Distinciones honoríficas y cortesías institucionales

Como en Asturias no está pasando absolutamente nada, todo es de lo más normalito y el que diga lo contrario miente, la clase política ha decidido dedicarse a la frivolidad.

Digo esto, porque leo hoy en el BOPA, precisamente en el XC aniversario de la proclamación de la II República, un acuerdo de la presidencia del Principado sobre aspectos honoríficos relativos a los ex presidentes de la comunidad autónoma.

Con un tejido industrial en vías de desaparición, un paro galopante, una retroceso demográfico alarmante, una pandemia descontrolada … a Don Adrián “el de la muda” (el que la pasada primavera se saltó el arresto domiciliario para ir a Pola de Laviana a por unos calzoncillos) no se le ha ocurrido otra cosa que practicar la superficialidad y la ligereza, la exhibición y la ostentación.

El referido acuerdo, para conmemorar el aniversario del Palacio de la Presidencia, al tiempo que resalta la figura de varios (?) de los expresidentes, ha decidido el reconocimiento honorífico de estos mediante la asignación a varias de las estancias del Palacio, del nombre de quienes a continuación se citan:

  • Excmo. Sr. don Rafael Luis Fernández Álvarez, primer Presidente del Principado entre 1982 y junio de 1983. El mismo dará nombre a la Sala de Recepciones sita en la planta baja. Fue el Presidente que inauguró la autonomía, el Presidente bajo cuyo mandato Asturias se constituyó en Comunidad Autónoma uniprovincial.
  • Excmo. Sr. don Pedro de Silva Cienfuegos-Jovellanos, Presidente del Principado entre 1983 y julio de 1991. El expresidente dará nombre al despacho presidencial, situado en la planta noble, la primera. Bajo su mandato se reformó e inauguró la actual sede de la Presidencia.
  • Excmo. Sr. don Sergio Marqués Fernández, Presidente del Principado entre 1995 y julio de 1999. El mismo dará nombre a la Sala de Reuniones ubicada en la planta segunda, sobre el despacho presidencial.
  • Y Excmo. Sr. don Vicente Alberto Álvarez Areces, Presidente del Principado entre 1999 y julio de 2011. El expresidente Areces dará nombre a la Sala de Encuentros situada en la segunda planta. Bajo su mandato se reformó el palacio presidencial, manteniéndose su configuración, con ligeras adaptaciones de espacios, hasta la actualidad.

Al rojerío folklórico lo de los tratamientos protocolarios le encanta.

Además, por si lo anterior no fuera suficiente, en el mismo acuerdo se establece el siguiente criterio de cortesía institucional que resultará de aplicación a todos/as los/as ex Presidentes/as del Principado de Asturias, presentes y futuros: a los/as ex Presidentes/as del Principado de Asturias les corresponderá el tratamiento de Presidente/a con carácter vitalicio.

Y con tanta tontería, aquí todos tan contentos.

Echo de menos a los expresidentes don Juan Luis Rodríguez-Vigil Rubio (1991-1993), don Antonio Trevín Lombán (1993-1995), don Francisco Alvarez-Cascos Fernández (2011-2012) y don Javier Fernández Fernández (2012-2019). Pero, en fin, ellos sabrán.

En definitiva, pompa y circunstancias.

¡¡¡Ay de mi güey!!!

“Operación Marea”

Don Jose Luis Iglesias Riopedre, quien fuera Consejero de Educación del Principado desde su nombramiento en el año 2003 hasta su cese a petición propia en el año 2010, se encuentra encarcelado en el centro penitenciario de Asturias cumpliendo la condena que le fue impuesta en el caso popularmente conocido como “Operación Marea” y ello pese a su avanzada edad, deterioro físico, patologías que padece y llevar en prisión mas de 1/4 parte del tiempo de duración de la pena, con el agravio comparativo que supone que su subordinada, verdadera cabecilla y muñidora de toda la trama delictiva en dicha Consejería, ya esté en libertad.

Su abogada lleva meses solicitando inútilmente que sea clasificado en el tercer grado penitenciario. No dudo de que existan poderosas razones jurídicas para no concedérselo pero, sin conocer el expediente, me cuesta saber cuales pueden ser vista la continua clasificación en dicho grado de otros presos famosos y que en algunos casos, sin haber visto tampoco el expediente, se me antoja absolutamente inexplicable.

Conocí al Sr. Iglesias Riopedre cuando, a mediados de los años ochenta, yo hacía la pasantía en el bufete del prestigioso abogado ovetense Don Gerardo Turiel de Castro, maestro inolvidable, a quien Dios tenga en su gloria.

Nacidos ambos en Vigo, habían sido militantes del PCE, formaban parte de lo más granado de la intelectualidad asturiana de la época y compartían bonhomía, sencillez, talento y desinterés por todo lo crematístico.

Muchos días, a última hora de la tarde, el Sr. Iglesias Riopedre acudía de visita al despacho, lo que me permitió asistir a conversaciones de alto nivel sobre los temas más variados.

Por eso, cuando me enteré de que estaba siendo investigado en la citada “Operación Marea”, quedé perplejo; porque me parecía imposible que aquél hombre tan bueno y desinteresado pudiese estar involucrado en semejante asunto.

Pero lo cierto es que la Sentencia de la Audiencia Provincial -Sección 3ª- de Oviedo nº 387/2017, de 12 de septiembre, condenó al Sr. Iglesias Riopedre como autor penalmente responsable de un delito continuado de prevaricación (en concurso medial con otro de falsedad en documento mercantil -en éste como cooperador necesario- y otro de fraude a la Administración) y de un delito continuado de cohecho.

Esta Sentencia, de mas de 1.000 páginas de extensión, que se dice pronto, declara probado que las irregulares contrataciones de la Consejería de Educación con determinadas empresas se habían efectuado con el conocimiento y la aquiescencia del Sr. Iglesias Riopedre, que éste había promocionado obras públicas de aprovechamiento geotérmico con el fin de beneficiar a una empresa de su esposa e hijo y que, además, había recibido ciertas “liberalidades” por el trato de favor dispensado a algunas de aquellas empresas.

Ahora bien, en relación con esta trama delictiva, mientras que la Sentencia condena a todos sus protagonistas a indemnizar al Principado de Asturias en el importe de los perjuicios causados, por el contrario al Sr. Iglesias Riopedre no le condena a abonar cantidad alguna, lo que dice bastante a su favor pues demuestra que al final no “trincó” nada de las arcas públicas.

Si no fuera porque conozco desde hace muchos años al Magistrado ponente de esta Sentencia, del que me consta su rigor, seriedad, imparcialidad, independencia y buen hacer profesionales, seguiría creyendo en la inocencia del penado.

El recurso de casación del Sr. Iglesias Riopedre fue parcialmente estimado por la Sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo nº 402/2019, de 12 de septiembre, que lo absolvió del delito de fraude y consideró que los demás delitos concurrían en concurso medial, aplicando a los mismos la atenuante de dilaciones indebidas, pero al final, por el juego de las reglas legales para el cómputo de las penas, la condena fue de 5 años y 2 meses de prisión y multa de 400.000 euros.

Y ambas sentencias tienen cierta relación con Cangas del Narcea: porque Don Francisco Javier Rodríguez Santocildes, Magistrado ponente de la dictada por la Audiencia Provincial, está casado aquí, y porque el primer destino de Don Alberto Jorge Barreiro, Magistrado ponente de la dictada por el Tribunal Supremo, fue precisamente su Juzgado de Primera Instancia e Instrucción.

¡¡¡ Ay de mi güey !!!

El futuro inmediato de Asturias

El Consejo de Gobierno del Principado de Asturias aprobó recientemente la firma de 59 convenios de colaboración entre varios departamentos de la Administración y el Instituto para la Transición Justa (ITJ),[1] con el fin de desarrollar proyectos financiados con fondos mineros, de los cuales 42 corresponden a los ayuntamientos y 17 al Principado.

Estamos hablando de más de 92 millones de euros de fondos mineros, de los que el ITJ financiará un 75% y el Principado el 25% restante.

El citado ITJ es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital que desde su creación se encuentra dirigido por una tal Doña Laura Martín Murillo, muy conocida en su casa a las horas de comer y otrora “gabinetera” de la Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Y con el fin de “… orientarlo en el análisis de las iniciativas que pueden aspirar a fondos europeos y potenciar el diálogo social, además de ahondar en la búsqueda de oportunidades y de vías de financiación …”, el Gobierno autonómico, para a aumentar el ya ciclópeo organigrama regional, acaba de crear el denominado Comité Asesor de Fondos Europeos (CAFE) que, junto con la Oficina de Proyectos Europeos (OPE) y el Mapa de Estrategias de Asturias (MEA), conforman la “arquitectura administrativa” que dotará al Principado de las herramientas oportunas para obtener el máximo rendimiento de los fondos europeos o, como dice la propaganda oficial, se encargará de facilitar la gestión de las ayudas extraordinarias de la Unión Europea (UE) para impulsar la recuperación económica y superar las consecuencias de la pandemia en Asturias.

Según las primeras informaciones facilitadas por el nuevo Organismo, los proyectos a financiar pueden venir de la Administración pública, de sectores privados o del formato de colaboración público-privada, siendo estos últimos los que tendrán preferencia en el acceso a los fondos porque se entienden que tendrán un mayor efecto multiplicador, pues, al contrario de lo que suele ocurrir con los fondos habituales, en este caso no hay una territorialización de estos, sino que todo dependerá de los proyectos y la calidad de los mismos.

El CAFE, cuyos presidente y vicepresidenta serán Don Juan Cofiño González (vicepresidente del Gobierno autonómico) y Doña Ana Cárcaba García (consejera de Hacienda), respectivamente, cuenta, además, con 16 vocales: la mitad a propuesta del Principado y la mitad restante elegidos por UGT y CCOO, la Federación Asturiana de Concejos (FACC), la Asociación de Comarcas Mineras (ACOM), la Federación Asturiana de Empresarios (FADE), las Cámaras de Comercio y la Universidad de Oviedo.

Aparte de dichos presidente y vicepresidenta, los miembros del CAFE propuestos por el Gobierno regional son la viceconsejera de Medio Ambiente y Cambio Climático, el viceconsejero de Infraestructuras, Movilidad y Territorio, la directora general de Calidad, Transformación y Gestión del Conocimiento de la Consejería de Salud, el director general de Asuntos Europeos, la directora general de Industria, la directora general de Energía, Minería y Reactivación, el director general de Vivienda y el director general de Innovación, Investigación y Transformación Digital, es decir, más de lo mismo: todos “expertos” procedentes, ¡¡¡ cómo no !!!, de la secta.

Salvo uno, que fue propuesto por la FADE, el resto de los integrantes del CAFE carece de la más mínima experiencia empresarial, así que ya me contará el lector lo que esta gente puede “asesorar” en materia de fondos europeos.

Resumiendo: el futuro de Asturias está en manos del ITJ, el CAFE, la OPE y el MEA.

No es un chiste, pero lo parece.

¡¡¡Ay de mi güey!!!


[1] El Instituto para la Transición Justa, organismo autónomo sucesor del  Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, fue creado por Real Decreto 500/2020 y tiene por objeto la identificación y adopción de medidas que garanticen a trabajadores y territorios afectados por la transición hacia una economía más ecológica, baja en carbono, un tratamiento equitativo y solidario, minimizando los impactos negativos sobre el empleo y la despoblación de estos territorios.

Las ayudas comunitarias

Los Fondos Europeos de Desarrollo Regional (FEDER), que la Unión Europea (UE) quiere emplear ahora para luchar contra la despoblación del medio rural, están a punto de “repartirse”.

Tras los últimos acuerdos adoptados por las altas instancias europeas, por fin el declive demográfico se tendrá en cuenta para la asignación de una parte del dinero de la UE, por lo que, en principio, aquellos concejos con caídas prolongadas de población tendrán una facilidad singular para acceder a la bolsa de 25.000 millones de euros con los que contarán los FEDER entre los años 2021 y 2027.

Uno de los indicadores que la UE exige para poder acceder a los FEDER es tener una densidad de población inferior a los 12,5 habitantes por km² o haber perdido el 1% o más de habitantes entre los años 2007 y 2017. 

De los 78 concejos que existen en Asturias solo ocho de ellos incumplen ambos requisitos. Son Corvera, Llanera, Llanes, Oviedo, Noreña y Siero, porque han aumentado su población, y Gijón y Villaviciosa, porque en la citada década solo han perdido 0,7% y 0,5%, respectivamente, de sus habitantes.

Según las estadísticas oficiales, Cangas del Narcea, cuyo último censo (2019) le atribuye 12.347 habitantes, tiene una densidad de población de 14,99 personas por km2, es decir, que incumple el primero de estos requisitos, pero, sin embargo, cumple con el segundo de ellos porque en 2007 y 2017 tenía 15.127 y 12.947 habitantes, respectivamente, y, en consecuencia, en dicha década perdió más del 1% de su población.

Aparte de estos 25.000 millones de euros de los FEDER, la UE también ha puesto en marcha otros 17.500 millones de euros a través de un fondo destinado específicamente a las regiones europeas afectadas por la descarbonización.

No obstante, la sombra de los fondos mineros, y su irresponsable derroche, planea sobre nosotros. Irresponsable en doble sentido: porque se gastaron sin criterio ni control algunos y porque, además, a nadie se le han pedido nunca las cuentas por semejante dilapidación de recursos públicos. Y digo yo que alguien será responsable de este desaguisado.

Espero y deseo que por una vez el alcalde-abogado defienda debidamente los intereses de Cangas y logre para este concejo recursos económicos suficientes, tanto de los FEDER como del fondo de la descarbonización, que permitan paliar la penosa situación en la que actualmente se encuentra.

Por eso permaneceré expectante para ver qué parte de ese “pastizal” de dinero público vendrá para Asturias y, del que llegue, cuánto (y en qué) se invertirá en Cangas.

¡¡¡Ay de mi güey!!!

Presupuestos autonómicos 2021

El pasado día 3, el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias aprobó el proyecto de ley de Presupuestos Generales 2021 de esta Comunidad Autónoma, que se prevé asciendan a más de 5.237 millones de euros[1], frente a los más de 4.757 millones de euros[2] del año 2020. El aumento es de 480.278.369 euros, lo que representa casi un +10%.

No es este el lugar donde ponernos a analizar en profundidad las cuentas públicas asturianas, ni yo me considero tan capacitado como Doña Adriana Lastra Fernández para hacerlo, así que me voy a quedar con lo que para mí es más llamativo y, por supuesto, con lo que afecta a Cangas del Narcea.

Lo primero que me ha llamado la atención es el tema de los “enchufados” del régimen, ese al que aquí he dedicado tantas entradas, pues se trata de personal que trabaja para la Administración sin someterse a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

Pese a la que está cayendo, nuestros regidores autonómicos han decidido que, para remunerar a los “vividores” del régimen, de los 4.453.957 euros del año 2020 se pase ahora a los 4.597.067 euros, lo que supone un aumento de 143.090 euros y una variación de +3,21%.

Pero la verdad es que no me extraña nada que se incremente esta partida para los “asistentes, asesores y gabineteros”, teniendo en cuenta que lo previsto para remunerar a los “altos cargos” va a pasar de los 8.430.911 euros del año 2020 a los 8.874.416 euros, lo que representa un aumento de 443.505 euros y una variación de +5,26%.

Esto sentado, ahora voy al Anexo de Inversiones de los Presupuestos; pero lo único que he podido identificar claramente en los “proyectos” de inversión son las siguientes partidas:

1. CONSEJERIA DE ADMINISTRACION AUTONOMICA, MEDIO AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO:

1.1. Inversiones Reales:

1.1.1. “Renovación conducción abastecimiento entre los depósitos de Regla y Fuejo (Cangas del Narcea)”: 508.644 euros

1.2. Transferencias de capital:

1.2.1. “Saneamiento Sorrodiles de Cibea (Cangas del Narcea)”: 87.972 euros[3]

2. CONSEJERIA DE PRESIDENCIA:

2.1. Inversiones reales:

2.1.1. “Reparación del camino de acceso a Oballo (Cangas del Narcea)”: 170.000 euros

2.2. Transferencias de capital:

2.2.1. “Plan eficiencia y mejora energética de los polígonos industriales de Obanca y Tebongo”: 27.500 euros[4]

3. CONSEJERIA DE EDUCACION:

3.1. Inversiones reales:

3.1.1. “CP Obanca, Cangas del Narcea”: 393.253 euros

4. CONSEJERIA DE SALUD:

4.1. Inversiones reales:

4.1.1. “H. Carmen y S. Ochoa. Ampliación CS Reforma”: 470.400 euros

4.1.2. “C.P. Tebongo – Reformas”: 80.000 euros

4.1.3. “H. Carmen S. Ochoa – Reformas”: 17.424 euros

5. CONSEJERIA DE MEDIO RURAL Y COHESION TERRITORIAL:

5.1. Inversiones reales:

5.1.1. “Concentración parcelaria Villadestre-Villaoril-Luarnes (C. Narcea). FEADER[5]”: 313.870 euros

5.1.2. “Concentración parcelaria de Villar de Bergame (Cangas del Narcea). FEADER”: 10.058 euros

5.1.3. “Concentración parcelaria de Piedrafita y Jalón (Cangas del Narcea). FEADER”: 10.575 euros

5.1.4. “C.P. Otás-Arbolente (Cangas del Narcea) – FEADER”: 32.911 euros

5.2. Transferencias de capital:

5.2.4. “Asociación Vino de Calidad Cangas”. Promoción.

5.2.4.1. “A la asociación Vino de Calidad de Cangas”: 23.000 euros.

La Junta de Saneamiento contempla también, con cargo a los Fondos Mineros – Plan 2013/2018, dos inversiones reales para el saneamiento de Sorrodiles de Cibea por importes de 16.000 y 71.972 euros.

Por tanto, el conjunto de inversiones reales “proyectadas” exclusivamente para Cangas en el año 2021 (incluidas las sufragadas con los Fondos Mineros) asciende exactamente a la suma de 2.095.107 euros, es decir, un 0,040% del total de los Presupuestos Generales[4] y un 0,433% del total de los gastos de inversión[5].

Se dice en éstos Presupuestos que, en términos consolidados, el proyecto recoge un total de gastos de capital de 483.118.156 euros y que esto supone 474,21 euros por
habitante, pero en el caso del concejo de Cangas, partiendo de que el último censo de población (2019) es de 12.347 personas, a mí las cuentas no me salen. Porque si tomamos por base los citados 2.095.107 euros de inversión real para el año 2021 a lo que realmente salimos es a 169,68 euros por habitante.

Luego en Cangas la inversión per cápita no es de 474,21 euros, como dice el proyecto de Presupuestos, sino tan solo de 169,68 euros, es decir, un 64,21% menos.

Y mientras tanto, el alcalde-abogado, haciendo gala una vez más de su absoluta sumisión a los jerarcas socialistas regionales, se muestra exultante y pletórico celebrando que la Administración autonómica invierta aquí menos del 0,5% del total de sus Presupuestos Generales o del total de sus gastos de inversión y que, además, la inversión per cápita sea un 64,21% menor que la media aritmética regional. ¡¡¡ Sin comentarios !!!.

No dudo de que, bajo denominaciones genéricas, pudieran existir partidas presupuestarias en las que se contemplen otras inversiones para Cangas, pero hasta que no lo vea trasladado a la realidad práctica estoy en mi perfecto derecho de no creérmelo.

También he visto en estos Presupuestos, pero se trata de partidas referidas en su conjunto a los concejos de Allande, Cangas del Narcea, Degaña, Ibias y Tineo, las siguientes:

4. CONSEJERIA DE SALUD:

4.1. Inversiones reales:

4.1.4. “Plan accesibilidad centros sanitarios Área II”: 54.000 euros

4.1.5. “Reforma envolvente eficiencia energética Área II”: 400.000 euros

Y entre las transferencias de capital, referidas ahora a los concejos de Allande, Cangas del Narcea y Degaña, también he visto en los Presupuestos asturianos:

5. CONSEJERIA DE MEDIO RURAL Y COHESION TERRITORIAL:

5.2. Transferencias de capital:

5.2.1. “Ayudas operaciones LEADER para entidades locales”:

5.2.1.1. “Convocatoria ayudas 2019 de la Asociación Grupo Desarrollo Rural Alto Narcea”: 150.975 euros

5.2.1.2. “Convocatoria ayudas 2020 de la Asociación Grupo Desarrollo Rural Alto Narcea – FEADER”: 96.813 euros.

5.2.2. “Ayudas operaciones LEADER para empresas”:

5.2.2.1. “Convocatoria ayudas 2019 de la Asociación Grupo Desarrollo Rural Alto Narcea”: 75.873 euros

5.2.2.2. “Convocatoria ayudas 2020 de la Asociación Grupo Desarrollo Rural Alto Narcea – FEADER”: 503.500 euros.

5.2.3. “Ayudas operaciones LEADER. Entidades sin ánimo de lucro”:

5.2.3.1. “Convocatoria ayudas 2020 de la Asociación Grupo Desarrollo Rural Alto Narcea – FEADER”:  29.907 euros

Asimismo, en esta misma Consejería figura una partida, referida a los concejos de Cangas y Tineo, que se define así:

5.1. Inversiones reales:

5.1.1. “C.P. Arganza-El Puelo (Tineo-C. Narcea) – FEADER”: 38.319 euros.

Aunque no se si afecta realmente al concejo de Cangas, pues la vía también transcurre por los de Salas, Belmonte de Miranda, Tineo y Degaña, he localizado esta partida:

5. CONSEJERIA DE MEDIO RURAL Y COHESION TERRITORIAL:

5.1. Inversiones reales:

5.1.1. “FEADER: Mejora integral Cª AS-15 Cornellana-Puerto de Cerredo, varios tramos”: 658.152 euros.

Y, por último, me encuentro con una partida que dice así:

6. CONSEJERIA DE CIENCIA, INNOVACION Y UNIVERSIDAD:

6.2. Transferencias de capital:

6.2.1. “Despliegue fibra óptica en el polígono industrial de Tebongo”: 10.500 euros.

Los anteriores datos no están desordenados, como pudiera parecer, sino que siguen el mismo orden en el que figuran en el citado anexo de inversiones.

Pero, por más que he mirado y remirado los Presupuestos, yo, referido al concejo de Cangas, no he visto nada más.

Se echan de menos tantas y tantas cosas, unas prometidas formalmente, otras insinuadas, otras muy demandadas por los ciudadanos … que las dejaré para una entrada específica.

Únicamente quiero recordar ahora que los Presupuestos Generales del Principado 2021 reflejan que, en el Área Sanitaria II, cuya cabecera está en Cangas y comprende además los concejos de Allande, Degaña, Ibias y Tineo, existen un total de 475 empleados, de los cuales 1 es laboral, 469 son estatutarios y 5 personal directivo, por lo que dejo aquí este dato por si en el futuro fuese necesario (que lo será) tenerlo en cuenta para hacer las correspondientes comparaciones.

¡¡¡ Ay de mi güey !!!


[1] 5.237.551.819 euros

[2] 4.757.273.745 euros

[3] Fondos Mineros – Plan 2013/2018

[4] Fondos Mineros – Plan 2013/2018

[5] El FEADER (Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural) es un fondo agrícola europeo creado para la financiación de las acciones del Programa de Desarrollo Rural mediante el Reglamento del Consejo de la Unión Europea 1290/2005, de 21 de junio de 2005, sobre la financiación de la Política Agrícola Común.

Los sueldos de la pandemia: disparando con pólvora del rey

Ayer, el diario regional La Nueva España, publicó en la sección de Avilés una noticia que, quizá porque parece propia del Día de los Inocentes, ha pasado completamente desapercibida, por lo que voy a tratar de resumirla aquí para que no caiga en el olvido.

El Centro Cultural Internacional Oscar Niemeyer cerrará este año con un 63% menos de ingresos que el anterior. Total, casi nada.

Este resultado económico, en cualquier empresa privada, supondría la inmediata adopción de medidas tendentes a reducir los gastos. Cosa lógica y elemental, cuando se trata de administrar lo propio.

Pero no. Cuando lo que se maneja son recursos públicos, los balances económicos no se tienen en cuenta. Son magnitudes que quedan para las estadísticas y los “tocapelotas” como yo.

El tenderete en cuestión, por emplear una expresión suave, el que, pese a todos los obstáculos del PSOE a las denuncias del gobierno regional de FORO, terminó siendo investigado por los Tribunales de Justicia y éstos condenando a sus máximos responsables y otros “colaboradores” externos a importantes penas de prisión, está dirigido desde el día 18 de agosto de 2014 por un tal Don Carlos Cuadros Soto, al parecer un “gestor cultural” importado de no sé donde (un foriatu, que dirían los bablistas), tras ser fichado por el Patronato de la Fundación Centro Niemeyer por un sueldo de 63.000 euros brutos anuales.¹

Si los números del Instituto Nacional de Estadística son ciertos, que lo serán, desde agosto del año 2014 hasta la actualidad el IPC ha sido de exactamente de un 3,8%, es decir, que si al salario del Sr. Cuadros Soto se le aplicara dicho índice (como es práctica habitual en muchos ámbitos para actualizar los sueldos) entonces el mismo no llegaría actualmente a los 65.500 euros. Pero no. En el Centro Cultural avilesino el IPC no se tiene en cuenta, van por libre, de suerte que su director general, el mentado Sr. Cuadros Soto, percibirá durante el año en curso un sueldo de 78.124 euros brutos anuales.

Pues bien, pese a cerrar el actual ejercicio con un 63% menos de ingresos, que se dice pronto, lo cierto es que al repetido Sr. Cuadros Soto le van a subir el sueldo, pasando así a ser el contrato de alta dirección del Principado de Asturias con mayores emolumentos; más incluso, al parecer, que el mismísimo Don Adrián “el de la muda”.

Pero no solo al director general. El Patronato de la Fundación, pese a la que le está cayendo con semejante bajada de ingresos, se ha puesto en modo manirroto y también ha decidido subirle el suelo al coordinador de actividades, al responsable de comunicación, a los jefes de taquilla y de sala así como a los tres administrativos.

Ese incremento lineal en los salarios de toda la plantilla supone un aumento total del 12% (35.762 euros en cifras absolutas) en el apartado de gastos de personal, que se estima para el próximo año en 288.059 euros, incluyendo pagos a la Seguridad Social.

Y aunque las previsiones para el año que viene no son lo que se dice muy halagüeñas, pues se estima un retroceso de ingresos de los 177.526 euros de este año a los 143.000 euros que se esperan recaudar el próximo, no pasa nada: los sueldos se suben igual; solo faltaría.

Lo dicho: disparando con pólvora del rey.

¡¡¡ Ay de mi güey !!!


¹ Agencia EFE – 18/08/2014

Los Presupuestos Generales del Estado

En la tarde de ayer el Congreso de los Diputados aprobó los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para el año 2021.

Con la ley en la mano hubiese sido suficiente con el voto favorable de la mayoría absoluta de la Cámara, la mitad más uno de los miembros (176 votos), pero el Presidente del Gobierno (“Su Sanchidad”) ha conseguido, luego veremos por qué, que los PGE se aprobaran por una inédita mayoría parlamentaria de 188 votos.

La precaria mayoría simple que facilitó la investidura de Don Pedro Sánchez Pérez-Castejón el pasado mes de enero, con apenas 167 votos favorables y 18 abstenciones, se consolida y amplía ahora con 13 escaños más de la mayoría absoluta para avalar las cuentas del año 2021.

Así, a los escaños del grupo socialista (120) y del grupo confederal de Unidas Podemos (35), se sumaron los de ERC (13), PNV (6), EH Bildu (5), PDECat (4), Más País (2), Compromís (1), Nueva Canarias (1), PRC (1) y Teruel Existe (1). Un heterogéneo grupo de 189 diputados de todo el arco parlamentario, que reúne a formaciones progresistas e izquierdistas, centristas y conservadoras, de ámbito estatal o perfil independentista, soberanista, nacionalista, autonomista y hasta provincial. No obstante, uno de los diputados de este conglomerado no emitió su voto, por lo que al final los votos a favor fueron 188.

Fuera del pacto presupuestario se quedaron el PP (88), Vox (52), Ciudadanos (10), Junts (4), la CUP (2), Navarra Suma (2), Foro Asturias (1), Coalición Canaria (1) y el BNG (1), en otro bloque igual de heterogéneo con 161 escaños que suma a partidos de derecha y ultraderecha, liberales y de izquierda, soberanistas, independentistas, nacionalistas y regionalistas. No obstante, siete diputados de este otro conglomerado tampoco votaron, por lo que al final los “noes” fueron 154.

Los números que manejo son en cómputo globalizado, dado que los PGE se votan por capítulos y por separado.

Doña Adriana Lastra Fernández, portavoz del grupo socialista en el Congreso de los Diputados y “máster en presupuestos por la Universidad de Arriondas”, tras un somero resumen técnico de la nueva ley de PGE, celebró con su característica verborrea que “nunca la ley de presupuestos ha tenido el apoyo de tantos grupos y tantos partidos” (hasta 11 formaciones distintas), aprovechando para recordarnos a todos que que “Dijeron que este Gobierno era imposible y tuvimos Gobierno. Dijeron que las izquierdas no sabían entenderse, y nos entendimos y tuvimos Gobierno. Dijeron que el Gobierno no iba a durar y ya les digo: abandonen toda esperanza porque hay Gobierno para muchos años”. En fin, para echarse a temblar.

Pero ahora vienen las “rebajas” o, mejor dicho, las contraprestaciones que el Gobierno ha hecho, está haciendo y va a tener que seguir repartiendo en agradecimiento a los votos a favor de los PGE y que así, por lo pronto, podrían cuantificarse en más de 3.800 millones de euros, que se dice pronto.

EH Bildu (5), que ya está consiguiendo el ansiado acercamiento de los presos etarras a cárceles vascas y navarras (ese trapicheo tan lamentable en un Estado de Derecho, pero que ya iniciara Don Felipe González Márquez, continuó Don José María Aznar López y así sucesivamente hasta nuestros días), camina de la mano del PSOE y UP hacia la “república federal vasca” con la correspondiente anexión de la comunidad foral de Navarra (Nafarroa, que dicen ellos). En este sentido, el propio coordinador de la formación, Don Arnaldo Otegi Mondragón, se ha justificado hipócritamente diciendo en las últimas semanas que este voto forma parte del “proceso” para alcanzar su objetivo político, ya que los presupuestos para ellos no tenían ningún interés más que el de competir electoralmente contra el PNV.

En cuanto a los partidos catalanistas ERC (13), PDECat (4) y Compromís (1), las concesiones más sonadas han tenido que ver en materia fiscal y educativa. Sobre este último punto, los republicanos catalanes habían pedido que el castellano no fuese lengua vehicular; y el deseo ha sido concedido. Otro de los puntos que han marcado la política española en las últimas horas, y que ha tenido a los republicanos como protagonistas, ha sido la subida de impuestos que han pactado ERC y el Gobierno para la Comunidad de Madrid (?). A éste respecto, Don Pedro Sánchez no ha tenido empacho alguno en escudarse defendiendo una “armonización fiscal” entre todas las autonomías. Ahí queda eso.

Y en relación con el PNV (6), esos que todos sabemos que solo bajan a Madrid a “trincar”, la mayoría de las concesiones han ido encaminadas hacia reivindicaciones históricas, y económicas, que tenían los soberanistas. Por ejemplo, han conseguido la partida de 6 millones para el soterramiento del FEVE en Zornoza así como otros 2,6 millones para sufragar la investigación de la Universidad del País Vasco y 50 millones para el Plan Renove. Pero ha habido dos concesiones especialmente sensibles que han dado mucho de qué hablar: la primera, la eliminación de la subida al impuesto diésel que incorporaba el plan de PGE; y la segunda, la concesión de los terrenos de los cuarteles que el ejército de tierra poseía en el barrio de San Sebastián de Loyola, y que ahora han pasado a manos del Ayuntamiento donostiarra.

Por el contrario, los asturianos nada especial hemos de esperar de estos PGE por aquello de la “obediencia debida”.

En su día, en la entrada titulada “Sumisión”, tras preguntarme “¿Que es mejor para Cangas: que su alcalde milite en el mismo partido que los presidentes de los gobiernos regional y estatal, como sucede actualmente, o que pertenezca a una formación política distinta?”, concluía resignadamente escribiendo que “En principio todo parecería indicar que lo más beneficioso para este concejo sería la plena identidad política entre los tres gobiernos, pero, sin embargo, la cruda realidad, que está ahí para ver, me lleva a afirmar precisamente todo lo contrario.”

Y esta misma reflexión, sobre la relación “jerárquica” entre Don Adrián “el de la muda” y el alcalde- abogado y sus nefastas consecuencias para los cangueses, es perfectamente predicable de la de aquél con Don Perico Pinocho respecto a los asturianos.

Que no nos pase nada.

¡¡¡ Ay de mi güey !!!

¿Qué fué del “Radar COVID”?

En una entrada del pasado mes de agosto, que titulé “Vacuna virtual”, escribí sobre una aplicación (“app”) para teléfonos móviles denominada “Radar COVID”, que la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial (SEDIA), órgano superior del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, había desarrollado con la finalidad de luchar contra la pandemia.

La aplicación, que habrá costado un verdadero “pastizal” de dinero público, se había testado durante el anterior mes de julio en la isla canaria de La Gomera y, visto su éxito, los responsables de la crisis de la COVID-19 albergaban grandes esperanzas en la misma.

Escribía yo entonces, con la ingenuidad que me caracteriza, que aunque la aplicación ya estaba terminada y recogía contactos entre quienes la empleaban, sin embargo no sería completamente funcional hasta mediados de del mes de septiembre, por los problemas que suponía adaptarla al descentralizado sistema sanitario español, por lo que, antes de que esta herramienta se desplegara a nivel nacional, era necesario que sus responsables la adaptaran al método de notificaciones de los sistemas sanitarios de las 17 comunidades autónomas.

Las nefastas consecuencias que el Estado de las Autonomías supuso siempre en materia sanitaria, y que ahora estamos viendo en grado superlativo con motivo de la pandemia, denota una irresponsabilidad sin precedentes por parte de la clase política, hasta el punto de poder calificar la situación actual como de verdadero disparate. Las grandes decisiones tan pronto se centralizan como se descentralizan en función no de criterios sanitarios sino estrictamente políticos, máxime ahora con el “trapicheo” que se ha organizado con motivo de la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado.

En el caso de Asturias la aplicación se volvió plenamente operativa, según dijeron nuestros gobernantes, el día 15 de septiembre. (Yo la descargué mucho antes, pero lo cierto es que jamás he recibido una sola notificación de la misma).

Posteriormente llegó la segunda ola de la pandemia, esa que ha elevado el número de contagiados y de fallecidos a cotas inimaginables cuando Don Adrián “El de La Muda” y sus adláteres de partido (ahora llamados expertos) aplaudían con las orejas el enorme éxito de su gestión, pero pese a la que está cayendo nadie se ha vuelto a acordar del “Radar COVID”. Es como si esta “prometedora” aplicación nunca hubiese existido.

¿Estaremos ante otro fiasco más en la gestión de la COVID-19? Y van… ¿Y de esto no responde nadie?

¡¡¡Ay de mi güey!!!

Pillaje administrativo

No hace mucho, un ciudadano me enseñó una Resolución de una Consejería del Principado de Asturias en la que se le imponía una sanción de multa.

En esta Resolución se dice: que la misma no ponía fin a la vía administrativa, por lo que cabía interponer recurso de alzada en el plazo de un mes; que la Resolución no sería ejecutiva hasta alcanzar firmeza en vía administrativa, por no caber contra la misma recurso alguno; y que el ingreso del importe de la multa, cuando el recurso de alzada se interpusiera en plazo, no debería de efectuarse hasta que se resolviera dicho recurso.

Me dijo que el recurso de alzada se había interpuesto en tiempo y forma y, pese a que todavía no había sido resuelto, alguien de la Consejería en cuestión, contradiciendo los términos de su propia Resolución, no había tenido mejor ocurrencia que remitir el expediente a los Servicios Tributarios del Principado para que iniciaran la vía ejecutiva, por lo que le habían embargado una cuenta bancaria de la que se llevaron el importe de la multa más el recargo de apremio y los intereses correspondientes.

Pero si esto es grave, que lo es y mucho, lo que resulta kafkiano es que contra la providencia de apremio que abrió paso al embargo este señor hubiera recurrido en reposición y sin embargo el recurso desestimado porque, según los Servicios Tributarios, solicitado informe a la Consejería, ésta no se lo había enviado y que como no lo tenían, lo que lógicamente no es culpa de este ciudadano sino un asunto interno entre ambos organismos, pues se negaban a devolverle el dinero embargado.

En este caso, el ilegal proceder de la Administración autonómica se da en dos momentos temporales distintos:

  • primero, cuando la Consejería, prescindiendo de los términos de su propia Resolución y antes de resolver el recurso de alzada, remitió el expediente a los Servicios Tributarios para que iniciaran la vía ejecutiva; y
  • luego, cuando los Servicios Tributarios se negaron a dar marcha atrás y anular el embargo pese a tener cabal conocimiento de que no podían haber iniciado la vía ejecutiva sin que previamente la Consejería resolviera el recurso de alzada.

Todo un despropósito jurídico.

Que los recursos económicos de la Administración empiezan a ser escasos, por el derroche de gasto público, no es ninguna novedad. Pero lo que resulta escandaloso e ilegal es que la del Principado de Asturias contradiga sus propios actos, se salte la normativa vigente y se apropie indebidamente del dinero de los ciudadanos.

Estoy casi seguro de que si este señor denuncia el caso por la vía penal, a alguien de la Administración autonómica le va a caer el pelo por prevaricar.

No obstante, comoquiera que en los organigramas de las Consejerías figuran los nombres y apellidos de muchos de sus altos cargos, con sus correspondientes correos electrónicos institucionales, hace unos días me dirigí a uno de ellos poniendo en su conocimiento este sorprendente asunto, pero hasta la fecha no he tenido respuesta.

La fase 2 de la desescalada

Ayer por la tarde, el presidente autonómico asturiano Don Adrián “el de la muda”, compareció ante los medios para anunciar que, a la vista del descontrol de la pandemia, Asturias volverá a la fase 2 de la desescalada durante los próximos 15 días.

Y dicho y hecho: acto seguido el BOPA publicaba un suplemento con el texto íntegro de la Resolución de 14 de octubre de 2020, de la Consejería de Salud, “de medidas urgentes de carácter extraordinario, urgente y temporal de prevención, contención y coordinación, necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19”, cuya entrada en vigor tendría lugar tan solo unas horas después.

La Resolución ocupa un total de 8 páginas del BOPA de las que la mitad son su preámbulo o exposición de motivos, lo que no deja de ser curioso y sorprendente para una norma reglamentaria.

Esta Resolución, siguiendo la pauta nacional (pues así figura machaconamente en todas y cada una de las cientos y cientos de disposiciones legales y reglamentarias publicadas desde la declaración del estado de alarma), comienza recordándonos que no fue hasta el día 11 de marzo de 2020 cuando la OMS elevó la situación ocasionada por la COVID-19 a pandemia, como si todo hubiese comenzado entonces, tratando así de justificar una vez más el temerario retraso de las autoridades en hacer frente a esta crisis sanitaria, pues, como ya escribí en “Datos de un despropósito con resultado mortal”, todos sabemos que desde bastantes semanas antes el Gobierno ya tenía plena constancia y previsión de la gravedad del virus y de los riesgos de contagio.

La Resolución autonómica contiene un anexo con las denominadas “Medidas especiales de carácter extraordinario, urgente y temporal de prevención, contención y coordinación necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19” que me he tomado la molestia de leer.

En lo referente al auto confinamiento, limitación de la actividad social y aplazamiento de actividades no fundamentales, la Resolución se limita a un “se recomienda”.

Lo mismo sucede con las poblaciones vulnerables, las reuniones familiares y sociales, los lugares de culto así como las ceremonias nupciales y otras ceremonias religiosas y civiles asimiladas, para los que la Resolución se queda en otro “se recomienda”.

Sin embargo, en lo atinente a los centros docentes, la Resolución emplea las expresiones “se priorizarán”, “se valorará”, “se actuará” y “se insistirá”, esto es, que no dice nada de nada.

Cuando la Resolución aborda el tema de las residencias de personas mayores y centros sociosanitarios, dice únicamente que “se reforzarán los sistemas de protección”, lo que no deja de ser una simple promesa que ya veremos si al final se cumple.

Respecto a los centros, servicios y establecimientos sanitarios, la Resolución únicamente suspende las visitas comerciales.

Y para los centros y parques comerciales, la Resolución pide a sus responsables que garanticen las distancias interpersonales y que no superen el 25% de su aforo en sus zonas comunes y recreativas, es decir, que la Administración se lava las manos.

Lo único que en ésta Resolución tiene carácter imperativo es lo referente a los velatorios y entierros, para los que establece un máximo de 25 personas, y, ¡¡¡cómo no!!!, en lo relacionado con los establecimientos de hostelería y restauración, a los que se les vuelve a asestar un nuevo golpe que ahora, tras el cierre primaveral, puede llegar a ser mortal para el sector.

En fin, una especie de brindis al sol del que, no obstante, ya veremos lo que dice el Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias si alguien impetra ante el mismo la tutela judicial efectiva.

¡¡¡Ay de mi güey!!!

Improvisando

Los españoles tenemos una merecida fama de nada previsores y muy aficionados a la improvisación.

Basta con analizar la gestión de la pandemia para comprobar ambas virtudes nacionales.

Cuando el día 14 de marzo se decretó el estado de alarma[1] el Gobierno pasó a ser la autoridad competente y se adoptaron como medidas de contención en el ámbito educativo, entre otras, la suspensión de la actividad educativa presencial en todos los centros y etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza, incluida la universitaria, así como cualesquiera otras actividades educativas o de formación impartidas en otros centros públicos o privados.

Tras seis prórrogas sucesivas, por fin el día 21 de junio finalizó el estado de alarma previa adopción de una serie de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria.[2]

En estas circunstancias, el gobierno del Principado había previsto que el curso escolar 2020-2021 comenzara el día 1 de septiembre y las clases los días 10, 14 y 18 de septiembre según las enseñanzas, lo que todavía publica hoy el portal www.educastur.es.

Sin embargo ayer día 28, es decir, más de dos meses después de finalizar el estado de alarma y tres días antes del comienzo del curso, el Gobierno del Principado anunció que retrasará el comienzo de éste por culpa de la pandemia.  La Consejera de Educación, Doña Carmen Suárez Suárez, afirmó que se había adoptado esta decisión para que la vuelta al cole se produzca con todas las garantías.

De esta forma, el día 22 de septiembre en iniciará para Infantil y Primaria, en lugar del día 10, como estaba previsto. En Secundaria y Bachillerato será entre los días 28 y 29, aunque inicialmente era el 14 y en Formación Profesional, el día 30, en lugar del 18.

La máxima autoridad educativa de la región también explicó que el sistema de clases burbuja, con una ratio de 20 alumnos, por aula, se implantará desde Infantil hasta segundo de Secundaria. A partir de tercero de la ESO se implantará un método mixto semipresencial. Esto supondrá que, en aquellos centros en los que no se pueda garantizar la distancia mínima de 1,5 metros en el aula, la mitad del alumnado irá a clase un día y la otra mitad al siguiente, estableciendo turnos rotatorios. Y este modelo se complementará con dotación tecnológica, para que los estudiantes no queden descolgados los días que permanezcan en casa.

Pero la realidad es bien distinta: el retraso se debe verdaderamente a la necesidad de realizar pruebas PCR, tanto al profesorado como al personal no docente, y de contratar los más de 850 profesores extra que serán necesarios para adaptarse a la nueva situación.

Y yo me pregunto: ¿ésta decisión no podía haberse tomado antes?. ¿Las autoridades educativas autonómicas qué estuvieron haciendo durante todo el verano?. ¿Se habrán ido también de vacaciones como Don Perico Pinocho?. ¿Pero en qué manos estamos?.

¡¡¡Ay de mi güey!!!


[1] Real Decreto 463/2020 – BOE 14/03/2020

[2] Real Decreto-ley 21/2020 – BOE 10/06/2020

Pueblos deshabitados

Como ya escribí en otra ocasión, esta bitácora nació para llamar la atención y protestar contra la galopante despoblación de Cangas del Narcea, y sus lamentables consecuencias, ante la pasividad y desidia de nuestros responsables políticos, a los que parece que esta sangría demográfica, que ya nos está pasando factura y que terminará por hundirnos irremediablemente, les trae por completo sin cuidado.

Don Adrián, “el de la muda”, al poco de tomar posesión de su cargo de presidente autonómico, tuvo la genialidad (?) de crear un puesto con el rimbombante nombre de Comisionado para el Reto Demográfico. Pero, desengáñese el lector, su titular ni está ni se le espera; cobra su sueldo por divagar, lanzando soflamas como que “Hay que reconquistar la aldea” y quedándose tan campante. ¡¡¡Tremendo!!!

Así, y todo, para el presidente del Principado, la puesta en marcha de este Comisionado no puede verse como un gasto de la Administración, sino como una inversión. ¡¡¡Sin comentarios!!!

Como pontificar resulta que no cuesta nada, se insiste en la importancia de dar cobertura de banda ancha a todo el territorio, algo que ya estaba previsto hace tiempo en la Agenda Digital Europea 2020. Se deja claro que los servicios básicos deben prestarse en condiciones de equidad en todo el territorio. Se habla de redistribución y cohesión territorial, de simplificar la burocracia en los ayuntamientos pequeños y de implicar a la iniciativa privada para crear oportunidades en las esquinas más olvidadas de la región. Y apoyar el relevo generacional en las actividades económicas de la Asturias vacía, así como asegurar que la crianza de los hijos pueda realizarse con garantías en cualquier parte. ¡¡¡Todo muy bonito pero, lamentablemente, en la práctica no se está haciendo nada de nada!!!

En el concejo de Cangas, con una superficie de nada menos que 823,6 Km², existen 311 pueblos agrupados en 55 parroquias.

En una entrada titulada “El suroccidente vaciado escribí que, según un diario regional, en Cangas había 14 pueblos deshabitados y 57 pueblos con menos de 5 habitantes.

Pero repasando los datos compruebo que deshabitados, entre los que incluyo los no habitados durante la mayor parte del año, a mí me salen los siguientes pueblos que enumero señalando entre paréntesis, para los despistados y los foráneos, la zona del concejo en la que se encuentran:

  • Brañameana (Acebo)
  • Brañas de Abajo (Leitariegos)
  • Brañas de Arriba (Leitariegos)
  • Cabuezos (Leitariegos)
  • Cadaleito (Coto)
  • Cerveriz (Coto)
  • Corros (Leitariegos)
  • Cubopuerto (Besullo)
  • Faidiel (Besullo)
  • La Artosa (Coto)
  • Los Llanos de Porciles (Sierra)
  • Porciles (Sierra)
  • San Martín de los Eiros (Rengos)
  • Vegalapiedra (Acebo)
  • Villar de Arbas (Leitariegos)

En total, 15 pueblos. Y la lista aumentará.

Por ello quisiera saber que es lo que se está haciendo desde el Ayuntamiento de Cangas para combatir este gravísimo problema. ¿O no se está haciendo absolutamente nada, como sospecho?.

¡¡¡Ay de mi güey!!!

PD. El pueblo de San Martín de los Eiros desapareció en el año 2003 como consecuencia de su expropiación (y posterior derribo de todos sus edificios) por parte del Principado a instancia de una empresa minera de la zona. Al parecer solo queda en pie un hórreo.

Control partidista de la función pública

La Administración del Principado de Asturias cuenta con una plantilla de más de 37.000 empleados, que se dice pronto.

En ese maremágnum humano conviven funcionarios de carrera (que son los que tienen la plaza en propiedad), funcionarios interinos (que al no tener plaza, están de paso), personal laboral (que puede ser fijo, indefinido o temporal) y personal eventual (que son los enchufados).

Pues bien, en este escenario, algún mandamás socialista no ha tenido mejor ocurrencia que poner al frente de esa legión de empleados públicos, nombrándola Directora General de Función Pública, a una funcionaria interina de la propia casa. ¡¡¡ El mundo al revés !!!

Pero este disparate tiene una explicación “política” muy fácil de entender.

Se trata de Doña Margarita Isabel Vega González (Nava, 1960), licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad de Oviedo, quien entre los años 2007 y 2015 fue concejala en el Ayuntamiento de Oviedo por el PSOE, período en el que en la Administración del Principado resultó “elegida” para sustituir a una funcionaria en comisión de servicios.

En el año 2015 fue diputada regional por el PSOE, momento en el que pidió a la Administración del Principado que se la declarase en situación de servicios especiales o de excedencia voluntaria para poder ejercer como diputada con dedicación exclusiva. El tema se complicó y llegó nada menos que al TJUE (Asunto C-158/16).

Como diputada regional formó parte de las comisiones de Presidencia y Participación Ciudadana, Hacienda y Sector Público y Empleo, Industria y Turismo. Fue vicepresidenta también de la Comisión de Control de la Radiotelevisión del Principado de Asturias (RTPA). Y en el año 2018 resultó designada portavoz adjunta del grupo socialista en la Junta General de Principado.

Pero en las elecciones autonómicas del año 2019 no repitió en las listas del PSOE, por lo que tan solo unos meses más tarde fue nombrada Directora General de Función Pública del Principado, que para eso en Asturias gobierna su partido.

El sindicato de funcionarios autonómicos “Conceyu por otra Función Pública en Asturias” emitió un comunicado señalando que esta designación “Supone una declaración de intenciones descarnada por el control partidista de la función pública”, pero lo cierto es que transcurrido casi un año desde su nombramiento la “agraciada” permanece en el cargo.

Doña Margarita Isabel Vega González lleva unos 16 años como interina (?) de la Administración del Principado y tiene el mérito de ser la única responsable de toda España en materia de función pública que no es funcionaria de carrera.

¡¡¡ Ay de mi güey !!!

Montes de socios

La Ley de Montes estatal [1], en una reforma llevada a cabo en el año 2015[2], ha introducido una figura muy interesante denominada “montes de socios”.

En Asturias existen los siguientes tipos de montes:

  • los montes públicos, que ocupan un total de 300.214 Hectáreas, en los que hay que distinguir entre montes comunales y montes patrimoniales; y
  • los montes privados, cuya superficie total es de 470.335 Hectáreas, en los que hay que diferenciar entre montes vecinales en mano común y montes particulares.

A su vez, los montes particulares pueden ser de un solo dueño o de varios dueños (proindivisos o por cuotas) y, en éste último caso, cuando se trate de un monte particular de varios dueños, puede suceder que todos ellos sean conocidos o que algún dueño sea desconocido.

Los montes particulares proindiviso, o por cuotas, se regulan por las normas de las comunidades de bienes[3], es decir, que los actos de administración requieren de su aprobación por parte de la mayoría de las cuotas en tanto que los actos de disposición exigen la unanimidad de estas.

Pero en muchas ocasiones se ignora la propiedad de algunas de las cuotas y entonces surge el problema de no poder alcanzarse la mayoría necesaria para adoptar acuerdos de administración, que permitan poner los montes “en funcionamiento”, o de no poder aprovecharse de sus beneficios, motivo por el cual estos montes son infrautilizados.

Y para solucionar este problema, para evitar este “abandono” del monte, en el citado año 2015 se creó la figura de los “montes de socios”, que son aquellos particulares cuya titularidad corresponde en proindiviso o por cuotas a varias personas y algunas de ellas son desconocidas, situación por lo demás harto frecuente en el suroccidente asturiano.

En estas circunstancias, cualquiera de los copropietarios, con independencia de cuál sea su cuota en el monte, podrá promover la constitución de una junta gestora ante el órgano competente en gestión forestal de la comunidad autónoma en cuyo ámbito territorial se ubique el monte, quien convocará a todos sus dueños: a los conocidos personalmente y a los desconocidos por edictos publicados en el Ayuntamiento y en el diario oficial de la comunidad autónoma respectiva.

En el caso de Asturias, el órgano competente es la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial.

La junta gestora, una vez constituida, será el órgano de gobierno y representación de la comunidad en tanto existan cuotas sin dueño conocido.

Para la válida constitución de la junta gestora, será necesario el acuerdo de, al menos, las cuatro quintas partes de los propietarios conocidos, y su formalización por escrito. Se levantará acta de la constitución de la junta gestora en la que figure la identificación del monte, la designación al menos de un presidente y un secretario y las normas de funcionamiento interno, que deberán incluir el criterio de incorporación de nuevos miembros.

Corresponde a la junta gestora:

a) La representación y la gestión de la comunidad propietaria. Para ello podrá adoptar los actos de gestión y de administración que mejor convengan a los intereses comunes, lo que incluye la gestión y el disfrute del “monte de socios” y de todos sus productos y la enajenación de toda clase de aprovechamientos forestales, agrícolas, ganaderos, energéticos y mineros, así como cualquier otro acto para el que estén facultados los propietarios por la citada ley de montes. La junta gestora podrá acordar el reparto de beneficios generados entre los dueños, en proporción a sus cuotas, con exclusión de los correspondientes a los dueños desconocidos, que deberán invertirse en la mejora del monte.

b) La promoción de los expedientes de investigación de la titularidad de las cuotas de dueños desconocidos, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 45 y siguientes de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas y demás normativa aplicable. La junta gestora tratará de identificar a los titulares de las cuotas de dueños desconocidos, mediante cualesquiera pruebas documentales o de otra clase admitidas en derecho; en particular, mediante los datos obrantes en el Registro de la Propiedad, en el Catastro, en escrituras públicas, en testimonios y actas notariales o en partidas de nacimiento o de bautismo de los últimos titulares conocidos y de sus descendientes, sin perjuicio de las competencias de la Dirección General del Patrimonio del Estado.

Para la válida adopción de acuerdos se requerirá el voto favorable de la mayoría de las cuotas de los propietarios conocidos, presentes o representados.

La junta gestora se disolverá una vez que todos los propietarios estén identificados conforme a derecho, momento a partir del cual quedará sometido a las citadas reglas de la comunidad de bienes en régimen de proindiviso, no procediendo la acción de división del monte hasta que no se haya procedido a la identificación de los titulares de la totalidad de las cuotas.

En mi opinión, lo más interesante de esta regulación de los “montes de socios” es que, como ya dije, la junta gestora, por decisión de la mayoría de las cuotas de los propietarios conocidos, podrá acordar el reparto de beneficios generados entre los dueños, en proporción a su participación, con exclusión de los correspondientes a las partes de dueño desconocido, que deberán invertirse en la mejora del monte, y todo ello con la ventaja añadida de que durante el tiempo en que el monte tenga propietarios desconocidos nadie podrá ejercitar judicialmente la acción para la división del monte.

Esta previsión legal permitirá que los montes proindiviso hasta ahora “abandonados” por falta de las mayorías necesaria puedan entrar “en funcionamiento” y sus dueños conocidos proceder a la gestión y el disfrute del monte y de todos sus productos así como a la enajenación de toda clase de aprovechamientos forestales, agrícolas, ganaderos, energéticos y mineros, así como cualquier otro acto para el que estén facultados dichos propietarios por la citada ley de montes, y además, insisto, acordar el reparto de beneficios generados entre los dueños conocidos, en proporción a sus cuotas, con exclusión de los correspondientes a las partes de dueños desconocidos, que deberán invertirse en la mejora del monte.

Resumiendo: los propietarios conocidos, siempre por mayoría, pueden adoptar acuerdos para que el monte sea económicamente rentable y repartirse entre sí sus beneficios, con la única excepción de los correspondientes a los propietarios desconocidos que no podrán repartirse pero si invertirse en la mejor del monte.

En mi opinión, ya no hay disculpa para que los montes proindiviso o por cuotas estén “abandonados” y esto, con la que se nos viene encima, me parece muy pero que muy interesante para el futuro del Concejo de Cangas del Narcea, donde la inmensa mayoría de sus montes son precisamente de este tipo y en muchos de ellos hay propietarios desconocidos, es decir, que podrían pasar perfectamente a ser “montes de socios” para ponerlos en valor.

Y por ello creo que el Ayuntamiento debería de implicarse en esto, porque hasta la fecha, al igual que sucede con las concentraciones parcelarias, no ha hecho absolutamente nada al respecto, y esta pasividad, con la que se avecina, me parece lamentable.

¡¡¡Ay de mi güey!!!


[1] Ley 43/2003 – BOE 22/11/2003

[2] Ley 21/2015 – BOE 21/07/2015

[3] Artículos 392 y siguientes del Código Civil.

La cachorra

Doña Adriana Lastra Fernández (Ribadesella, 1979), actualmente número dos del PSOE y portavoz del grupo parlamentario socialista en el Congreso de los Diputados, es un ejemplo a seguir para la mayor parte de los padres que militan en dicho partido y que sueñan con que sus hijos tengan la meteórica carrera política que la misma ha tenido hasta la actualidad.

Porque el gran mérito de esta señora es que ha llegado a la vicesecretaria general del partido político más importante de España sin que nunca haya pegado un palo al agua fuera del mismo. Su hoja de vida laboral está completamente en blanco, salvo sus períodos como parlamentaria, y su expediente académico revela que no tiene ningún título universitario.

Es más, cuando en una entrevista alguien se atrevió a preguntarle sobre su trayectoria profesional extrapolítica, no dudó un momento en increpar al periodista diciéndole que eso formaba parte de su vida privada. Sin comentarios.

La Sra. Lastra Fernández comenzó su andadura política a los dieciocho años, cuando se afilio a las Juventudes Socialistas, de las que en poco tiempo llegó a ser su secretaria general.

En el año 2004 fue nombrada Secretaria de Movimientos Sociales de la FSA-PSOE, desempeñando entre los años 2008 y 2012 el puesto de Secretaria de Política Municipal de dicha Federación.

Entre los años 2007 y 2015 fue diputada del grupo parlamentario socialista en la Junta General del Principado de Asturias al haber resultado elegida como tal en los comicios de los años 2007, 2011 y 2012.

En las elecciones generales del año 2015 encabezó la lista asturiana al Congreso de los Diputados, resultando elegida parlamentaria del grupo socialista, siendo reelegida en las elecciones generales del año 2016 y en las dos convocatorias electorales del año 2019.

Durante los años 2014 y 2016 fue Secretaria de Política Municipal de la Ejecutiva Federal del PSOE.

Desde que en el año 2016 estallara la crisis interna del partido, que dividió a sus militantes entre los partidarios de Doña Susana Díaz Pacheco y los de Don Pedro Sánchez Pérez-Castejón, la Sra. Lastra Fernández fue uno de los apoyos mas determinantes de este último, que tuvo que dimitir de la secretaría general para concurrir posteriormente a unas primarias para recuperar el liderazgo del PSOE, resultando elegido en éstas con más del 50% de los votos.

Mas tarde se celebraría un congreso federal en el que Doña Adriana Lastra Fernández sería nombrada vicesecretaria general del partido, cargo en el que permanece.

En 2018, tras la elección de Don Pedro Sánchez Pérez-Castejón como presidente del Gobierno, fue nombrada portavoz del grupo parlamentario socialista en el Congreso de los Diputados, puesto en el que también se mantiene.

Resumiendo: esta señora lleva toda su vida viviendo exclusivamente de la política, y no precisamente mal a la vista de los sueldos, dietas y complementos que en España perciben los parlamentarios autonómicos y estatales, y su falta de formación académica no le supone ningún inconveniente dada la legión de asistentes, asesores y gabineteros que en este país pululan alrededor de los cargos políticos.

Y según la declaración de bienes y rentas publicada en la página web del Congreso de los Diputados, referida al mes de noviembre del año 2019, Doña Adriana Lastra Fernández, a sus 41 años de edad, pagó por IRPF en el ejercicio 2018 la suma de 20.762,82 euros (lo que da idea de sus emolumentos), es dueña de una vivienda, una plaza de garaje y un trastero sitos en Asturias y adquiridos en el año 2009 así como de un inmueble rústico ubicado en la misma comunidad autónoma y adquirido en el año 2012 y de unos depósitos bancarios que arrojan un saldo de 175.072,46 euros (que se dice pronto), es titular de un microcrédito al PSOE por importe de 10.000,00 euros y tiene un préstamo hipotecario concedido por Liberbank en el año 2009 por importe de 100.000,00 euros de los que están pendientes de devolver 6.353,15 euros.

Así que ya saben los adolescentes españoles: no hay que estudiar ni trabajar sino meterse en política… y saber “navegar”.

¡¡¡Ay de mi güey!!!

Las ratas-topo

Los medios de comunicación regionales dan cuenta estos días de los estragos que una plaga de ratas-topo está ocasionando en los pastizales de la zona sureste del concejo de Cangas del Narcea, provocando una considerable disminución de la cosecha de hierba, con el consiguiente perjuicio para los ganaderos que se ven así privados de gran parte del alimento básico de sus animales.

La gravedad del asunto es tal que desde el Ayuntamiento se piensa solicitar al Gobierno del Principado que declare de manera oficial la plaga con el objetivo de que se pueda aplicar el programa nacional de control.

El ingenuo lector pensará que las ratas-topo irrumpieron sorpresivamente hace unos días en la zona, como sucedió en enero con la COVID-19, pero desgraciadamente no es así.

El día 8 de enero de 2020 la emisora local de la cadena de radio Onda Cero daba cuenta en su página de la red social Facebook de que, el día 26 de diciembre anterior, la teniente-alcalde y el entonces concejal de agricultura del Ayuntamiento de Cangas (el alcalde-abogado debía de estar disfrutando de las vacaciones navideñas) se habían reunido en Oviedo con el director general de Planificación, Infraestructuras Agrarias y Montes del Principado para trasladarle las quejas de muchos de los ganaderos y agricultores que estaban sufriendo los daños que las ratas-topo ocasionaban en sus tierras, respondiéndoles el alto cargo de la Administración autonómica que la Consejería de Desarrollo Rural, Agroganadería y Pesca (hoy Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial), de la que es titular nuestro paisano Don Alejandro Calvo Rodríguez, iba a trabajar para erradicar las ratas-topo, indemnizar los daños ocasionados y ayudar a la resiembra de pastizales afectados.

Sin embargo, transcurridos casi ocho meses desde entonces, no consta que se haya hecho nada al respecto y ante tal pasividad el pequeño roedor continúa campando a sus anchas.

Por ello en el Ayuntamiento se abrió ayer una oficina para que los ganaderos y agricultores afectados por las ratas-topo señalen las fincas perjudicadas con el fin de confeccionar un mapa para que el Principado pueda tomar medidas al respecto.

Es de esperar que esta oficina municipal de atención a las víctimas de las ratas-topo tenga mas éxito que la que en el verano del año 2018 también se abrió en el Ayuntamiento para los perjudicados por el bombazo pirotécnico y que, como todos sabemos, no sirvió absolutamente para nada.

¡¡¡Ay de mi güey!!!

Concentraciones parcelarias y postureo político

Para mí las concentraciones parcelarias son, sin ninguna duda, la base del futuro de los pueblos del concejo de Cangas del Narcea.

Una concentración parcelaria, como su propio nombre indica, tiene como finalidad la constitución y mantenimiento de explotaciones de estructura y dimensiones adecuadas, que permitan su mejor aprovechamiento en atención a su destino agrícola, ganadero o forestal, cualquiera que sea la titularidad de su dominio, posesión o disfrute. Mas claramente: dentro del perímetro de la concentración parcelaria de que se trate, los diferentes propietarios del terreno aportan sus fincas, que son valoradas y clasificadas por los técnicos redactores del proyecto, quienes proponen luego devolverles sus derechos mediante las denominadas “fincas de reemplazo”, que son las nuevas propiedades resultantes del proceso de concentración.

La pérdida de población que desde hace años asola al concejo obliga a estructurar el territorio y conseguir que las explotaciones agrarias puedan ser rentables y eficientes y para ello la mejor solución son las concentraciones parcelarias. Gracias a ellas se pueden dinamizar las zonas rurales, se eleva el nivel de vida, se solucionan muchos de los problemas de vecindad relativos a las lindes, se contribuye al equilibrio territorial y, en definitiva, permite que los propietarios puedan negociar con el terreno a la hora de vender, comprar o arrendar de un modo mucho más sencillo, pues la concentración conlleva también el otorgamiento de nuevas escrituras debidamente inscritas en el Registro de la Propiedad a nombre de los actuales dueños.

Dicho esto, no soporto, que le voy a hacer, el continuo postureo que sobre las concentraciones parcelarias de Cangas del Narcea practica constantemente el alcalde-abogado y algún miembro de su equipo de gobierno, arrogándose en las mismas un protagonismo del que carecen por completo. Porque, como recientemente hemos visto en los medios de comunicación, si se presentan las bases, allí están ellos; si se publica el proyecto, allí están ellos; si se entregan los títulos de propiedad, allí están ellos … foto va y foto viene. Y no solo esto, es que cuando el alcalde-abogado se refiere a una concentración parcelaria, habla en primera persona, como si el tuviera algo que ver en la misma. ¡¡¡Hay que tener cara!!!

Me niego a aceptar que los políticos locales quieran aprovecharse de lo que no deben porque, en definitiva, eso es engañar a los ciudadanos con el único y exclusivo fin de conseguir réditos electorales donde nada se hizo para obtenerlos.

Y la mejor prueba de que el Ayuntamiento de Cangas no tiene la más mínima implicación en las concentraciones parcelarias del concejo es que las mismas, como todas las demás de Asturias, se rigen por el criterio de la Administración del Principado, que es la única competente en la materia, por lo que si los Ayuntamientos no pintan nada en las concentraciones parcelarias, es evidente que sus regidores tampoco y, en consecuencia, el postureo no viene a cuento.

Me explico. En Asturias existen dos tipos de concentraciones parcelarias:

  • las de carácter privado, en las que la iniciativa es siempre de los particulares, con todo lo que ello comporta (contratación de técnicos, pago de los honorarios por la redacción del proyecto, etc., etc.), y en las que la Administración autonómica (y no los Ayuntamientos) se limita a autorizar el inicio del expediente, aprobar el proyecto que a tal efecto le presenten los interesados, declarar la utilidad pública de la concentración, subvencionarla y controlar su ejecución[1]; y
  • las de carácter público, en las que la iniciativa puede ser tanto de los particulares como de la Administración autonómica, pero siendo ésta (y no los Ayuntamientos) la responsable de su tramitación así como la que corre con todos los gastos de estudios, proyectos, ejecución, etc., etc.[2]

Pero, volviendo a la cuestión municipal, que es la que motiva esta entrada:

  • en las concentraciones parcelarias de carácter privado lo único que podría hacer un Ayuntamiento es subvencionar los proyectos, con el consiguiente ahorro para los propietarios que tienen que pagarlos de su bolsillo, pero en el caso del de Cangas del Narcea, hasta la fecha y en los más de veinte años transcurridos desde la entrada en vigor de la normativa que las regula, no consta que lo haya hecho nunca; y
  • en las concentraciones parcelarias de carácter público, si bien es cierto que en cada una de ellas existe la figura de la Comisión Local de Concentración Parcelaria, se trata de una institución compuesta por un total de ocho miembros, uno de los cuales es el alcalde, cuyo voto tiene exactamente el mismo valor que los del resto de sus miembros, dándose la circunstancia de que el alcalde no es ni el presidente ni el secretario de la comisión, por lo que su presencia en la misma es, por decirlo de alguna forma, meramente testimonial.

Por eso digo que todo esto del alcalde-abogado y las concentraciones parcelarias no es más que un puro postureo.

En definitiva, lo que debería de hacer el equipo de gobierno municipal, si es que quiere realmente apostar por el desarrollo del concejo y luchar contra su despoblación, es ponerse a patear los pueblos explicando las ventajas de las concentraciones parcelarias, ayudando a sus vecinos a promoverlas, en el caso de las privadas, o solicitando enérgicamente de la Administración autonómica que las ejecute cuanto antes, en el caso de las públicas.

Todo lo demás, insisto, es simple postureo y, en consecuencia, puro engaño.

¡¡¡Ay de mi güey!!!


[1] Decreto del Principado 80/1997 – BOPA 9/01/1998.

[2] Ley del Principado 4/1989 – BOPA 21/08/1989.

Adaptarse a la “nueva normalidad”

El presidente regional Don Adrián Barbón Rodríguez ha comparecido ante los medios de comunicación para manifestar que, tras la finalización del estado de alarma, las prioridades de su gobierno son ahora la reforma de la Administración autonómica y la cohesión territorial.

La reforma de la Administración la pretende efectuar “Adrián el de la muda” con una reorganización del ejecutivo asturiano mediante la creación de dos nuevas consejerías:

  • la de infraestructuras, medio ambiente y cambio climático, titulada por Don Juan Cofiño González, pasa a denominarse Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático; y
  • la de desarrollo rural, agroganadería y pesca, cuyo titular es nuestro paisano Don Alejandro Calvo Rodríguez, cambia ese nombre por el de Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial.

Pero si esta es toda la reforma de la Administración asturiana, apaga y vámonos.

Con la que está cayendo la Administración autonómica no puede tener 37.000 empleados y, como ya denuncié anteriormente en ésta bitácora (La “otra” Asturias y La Asturias “oficial”), más de 40 fundaciones, sociedades, empresas y consorcios públicos. Un maremágnum de chiringuitos hoy, más que nunca, insostenibles, pues nos cuestan en total a los asturianos, según los últimos presupuestos aprobados, la friolera de trescientos cincuenta millones trescientos ochenta y cuatro mil seiscientos noventa y ocho euros (350.384.698 €) al año[1]. ¡¡¡ Total nada !!!

El conglomerado de direcciones generales, servicios, institutos, consejos, comisiones, consorcios, etc., etc. que plagan la Administración regional no es que me parezca excesivo, es que me resulta completamente exagerado y desproporcionado, mírese como se quiera, y mucho más tratándose de Asturias, una comunidad autónoma uniprovincial, de apenas un millón de habitantes, que lleva años en franca regresión económica y sin visos de recuperarse.

Y sus presupuestos para el año 2020 alcanzan nada menos que los cuatro mil setecientos cincuenta y siete millones doscientos setenta y tres mil setecientos cuarenta y cinco euros (4.757.273.745 €)[2], que se dice pronto, pero la verdad es que no me extraña, viendo el dispendio que se trae la clase política.

La Administración regional tiene que ponerse “a dieta” para “adelgazar” porque el gasto que comporta es desde hace años inasumible y buena prueba de ello son los recortes en infraestructuras, enseñanza, sanidad, servicios sociales, etc., etc. que si bien no se reconocen oficialmente están ahí para ver.

Téngase en cuenta que, como señalé en aquellas entradas anteriores, Asturias es una comunidad autónoma que en el año 2019, es decir, antes de desatarse la crisis del COVID-19, ya tenía una tasa del 14% de desempleados, otro porcentaje similar en riesgo de pobreza y más de un 25% de su población superaba los 64 años.

Nuestro déficit público lleva siendo insostenible desde hace más de una década y la pandemia no ha hecho más que agravarla.

Y lo de la cohesión territorial es, como sucede también con la lucha contra el despoblamiento, el cuento de nunca acabar. Ahora se dice que el medio rural ha salido revalorizado de esta crisis y que es necesaria la mejora de las comunicaciones y la conexión con el centro de Asturias, pero esto llevo oyéndolo desde hace años y ahí está el estado de conservación de la carretera AS-15 Cornellana-Puerto de Cerredo para comprobar la cruda realidad.

Porque con el objetivo de lograr una adecuada articulación y coherencia territoriales, ya se aprobó el Reglamento (UE) n° 1303/2013, de los fondos de cohesión para el periodo de programación 2014-2020, que contempla de forma explícita la ordenación y promoción del desarrollo de cada espacio a partir de la formulación de unas estrategias territoriales, haciendo de la definición de estos planes estratégicos territoriales de carácter integral la pieza clave de la nueva política de cohesión. Detrás de ellos se encuentra el objetivo de la cohesión territorial a través de la cooperación territorial, el policentrismo y las asociaciones urbano-rurales (nuevas regiones urbanas). Y todo ello mediante el recurso a nuevas prácticas de gobernanza con que poder lograr consensos capaces de impulsar la sostenibilidad, la actividad, la equidad y un adecuado acceso y proximidad a los servicios y equipamientos.

Pura palabrería. Todo muy bonito, pero nada práctico; o al menos yo no veo que lo sea ante la absoluta falta de resultados tangibles.

¡¡¡ Ay de mi güey !!!


[1] Cincuenta y ocho mil doscientos noventa y nueve millones ciento ocho mil trescientos sesenta y una pesetas.

[2] Casi ochocientos mil millones de pesetas.

Borrachera de poder

En una entrada anterior, que denominé “¿Nuevo lenguaje?”, escribí que la clase política española está tan henchida de poder, y tan segura de sí misma, que hasta nos está imponiendo un nuevo vocabulario.

Pero me quedé corto; porque lo que realmente hay ahora mismo en éste país es una verdadera borrachera de poder por parte de nuestros gobernantes.

Según la prestigiosa Universidad de Cambridge, que no es lo mismo que la Camilo José Cela de la que parece ser que fue profesor nuestro amado presidente, España es el país que peor ha gestionado la crisis de la COVID-19. No lo digo yo, lo dicen los ingleses que ahora, conscientes del desaguisado español, han tomado medidas para tratar de impedir que los súbditos del Reino Unido de la Gran Bretaña vengan a visitarnos.

Tras la incertidumbre generada durante meses alrededor de las mascarillas y los test, hemos descubierto que aquellas no eran necesarias, porque no había existencias, y que éstos, aunque son sumamente eficaces, no se generalizan porque son muy caros. Así como suena.

Lo del cómputo de las víctimas de la pandemia ya lo traté en la entrada “Hasta con los muertos trapichean” y a ella me remito.

Nuestros gobernantes, tras habernos arrestado domiciliariamente durante semanas, han decidido seguir interfiriendo en nuestras vidas, aunque ello haga temblar las estructuras económicas y provoque la ruina de muchas familias.

Los políticos, que han descubierto estar encantados con el sometimiento y la sumisión de los ciudadanos, se han envalentonado y juegan con la prudencia del pueblo; y éste  contempla atónito este tejemaneje tan lamentable.

Ahora, Adrián “el de la muda” (el que se saltó dicho arresto para irse en su vehículo oficial desde su residencia en Oviedo hasta su casa particular en Pola de Laviana con el fin de proveerse de prendas de vestir), y supongo que sus sesudos e ignotos asesores, han decidido tomar cartas en el asunto y meter mano a la hostelería asturiana que, tras varios meses con los negocios clausurados, está como para bromas.

Tras arduas investigaciones, el presidente autonómico ha resuelto hoy dos medidas con una gran base científica: que los negocios de hostelería no pueden servir en la barra a partir de las 12 de la noche y que además deben de cerrar sus puertas a las 2 de la madrugada. Y esto, que para muchos establecimientos va a suponer echar el cerrojo definitivo, se me antoja como una nueva estupidez.

Y ojo, que “el de la muda” también amenaza con establecer registros de clientes de dichos negocios para así facilitar el trabajo de los “rastreadores”, nueva profesión surgida a raíz de la crisis sanitaria y que de momento no sabemos quienes la ejercen aunque me pongo en lo peor.

Pedro Sánchez se ha erigido en salvador de la patria; Adrián “el de la muda” le sigue atento en sus instrucciones, que incluso interpreta en versión corregida y aumentada; y nuestro alcalde-abogado, para no perder comba política, ejecuta sumisamente las decisiones de ambos, ordenando a la Policía Local que actúe de forma implacable contra los pacíficos ciudadanos cangueses (desalojo de terrazas, cierre de bares, etc.), provocando unos rifirrafes policiales que jamás habíamos visto por estos pagos.

Esto de la pandemia ya no es un problema epidemiológico sino más bien político o, mejor dicho, de disciplina de partido.

¡¡¡Ay de mi güey!!!

Lo que cuesta la mangantería

La prensa regional informaba la semana pasada de que los trabajadores asturianos dedican más de la mitad de su sueldo anual al pago de impuestos y seguros sociales. Si, el lector ha leído bien, cada año el jornal de 180 días se lo queda la Administración.

Sobre un salario anual de 25.000 euros resulta que, del total de las jornadas que un trabajador dedican al pago de dichas contingencias, algo más de un centenar de días lo hace para abonar las cotizaciones sociales, mientras que el IRPF y el IVA requieren trabajar de media 34 y 25 días, respectivamente, los impuestos especiales 11 días y otros de carácter estatal, autonómico o municipal, como el Sucesiones o el IBI, 5 días, lo que deja libre a los trabajadores de la región algo más de medio año de sueldo.

Y yo me pregunto: ¿la Administración, que es la que recauda todo este dineral, les “devuelve” a los trabajadores tanto como para que éstos le “entreguen” al año mas de la mitad de su sueldo o será que hay que mantener a mucho mangante?.

¡¡¡ Ay de mi güey !!!

Contratos municipales “a la medida”

Cuando las Administraciones Públicas necesitan suscribir un contrato deben de someterse a una normativa específica, que está redactada siguiendo las directrices de la Unión Europea y que tiene dos claros objetivos: lograr una mayor transparencia en la contratación pública y conseguir una mejor relación calidad-precio.

Con el fin de evitar corruptelas de todos conocidas, la regulación legal sobre contratación pública exige el riguroso cumplimiento de una serio de requisitos y formalidades que comienzan con el acuerdo motivado de inicio del expediente por parte del órgano de contratación, el pliego de cláusulas administrativas particulares, el pliego de prescripciones técnicas, la aprobación del expediente y del gasto y la apertura del procedimiento de adjudicación, concretando el tipo de procedimiento a seguir, la licitación (concurso público o subasta), adjudicación, etc., etc.

Sin embargo todas esas exigencias no hay que observarla cuando se trata de los denominados “contratos menores” que, en el caso de tener por objeto un servicio (como los que habitualmente prestamos los abogados), pueden utilizarse cuando su precio total no supere los 15.000 euros.

En éstos “contratos menores” sólo se exige un mínimo expediente que debe de contener estos pocos elementos: 

  • informe del órgano de contratación motivando la necesidad del contrato;
  • la aprobación del gasto; y
  • la incorporación de la factura.

La Administración no publica las condiciones en las que quiere contratar, para que cualquier interesado presente su proposición y tenga lugar una licitación entre ellos de la que resulta un adjudicatario, que es el supuesto más normal, sino que en los “contratos menores” lo que hace la Administración es adjudicarlo directamente a tal o cual persona o empresa.

En una de las primeras entradas de esta bitácora (“Externalización de servicios públicos”) escribí que el Ayuntamiento de Cangas del Narcea tiene en su plantilla dos (2) abogadas, que son las encargadas de asistirlo en todos los procedimientos judiciales en que el mismo sea parte, pese a lo cual en algunos pleitos el alcalde-abogado “decide” contratar letrados externos, lo que obliga al Ayuntamiento a someterse a las prescripciones legales anteriormente referidas.

Escribía yo entonces que el alcalde-abogado, en su afán por complacer al partido político en el que milita, y en prueba de que el interés prioritario de sus decisiones no son ni Cangas ni los cangueses sino el suyo propio, cuando “decide” externalizar los servicios jurídicos suele acudir a letrados próximos al PSOE y además con bufetes radicados en Oviedo.

Dicho en otras palabras: el alcalde-abogado ha introducido en la contratación pública municipal un objetivo impensable legalmente: el de medrar políticamente en su partido aunque para ello tenga que dejar a un lado los intereses de Cangas y de los cangueses que, como el lector coincidirá conmigo, son los que desde su cargo tendrían que ser siempre preferentes.

Con tales antecedentes, los hechos que a continuación voy a narrar tienen la siguiente y sorprendente estructura argumental:

INTRODUCCION: Como consecuencia del bombazo pirotécnico del año 2018, y una vez descubierto el engaño de la “oficina de reclamaciones” abierta por el alcalde-abogado en las dependencias municipales a raíz del siniestro, muchos de los perjudicados se cansaron de esperar la respuesta del Ayuntamiento (que nunca se produjo) y decidieron iniciar sus reclamaciones contra el mismo a través de la vía judicial.

En el mes de diciembre del año 2019 llegaron al Ayuntamiento doce reclamaciones procedentes de los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo nº 1, 2, 3, 4 y 5 de Oviedo, lo que permitió al alcalde-abogado urdir la siguiente estrategia.

NUDO: Tras manifestar que la compañía de seguros del Ayuntamiento se negaba a prestarle asistencia jurídica, el día 5 de diciembre el alcalde-abogado requirió a las dos letradas municipales para que les expresaran su carga de trabajo (?), manifestándole ambas tan solo un par de horas más tarde que ellas tenían mucho trabajo y que no podrían hacer frente a esos doce pleitos.

Tengo que destacar que los días 6, 7, 8 y 9 fueron inhábiles: el 6 y el 9 por ser festivos, el 7 sábado y el 8 domingo.

El día 10, es decir, el primer día hábil siguiente, un despacho de abogados de Oviedo hizo una oferta por importe de 14.374,80 euros, sin que hasta ese momento se hubiese emitido todavía el preceptivo informe motivando la necesidad del contrato, como exige la normativa anteriormente referida, por lo que ignoro quien, como y cuando avisó a ese bufete para que remitiera su oferta para un contrato cuya necesidad era aún inexistente.

Mágicamente, el día 11, esto es, el segundo día hábil siguiente, es cuando el alcalde-abogado emite el informe motivando la necesidad del contrato, señalando que su valor estimado era de exactamente dichos 14.374,80 euros y proponiendo la contratación directa del bufete que el día antes había ofertado sus servicios por exactamente esa cantidad.

Ni que decir tiene que el contrato se suscribió con dicho despacho de abogados.

Como podrá ver el lector, se alteraron groseramente los términos de la normativa legal de contratación, pues no se informó motivadamente sobre la necesidad del contrato y su precio y luego se buscó al despacho de abogados a contratar, como sería lo lógico, sino que fue este quien hizo una oferta que luego permitió al alcalde-abogado redactar el informe motivando la necesidad del contrato por un valor exactamente igual al presupuestado por el bufete.

Y la celeridad municipal en la contratación es inaudita para cualquiera que conozca el funcionamiento habitual del Ayuntamiento de Cangas del Narcea, máxime teniendo en cuenta que el primer juicio no iba a celebrarse hasta el día 17 de enero.

DESENLACE: El bufete contratado por el alcalde-abogado es de Oviedo y casualmente el que lleva normalmente los asuntos de los dirigentes de la FSA-PSOE y quien ahora se encarga de la defensa de algunos de los integrantes de la cúpula de UGT-ASTURIAS que próximamente se sentarán en el banquillo de los acusados porque el Ministerio Fiscal les imputa el desvío de 1,4 millones de euros procedentes de cursos de formación.

Conclusión: los recursos económicos municipales no se invierten en Cangas del Narcea, sino que se van para Oviedo, porque el alcalde-abogado destina el dinero público a su propio autobombo político con quebrantamiento incluso de las normas legales sobre la contratación pública.

¡¡¡Ay de mi güey!!!

Ingreso Mínimo Vital

Hoy el BOE publica el Real Decreto-ley 20/2020, por el que se establece el ingreso mínimo vital (IMV), que constituye una “prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que vivan solas o integradas en una unidad de convivencia, cuando se encuentren en una situación de vulnerabilidad por carecer de recursos económicos suficientes para la cobertura de sus necesidades básicas.”

Se trata, según el Gobierno, del auxilio de último recurso que supone un paso sustancial en la consolidación de las ayudas sociales y que beneficiará a casi un millón de familias, que se dice pronto.

Hasta ahora este tipo de ayudas eran competencia autonómica, por lo que había hasta 17 distintas, tantas como comunidades, con las consiguientes diferencias entre unas y otras, consecuencia ésta de la “diversidad” a la que tan acostumbrados estamos en nuestro Estado de las autonomías, pues, por poner un ejemplo, las prestaciones mínimas van desde los 400 euros/mes de Madrid a los 650 euros/mes del País Vasco. Luego todavía hay quien dice que en España somos todos iguales.

Pero frente a los 300.000 que en total pagan actualmente las comunidades autónomas, el Estado pretende alcanzar los 850.000 salarios sociales, casi el triple, beneficiando así a 2,3 millones de almas, de las que el 30 % son menores y un 16 % hogares monoparentales (el 90 % con una mujer al frente).

La nueva prestación cubrirá a cuatro de cada cinco personas en situación de “pobreza severa”, esto es, aquellas cuya renta disponible media no llega a los 310 euros/mes.

Los números son importantes no solo en lo referente a volumen de beneficiarios potenciales (850.000) sino también en cuanto al coste de esta medida (3.000 millones de euros al año).

Por centrarme en Asturias, desde hace unos diez años aquí existe el Salario Social Básico (SSB), que modula las prestaciones por el número de miembros de la unidad económica de convivencia. Así, actualmente, las de una persona reciben 442,96 euros/mes, los dos 540,41 euros/mes, las de tres 611,28 euros/mes, las de cuatro 682,14 euros/mes, las de cinco 713,16 euros/mes, y las de seis o más 730,88 euros/mes.

Sin embargo, en el caso del IMV, las cuantías de la prestación oscilarán entre 462 euros/mes y 1.015 euros/mes. La cantidad base (los 462 euros) se incrementarán en 139 euros/mes por cada persona adicional -ya sea niño o adulto- que conviva en la unidad familiar. Además, para las familias monoparentales se añadirá un complemento de 100 euros/mes. 

Pero mientras que el SSB tiene unos tramos marcados por miembros de la unidad de convivencia, el IMV establece unas condiciones por las que se complementa la cantidad mínima estipulada. Para entendernos, y siguiendo las explicaciones dadas por el Gobierno, una persona que viva sola tiene garantizada una renta de 462 euros/mes. Si esa persona no tiene ningún ingreso recibirá esos 462 euros/mes a través del IMV, pero si tiene unos ingresos de 200 euros al mes, por ejemplo, recibiría una prestación mensual de solo 262 euros, es decir, la diferencia para alcanzar aquél mínimo.

Dicho en otras palabras: el IMV está pensado para complementar las rentas que reciba el hogar, incluyendo las salariales, hasta el umbral garantizado. Así, solo si la familia no tiene ningún ingreso el Estado le abonará la cuantía total. En caso contrario, cubrirá la diferencia.

Frente a las objeciones de que el IMV puede tener efectos indeseados, como desincentivar la búsqueda de empleo y cronificar la cultura del subsidio, el Gobierno sostiene que no, que el IMV supondrá un estímulo al empleo, ya que al beneficiario que mejore sus ingresos por encontrar trabajo o aumentar jornada en el que ya tiene no se le tendrá en cuenta el importe íntegro de ese incremento salarial a la hora de reducir su ayuda, al menos durante unos meses. Por ello, se pondrán en marcha incentivos a la contratación de los beneficiarios de este ingreso y se otorgará un “sello social” a las empresas que desarrollen medidas de inclusión para el colectivo, que pueden ir desde su contratación a formación o descuentos en las compras.

Novedad es también que el IMV será útil como herramienta contra la economía sumergida, ya que la desincentivará por el hecho de que los beneficiarios de la prestación tendrán que hacer la declaración de la renta, es decir, que pasarán a estar controlados por la Agencia Tributaria.

De otro lado, el IMV está destinado a personas menores de 65, salvo en el caso de una mujer víctima de violencia de género o víctima de trata de seres humanos. Las personas mayores de 65 años que cobraban el SSB seguirán percibiéndolo. La prestación asturiana se mantendrá para varios grupos que no cubre la estatal, principalmente personas mayores de 65 años que vivan solas, familias con pensionistas o ingresos provenientes de pensiones de alimentos, y aquellas que no lleven conviviendo 1 año.

Ambas prestaciones, el IMV y el SSB, son compatibles en los casos en que la cuantía garantizada por este no supere la de aquél, pero en los supuestos en los que la cuantía del IMV supere el límite de ingresos previstos para la unidad económica de convivencia del SSB habrá incompatibilidad.

En cuanto al perfil de los perceptores, el Gobierno estima que la mayoría de los hogares que accederán a la ayuda están formados por un adulto que vive solo. Serían casi 233.000 de los más de 831.700 que cumplen las condiciones, casi tres de cada diez. A estos habría que añadir otras 126.000 familias compuestas por dos adultos, otras 46.000 de tres y más de 19.000 en las que conviven cuatro o más personas mayores de edad. En total, en más de 424.000 hogares, más de la mitad del total de las que cobrarán el IMV, no viven niños.

Respecto a las familias monoparentales, un colectivo al que se le dará una protección especial (incrementando su renta garantizada en cien euros respecto a otras con el mismo número de miembros), el Gobierno espera llegar a más de 130.000 hogares donde un solo adulto está al cargo de uno o varios niños.

El gobierno regional ha calculado que en Asturias podrán beneficiarse del IMV alrededor de 15.700 unidades de convivencia, tres de cada cuatro de las que hasta ahora llegaba el SSB, que actualmente beneficia a unos 20.000 núcleos familiares. El cálculo es que tres de cada cuatro personas que hasta ahora se acogían al SSB pasarán a estar cubiertas por el IMV.

Esos 3.000 millones de euros que el Gobierno pretende gastarse anualmente en esta nueva prestación social es una cantidad muy importante, pero en éste caso no tengo ninguna duda de que el fin justifica los medios.

Sorprende que el mínimo vital de 462 euros/mes sea tan sumamente bajo en relación con los sueldazos públicos de los cargos políticos a que tantas veces he hecho referencia en ésta bitácora.

Como también me resulta asombroso que actualmente las comunidades autónomas estén pagando en total 300.000 salarios sociales y ahora se pretenda llegar a los 850.000, casi el triple como dije, lo que lleva a preguntarme que sucedía hasta ahora cono esos 550.000 beneficiarios de la diferencia.

No obstante, espero que no se produzcan disfunciones, como las de aquellas personas que, por múltiples razones, han cotizado tarde o mal a la Seguridad Social y que provoca que en algunas ocasiones perciban prestaciones inferiores a estos mínimos vitales.

La circunstancia de que el IMV se configure como una prestación no contributiva de la Seguridad Social, de carácter estatal por tanto, cuya competencia para su reconocimiento y control corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social, sin perjuicio de que las comunidades autónomas de régimen formal (País Vasco y Navarra) asuman las funciones de aquél, pone de relieve la escasa confianza en el Estado de las autonomías y el diferente trato que el Gobierno central dispensa a unas y otras.

Y por aquello de que de bien nacidos es ser agradecidos, también me pregunto si el IMV convertirá o no a sus beneficiarios en una masa clientelar de votos cautivos.

¡¡¡ Ay de mi güey !!!

Sistemas electorales

El régimen electoral que hoy todos conocemos no es el que siempre existió en España.

Entre los años 1846 y 1923, y a excepción de un corto período entre 1865 y 1870, la división electoral básica del país eran los pequeños distritos uninominales, de los que en Asturias había varios y no solo uno, como pasa ahora con las circunscripciones provinciales.

Otro día me referiré con más detenimiento a esos distritos uninominales, dado que en Cangas del Narcea existió uno, cuyo diputado electo nos representaba en el Parlamento estatal, sin intermediarios, sistema que yo creo que habría que volver a instaurar para que los habitantes de las zonas periféricas seamos, de una vez por todas, oídos en Madrid.

Aquí voy a limitarme al sistema electoral previo al actual, es decir, al de la Segunda República y, más concretamente, al que rigió en las elecciones de febrero de 1936 (las que llevaron al poder al denominado “Frente Popular”, coalición electoral que agrupaba al Partido Socialista Obrero Español (PSOE), Izquierda Republicana (IR), Unión Republicana (UR), Esquerra Republicana de Cataluña (ERC), Partido Comunista de España (PCE), Partido Obrero de Unificación Marxista (POUM), Partido Sindicalista (PS), etc.), por ser las últimas que se celebraron bajo dicho régimen, y sin entrar para nada en lo ocurrido desde entonces hasta hoy.

La República no tuvo tiempo de tener una ley propia, sino que se basó en la ley electoral de 1907, que formaba parte del denominado régimen político de la Restauración promovido por Don Antonio Maura y Montader (1853-1925), aunque bien es cierto que fue modificada en los meses de junio de 1931 y julio de 1933.

La ley electoral de 1907 establecía la edad para votar en 25 años, configuraba el voto como un deber y no permitía ejercerlo a las mujeres, pero la República redujo la edad electoral a los 23 años, disponía el voto como voluntario y, a partir del año 1933, gracias fundamentalmente al denodado impulso de Doña Clara Campoamor Rodríguez (1888-1972)[1], incorporó el sufragio femenino en los mismos términos que el de los varones.

La República solo contaba con una cámara legislativa, el Congreso de los Diputados, con un total de 473 escaños frente a los 350 de la actualidad.

La normativa, al igual que ahora, tomaba las provincias como referencia electoral y a cada una de ellas le asignaba un número de diputados según su población, a razón de 1 escaño por cada 30.000 habitantes, aunque a los restos sobre dicha cantidad se les otorgaba un escaño adicional, bien entendido que las capitales con más de 150.000 habitantes elegían sus propios diputados aparte de los que ya correspondían al resto de su provincia. Por excepción, las ciudades de Ceuta y Melilla eran circunscripciones uninominales con un diputado cada una.

Frente a los 7 diputados que actualmente tiene Asturias, en aquellas elecciones de 1936 se le asignaron 17 diputados, pero no había, como ahora sucede, listas cerradas y bloqueadas, sino que cada ciudadano podía escoger libremente los candidatos de su preferencia, con la limitación numérica a la que ahora me referiré y que, en el caso asturiano, permitía el voto de hasta 13 candidatos.

El reparto de los escaños entre las diferentes candidaturas se hacía entonces bajo un sistema mayoritario con voto limitado (voto restringido), en el que cada elector debía de seleccionar un número menor de candidatos que el de los escaños en juego en su circunscripción.

Los candidatos más votados eran los que resultaban proclamados hasta completar el número de diputados por cada circunscripción, pero cada uno de ellos tenía que obtener, como mínimo, el 20% de los votos emitidos y, al menos uno, superar el 40% de los mismos, de suerte que si este último requisito no se cumplía, tenía que celebrarse una segunda vuelta (todos los escaños), y si cumplido resultaba que alguno no sobrepasaba dicho 20%, entonces esos escaños tenían que dilucidarse también en segunda votación.

A la segunda vuelta solo podían concurrir los candidatos que en la primera hubieran superado el 8% de los votos emitidos y, si ninguno lo había logrado, entonces la participación en la segunda votación era libre.

Así las cosas, la aplicación del voto restringido implicaba que la candidatura vencedora, aunque lo fuera por un solo voto, se llevara entre el 67 y el 80% de los escaños. Era el denominado cupo de la mayoría. El resto de los escaños en liza, el llamado cupo de la minoría era para la segunda candidatura más votada. Todas las demás candidaturas, con independencia del número de votos obtenidos, se quedaban sin escaños.

En el caso de Asturias esos cupos de la mayoría y de la minoría estaban fijados en 13 y 4 escaños, respectivamente, y el resultado de aquella convocatoria electoral de febrero de 1936 fue de 13 diputados para la citada colación del “Frente Popular” (entre los que se encontraba el abogado tinetense Don José Maldonado González -1900-1985-, que llegaría a ser presidente de la República en el exilio) y 4 diputados para la CEDA y el Partido Republicano Liberal Demócrata.

En España el actual sistema electoral, regulado por la Ley Orgánica nº 5/1985, se basa en la llamada Ley D’Hondt, vigente también en otros países como Francia o Portugal, por ejemplo, sistema de cálculo proporcional que divide el número de votos emitidos para cada partido entre el número de diputados asignado a cada circunscripción (eso sí, para poder aspirar a obtener representación, hay que lograr un mínimo del 3% del total de los votos emitidos), lo que provoca que si un partido tiene repartidos sus votos en varias circunscripciones pueda obtener menos escaños que un partido con mucho apoyo en una sola (como tradicionalmente le ocurría, por ejemplo, a IU frente al PNV), de suerte que este reparto proporcional beneficia tanto a los grandes partidos políticos como a los partidos nacionalistas, aunque también es cierto que permite un acceso más sencillo a los escaños por parte los partidos más pequeños, lo que no sucede, sin embargo, en otros sistemas electorales como el directo (utilizado actualmente en Gran Bretaña, por ejemplo, y, antes de proclamarse la II República, también en España con los pequeños distritos uninominales a que al principio me referí), en los que la fuerza más votadas en cada circunscripción se lleva todos los escaños en liza.

Y ahora, que sea el lector quien compare entre uno y otro sistema electoral y saque sus propias conclusiones.


[1] Clara Campoamor no era socialista, ni mucho menos, pese al infame esfuerzo del PSOE por apropiarse de su figura durante los pasados años ochenta y noventa.

La Historia se repite

En diferentes entradas escribí aquí:

  • que los funcionarios son muy importantes en cualquier Administración, léase estatal, autonómica o local, porque, al haber accedido a sus puestos a través de un sistema basado en los conocidos principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, se presume el ejercicio de sus tareas de una manera imparcial e independiente, al margen por completo de las intenciones políticas de turno;
  • que, tras la transición democrática, el poder político decidió “asaltar” la Administración introduciendo poco a poco al empleado laboral hasta generalizarlo, arremetiendo insistentemente contra el funcionario con mecanismos tales como el reparto de importantes cantidades de dinero por productividad mediante criterios subjetivos o la ausencia de una auténtica evaluación del desempeños, por poner solo dos ejemplos, y recompensando al funcionario afecto al partido en el poder, premiándolo con excesiva protección cuando accede a la política (mochilas retributivas, reservas de puestos de trabajo sine die, etc., etc.); y
  • que paralelamente, con la llegada de la democracia, se generalizó la figura de los “eventuales” o enchufados, una especie de híbridos entre el funcionario propiamente dicho y el empleado laboral, dado que tanto su nombramiento como su cese son totalmente discrecionales, siendo éste personal el que está copando los puestos de libre designación hasta entonces reservados a los altos funcionarios.

Esta progresiva “desfuncionarización” de la Administración, en mi modesta opinión, no tuvo más finalidad que la de lograr una masa clientelar y de votos cautivos que hubiera sido prácticamente imposible de conseguir con los funcionarios propiamente dichos debido precisamente a sus presumidas imparcialidad e independencia.

Pero se me olvidó aclarar entonces que esto no fue siempre así, pues uno de los grandes problemas de la Administración decimonónica fue el de las denominadas “cesantías”, que consistían en que con cada cambio de Gobierno se producía el cese y recambio de todos los funcionarios públicos o, más gráficamente, acarreaba el “asalto” a la función pública por parte de los seguidores del partido político vencedor, hasta que se tomó la decisión de eliminarlas, lo que no fue fácil, pues a los partidos les costó desprenderse de este sistema de “botín” que les garantizaba que, durante los años que estuvieran en el poder, la Administración y otros poderes del Estado estarían a su entera disposición, tanto si los utilizaban para perseguir el bien común como si los dedicaban a satisfacer intereses de partido o personales.

De ahí que ahora sostenga que, habiendo transcurrido poco mas de un siglo desde la completa desaparición de las “cesantías”, lamentablemente la situación poco a poco va asimilándose a la existente entonces: el poder político quiere manipular a su antojo la función pública.

Y digo esto porque, actualmente, muchos altos cargos de la Administración son designados al margen por completo del funcionariado, y numerosos de los que no son altos cargos acceden a la función pública como eventuales o enchufados, cuya carrera administrativa está ligada a la buena fortuna del partido que hayan elegido.

Nos encontramos así ante una Administración excesivamente frágil ante el poder político y, por ello, no es casual que diversos informes y barómetros nos muestren repetidamente que la confianza de los ciudadanos españoles en su clase política haya decrecido ostensiblemente en los últimos años y sea una de las más bajas de entre los países occidentales. Bien parece que se ha cumplido la vieja profecía de que “cuando los que mandan pierden la vergüenza, los que obedecen pierden el respeto”.

A todo ello aún hay que añadir que los órganos constitucionales de control, como son el Poder Judicial o el Tribunal de Cuentas, por ejemplo, que en teoría son instituciones independientes del Gobierno del signo que sea y además esenciales (yo diría que imprescindibles) para el correcto funcionamiento de un Estado de Derecho, sin embargo están copadas por individuos procedentes de la arena política o, en otras palabras, por personal altamente ”contaminado”. Un control meramente formal y, por desgracia, absolutamente descontrolado.

En consecuencia, mi ingenua aspiración de que todos los puestos de la Administración sean servidos por empleados públicos, que hayan accedido a sus puestos cumpliendo con los repetidos principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, es una quimera que me acompañará de por vida. Un sueño irrealizable.

¡¡¡Ay de mi güey!!!