a mediocres y vividores que, por desgracia, es lo que más abunda en la clase política española.

El Sr. Sosa Wagner es catedrático jubilado de Derecho Administrativo y ha escrito innumerables obras sobre la materia, además de ser exitoso autor de novelas y ensayos, cuya venta, lógicamente, le reporta beneficios extras.

Y el Sr. De Quinto Romero fue durante muchos años alto ejecutivo de la empresa “Coca Cola”, de la que llegó a ser vicepresidente mundial, así que es fácil suponer que su patrimonio y recursos económicos no serán ninguna bagatela.

Por eso ambos han decidido recoger sus bártulos y regresar a sus casas. Porque, como a nadie se le ocultará, no precisan estar en política para sobrevivir.

Salvando las diferencias que hay entre ellos, y que no son pocas, creo que los dos expolíticos tienen en común la honestidad en sus conductas, la coherencia en sus decisiones y la libertad en sus pensamientos. Total, casi nada.

Estoy seguro de que los “puritanos” pensarán que no solo la gente con recursos económicos tiene derecho a dedicarse a la política, pues el art. 23 de la Constitución reconoce como fundamental de todos los ciudadanos el de acceder en condiciones de igualdad a los cargos públicos (derecho electoral pasivo), pero la experiencia nos demuestra a diario lo que sucede cuando el que desempeña un puesto político solo puede vivir del mismo porque no tiene más recursos para subsistir.

No obstante, comoquiera que el citado precepto constitucional condiciona este derecho al cumplimiento de los requisitos que señalen las leyes, no estaría de más preguntarles a los ciudadanos que exigencias podrían imponérseles a los candidatos a acceder a un cargo público. Probablemente habría sorpresas.

¡¡¡ Ay de mi güey !!!

El negocio de los políticos “y asimilados”

En ésta bitácora he escrito reiteradas veces sobre sueldos municipales, autonómicos y estatales, sobre “personal eventual” (enchufados), etc., etc., todo ello relacionado siempre con el PSOE, pero no por nada en especial sino simplemente porque es el partido gobernante en Cangas del Narcea, Asturias y España, aunque justo es decir que en todos los casos me cuidé de dejar bien claro que en esto de la mamandurria son todos iguales. ¡¡¡Y vaya si lo son!!!.

En el Ayuntamiento de Madrid hay un total de 57 concejales, alcalde incluido, y en las últimas elecciones municipales los resultados fueron los siguientes: 19 “Más Madrid”, 15 PP, 11 C’s, 8 PSOE y 4 VOX. Pero, eso que ahora se ha dado en denominar eufemísticamente como la “aritmética política”, hizo que el día 15 de junio de 2019 resultase proclamado alcalde de Madrid el cabeza de lista del PP con los votos de C’s y VOX.

Pues bien, he entrado en la página web del Ayuntamiento madrileño, accedido al portal de transparencia y acudido al apartado “retribuciones” y, tras sorprenderme por la cantidad de información que proporciona y la facilidad con la que se accede a la misma (hay que reconocer que, en estos temas, la ingenuidad de la derecha española es proverbial), me he encontrado con lo siguiente:

CARGO SUELDO AÑO SUELDO MES
Alcalde 108.517,80 € 9.043,15 €
Presidente del Pleno 106.238,88 € 8.853,24 €
Primer teniente alcalde 106.238,88 € 8.853,24 €
Portavoz Grupo Político 101.811,36 € 8.484,28 €
Delegado Á. Gobierno 101.811,36 € 8.484,28 €
Delegado A. Delegada 99.597,60 € 8.299,80 €
Presidente Distrito 99.597,60 € 8.299,80 €
Resto concejales 67.291,80 € 5.607,65 €

Todo ello, como siempre digo, más las correspondientes cotizaciones a la Seguridad Social, que es otra partida económica importante.

En total, repito, 57 concejales, incluido el alcalde. ¡¡¡Y cobran todos sin excepción!!!

Ahora bien, estos sueldazos no se los ha inventado nadie, sino que son exactamente los mismos que regían cuando en el año 2018 gobernaba en el Ayuntamiento la plataforma electoral “Ahora Madrid” con el apoyo del PSOE, aunque con un incremento del 2% por aquello de la inflación.

Saque el lector su calculadora y comience a hacer números.

Yo únicamente me pregunto: ¿cuántos trabajadores por cuenta ajena perciben en España semejantes sueldos?.

Porque no me canso de decir que durante el pasado año 2019 en éste país el salario mínimo interprofesional anual fue de 12.600,00 euros y los trabajadores y pensionistas tuvieron unas retribuciones anuales medias de 24.808,00 y 13.893,00 euros, respectivamente.

Pero, con independencia de los políticos propiamente dichos, en la página web municipal también he descubierto que el gasto en “personal eventual” (enchufados) en este Ayuntamiento, solo en lo que se refiere a la alcaldía y las áreas de gobierno, asciende a un total anual de nada menos que 4.378.592,54 euros que se reparten entre la friolera de 72 ciudadanos elegidos a dedo por el gobierno local: PP, C’s y VOX. La media aritmética, haciendo número gruesos, da como resultado más de sesenta mil euros anuales por barba, que para ser nombrado a dedo no está nada mal. Porque aquí también hay gabinetes y gabineteros, sólo faltaba.

Y reitero: solo en la alcaldía y las áreas de gobierno del Ayuntamiento de Madrid hay 72 enchufados cuyo coste total supera los 4,3 millones de euros al año.

Recuerdo al lector que C’s y VOX son partidos que, para tratar de distanciarse del PP, siempre concurren a las elecciones proclamando a los cuatro vientos la regeneración de la política. Pues nada, yo a las pruebas me remito.

Así que, visto el cuadro anterior, y todo lo demás que he expuesto, está claro que no hay nada que hacer, que todo está podrido, que la mamandurria está consensuada por la clase política y que, desgraciadamente, a los ciudadanos de a pie no nos quedan más que tres salidas: contemplar como meros espectadores todas estas obscenidades de la política, incorporarse al mamoneo o emigrar de España. Las soluciones traumáticas, que supongo que también las habrá, las dejo para otros.

Por eso, solo me queda gritar a los cuatro vientos lo de siempre:

¡¡¡SON UNOS SINVERGUENZAS!!!

Becas de estudio: ¿la ley del “no” esfuerzo?.

El Gobierno acaba de anunciar un incremento del 22% en el fondo de ayudas al estudio para el próximo curso, de manera que la cantidad total invertida en el Sistema Estatal de Becas y Ayudas al Estudio ascenderá a más de 1.900 millones de euros, lo que según sus cálculos beneficiará a un total de 625.514 estudiantes: 372.240 no universitarios y 252.274 universitarios.

Celebro enormemente la decisión, porque creo que esta fuera de toda duda que es muchísimo mejor invertir en ayudas a los estudiantes que dilapidar los recursos públicos en sufragar a esa sinfín y descontrolada caterva de algos cargos “y asimilados” de la que me he ocupado en anteriores entradas. Aludo a ese concreto gasto por citar solo un ejemplo de entre los tantos que podría poner aquí sobre despilfarros administrativos de todo tipo, que no son pocos.

Pero con la que está cayendo, y el altísimo nivel de endeudamiento del Estado, espero que al final todo esto no quede en otra decepción más, de las muchas a las que ya nos estamos acostumbrando.

Tradicionalmente, la concesión de becas estaba directamente ligada al rendimiento académico del alumno, pues se trataba de ayudas para estudiar y no de auxilios para vivir, que son cosas muy distintas. Pero ahora el Gobierno ha resuelto cambiar todo el sistema y anudar su reconocimiento no a las notas sino a la situación económica del becario.

La reforma se justifica, y esto ya son palabras mayores, en afianzar las becas como un derecho subjetivo basado en la renta, que asegure la igualdad de oportunidades para todos los estudiantes, independientemente de sus circunstancias económicas y sociales. Se trata, según fuentes gubernamentales, de un cambio integral del sistema de becas que aumenta considerablemente el número de personas beneficiarias y democratiza los criterios de acceso a las prestaciones, con el objetivo de que las becas sean para quien más lo necesita, generalizándose así el acceso a la educación.

La decisión es polémica, qué duda cabe, porque, como dije antes, las becas son para estudiar y no solo para vivir, pero hasta que la reforma no salga publicada en el BOE, y pueda leérmela íntegramente y con calma, no me atrevo a pronunciarme con un mínimo de rigor.

Lo único que me permito expresar ahora es que deseo que esta reforma no sea otro populismo más. Porque eso da votos, todos lo sabemos, pero no es nada rentable para la economía nacional, que, en definitiva, es de lo que se trata: formar gente que en un futuro próximo contribuya al desarrollo del país, que tanta falta hace.

No obstante, olvidarse del rendimiento académico, para centrarse en la situación económica de los estudiantes, en principio no me parece la decisión más oportuna cuando de becas se trata. Que estas ayudas solo dependan de la renta, y no estén sujetas al mérito y al esfuerzo del alumno, creo que es un craso error.

¡¡¡ Ay de mi güey !!!

Las mascarillas

El filósofo Illa y el sabio Simón, ese tándem que tiene más peligro que un mono con dos pistolas, han decido sorpresivamente ahora, a punto de cumplirse setenta días desde la declaración del estado de alarma, que las mascarillas sean no solo de empleo generalizado sino también de uso obligatorio en todo el territorio nacional.

La decisión, a estas alturas de la pandemia, es cuando menos esperpéntica y denota una absoluta irresponsabilidad por parte de esta pareja político-científica.

En estos dos últimos meses los ciudadanos hemos escuchado versiones absolutamente contradictorias sobre el uso de estas protecciones faciales: primero, cuando los mandamases ocultaban que no había existencias en el mercado, las mascarillas eran una protección innecesaria e inútil; pero luego, cuando reconocieron que ya habían llegado (?), entonces empezaron a plantear la conveniencia de su utilización. Pero no ha sido hasta ahora, cuando ya nadie se acordaba de las dichosas mascarillas, cuando este extravagante dúo se arranca por su uso imperativo.

Tanta dubitación, tanta ineptitud, eriza el vello. Porque desde mi más absoluta ignorancia médica, pero desde la lógica mas elemental, no dejo de preguntarme que si esta medida que ahora se califica de tan importante se hubiese decretado desde el minuto uno, ¿cuántos contagiados, cuántos muertos … nos hubiésemos ahorrado, con todas las consecuencias laborales, sociales y económicas que todo ello nos ha supuesto y va a suponer al común de los ciudadanos?.

Tanto el Real Decreto declarando el estado de alarma como toda la normativa dictada en su desarrollo, y estamos hablando de cientos de disposiciones (reales decretos ley, reales decretos, órdenes ministeriales, resoluciones, etc., etc.), comienzan diciendo siempre, como si de un mantra se tratara, que el día 11 de marzo la OMS había declarado la pandemia, cuando lo rigurosamente cierto es que ese día lo único que hizo el organismo internacional fue elevar la situación de emergencia de salud pública ya existente a la categoría de pandemia.

Se trata, lisa y llanamente, de confundir a la ciudadanía, más bien de engañarla, dándole a entender que hasta que la OMS no reconoció el estado mundial de la epidemia, que en definitiva es lo que significa una pandemia, nada se podía haber hecho para combatir el COVID-19.

La autojustificación no deja de ser ingeniosa, pero lamentablemente no pasa de constituir una burda manipulación, cuando no una descarada mentira.

Porque, si uno se toma la molestia de repasar la cinemática de lo acontecido, se encontrará con que la OMS el día 30 de enero ya había declarado el brote del COVID-19 como emergencia de salud pública de importancia internacional y que antes del día 25 de febrero ya había pedido al mundo que se preparara para una pandemia, como hace casi dos meses denuncié aquí en esta misma bitácora (“Datos de un despropósito con resultado mortal”).

Pero, sea como fuere, lo cierto es que, excluyendo a Bélgica, cuyas estadísticas están al margen del protocolo seguido en el resto de Europa, ya somos el país del mundo con mas víctimas mortales por millón de habitantes y esto, evidentemente, debe tener una causa descorazonadora.

Sanitariamente algo se debe de estar haciendo mal, pero que muy mal, cuando el Consejo General de Enfermería se ha querellado contra el Gobierno y el Consejo General de Médicos tiene pensado hacerlo en los próximos días.

Sin ir más lejos, el espectáculo al que hemos asistido estos últimos días sobre la regulación legal de las rebajas en los comercios, creo que da buena cuenta del sainete que diariamente presenciamos.

Y quede claro que no tengo la más mínima duda de que todo esto que estamos padeciendo, con la maquinita de ozono que el alcalde-abogado acaba de adquirir para los afortunados vecinos de Cangas del Narcea por el módico precio de 550 euros, hubiese sido bien distinto y diferente. Qué pena que este hombre no ocupe más altas responsabilidades, incluso en la mismísima OMS, porque sus ocurrencias, aunque tardías, la verdad es que son sumamente baratas. Que sean eficaces es lo de menos.

¡¡¡Ay de mi güey!!!

Altos cargos y retribuciones públicas: no todos somos iguales

Los altos cargos de la Administración española perciben sus salarios como si de funcionarios públicos se tratara.

En esto los políticos son sumamente escrupulosos, pues se están remunerando a sí mismos, de suerte que, como ya expliqué aquí en otras ocasiones, existen determinados cargos cuyos salarios sin embargo se corresponden con los de otros de distinto nivel, lógicamente superior, como son todos los que al definirlos se añade aquello tan malévolo de “con rango de”.

Los salarios de los funcionarios públicos, personal eventual, etc. se estructuran en dos partes, la básica y la complementaria, a saber:

1. la básica, es la que retribuye según la adscripción de su cuerpo o escala a un determinado grupo de clasificación profesional, y se compone de:

1.1. sueldo;

1.2. antigüedad (“trienios”); y

1.3. pagas extraordinarias; 

2. y la complementaria, es la que retribuye las características de los puestos de trabajo, la carrera profesional o el desempeño, rendimiento o resultados alcanzados por el empleado, y está integrada por:

2.1. complemento de destino, que varía en función del nivel atribuido a cada puesto;

2.2. complemento específico, que va aparejado a las especiales condiciones de cada puesto; y

2.3. complemento de productividad, destinado a retribuir el especial rendimiento, la actividad extraordinaria y el interés o iniciativa con que el funcionario desempeñe su trabajo.

Ya expliqué en otra ocasión que los funcionarios están clasificados por grupos (que en sentido ascendente son E, C2, C1, B, A2 y A1) y ordenados por niveles (que en el mismo sentido van del 1 al 30), siendo el grupo el que determina el sueldo y el nivel el que fija el complemento de destino.

Así las cosas, y con el fin de no descontextualizar la información y perder la necesaria referencia comparativa, resulta que un funcionario público clasificado en el grupo mas alto (A1) y con el máximo nivel (30), por ejemplo, nada menos que el Abogado General del Estado y Jefe de toda su Asesoría Jurídica, tiene un sueldo de 13.780,08 euros/año, unas pagas extraordinarias de 708,61 euros/mes y un complemento de destino de 12.036,72 euros/año. No hago constar los complementos específicos y de productividad, porque los desconozco por completo, pero si puedo afirmar que el total de sus retribuciones por todos los conceptos, al igual que sucede también con los jueces y magistrados de cualquier juzgado, está muy por debajo, pero mucho, de lo que ahora voy a relatar.

Todas las cantidades a las que aquí haré mención son las fijadas en los Presupuestos Generales del Estado, que si mal no recuerdo en el ejercicio 2020 son los del 2018[1] prorrogados.

En el caso de los altos cargos de la Administración, las retribuciones son las siguientes:

  GOBIERNO EUROS/AÑO[2]
1 Presidente 80.953,08
4 Vicepresidentes 76.088,04
18 Ministros 71.424,12

Ahora bien, si descendemos en la jerarquía administrativa vemos que las retribuciones anuales comienzan a aumentar. Y así nos encontramos:

  SECRET. ESTADO SUBSECRT. DIR. GRAL.
SUELDO 13.450,80 13.516,92 13.582,08
COMP. DESTINO 21.863,64 17.685,24 14.304,00
COMP. ESPEC. 34.115,34 30.354,28 24.746,42

Tengo asimismo que aclarar que, cada vez que aquí me refiera a los secretarios de estado, subsecretarios y directores generales, retributivamente hablando han de entenderse incluidos también bajo dichas denominaciones los puestos correspondientes a sus asimilados (?), los de “con rango de”, porque para eso se asimilan, para cobrar más.

Pero los presupuestos ya empiezan a ser más espléndidos en éste nivel, al decir que las pagas extraordinarias de los meses de junio y de diciembre incluirán, cada una de ellas, aparte de la cuantía del complemento de destino mensual que se perciba de acuerdo con lo dispuesto en el cuadro anterior, el importe en concepto de sueldo que se recoge en el siguiente:

  SECR. ESTADO SUBSECRET. DIR. GRAL.
PAGA EXTRAOR. 679,07 728,30 778,06

En éste nivel de alto cargo los presupuestos contemplan igualmente que los secretarios de estado, subsecretarios y directores generales perciban un complemento por “productividad”, que es donde el mamoneo empieza a alcanzar ya tintes incalificables, pues su cuantía no se especifica, limitándose la ley a decir que ese complemento será el que, en su caso, “… les asigne el titular del Departamento, dentro de los créditos previstos para tal fin…”.

Pero además de todo lo hasta ahora expuesto, esto es, del sueldo, del complemento de destino, del complemento específico y del complemento de productividad, los presupuestos también prevén que los altos cargos perciban “gratificaciones” por servicios extraordinarios, cuya cuantía tampoco determinan, pues la ley vuelve simplemente a decir que “… se concederán por los Departamentos ministeriales u Organismos públicos dentro de los créditos asignados a tal fin …”.

Ahora saque el amable lector su calculadora y póngase a hacer números teniendo en cuenta la legión de altos cargos estatales y autonómicos a los que he venido refriéndome últimamente en varias entradas.

A título meramente orientativo, y para evitarle al lector engorrosas operaciones aritméticas, tengo que decir que los salarios de los secretarios de estado, subsecretarios y directores generales (y sus asimilados) alcanzan cifras totales que se mueven entre los 92.000 y los 115.000 euros/año, más otras prestaciones complementarias como trienios por antigüedad si proceden de la Administración, etc., etc.

No obstante, hay altos cargos que incluso superan dichas cantidades, como ya expuse en la entrada “Las cloacas del poder”.

Pero, en mi modesta opinión, existe una diferencia más que sustancial: mientras que el funcionario ocupa su puesto tras haber aprobado unas oposiciones libres, en las que se sometió a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, compitiendo y superando a otros aspirantes que también decidieron presentarse a las mismas pruebas, por el contrario el cargo político lo desempeña simplemente por haber sido elegido a dedo o, más claramente, por su fidelidad al partido gobernante.

En fin, un mamoneo en toda regla y, lo que es peor, escrupulosamente regulado en la ley o, dicho en otras palabras: una putrefacción administrativa con amparo legal y todo. ¡¡¡Tócate los nísperos!!!

Y aquí no pasa nada y además nadie se ruboriza: yo soy un alto cargo socialista (un rojo, que dicen los más osados) y punto; porque, como piensan muchos de ellos, solo con eso ya estoy moralmente justificado.

Mientras en España, durante el pasado año 2019, el salario mínimo interprofesional fue de 12.600,00 euros/año y los trabajadores y pensionistas tuvieron unas retribuciones anuales medias de 24.808,00 y 13.893,00 euros/año, respectivamente, por el contrario los altos cargos de la Administración socialista, muchos de los cuales en los mítines electorales se desgañitan proclamando a los cuatro vientos la austeridad, el recorte del gasto público, la lucha contra la desigualdad salarial, etc., etc., esos, como se puede ver, viven en otro mundo y lo que ocurra “por debajo” les trae completamente sin cuidado.

Pero yo les replico a esa caterva de sátrapas que, un país donde se permite que el importe de la pensión media de sus ciudadanos (la inmensa mayoría tras toda una vida de esfuerzo y privaciones) sea de poco más de mil euros al mes y que, al mismo tiempo, los altos cargos elegidos por el partido gobernante cobren miles y miles de euros, es cualquier cosa menos un país socialista; al menos como yo entiendo lo que es el socialismo.

Una somera comparación entre las retribuciones de los altos cargos y los sueldos y pensiones del personal de a pie permite sacar conclusiones aterradoras, dejando bien claro por mi parte que no voy a ser tan demagogo como para sostener que aquellos tendrían que ganar lo mismo que cualquier trabajador o pensionista, pero el lector convendrá conmigo en que siempre existe un término medio y, como suele decirse coloquialmente, en el punto medio está la virtud.

Termino volviendo a lo de siempre. Estamos ante una verdadera y singular distinción de clases: los que están dentro de la “nomenclatura” y los que no. Una suerte de aristocracia intelectual y política, o modelo revolucionario de castas, que resulta un auténtico escándalo.

En fin, las dos “Españas” en versión siglo XXI.

Y a mí todo esto me recuerda la conocida anécdota de la II República, cuando en un mitin donde el orador insistía en aquello de que “la tierra para el que la trabaje”, un paisano se puso en pie preguntándole sagazmente: “¿y el fruto?”.

¡¡¡ Ay de mi güey !!!


[1] Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 (BOE 4/07/2018).

[2] Doce mensualidades sin derecho a pagas extraordinarias.

COVID-19: políticos, pensionistas y empleados públicos

No descubriré nada diciendo que la pandemia provocada por esta nueva variedad del coronavirus está arrasando con todo lo que encuentra a su paso salvo, de momento, con los políticos, los pensionistas y los empleados públicos.

Lo de los políticos, me parece una verdadera indecencia que la crisis no les esté afectando absolutamente para nada. Ellos siguen cobrando sus retribuciones, e incluso sus dietas, sin ni siquiera acudir a sus “puestos de trabajo”, resucitando así, de una manera grosera e insultante, una novedosa versión del mito de las dos “Españas”: la suya y la de los demás.

De los pensionistas, me refiero a los que ya no pueden trabajar porque se lo prohibe la ley, nada tengo que decir porque, en la mayoría de los casos, bastante tienen sobreviviendo con lo poco que les paga la Seguridad Social, que vergüenza tenía que darnos a todos.

Ahora bien, lo de los empleados públicos (salvo los sanitarios, las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y todos aquellos que durante los momentos mas duros del estado de alarma han estado siempre al pie del cañón), está dando lugar a una situación que exige una reacción ciudadana, al menos por dos razones fundamentales: porque provoca un anormal funcionamiento de los servicios públicos y por el agravio comparativo que su estatus supone respecto de los empleados privados.

Hace unas semanas, aprovechando la cantidad de tiempo libre que me está dejando el estado de alarma, decidí hacer un muestreo telefónico en las administraciones estatal, autonómica y local. Y de todas las personas por las que pregunté, en las tres oficinas a las que me dirigí, ninguna de ellas se encontraba en su puesto de trabajo porque, según me dijeron los interlocutores, todas estaban “teletrabajando”.

Sobre el trabajo a distancia ya me pronuncié aquí en anterior ocasión (“A vueltas con el teletrabajo”) y a lo que entonces escribí remito ahora al lector para evitar reiteraciones.

Esto es otra impudicia. Porque no es que los empleados públicos tengan o no en sus domicilios equipos informáticos susceptibles de servir para el trabajo a distancia, de lo que albergo mis más serias dudas, es que las Administraciones públicas carecen por completo de sistemas de funcionamiento normalizados mínimamente adecuados para desarrollar el “teletrabajo” que, en consecuencia, lo que en la práctica está suponiendo no es más que un absentismo laboral puro y duro, impensable en el caso de los empleados privados.

Con motivo de la pandemia, en las Administraciones públicas se ha dejado de trabajar o, en el mejor de los casos, se está trabajando muy poco. Así como suena.

Y las consecuencias de este desbarajuste administrativo las estamos sufriendo todos los ciudadanos y las podremos comprobar de primera mano cuando la situación se normalice y el retraso endémico de nuestras Administraciones públicas vuelva a aflorar.

Porque, con la mayoría de las oficinas cerradas al público y sus empleados “trabajando” en casa, después de dos meses desde que se decretó el estado de alarma no deberían de existir tareas pendientes y todo tendría que estar perfectamente al día, pero estoy más que convencido de que no será así y de que no seguiremos como siempre sino incluso peor, bastante peor. Al tiempo.

Pero ya no es solo el trabajo a distancia. Es que, sin ir más lejos, el otro día me encontré en el supermercado a un empleado público en horario laboral quien, ante mi sorpresa, me espetó sin ningún rubor que en su oficina estaban trabajando a turnos: una semana uno y otra semana su compañero. Y se quedó tan campante. Para mí, unas vacaciones a costa del erario.

No dudo de que entre la legión de empleados públicos habrá muchos que estén trabajando ahora tanto o incluso más que antes, qué menos, pero también estoy seguro de que, por desgracia, esos son minoría.

Numerosos empleados privados están actualmente en casa por haber sufrido un ERTE, pero como las Administraciones públicas no pueden hacer ese tipo de regulaciones laborales, porque la ley no se lo permite (“Empleados públicos: cosas veredes”), entonces para muchos de sus empleados se han inventado el “teletrabajo” o los turnos de trabajo. ¡¡¡Total, qué más da, si al final sus sueldos los pagamos todos!!!.

Y a mí, que en el siglo XXI siga existiendo esta discriminación entre empleados públicos y empleados privados, y no lo digo solo por lo de los ERTE, me resulta odioso e intolerable.

¡¡¡Ay de mi güei!!

Los gabineteros

Por fin, hoy termino la prometida trilogía sobre los asistentes, los asesores, los gabineteros … y otras inmundicias, esto es, los vividores del sector público.

Sobre los asistentes y los asesores ya me explayé largo y tendido anteriormente en “Los diputados y las diputadas (o viceversa)” así como en “Asistentes parlamentarios”.

Ahora solo queda dedicarles una entrada a los gabinetes y a quienes en ellos prestan sus servicios: los gabineteros.

Desde que era niño, cada vez que escuchaba la palabra gabinete, instintivamente pensaba en la casa de un pariente, donde había una habitación a la que toda la familia daba ese nombre, porque, efectivamente, según el DRAE[1] gabinete es la dependencia de una vivienda destinada a recibir visitas.

Pero esta expresión tiene actualmente un significado mucho más profundo, por no decir que es un eufemismo bajo el que se esconde una de las muchas perversiones del sistema: ahora un gabinete no es otra cosa que una o varias personas relacionadas con el partido político en el poder y que son simplemente “enchufados” para prestar sus servicios en la Administración como personal eventual sin haber cumplido con los consabidos principios de igualdad, mérito, capacidad e igualdad, como sin embargo se le suele exigir al resto de los ciudadanos.

Hoy en día, en prácticamente todas las Administraciones Públicas (estatal, autonómica y local), existen gabinetes estratégicamente distribuidos en los distintos niveles, pues la demanda de puestos de gabinetero aumenta considerablemente, dado que los “cachorros” de los partidos son especies de crecimiento rápido.

Los gabinetes, al menos cuando son ministeriales, son órganos de apoyo político y técnico (?) que se encuentran frívolamente regulados[2], y así actualmente está previsto:

  • que los gabinetes de los vicepresidentes del Gobierno (hoy son cuatro), que a su vez sean ministros (esos cuatro lo son), puedan ser de hasta 10 miembros, de los cuales el director tendrá rango de subsecretario y el resto uno de director general y los demás de subdirector general;
  • que los gabinetes de los restantes ministros (nada menos que dieciocho) puedan ser de hasta 6 miembros, de los cuales el director tendrá rango de director general y los demás de subdirector general; y
  • que los gabinetes de los secretarios de estado pueden ser de hasta 4 miembros, todos ellos con rango de subdirector general.

Advierto al ingenuo lector de que los rangos a los que antes me he referido no tienen ninguna significación de tipo militar, sino que aluden a algo mucho más prosaico como son los sueldos que corresponden a cada uno de los gabineteros, todos ellos, como se puede ver, debidamente jerarquizados a efectos retributivos, supongo que con base al grado de lealtad a las siglas.

Pero nótese que, mientras que la citada norma establece pormenorizadamente el número de miembros de los gabinetes y sus rangos, sin embargo, sospechosa e indecentemente, omite toda alusión tanto a las funciones (?) como a los requisitos para ser gabinetero: ni formación académica, ni experiencia profesional ni nada. No se exige absolutamente ninguna condición. ¿Por qué? Pues sencillamente porque para ser gabinetero sirve cualquiera con tal de que sea del “aparato” del partido político gobernante. Algo similar, quién lo iba a decir, al “vale quien sirve” del Frente de Juventudes del régimen franquista.

Recuerdo ahora una entrada anterior (“Reorganización ministerial”) en la que conté que, solo en la cúpula del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, para poco más de cincuenta altos cargos, existen nada menos que 4 gabinetes en los que trabajan la friolera de 22 gabineteros.

Esto solo en la cúpula de un ministerio; pero téngase en cuenta que existen otros veintiún ministerios más, aparte de la presidencia del Gobierno, y en todos ellos hay un sinfín de gabinetes y, lógicamente, una legión de gabineteros.

Se trata de un personal que trabaja para la Administración por haber sido reclutado a dedo. Mientras que el resto de los mortales dejan lo mejor de sus vidas preparando unas oposiciones, para luego competir en pie de igualdad con los demás que se presenten a las mismas, por el contrario, los gabineteros acceden directamente a la función pública sin más requisito que su fidelidad al partido en el poder.

Toda una obscenidad en cualquier democracia que se precie y mucho más en los tiempos que corren y con la que está cayendo.

¡¡¡SON UNOS SINVERGUENZAS!!!

El otro día escribí aquí (“Asistentes parlamentarios”) que un eurodiputado vinculado familiarmente con Cangas se había llevado a Bruselas, como asistente, a un sobrino suyo. Tal cual.

Pues bien, este ciudadano, ha vuelto de la capital belga y aterrizado en Madrid para prestar sus servicios como gabinetero; en un primer momento del secretario de estado para la Unión Europea[3] y actualmente de la secretario de estado-presidenta del Consejo Superior de Deportes[4].

Ni que decir tiene que no tengo absolutamente nada en contra de este caballero (al que, aun no conociéndolo en persona, le deseo francamente todo lo mejor), pero el mismo tendrá que convenir conmigo en que, en un Estado social y democrático de Derecho, su trabajo para la Administración pública, por el solo y exclusivo hecho de ser afín al partido gobernante, es toda una indecencia y una clamorosa inmoralidad que mal se compadece con un principio tan elemental y básico del socialismo universal como es el de la igualdad de oportunidades.

Y como se trata de dinero público, al que contribuyo regularmente con mis impuestos, lo denuncio aquí alto y claro y, por supuesto, quedando a la espera de las pertinentes explicaciones, si es que alguna hay que dar, que lo dudo.

¡¡¡Ay de mi güei!!!


[1] Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua.

[2] Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

[3] BOE de 20 de junio de 2019.

[4] BOE de 18 de febrero de 2020.

Función pública: un totum revolutum que no beneficia a nadie

Los empleados públicos son todas aquellas personas que desempeñan para las Administraciones Públicas (estatal, autonómica y local) funciones retribuidas al servicio de los intereses generales.

En una ocasión anterior (“Evolución de la plantilla municipal”) señalé que, según la vigente normativa legal[1], en España los empleados públicos se clasifican en:

  • funcionarios de carrera, que es el supuesto normal, y que son los que tienen su plaza en propiedad;
  • funcionarios interinos, que son los que están simplemente de paso, porque desempeñan con carácter excepcional las tareas propias de los anteriores;
  • personal laboral, ya sea fijo, por tiempo indefinido o temporal; y
  • personal eventual, esto es, los enchufados, una especie de híbridos que están exentos de todo lo que aquí expondré, puesto que tanto su nombramiento como su cese son completamente libres por aquello de que el dedo que te dio el puesto de trabajo será el dedo que en su momento te lo quitará.

Pero llegados a este punto es preciso detenerse en el porqué de esta situación o, más exactamente, en la razón por la que, desde hace años y bajo la misma denominación de empleados públicos, conviven en la Administración española las figuras del funcionario y del laboral.

Los funcionarios se crearon en el siglo XIX con el fin de separar el poder político de la estructura burocrática y, además, dotar a esta última de la debida profesionalidad y estabilidad, todo ello con el propósito de lograr una eficacia e independencia desconocidas hasta entonces, lo que dio lugar a una organización racional y ordenada, compuesta de diferentes cuerpos de funcionarios que accedían a sus puestos a través de un sistema basado en los conocidos principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, lo que garantizaba que los funcionarios pudieran ejercer sus tareas de una manera imparcial e independiente, al margen por completo de las intenciones políticas de turno.

Este sistema, que se mantuvo así inalterablemente durante más de cien años, sin embargo, comenzó a hacer aguas en los años ochenta del pasado siglo (al poco de finalizar la transición democrática), momento a partir del cual, y bajo los más dispares argumentos, se ha expandido en la Administración, básicamente en la autonómica y en la local, un proceso casi imparable y absorbente de laboralización de la función pública.

Hasta entonces la presencia de personal laboral al servicio de la Administración había sido siempre residual y subsidiaria, pero poco a poco fue normalizándose, lo que generó una dualidad de regímenes jurídicos que fue motivo de no pocas discusiones, polémica ésta que el Tribunal Constitucional zanjó definitivamente señalando salomónicamente que nuestra Constitución, aun cuando prefiera un modelo funcionarial, permite su convivencia con el personal laboral.

El paulatino desmantelamiento de los pilares de la función pública tradicional, en mi modesta opinión, no ha tenido más finalidad que la de lograr una masa clientelar y de votos cautivos que hubiera sido prácticamente imposible con los funcionarios debido a su presumida imparcialidad e independencia.

El proceso lo explica magistralmente, como siempre, el Prof. Nieto García[2] al señalar que el legislador ha ido poco a poco erosionando la figura funcionarial y magnificando la de los laborales, difuminando progresivamente, hasta casi desaparecer, las diferencias entre ambos grupos de empleados públicos. Los funcionarios han perdido su nota característica de la inamovilidad, mientras que los laborales la están adquiriendo paulatinamente. Unos y otros realizan ya prácticamente las mismas tareas (con la salvedad de las pocas que todavía siguen reservadas en exclusiva a los funcionarios) y sus retribuciones han sido equiparadas.

Y de aquellos polvos vienen estos lodos: se ha pervertido el sistema y los funcionarios públicos son actualmente una especie a extinguir. Los políticos prefieren mucho más a los laborales por su supuesta docilidad. ¡¡¡Sin comentarios!!!

Buena prueba de la laboralización del empleo público es que a nivel estatal alcanza actualmente un promedio del 23,40%, siendo mayoritaria en la Administración Local, donde el porcentaje es del 54,34%, más de la mitad, que se dice pronto, pero esta proporción nacional es ampliamente superada en el caso del Ayuntamiento de Cangas del Narcea donde, de un total de 169 empleados públicos, resulta que 65 son funcionarios y los 104 restantes laborales, lo que quiere decir que éstos son ya nada menos que el 61,54% de la plantilla.

La misma normativa citada al principio dispone también que los sistemas de selección de los empleados públicos, tanto funcionarios como laborales, son los siguientes:

  • oposición, consistente en pruebas que podrán consistir en la comprobación de los conocimientos y la capacidad analítica de los aspirantes, en la realización de ejercicios que demuestren la posesión de habilidades y destrezas, en la comprobación del dominio de lenguas extranjeras y, en su caso, en la superación de pruebas físicas;
  • concurso-oposición, mediante pruebas similares a las anteriores, pero incluyendo la valoración de méritos de los aspirantes, bien entendido que sólo se podrá otorgar a dicha valoración una puntuación proporcionada que no determinará, en ningún caso, por sí misma el resultado del proceso selectivo; y
  • concurso o valoración de méritos, que consistirá únicamente en eso, en evaluar los méritos de los aspirantes.

Por razones obvias, el sistema normal es el de oposición, siendo absolutamente excepcional el de concurso o valoración de méritos, reservado prácticamente a las promociones internas.

Pues bien, salvo que la memoria me falle, no conozco prácticamente ni a un solo empleado público laboral que haya accedido a su puesto de trabajo superando alguno de esos procesos selectivos y, en consecuencia, cumpliendo con los repetidos cuatro principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

Se da así una extraña paradoja o, mejor dicho, una doble discriminación que, como todas, es injusta:

  • de un lado, los empleados públicos laborales son equiparados de facto a los funcionaros, con olvido por completo de su distinta reglamentación profesional y su diferente sistema de acceso a la función pública; y
  • de otro, los empleados públicos laborales gozan de un estatus que para sí quisieran los trabajadores de las empresas privadas (un ejemplo lo expuse en “Empleados públicos: cosas veredes”) pues, como todos sabemos, la Administración no funciona precisamente con los criterios de eficiencia, etc. propios de las mismas.

En conclusión, la función pública española necesita urgentemente de una amplia reforma en beneficio del interés general y quizá sea ahora, una vez vencida la pandemia y en el fragor de sus calamitosas consecuencias, cuando la misma deba de acometerse con rigor.

Portugal (cuyos habitantes son hoy gráficamente denominados “los nuevos nórdicos del sur”), la acometió hace años a instancias de la troika comunitaria y hoy es un ejemplo a seguir.

¡¡¡ Ay de mi güei !!!


[1] Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

[2] “El Desgobierno de lo público”, Editorial Ariel, Barcelona 2008.

Nombramiento de altos cargos ministeriales: “salvo que” o el coladero.

En el año 2015 se aprobó en España una ley[i] que regula el nombramiento de los altos cargos de la Administración General del Estado, introduciendo nuevos mecanismos para asegurar la idoneidad de los candidatos sobre la base de que, como se dice en su preámbulo, un alto cargo, por la responsabilidad que conlleva y la relevancia de las funciones que desempeña, sólo puede ser ejercido por personas que, constatada su competencia personal y profesional, respeten el marco jurídico que regule el desarrollo de su actividad, garantizando así que el ejercicio del cargo se realice con las máximas condiciones de transparencia, legalidad y ausencia de conflictos entre sus intereses privados y los inherentes a sus funciones públicas.

La ley aclara las condiciones para proceder al nombramiento de un alto cargo e introduce como novedad la idoneidad como requisito, pero tomando como referencia los criterios de mérito y capacidad, así como el de honorabilidad.

Esta ley, aplicable solo a los denominados altos cargos, considera como tales, en lo que se refiere a un ministerio, a los ministros, secretarios de estado, subsecretarios y asimilados, secretarios generales, secretarios generales técnicos y directores generales y asimilados. Lo de los “asimilados”, la verdad, a mí no me gusta nada, porque me huele a chanchullo.

Los ministros y los secretarios de estado, aun siendo altos cargos, son puestos políticos cuyo nombramiento es discrecional y por tanto únicamente han de cumplir con el requisito de la idoneidad (?).

Sentado lo anterior, la ley dispone que el nombramiento de los demás altos cargos se hará también siempre entre personas idóneas, pero señalando a continuación:

  • que los subsecretarios y secretarios generales técnicos deberán nombrarse en todo caso entre funcionarios de carrera del Estado, de las comunidades autónomas o de las entidades locales, pertenecientes a cuerpos clasificados como A1, esto es, el nivel más alto que puede alcanzarse en la carrera administrativa o, dicho en otras palabras, la élite de la Administración Pública; y
  • que idéntico requisito se exigirá también en el nombramiento de los directores generales, salvo que, dice esta ley, el Real Decreto de estructura del Departamento permita que, en atención a las características específicas de las funciones del cargo, su titular no reúna dicha condición de funcionario, debiendo entonces motivarse mediante memoria razonada la concurrencia de las especiales características que justifiquen esa circunstancia excepcional.

Idéntica regulación también se contiene ahora en la legislación básica del sector público[ii] y quede claro, para que nadie me tilde de sectarismo, que toda esta normativa data de cuando en España gobernaba el PP.

Esta ley me parece todo un acierto porque, efectivamente, profesionaliza la cúpula de la Administración estatal con personas que han superado con éxito cualquiera de los sistemas de selección propios de los funcionarios públicos (la oposición o el concurso-oposición) y, en consecuencia, que han cumplido con los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, tratándose por tanto de empleados públicos altamente cualificados e independientes.

Pero, como hemos visto, la ley tiene una “válvula de escape” cuando regula el nombramiento de los directores generales, a los que permite zafarse del requisito de la funcionarización solo con que se “motive” que en el cargo concurren características específicas que justifican esa circunstancia excepcional, es decir, todo un coladero de personas del más variado pelaje, siendo muy triste que el legislador permita este subterfugio pese a reconocer expresamente que un alto cargo, por la responsabilidad que conlleva y la relevancia de las funciones que desempeña, sólo puede ser ejercido por personas en las que se constate su competencia personal y profesional.

Y así, para consumar la “trampa legal”, en el mes de enero de este año y tras el nombramiento por parte de Don Perico Pinocho del actual gobierno, ya se dictó un Real Decreto[iii] que contiene una disposición adicional que exime de la condición de funcionarios públicos a los titulares de nada menos que la Dirección General de Comunicación, Diplomacia Pública y Redes, Dirección General de Infraestructura, Dirección General de Tráfico, Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura, Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas, Dirección General de Política Energética y Minas, Oficina Española de Cambio Climático, Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura, Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación,  Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, Dirección General de Derechos de la Infancia y de la Adolescencia, Dirección General de Políticas Palanca para el Cumplimiento de la Agenda 2030, Dirección General de Derechos de los Animales, Dirección General de Migraciones, Dirección General de Inclusión y Atención Humanitaria, Dirección General para la Igualdad de trato y Diversidad Étnico Racial, Dirección General de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI, Dirección General de Consumo, Dirección General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales y Dirección General de Ordenación del Juego. Y, por si todo esto no fuera suficiente, y circunscribiéndose ahora a los organismos autónomos y entidad gestora de la Seguridad Social, también dispensa del mismo requisito a los titulares de la Dirección General del Instituto de Turismo de España (TURESPAÑA), Dirección General del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, Presidencia del Centro de Investigaciones Sociológicas, Dirección General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, Dirección General del Instituto de la Juventud y Dirección General del Instituto para la Transición Justa. En total, 24 altos cargos degradados por arte de birlibirloque.

No he tenido paciencia para leerme las normas estructurales de la presidencia del Gobierno y de los 22 ministerios que actualmente hay en España, pero estoy completamente seguro de que en las mismas también se contienen otras excepciones al requisito general de la funcionarización.

Así las cosas, la puerta para que los enchufados accedan a los altos cargos de la Administración estatal ha vuelto a quedar abierta de par en par. ¡¡¡Viva la mamandurria!!!

El escándalo ha llegado a los cuerpos superiores de la Administración del Estado (abogados del estado, inspectores de hacienda, etc.), la élite de la función pública y cuyos miembros están llamados a ocupar esos puestos directivos como culminación de su carrera profesional, quienes han observado los nombramientos masivos de directores generales ajenos a la escala funcionarial no sólo como un abuso de lo que la legislación fija como una excepción sino como un incumplimiento flagrante de los principios de profesionalidad, imparcialidad y competencia que deben de regir en este tipo de nombramientos, por lo que la asociación que agrupa a estos colectivos (“Fadeca”) ya ha solicitado la tutela judicial ante el Tribunal Supremo contra 26 nombramientos “excepcionales”.

En un contexto en el que la forma de gestionar de Portugal se ha convertido en un referente casi ineludible en España (¡¡¡quién nos iba a decir a los soberbios españoles que al final tendríamos que seguir la senda de los humildes portugueses!!!), los cuerpos superiores de la Administración del Estado han mirado también al país vecino para importar un modelo de selección de altos cargos en virtud del cual los puestos de escala directiva hasta director general, incluido ese nivel, se hacen públicos cuando quedan vacantes y se abren a todos los candidatos que crean cumplir los requisitos exigidos. A partir de ahí, una comisión independiente evalúa los méritos y la capacidad de los funcionarios presentados y elige una terna de candidatos. Ésta se presenta al ministerio que ha sacado la vacante, que entonces ya puede elegir libremente entre los candidatos seleccionados por la comisión independiente.

Pero, claro, esto no le interesa al PSOE, ni mucho menos a Unidas Podemos, cuyos “cachorros” les exigen poder pisar alfombra, aunque sea mediante su designación a dedo y saltándose las reglas más básicas de la gestión pública.

El gobierno progresista (?) ha optado por desplazar a los funcionarios de élite (los que en su día se mataron estudiando y superaron un duro proceso selectivo de carácter abierto y con libre concurrencia, los que accedieron a la función pública cumpliendo los repetidos principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad y los que, en definitiva, hubiesen servido mucho mejor a los intereses públicos) y ha preferido decantarse por el nepotismo, por el trato de favor hacia sus amiguetes y correligionarios por el solo hecho de serlo y, por supuesto, sin tener en cuenta ningún otro mérito porque, sencillamente, esos pelanas no lo tienen.

Esto es a lo que ellos llaman regeneración democrática, aunque yo creo que es más correcto denominarlo degeneración del sistema.

Así que, amigo lector, el aterrizaje en los altos cargos ministeriales de los enchufados de los partidos gobernantes ya es una irresponsable realidad.

¡¡¡SON UNOS SINVERGUENZAS!!!


[i] Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado.

[ii] Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

[iii] Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Asistentes parlamentarios

En varias ocasiones prometí que algún día trataría aquí sobre los asistentes, los asesores, los gabineteros … y otras inmundicias, es decir, sobre los vividores del sector público. Pero vayamos por partes.

Los asistentes, asesores y gabineteros, tienen tantas características en común que para mí son lo mismo y presentan como única diferencia la ubicación del lugar desde el que prestan sus servicios. En lo demás todo es exactamente igual: son unos enchufados que acceden a esas plazas, remuneradas con cargo al erario, sin previo sometimiento al más mínimo control. No necesitan cumplir con los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, propios de la función pública, ni tampoco con los estrictos requisitos que rigen en la contratación del sector público. Trabajan para la Administración, pero en puestos “de confianza”, así como suena. Para mí, mamandurria pura y dura.

Dicho esto, hoy voy a referirme exclusivamente a los primeros, a los “asistentes”, que constituyen una figura propia del europarlamento pero que, como todas estas sinecuras, ya ha sido importada a España.

En una entrada anterior (“Europarlamentarios: lo que se le oculta al pueblo”) dije que los eurodiputados tienen, entre otros privilegios, el de contar con hasta cuatro “asistentes”, para los que hay prevista una asignación mensual total de nada menos que 24.943,00 euros que, si dividimos entre cuatro, ya estamos hablando de 6.235,75 euros al mes por barba.

Estos “asistentes” pueden ser de dos tipos: acreditados (que son contratados en Bruselas y que dependen directamente de la administración del Parlamento, pudiendo cada eurodiputado contratar a tres, e incluso a cuatro en determinadas condiciones) o locales (que “asisten” al eurodiputado en el Estado en que ha sido elegido, mediante contratos gestionados por un agente pagador cualificado y que pueden ser contratos de trabajo o contratos de prestación de servicios).

Se trata de una fauna integrada por el personal más variopinto, y que, para mayor cachondeo y descontrol, es libremente elegido por los propios europarlamentarios que los contratan, lo que no tiene parangón en España.

Además, no están sometidos a requisito alguno, de manera que “asistente” puede serlo cualquiera, incluso careciendo de la formación más elemental, aunque oficialmente se trata de justificar la arbitrariedad del reclutamiento en que para su selección se buscan personas altamente competitivas, que sean ciudadanos de la Unión Europea y que tengan una comunicación excelente, así como habilidades de organización, que es lo mismo que no decir nada y que todo el mundo vale para el puesto, lo que no sucede ni en la Legión.

Del total de 4.060 “asistentes” registrados ante el parlamento europeo (de momento los eurodiputados son 785 en total), 1.416 de ellos son acreditados, mientras que el resto son locales. Los números ya revelan una ratio de nada menos que 5,17 “asistentes” por cada eurodiputado. ¡¡¡ Tócate los nísperos con el mamoneo !!!.

Pero ¿es un día igual a otro en el trabajo de un “asistente”? La respuesta es no. Cada día pueden presentarse novedades y, por supuesto, las labores varían entre trabajar para un europarlamentario u otro, lo que explica la “flexibilidad” laboral reinante.

Ahora bien, además de los trabajos que pudiéramos llamar estándar, el “asistente” también asume otras funciones más peculiares. La relación que se establece entre éste y el eurodiputado es tan cercana que no es de extrañar que le ayude también en otras tareas de carácter más personal.

Sin entrar en profundidades de otro tipo, algunos “asistentes” confiesan haber cuidado a los hijos del europarlamentario o comprado una corbata para el Pleno. [“La diputada tuvo que traer a su hijo a Bruselas y no pudo encontrar a nadie que lo cuidara mientras ella trabajaba, así que me lo llevé a la oficina y jugué con él”, cuenta un “asistente”. Otro relata que “la maleta de mi jefe se perdió y necesitaba una corbata para un pleno, así que fui a comprarla”]. Un “asistente” francés tuvo que encontrar un sitio donde el diputado pudiera alquilar un esmoquin, “y sólo tenía un día, me parecía imposible. pero lo conseguí”. Entre las variadas funciones atípicas enumeradas por los “asistentes” también se encuentra la de hacer de guía turístico. [“Tras llevar dos años como diputada, mi jefa decidió que era hora de conocer un poco más de Bruselas que el Parlamento Europeo y el hotel, así que la llevé a dar un paseo por el centro y probar los típicos mejillones con patatas fritas”, relata una asistente irlandesa]. ¡¡¡Cuánto “glamú”!!!

De todo lo hasta aquí expuesto el lector podrá deducir rápidamente la importancia, trascendencia y seriedad del trabajo de los “asistentes”, lo que explica que su reclutamiento se anude en exclusiva a la afinidad política, o encanto personal, de los interfectos.

En Cangas del Narcea lo más próximo que tenemos al parlamento europeo es a un eurodiputado socialista casado en un pueblo del concejo, quien desempeñó el cargo durante el período 2004-2014, y que en su día se llevó como “asistente” a Bruselas a un sobrino suyo. Tal cual. Pero es lógico, digo yo, tratándose de puestos de confianza, lo que me recuerda lo que pasó con Don Josep Lluís Carod Rovira, aquél político catalán (hoy en paradero desconocido) que tras el “Pacto del Tinell” entró a formar parte del famoso tripartito y que al ser sorprendido por los medios de comunicación con un hermano colocado de “asistente” suyo en la Generalitat manifestó sin el más mínimo rubor: “si se trata de un puesto de confianza, que mejor que un hermano.” Razón que convence.

Estos son los “asistentes” de los europarlamentarios, pero, reitero, la figura ha sido importada a España y, como escribí aquí en “Los diputados y las diputadas (o viceversa)”, en el Congreso de los Diputados ya tenemos también “asistentes”. ¡¡¡ Lo que nos faltaba !!!.

Porque, como para ciertas cosas en este país somos unos exagerados, resulta que en la cámara legislativa madrileña hay previstas las siguientes plazas de “asistente”: 6 para la presidencia, 8 para las vicepresidencias, 8 para las secretarías, 1 por cada presidente de comisión (que son, ni se sabe) y 318 para los 350 diputados. Total: más “asistentes” que escaños.

Y no se crea el ingenuo lector que estamos hablando de una nadería. Porque, como ya escribí en aquella entrada, el coste medio de todo este “personal de confianza” del Congreso de los Diputados supera ampliamente el medio millón de euros al mes, bien entendido que no vale lo mismo contratar a un “asesor” que a un “asistente”. Mientras estos últimos cobran 2.027,00 euros mensuales, los asesores perciben el doble, 4.054,00 euros cada mes, por lo que un asesor equivale a dos asistentes. Entre medias, hay otros cargos de libre designación: asistente “A” (2.533,00 euros/mes), asistente técnico (3.040,00 euros/mes) y asistente técnico “A” (3.547,00 euros/ mes). Es tremendo: ¡¡¡ hasta los enchufados están jerarquizados !!!.

Yo, por poner un ejemplo, para ser Abogado del Estado, Juez, Notario, etc. sé perfectamente lo que tengo que hacer: estudiar, estudiar y estudiar durante años y luego aprobar unas oposiciones libres en las que no solo tendré que competir en pie de igualdad con el resto de los opositores sino, además, superarlos en conocimientos. Pero, para ocupar una de las plazas que copan los asistentes, asesores o gabineteros, ¿qué tengo que hacer?.

Esta es la situación de nuestro Estado social y democrático de Derecho a la que nos han llevado nuestros políticos: los progresistas y los conservadores. Y esto, la verdad sea dicha, no tiene mucha pinta de mejorar sino mas bien todo lo contrario.

Reorganización ministerial

Hace un par de días escribí aquí (“Como éramos pocos …”) sobre la “remodelación” que actualmente estaba llevando a cabo el Gobierno en la cúpula de la Administración estatal.

Dije entonces que ya se habían publicado en el BOE tanto la “reestructuración” del Gobierno en 22 ministerios como la estructura orgánica básica de los mismos, es decir, los órganos superiores y directivos de cada departamento hasta el nivel de dirección general, porque, de ahí para abajo, cada ministerio ha desarrollado a su vez su propia estructura orgánica básica.

Pero vayamos a lo práctico, y veamos como se las gastan realmente nuestros gobernantes a la hora de “reorganizarse”, esto es, de crear cargos públicos para sus adláteres, en plena pandemia y ante una crisis económica sin precedentes en la España moderna.

Baste como ejemplo el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, así como suena, un departamento creado ex novo el pasado día 12 de enero y cuya estructura orgánica se publicó precisamente ayer en el BOE.

Este Ministerio tiene los siguientes órganos superiores y directivos, que en el diario oficial aparecen organizados así:

1 – MINISTRO:

      1.1. Gabinete compuesto de 10 miembros.

2 – SECRETARÍA DE ESTADO DE ENERGÍA:

      2.1. Gabinete compuesto de 4 miembros.

      2.2.  DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA ENERGÉTICA Y MINAS.

            2.2.1. Subdirección General de Hidrocarburos y nuevos combustibles.

            2.2.2. Subdirección General de Energía Eléctrica.

            2.2.3. Subdirección General de Energía Nuclear.

            2.2.4. Subdirección General de Minas. 

            2.2.5. Subdirección General de Energías Renovables.

            2.2.6. Subdirección General de Eficiencia Energética.

      2.3. Subdirección General de Prospectiva, Estrategia y Normativa en Materia de Energía.

      2.4. Junta Asesora Permanente.

      2.5. INSTITUTO PARA LA TRANSICIÓN JUSTA.

            2.5.1. Instituto Ciudad de la Energía (CIUDEN)

      2.6. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía.

      2.7. Fondo Nacional de Eficiencia Energética.

      2.8. Empresa Nacional de Residuos Radiactivos (ENRESA)

      2.9. Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos (CORES)

3 – SECRETARÍA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE:

      3.1. Gabinete compuesto de 4 miembros.

      3.2.  DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA (bajo cuya dirección estarán también las Confederaciones Hidrográficas y la Mancomunidad de los Canales de Taibilla):    

            3.2.1. Subdirección General de Planificación Hidrológica.

            3.2.2. Subdirección General de Programación y Gestión Económica y Presupuestaria.

            3.2.3. Subdirección General de Protección de las Aguas y Gestión de Riesgos

            3.2.4. Subdirección General de Dominio Público Hidráulico e Infraestructuras.

      3.3. OFICINA ESPAÑOLA DEL CAMBIO CLIMÁTICO:

            3.3.1. Subdirección General de Coordinación de Acciones frente al Cambio Climático.

            3.3.2. Subdirección General de Mercados de Carbono

      3.4. DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACIÓN AMBIENTAL:

            3.4.1. Subdirección General de Economía Circular

            3.4.2. Subdirección General de Aire Limpio y Sostenibilidad Industrial

            3.4.3. Subdirección General de Evaluación Ambiental  

      3.5. DIRECCIÓN GENERAL DE LA COSTA Y EL MAR:

            3.5.1. Subdirección General de Dominio Público Marítimo-Terrestre.

            3.5.2. Subdirección General para la Protección de la Costa

            3.5.3. Subdirección General para la Protección del Mar

      3.6. DIRECCIÓN GENERAL DE BIODIVERSIDAD, BOSQUES Y DESERTIFICACIÓN:

            3.6.1. Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina.

            3.6.2. Subdirección General de Política Forestal y Lucha contra la Desertificación

            3.6.3. Organismo autónomo Parques nacionales.

            3.6.4. Fundación Biodiversidad

      3.7. Agencia Estatal de Meteorología (AEMET):

      3.8. Fondo de Carbono para una Economía Sostenible (FES-CO2)

4 – SECRETARÍA GENERAL PARA EL RETO DEMOGRÁFICO:

      4.1. Gabinete compuesto de 4 miembros.

      4.2. DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS CONTRA LA DESPOBLACIÓN:

            4.2.1. Subdirección General de Análisis, Planificación y Coordinación

            4.2.2. Subdirección General de Iniciativas

5 – SUBSECRETARÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO:

      5.1. Gabinete compuesto de 4 miembros.

      5.2. SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA:

            5.2.1. Vicesecretaría General Técnica.

            5.2.2. Subdirección General de Legislación y Desarrollo Normativo.

            5.2.3. Subdirección General de Recursos, Reclamaciones y Relaciones con la Administración de Justicia

      5.3. DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS:

            5.3.1. Oficina Presupuestaria.

            5.3.2. Oficialía Mayor.

            5.3.3. Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de los Servicios.

            5.3.4. División de Sistemas y Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones

      5.4. Subdirección General de Relaciones Internacionales.

Si el lector se ha mareado, que no me extrañaría, descanse un rato antes de proseguir.

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico es de nueva creación, como ya dije, y su estructura orgánica ha sido “rediseñada” ahora (en plena crisis del COVID-19), motivo por lo que aquí no sirve la tan manida disculpa de que es lo que había, lo que nos encontramos al llegar, pues en realidad no existía nada, todo es nuevo.

Digo esto, porque, más que una estructura, se trata de una verdadera “megaestructura” de altos cargos públicos: más de 50 sin incluir los integrantes de la Junta Asesora Permanente y de los gabinetes

El anterior organigrama comprende únicamente los órganos superiores y directivos de este ministerio, es decir, los puestos ocupados por cargos políticos designados discrecionalmente: en teoría el presidente del Gobierno elige al ministro y éste a su vez a los titulares del resto de dichos órganos.

Pero nótese que, en la precedente relación, es decir, en el alto nivel ministerial, ya figuran previstos puestos para nada menos que 22 enchufados, que son los miembros de los famosos gabinetes, todos ellos seleccionados arbitrariamente y, en consecuencia, trabajando para la Administración sin cumplir con los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, como se le exige al resto de los mortales. Y quede claro que para formar parte de uno de estos gabinetes no se precisa cumplir con ningún requisito académico ni de cualquier otro tipo, salvo el de fidelidad al “régimen” o vaya uno a saber.

Fíjese el lector el grado de mamoneo que se está alcanzando en las actuales circunstancias que, para menos de sesenta altos cargos, ya hay previstos veintidós “asesores” en los gabinetes (la proporción supera ampliamente el 2 a 1) y todo ello, insisto, en plena pandemia y en medio de la mayor crisis económica de los últimos cien años.

Luego, si este es el nivel más alto de un solo ministerio, imagínese el lector todo lo que queda por “repartir” de ahí para abajo (y recuerde que hay otros 21 ministerios más).

Y por favor, dirán desde Ferraz (y seguro que antes desde Génova, porque, como ya escribí aquí, en esto de la mamandurria son todos parecidos), si algún compañero o compañera no encuentra su plaza en este organigrama, que lo diga cuanto antes para volver a “reestructurar” el Ministerio; porque organizándose hay sitio para todos.

¡¡¡ SON UNOS SINVERGUENZAS !!!

Por eso yo no dejo de preguntarme continuamente: ¿el pueblo hasta donde tiene que aguantar?, ¿cuál es el límite para lanzarnos a saltar la valla y acabar de una vez con este putiferio?.

Empleados públicos: cosas veredes

Dejando a un lado a los funcionarios, que se rigen por una normativa específica mucho más tuitiva y protectora, los empleados laborales de las Administraciones Públicas están sometidos al conocido Estatuto de los Trabajadores, uno de cuyos preceptos regula la suspensión de los contratos de trabajo y la reducción de la jornada laboral, en ambos casos por las concretas causas que el mismo contempla, lo que tiene lugar a través del denominado expediente de regulación temporal de empleo (ERTE).

Todos hemos oído hablar éstos días de que, a raíz de la declaración del estado de alarma, las empresas pueden promover estos ERTE, siendo precisamente la pandemia una de las causas que los justifican, de manera que el alcance y duración de las medidas de suspensión de los contratos o de reducción de la jornada se adecuarán al nuevo escenario derivado del COVID-19.

En éste contexto, que es temporal, el trabajador no podrá acudir a su puesto de trabajo ni percibir su salario durante el tiempo que dure la suspensión (salvo que se trate de un ERTE de reducción de jornada, en cuyo caso trabajará solo durante el horario de la jornada reducida y percibirá la parte proporcional de su salario original), ni tampoco indemnización alguna por parte de la empresa, sino que cobrará la correspondiente prestación por desempleo hasta que la situación se normalice.

Sin embargo, durante el mandato de Don Mariano Rajoy Brey (años 2011 a 2018) tuvo lugar la denostada reforma laboral, que aun siendo tan criticada por la izquierda caniche resulta que hoy continúa en vigor y, además, aplicándose en toda España un día sí y otro también (baste decir que actualmente es la base legal de cualquier ERTE), pero, para sorpresa de todos, es precisamente debido a la reforma laboral de Rajoy por lo que ni a los Ayuntamientos ni al resto de las Administraciones Públicas se les permite  promover un ERTE contra sus empleados laborales: ni por el COVID-19 ni por ninguna otra causa.

En definitiva, en España todos los trabajadores sin excepción son susceptibles de quedar sometidos a un ERTE, salvo los empleados laborales de las Administraciones Públicas.

Privilegios de la reforma de Rajoy.

Quién les iba a decir a los empleados públicos en régimen laboral que sus contratos de trabajo, a diferencia de los del resto de los mortales, quedarían blindados frente a todos los ERTE debido precisamente a esa reforma de la “derechona”.

Lo dicho: cosas veredes.

Como éramos pocos …

La verdad es que, con solo leer el diario oficial, uno ya no gana para sobresaltos. Los aficionados a la novela negra tienen ahí un buen filón y además gratuito.

En el BOE de 13/01/2020 se publicaron la reestructuración de los ministerios del actual Gobierno de España (un total de veintidós ministerios que, junto con el presidente, hacen que el Consejo de Ministros cuente con veintitrés miembros) y la creación de sus cuatro vicepresidencias.

Este Gobierno es el más numerosos no solo de la Unión Europea sino de la historia de España, hasta el punto de que la cifra deja pequeña la bancada azul del Congreso de los Diputados, compuesta por tan solo veinte asientos.

Mas tarde, en el BOE de 29/01/2020, apareció publicada la estructura orgánica básica de los distintos ministerios, es decir, los órganos superiores y directivos de cada departamento hasta el nivel de dirección general, porque, de ahí para abajo, cada ministerio ha desarrollado a su vez su propia estructura orgánica básica.

En fin, un galimatías de cargos, destinos, funciones y competencias, un despilfarro de dinero público, de muy difícil control por la dispersión legislativa con la que deliberadamente se actúa en estos casos para despistar al personal y porque, como tantas veces he denunciado aquí, lo de la transparencia no deja de ser una quimera cuya ley reguladora constituye otra tomadura de pelo en toda regla.

Con el nuevo Gobierno ya no se trataba solo del PSOE, sino que había que dejar sitio (más bien crearlo ex novo) para las compañeras y los compañeros de Unidas Podemos, ¡¡¡ qué también tienen que vivir de algo, caramba !!!.

Precisamente la decisión de dar cabida a Unidas Podemos generó la necesidad de nuevos puestos en la cúpula del poder, lo que supuso no solo la fragmentación de ministerios ya existentes hasta entonces (como son los casos de los de Trabajo, Universidades, Consumo e Igualdad) sino también la creación de nuevas áreas (como sucede con la de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones), entre otras novedades.

Pero el problema no son solo los veintidós ministerios, que no es poco, el verdadero desatino es que cada uno de ellos tiene a su vez sus correspondientes secretarías de estado, secretarías generales técnicas, subsecretarías, direcciones generales y un largo etcétera, y todo ello, por supuesto, con sus oportunos asesores, asistentes y gabinetes.

Las nuevas secretarías de estado arrancaron con una previsión de treinta y un cargos, un rango que también ostentan los titulares de la presidencia del Consejo Superior de Deportes (CSD) y del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), así como el director del Gabinete de la Presidencia del Gobierno; en total, pues, treinta y cuatro secretarías de estado, otro récord nacional.

Más allá de un mayor número de altos cargos, el aumento en los primeros niveles del Gobierno (presidente, vicepresidentes, ministros y secretarios de estado) implica más gasto en personal eventual o de libre designación, es decir, los sempiternos enchufados, los “cachorros” o jenízaros de los partidos en el poder, que son legión pero que están estratégicamente distribuidos junto a los gerifaltes del régimen.

A falta de nuevos Presupuestos Generales del Estado, en la actualidad las retribuciones son de casi 83.000 euros el presidente, 77.991 euros cada uno de los cuatro vicepresidentes y 73.211 euros cada uno de los dieciocho ministros restantes, sin incluir otras cantidades a las que también tienen derecho, como trienios por antigüedad si proceden de la Administración, etc., etc.

Mayores son los salarios de los secretarios de estado, subsecretarios y directores generales, todos ellos mejor retribuidos que el presidente del Gobierno, los vicepresidentes y los ministros, pues sus emolumentos alcanzan cifras que se mueven entre los 92.000 y los 115.000 euros, más esas otras prestaciones complementarias.

En fin, un mamoneo en toda regla porque, claro, hay que disponer de tajada para todos.

Pues bien, sin haber transcurrido tres meses desde entonces y con el COVID-19 de por medio, el Gobierno ha decidido “remodelar” las altas esferas del poder ejecutivo, de suerte que ahora, pese a la que está cayendo, ha resuelto aumentar el número de altos cargos.

En efecto, el Consejo de Ministros aprobó el pasado martes día 28 cinco reales decretos modificando la estructura de otros tantos departamentos ministeriales, de suerte que al final, tras mucha literatura jurídica y pese a la crisis de la pandemia y sus catastróficas consecuencias para la ciudadanía, se han creado nada menos que once nuevas subdirecciones generales, supongo que porque todavía quedaban “amiguetes” sin colocar en la nomenklatura.

¡¡¡Son unos sinvergüenzas!!!

Por eso yo no dejo de preguntarme: ¿el pueblo hasta donde tiene que aguantar?, ¿cuál es el límite para lanzarnos a saltar la valla y acabar de una vez con este putiferio?.

Caos económico y subvenciones a partidos: ¿son todos iguales?

El impacto del COVID-19 será de una brutalidad sin precedentes para la economía española; hasta el punto de que, según el propio Gobierno, la misma se desplomará un 18,2%, el déficit público alcanzará el 10,3% y el empleo caerá un 9,5%, elevando así la tasa de paro hasta el 19%.

Pero que nadie se asuste; no pasa nada. Absolutamente nada.

Hace unos días, cuando ya llevábamos más de un mes en estado de alarma, se aprobaron unas subvenciones para los partidos y formaciones políticas con representación en el Congreso de los Diputados (BOE de 24/04/2020).

Se trata de dos subvenciones trimestrales distintas: una por gastos de funcionamiento ordinario y otra por gastos de seguridad.

Su distribución es la siguiente:

PARTIDO FUNCIONAM. SEGURIDAD TOTAL
PSOE 3.595.757,58 184.631,37 3.780.388,88
PP 2.298.615,90 150.375,66 2.448.991,50
VOX 2.018.671,11 103.652,73 2.122.323,80
PODEMOS 1.216.096,40 62.442,93 1.278.539,30
CIUDADAN 741.998,07 38.099,37 780.097,44
Resto 2.623.450,45 137.527,92 2.760.978,30

Me llama la atención que el Partido Socialista de Cataluña (PSC) reciba ambas subvenciones aparte y por importe de otros 447.447,96 y 22.975,11 euros, respectivamente.

Pero estas subvenciones también las perciben Esquerra Republicana de Cataluña, Junts, Comú, PNV, EH-Bildu, Mas País-Equo, Unidad Popular, Foro, Coalición Canaria, UPN, Compromís, BNG, PRC y Teruel Existe, cuyos importes he sumado a los del PSC y puesto en la última fila del cuadro anterior. Y como puede verse son otro pastizal importante.

La suma de estas dos subvenciones trimestrales asciende a los 13.171.318,00 euros.

Insisto en lo de trimestrales, porque durante el resto del año se pagarán a todos estos partidos y formaciones políticas (en total nada menos que 20) otras tres tandas más de subvenciones por los mismos conceptos y por importes similares, lo que en total nos sitúa casi en los cincuenta y tres millones de euros anuales.

Esto solo para funcionamiento y seguridad porque, como ya expuse en una entrada anterior –Los diputados y las diputadas (o viceversa)”-, aparte van los sueldos, dietas y gastos de diputados, asesores, asistentes y resto del personal “de confianza” y, además, estos partidos y formaciones políticas también perciben una subvención fija cuya cuantía para cada grupo parlamentario es de 29.606,56 euros mensuales[i], más otra subvención variable, en función del número de diputados de cada uno, a razón de 1.703,57 euros mensuales por escaño[ii].

Comoquiera que todo lo hasta ahora expuesto se limita al Congreso de los Diputados, otro tanto de gasto (?) habrá para los partidos y formaciones con representación en el Senado y, por supuesto, también en los 17 parlamentos autonómicos.

Sin desmerecer los beneficios de los demás, que no son broma, es evidente que los grandes partidos y formaciones, los que cuentan con representación en todas estas instituciones, tienen que estar haciendo el gran negocio a costa del erario.

¡¡¡Esto es un verdadero escándalo!!!

Pero, por desgracia, no he visto nunca a ningún partido político renunciar a estas prebendas, por lo que entre todos terminan haciendo buena esa frase tan triste y demoledora en una democracia de que “son todos iguales”, pues, mientras que en cuestiones de lo más baladí surgen disputas absurdas, por el contrario, en lo tocante al reparto de este “botín”, existe un sospechoso consenso.

La mamandurria no conoce de creencias, convicciones e ideologías, así que este despilfarro de dinero público tiene mal arreglo. Los partidos son felices con este statu quo.

¡¡¡Son unos sinvergüenzas!!!

Por eso yo no dejo de preguntarme: ¿el pueblo hasta donde tiene que aguantar?, ¿cuál es el límite para lanzarnos a saltar la valla y acabar de una vez con este putiferio?.


[i] Teniendo en cuente que en la actual legislatura existen 10 grupos parlamentarios, esta subvención asciende en total a 592.131,20 euros mensuales, es decir, 7.105.574,40 euros al año.

[ii] Al existir 350 diputados, esta subvención asciende en total a 596.249,50 euros mensuales, esto es, 7.154.994,00 euros al año.

Los aplausos

Todos los días, a las 20:00 horas, miles y miles de ciudadanos en toda España salen a sus ventanas y balcones a aplaudir al personal sanitario que está luchando porque todo esto de COVID-19 acabe cuanto antes y con las menores consecuencias posibles.

Yo, y me consta que mucha más gente, esos aplausos los extiendo también a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y, en general, a todas aquellas personas que diariamente desempeñan su trabajo en lo que bajo el estado de alarma se ha dado en denominar “servicios esenciales”.

El aplauso, en tanto sonoro reconocimiento social u ovación pública que, cuanto más ruidosa y prolongada, denota una mayor aprobación, que duda cabe que agrada y anima a cualquiera.

Ahora bien, tras tantos días de aplausos, creo que los ciudadanos debemos de recapacitar so pena de, sin darnos cuenta, estar haciéndole el caldo gordo al Gobierno a costa de los derechos de los “aplaudidos”.

No se trata de aprovecharse ahora de la buena fe de ese contingente humano con alternativas tales como los minutos de silencio o las caceroladas de protesta, que algunos ya están proponiendo como exteriorización de su malestar por la nefasta gestión de esta crisis, aunque justo es decir que tendríamos motivos más que suficientes para hacerlo dado el absoluto abandono que nuestros gobernantes están teniendo con la población, privándola inexplicablemente de material sanitario y de pruebas de detección.

A lo que me refiero es a que, a estas alturas de la pandemia, lo que hay que hacer es llamar a los problemas por su nombre y resolverlos en el contexto que les corresponde a través de los remedios que la normativa legal tiene previstos al respecto.

Me explico: si un empleado (público o privado) está desempeñando un trabajo, lógicamente hay que retribuirle por él; si asimismo ese trabajo ha de prolongarse en el tiempo, más allá de la jornada laboral ordinaria, habrá que recompensarle las horas extras; y si ese trabajo, además, entraña un riesgo evidente para la integridad física del trabajador, aunque sean respetadas todas las normas de seguridad exigibles, entonces tendrá que percibir el correspondiente complemento de peligrosidad.

Lo que digo no es ninguna ocurrencia mía, sino que está en la legislación vigente, y el Gobierno ya debería de llevar tiempo cumpliéndola y haciéndola cumplir, que para eso estamos en un Estado de Derecho.

Y frente a ello no se me oponga que es que no hay dinero para recompensar merecidamente a todos estos trabajadores porque, sin ir más lejos, esta misma semana el diario “El País”, que no es precisamente antisistema, cifraba el importe de la chapuza de compra del material sanitario en la friolera de 1.012 millones de euros, cantidad que tiene tantos dígitos que las calculadoras de uso ordinario no son capaces de convertir en pesetas como desearíamos los que todavía seguimos pensando en la antigua moneda.

Estoy completamente seguro de que todos estos trabajadores que ahora son meritoriamente reconfortados cada atardecer, agradecerían mucho más su justa retribución económica que los aplausos propiamente dichos.

Abstención electoral

No tengo la más mínima duda de que en España la opción personal de abstenerse en unas elecciones es tan legítima como otra cualquiera.

El abstencionismo electoral consiste, como todos sabemos, en la no participación en una votación de quienes tienen derecho a ello. Es un no hacer que no tiene consecuencias jurídicas para el titular del derecho, salvo en aquellos países en los que el sufragio se configura como un deber jurídico, lo que no es nuestro caso.

Pero existen varias clases de abstención, a saber:

  • abstención técnica, motivada por razones no imputables al ciudadano con derecho a voto (enfermedad, ausencia, defectos en la inscripción censal, clima, etc.);
  • abstención política, que es la actitud consciente de silencio o pasividad individual en el acto electoral y que puede tener diversas causas: como expresión de una determinada voluntad política de rechazo del sistema político o de la convocatoria electoral en concreto (abstencionismo de rechazo); como no identificación con ninguno de los líderes o los programas políticos en competencia electoral; como consideración de que todas las opciones son coincidentes (“todos los políticos son iguales”) y sólo piden la atención en período electoral, alejándose de inmediato de las preocupaciones o prioridades de la mayoría, pudiendo constituir una suerte de objeción de conciencia política o un acto de desobediencia cívica; o, en fin, como concreción de su insatisfacción política;
  • abstención apática, motivada por la pereza, o ley del mínimo esfuerzo, unida a la falsa convicción de la escasa importancia del voto individual y a la ignorancia de las fuertes consecuencias de la abstención; y
  • abstención cívica, en la que el ciudadano participa en el acto electoral pero sin pronunciarse a favor de ninguna de las opciones políticas en pugna, para lo que emite el voto en blanco, que es una forma de voto válido pero sin opción por ninguna de las candidaturas en pugna.

Un cuadro comparativo de lo sucedido en Cangas del Narcea en las últimas convocatorias electorales, tanto municipales como generales, arroja los siguientes porcentajes en tantos por ciento:

AÑO

MUNICIPALES

GENERALES

ABSTENCIÓN

BLANCO

ABSTENCIÓN

BLANCO

2003

60,01

1,85

 

 

2004¹

 

 

Sin datos

Sin datos

2007

47,13

2,37

 

 

2008

 

 

37,61

0,94

2011

33,26

1,74

40,54

1,66

2015

43,44

3,00

44,42

1,66

2016

 

 

44,49

1,35

2019

39,77

1,47

39,51

1,88

2019²

 

 

46,55

1,65

He destacado en negrita los mayores porcentajes en abstención y votos en blanco tanto en las municipales como en las generales.

La abstención electoral, aun siendo completamente legítima, debe tener una lectura política, aunque, en mi modesta opinión, más en unas elecciones municipales que en unas generales, habida cuenta del aspecto personal de aquellas en relación con éstas, y porque, en definitiva, el poder local nos afecta más de cerca, directa y cotidianamente a todos los ciudadanos.

El dato indubitado de que, convocatoria tras convocatoria, en Cangas prácticamente una media que supera ampliamente el 40% del cuerpo electoral, es decir, más de 4 de cada 10 electores, no ejercite su derecho al voto, tiene obviamente un significado que pone en tela de juicio el propio sistema político.

Ahora mismo la abstención está configurada como una especie de “cheque al portador” que beneficia de facto a la opción política vencedora, lo que yo creo que no es justo, aunque existen distorsiones como cuando, por ejemplo, se trata del sufragio indirecto en la elección de alcaldes.

Ejemplo práctico: si en las últimas elecciones municipales celebradas en Cangas la participación ascendió al 60,23%, resultando que los votos del PP fueron de un 41,91% y los del PSOE de un 37,20% (“Elecciones municipales vs elecciones generales”), la conclusión obvia es que el alcalde-abogado solamente obtuvo el refrendo de un 22,40% del cuerpo electoral, es decir, de solo 2 de cada 10 electores, lo que lo deslegitima por completo.

Cosas de la estadística.


¹ Resultados al Congreso de los Diputados

² Convocatoria del 10 de noviembre

Los intermediarios

Ahora entiendo perfectamente las misteriosas reticencias del Gobierno a facilitar la identidad de las empresas intermediarias en la adquisición del material sanitario preciso para hacer frente al COVID-19, aunque ello haya supuesto una inexplicable y flagrante violación de toda la normativa legal sobre transparencia y contratación pública.

Tengo que reconocer humildemente que, ante semejante opacidad, bien pensé que no existían tales intermediarios, lo que sin embargo me sigue pasando con los “expertos”, que a estas alturas todavía seguimos sin saber quiénes son.

Por fin, nos hemos enterado de en qué manos se puso el Gobierno para comprar las mascarillas, test, respiradores, etc., etc.

Y la primera sorpresa con la que me encuentro es que la mayoría de los intermediarios que actuaron para traer este material tan importante son empresas sin ninguna relación con la sanidad pero que, conociendo el percal, estoy seguro de que si la tienen con algún miembro del Gobierno o de las formaciones políticas que los sustentan.

Hasta el momento se tiene conocimiento de que el Gobierno ha celebrado, al menos, los siguientes contratos:

  • Con una empresa catalana dedicada a la importación, exportación y distribución de productos relacionados con la alimentación, así como a elaborar artículos de marketing para los mismos, para el suministro de mascarillas, guantes y gafas de protección; en total, más de 263 millones de euros.
  • Con una firma que se dedica a elaborar productos de dermocosmética, contratada para traer los test rápidos que luego se demostró que no disponían de la sensibilidad necesaria para detectar al coronavirus, contrato por importe de 17 millones de euros, de los que el Gobierno pagó por adelantado algo más de 7,1 millones y que, eso sí, la empresa ha devuelto aunque seguimos sin los test.
  • Con una sociedad guipuzcoana para el suministro de respiradores, tratándose de una consultoría dedicada a la inteligencia competitiva transaccional (bonitos “palabros”) y su actividad más común es la filtración de bases de datos; en total se le pagaron 15,4 millones de euros por adelantado.
  • Y con una compañía que se dedica a la fabricación de yeso para la construcción, para la compra de más respiradores, por un valor de 3,3 millones de euros que también se pagaron por adelantado, y comoquiera que, tras haber “trincado”, la empresa reconoció que no podía cumplir con el pedido, ahora el Gobierno está sin respiradores y la espera de la devolución del importe adelantado.

Todo ello explica perfectamente que, nada menos que 40 días después de decretarse el estado de alarma, en España sigamos estando tan escasos de mascarillas, test, respiradores, etc., etc.

Pues bien, a pesar de tan nefastos antecedentes, hoy el diario El País (y esto, para los tifosi del Gobierno, supongo que será irrefutable) nos cuenta que el Ministerio de Sanidad adjudicó el pasado viernes día 17 un contrato de nada menos que 4,2 millones de euros para el suministro de reactivos e hisopos (bastoncillos para tomar las muestras de las pruebas). Según el periódico progubernamental, la empresa “agraciada” con este contrato no solo es una firma sin trabajadores (?) sino que además, en el último año que declaró sus cuentas, registró pérdidas, resultando sorprendente, cuando no inaudito, que se trate de una sociedad dedicada al asesoramiento legal, laboral y tributario con un capital social de cuatro mil euros.

A ver lo que argumentan ahora los palmeros del Gobierno ante este esperpento propio de un cómic de “Pepe Gotera y Otilio”.

Yo me limito a pronosticar, aunque para aquellos incurra en “antipatriotismo”, que no nos pase nada.

Justicia y pandemia

Nuestra Constitución define expresamente a España como un Estado social y democrático de Derecho (art. 1-1) y para garantizarlo consagra como derecho fundamental de cualquier persona “la tutela efectiva de jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos” (art.- 24-1), añadiendo que la Justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por jueces y magistrados integrantes del Poder Judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley (art. 117-1).

En un Estado de Derecho rige, al menos en teoría, la división de poderes (poder ejecutivo, poder legislativo y poder judicial) y la Institución que garantiza esta separación es precisamente el Poder Judicial: por la boca de los jueces habla la ley.

Los jueces y magistrados, salvo contadísimas ocasiones (los de designación autonómica y los del denominado “quinto turno” del Tribunal Supremo, que entre unos y otros no superan el 1% del total), acceden a la carrera judicial por oposición (garantía del cumplimiento de los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad) y sin intervención política, es decir, que los casi cinco mil jueces y magistrados en activo de España dictan sentencias sometidos únicamente al imperio de la Ley.

Esto supone que, a los jueces y magistrados, como nadie los ha “puesto”, tampoco nadie los puede “quitar”, y esto la clase política, acostumbrada a manejar a su antojo el nombramiento de prácticamente todos los cargos públicos, no acaba de aceptarlo ni llevarlo con resignación.

Pero, al grano: cuando surge un problema entre personas privadas (particulares o empresas), o entre cualquiera de éstas y la Administración, ahí están los jueces y magistrados para resolverlo.

Traigo todo esto aquí a colación porque los Tribunales de Justicia ya están comenzando a pronunciarse sobre determinados aspectos de la crisis el COVID-19.

A las resoluciones dictadas por algunos juzgados de primera instancia y por varios juzgados de lo contencioso-administrativo, en ambos casos sobre la obligatoriedad de la hospitalización, se une ahora el Tribunal Supremo en un tema de enorme magnitud y trascendencia, dado que no solo afecta a más de seiscientos mil empleados públicos (todos los del sector sanitario) sino, a la postre, a toda la ciudadanía, pues, como el mismo dice en su Resolución, aunque en principio se trata de la “preservación del derecho fundamental a la integridad física y del derecho a la protección de la salud de los profesionales sanitarios” sin embargo “no cuesta esfuerzo en asociarlo a la preservación de esos mismos derechos de las personas a las que asisten que, en la situación crítica que atravesamos, somos potencialmente todos.”

En efecto, la Sala Tercera (de lo contencioso-administrativo) del Tribunal Supremo, acaba de dictar un Auto requiriendo al Ministerio de Sanidad la adopción de todas las medidas a su alcance para que tenga lugar efectivamente la mejor distribución de los medios de protección de los profesionales sanitarios y para que informe quincenalmente al Tribunal de las concretas medidas adoptadas a tal fin, con indicación de los medios de protección puestos a disposición de los profesionales sanitarios y su distribución efectiva.

El Alto Tribunal estima así la petición de la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) que, ante la inactividad del Ministerio de Sanidad, había denunciado la vulneración del derecho fundamental a la integridad física consagrado en el art. 15 de la Constitución y solicitado se proveyera con carácter urgente e inmediato, en todos los Centros hospitalarios, Centros asistenciales de Atención Primaria, Servicios de Emergencias, Servicios de Asistencial Rural, centros con pacientes institucionalizados así como todos los demás centros asistenciales del territorio nacional ya sean públicos o privados y cualesquiera otras dependencias habilitadas para uso sanitario, batas impermeables, mascarillas fpp2, fpp3, gafas de protección, calzas específicas y contenedores grandes de residuos, siguiendo las recomendaciones de la OMS y los protocolos de protección del propio Ministerio de Sanidad.

Lo curioso del caso es que en la demanda que inició el proceso judicial, y a la que se opusieron tanto el Abogado del Estado en nombre de la Administración como el Ministerio Fiscal en la representación que le es propia, lo que se solicita es, sencillamente, que se dé cumplimiento efectivo al Real Decreto nº 463/2020 por el que se decretó el estado de alarma, es decir, que el Estado actúe en consonancia con lo acordado por el mismo bajo la denominación de “Medidas dirigidas a reforzar el Sistema Nacional de Salud en todo el territorio nacional” (art. 12) y de “Medidas para el aseguramiento del suministro de bienes y servicios necesarios para la protección de la salud pública” (art. 13).

Y ahora, en dicho Auto, lo que el Tribunal Supremo le viene a decir al Ministerio de Sanidad es que ha desamparado al personal sanitario y que esto no puede suceder ni repetirse.

Esta Resolución judicial, fechada el pasado día 20, aunque es una medida cautelar que no decide el fondo del litigio, no deja de ser todo un varapalo para el Gobierno.

Y digo yo: si, según las estadísticas oficiales (?) sobre los sanitarios, a causa del COVID-19 ya hay en España más de 30.000 contagiados y más de 30 fallecidos, ¿dónde están metidos los sindicatos de estos trabajadores?

Los tifosi de la pandemia

Hace tiempo que vengo notando en las redes sociales una polarización sin precedentes que además va en aumento a medida que avanza la crisis del COVID-19.

Un sector de la ciudadanía, autodenominado progresista (?), no admite una sola crítica al Gobierno. Ni si quiera con datos objetivos, que están ahí para ver y contrastar. Para sus integrantes, todo son “bulos” para desprestigiar al Ejecutivo.

Se trata de despreciar, incluso groseramente, ni más ni menos que la propia Constitución, que contempla como fundamental no solo el derecho a la libertad ideológica (art. 16-1) sino también el derecho a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones (art. 20-1, a), sin que, para desgracia del Gobierno y sus seguidores, ninguno de estos derechos pueda ser suspendido en un estado de alarma (art. 55-1)

Esta gente irrumpe en los muros del Facebook cual elefantes en una cacharrería. No toleran nada, no admiten voces discrepantes, no quieren discordancias … Pretenden convertir una sola y única versión, la suya propia, en la verdad absoluta, es decir, exactamente lo mismo que antaño hicieron Hitler, Mao, Mussolini o Stalin.

Estamos, en definitiva, ante la traslación a la actualidad de la “policía del pensamiento” de la que habla Orwell en la novela a la que me referí en una entrada anterior (“1984”). En fin, totalitarismo en estado puro.

Cualquier disconformidad con esa “verdad” es rápidamente censurada, tratando de contrarrestarse de inmediato (cuando no se llega a la descalificación personal) con los más variopintos argumentos: que nadie se esperaba el virus, que el Gobierno fue engañado en la compra del material sanitario, que lo mismo ha pasado en otros países … y un largo etcétera de explicaciones carentes del mas mínimo sentido a la vista de todo lo que ya es de público y general conocimiento.

Los números están ahí y son tozudos: a día de hoy España, con 200.210 contagiados, tiene, según las “estadísticas” del Gobierno (que ya el mismo admite que son falsas), nada menos que 20.852 muertos; y Portugal, con 20.863 infectados, tiene sin embargo 735 fallecidos. Dicho en otras palabras: España tiene casi mas decesos que los enfermos que hay en Portugal (incluso hubo días que en España se produjeron mas muertes que el total de Portugal desde el inicio de la pandemia), siendo el porcentaje de muertos sobre el de contagiados en la península ibérica del 10,41% en el caso español y del 3,52% en el caso portugués.

Pero, lamentablemente, la reacción de los hinchas del Gobierno no es espontánea, ni muchos menos, sino que está perfectamente orquestada. Basta leer la carta que el pasado mes de marzo Don José Luis Ábalos y Doña Adriana Lastra (dos “ejemplos” a seguir, pues el primero, a sus sesenta años, solo trabajó tres meses en su vida, y la otra, aunque bastante más joven, no lo ha hecho nunca) remitieron a todos los militantes y simpatizantes del PSOE. La misiva tiene mucha miga porque denota un enorme nerviosismo por parte del “aparato”, consciente de lo mal que lo están haciendo. Dice así:

“Os pedimos que, además de ser ejemplares en vuestro comportamiento cotidiano y en el cumplimiento de las recomendaciones de las autoridades, utilicéis vuestra capacidad de comunicación en vuestras áreas de influencia, con artículos, vídeos o participación en redes sociales para hacer un llamamiento a la unidad, a la esperanza, para denunciar bulos, para compartir información de valor y dejar sin argumentos a quienes se valen de la mentira, la manipulación y la insidia para justificar la voladura de la unidad de acción que necesita este país.

No cejéis en la tardea de ser activos desmontando a quienes, con tal de desgastar al Gobierno, y aun a costa de ahondar en la desesperanza de la sociedad, prefieren convertirse en instigadores de la adversidad a arrimar el hombro. Y hacedlo, guardando siempre las más altas cuotas de educación y comportamiento cívico que deben guiar a la acción de cualquier socialista.

Ahora, más que nunca, vuestro país os necesita para superar la pandemia y para aplacar también el virus del odio, la mentira y la manipulación. Contamos con vosotros. Es importante.”

Una vez recibida la circular, dicho y hecho: todos a la carga, que “a río revuelto, ganancia de pescadores” … y a lo mejor, al final, hasta cae algo y todo.

Y ahora nos acabamos de enterar de que en el “Facebook” pululan más de 43.000 perfiles falsos para loor y gloria del Gobierno. Pero nada, seguro que también es otro “bulo”.

Al final entraremos en un bucle: el “bulo” del “bulo” que a su vez es el “bulo” de otro “bulo” y así sucesivamente.