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De Cangas de Tineo a Cangas del Narcea

Barrio de Ambasaguas y El Cascarín

Cansados los cangueses de la confusión tan grande que le ocasionaba su apellido “de Tineo”, y en evitación de cualquier sospecha, por pequeña que fuere, respecto a lo que el mismo pudiera significar para alguien en cuanto a dependencia del concejo vecino, decidieron, en pleno del Ayuntamiento, en reunión celebrada el 2 de septiembre de 1925, “visto acuerdo tomado por la Comisión Permanente y relativo a que se cambie el nombre de Cangas de Tineo por el de Cangas del Narcea, atendiendo a la confusión que con las villas de Cangas y Tineo existe fuera de ellas, se acordó por todos los concejales, excepción hecha de don Víctor Menéndez, aceptar la propuesta de la Comisión Permanente y, en consecuencia, que se tramite el oportuno expediente para lograr el referido cambio de nombre”.

Es de suponer que seguidos los referidos trámites, éstos desembocan en la real orden número 1.381, de fecha 12 de noviembre de 1927, publicada en la página 918 de “La Gaceta de Madrid”, número 317, de fecha 13 de noviembre del mismo año de 1927, la cual, textualmente, dice: “Excelentísimo señor: Pasado a informe del Consejo de Estado el expediente relativo al cambio de nombre del Ayuntamiento de Cangas de Tineo por el de Cangas del Narcea. Por lo expuesto, la Comisión Permanente opina que procede autorizar al Ayuntamiento de Cangas de Tineo para que cambie su nombre por el de Cangas del Narcea. Y de acuerdo con lo informado por la Comisión Permanente del Consejo de Estado, Su Majestad el Rey (que Dios guarde), se ha servido resolver como la misma propone”.

Por lo que antecede Cangas ya tiene legalizado oficialmente su nuevo apellido “de Narcea”, y para el mayor realce de tan feliz acontecimiento (entre otras cosas), “en las Consistoriales de Cangas de Tineo, a doce de diciembre de 1927, bajo la presidencia del señor alcalde, don Antonio Arce Díaz y ante el secretario autorizante, se reunieron para celebrar sesión primera ordinaria del periodo cuatrimestral, previa convocatoria hecha al efecto, los señores concejales siguientes: don Porfirio Ordás, don Santiago de Castro, don José Villa, don Gonzalo Ortega, don Ángel Rodríguez, son Celestino Ferreiro, don César Meléndez, don Emilio Colubi, don Ibo Menéndez Solar, don Luis Arias, don Francisco Rodríguez Solar y los suplentes, don Antonio Rodríguez, don Antonio Fernández y don Francisco Suárez Doriga. Abierta la sesión, leyese y se aprobó el acta de la anterior. La presidencia dio cuenta de haberse publicado ya la resolución recaída en el expediente tramitado para cambiar el nombre de Cangas de Tineo por de Cangas del Narcea, y en su virtud propuso, visto que el cambio ya está autorizado por real orden, que se acuerde comenzar a usar el nuevo nombre desde el día 1 de enero próximo venidero, comunicándolo al público, con el fin de que resulte unanimidad en la aplicación de la reforma. Se acordó de conformidad con lo propuesto”.

Haciéndose eco de tan justificado júbilo, en su número 11 de diciembre de 1927, “La Maniega”, boletín de “El Tous pa Tous”, Sociedad Canguesa de Amantes del País, que es ajena a la política y que sus fines son tan sólo benéficos y culturales transcribe íntegra esta real orden por la gran importancia que tiene para todos los cangueses y por anhelo de conseguirla que había en Cangas. “De casi todos eran conocidas las confusiones que en Telégrafos, en Correos, en giros y facturaciones se sufrían por las coincidencias de aquellos nombres; era también molesto, los extraños a estos concejos, creyesen en una supeditación de Cangas de Tineo, cual si fuese esa villa la capital de este concejo, todo lo cual explica nuestra congratulación por el cambio de nombre. El Concejo que durante siglos fue llamado Cangas de la Sierra, y el que por el capricho de un poderoso señor pasó a llamarse Cangas de Tineo, toma ahora, y después de otros siglos el nombre que mejor le corresponde, el del famoso río que lo baña y el que acaso al simplificarse la toponimia hispana, sea él sólo a nombrarnos, llamándose simplemente Narcea la villa y el Concejo. Una aclaración debe hacerse al dejar Cangas el apellido tinetense, y es que este cambio no significa despego alguno hacia el Concejo vecino, con el que siempre sostuvimos y sostenemos muy cordiales relaciones. Si en adelante Cangas no ha de llamarse de Tineo, lo que deja de filial lo suplirá en fraternal, y muy hermanos seguirán siendo siempre uno de otro”.

El Mercao, palacio de los condes de Toreno

Después del desacato del Ayuntamiento de la villa en pleno a la real orden por la que se da nuevo apellido a la misma y con motivo del mismo se ha creado tal confusión entre las gentes, que aún hoy, muchos desconocen el nombre verdadero y legal del concejo y villa donde nacieron, viven e incluso murieron, y para que cada uno de los que leyeren la presente nota pueda sacar las conclusiones que mejor estime oportuno, a continuación exponemos algunos datos de interés y dignos de tener en cuenta:

1º.- Según acta del pleno del Ayuntamiento de Cangas de Tineo, de fecha 2/09/1925, se acuerda en atención a las confusiones con las villas de Cangas y Tineo, se tramite el oportuno expediente para cambiar el nombre por el de Cangas del Narcea.

2º.- Por real orden de fecha 12/11/1927, se autoriza al Ayuntamiento de Cangas de Tineo para que cambie su nombre por el de Cangas del Narcea.

3º.- Justamente un mes después de la publicación referida en el apartado anterior se comienza el acta de la sesión del pleno del Ayuntamiento figurando el nombre de la villa como Cangas de Tineo.

4º.- En la citada reunión, la presidencia de la misma, al dar cuenta de la publicación de la real orden pide “que se acuerde comenzar a usar el nuevo nombre desde el día 1 de enero próximo venidero”.

5º.- También en dicha reunión se acuerda la comunicación (en dichos términos: es decir, Cangas del Narcea, y no Cangas de Narcea, como indica la real orden), a todas las oficinas de la localidad y comunicándolo al público.

6º.- Del apartado anterior se desprende que “La Maniega”, en su publicación número 11 de diciembre de 1927, a la hora de transcribir la real orden, donde ésta dice Cangas de Narcea, ellos figuran Cangas del Narcea.

7º.- Cada pueblo es libre de elegir su propio destino, y por tanto el nombre de su patria chica, por lo que para siempre de los siglos habrá cangueses del Narcea y de Narcea en el corazón y en el sentir de los mismos, aunque no en el “Boletín Oficial del Estado”, donde por regla general se publican todas las leyes, órdenes y normas por las que debemos regirnos los españoles, nos guste o no, aunque en el supuesto de este último caso, lo que mejor procede es tratar de corregir estas normas y leyes que no nos gusten, pero siempre a través de los medios legales establecidos al efecto.

8º.- Por último, y para mejor discernir lo que deba prevalecer, es seguir las indicaciones de Mario Gómez en un artículo de hace algún tiempo, que titulaba “Algo sobre el cambio de nombre de nuestro concejo”, en el que en el apartado de notas, la número 4 dice literalmente: “De todos los cangueses es conocido el empeño de la Administración en suprimir la “l” que corresponde a Cangas del Narcea, a lo que se puede comprobar fácilmente a través del examen de documentos oficiales, planos, mapas, guías, etcétera. Nada mejor para legitimar la autenticidad del nombre de Cangas del Narcea, con “l” que esta real orden por la que se autoriza la sustitución del apellido de nuestro concejo

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