Veceras de agua
Los prados se regaban con una red de presas y sangraderas. La procedencia del agua era diversa. En unos casos se tomaba de un río, para lo cual era necesario construir una estacada con el fin de desviar el agua; los praos de ríu eran llanos y los más estimados. Otros praos, más pendientes, tomaban el agua de un regueiro o regueira; de un pozo que se suministraba de una fuente o un manantial, y por último, del agua de lluvia que corría por los caminos.
Durante el verano el agua escaseaba y con “la seca” llegaban los problemas entre los vecinos. Por este motivo, el aprovechamiento del agua se repartía en turnos o veceras entre los propietarios de los praos situados en un mismo lugar. Estos derechos se transmitían con el prau; de este modo en una venta del prado de La Campona, en términos del pueblo de Vil.laxer / Villager, realizada en 1867, el vendedor incluye “sus arboledas, servidumbres, entradas y salidas, y además le da doce horas de vecera de las aguas que le corresponden del arroyo de Fontanos, para regar dicho prado”.
El reparto de aguas era a menudo una imposición de las autoridades con el fin de evitar problemas y mantener la buena vecindad. El 23 de marzo de 1799 los vecinos del mencionado Vil.laxer / Villager, en la parroquia de San Xulianu d’Árbas, recibieron la siguiente notificación:
Habiéndome representado Inocencio Rodríguez Carballo, vecino de Villager, los graves perjuicios que experimentaba en las aguas de las praderas de dicho lugar, ordeno y mando a los vecinos de él, que dentro del tercero día hagan por si o por medio de peritos el comparto de dichas aguas a razón de tapín, y en la forma que previenen los despachos del buen gobierno, sin contravenir en manera alguna, bajo la pena de quatro ducados y más providencias que haya lugar. Dado en Cangas de Tineo, y marzo veinte y tres de noventa y nueve. Licenciado Manuel Flórez.
También mando a Joseph de la Fuente que en los Llanos de Vallín observe la alternativa que mandaron los peritos, pena de veinte ducados y apremio, y que el dicho Joseph ni otro algún vecino no sea osado a pasar las aguas de la Campona a los prados de Espinas. Cangas, dicho día.
Siguiendo estas ordenes, el reparto o vecera del agua se recogía en escrituras, que, sin embargo, no evitaban peleas y pleitos por este aprovechamiento.
En 1800 los vecinos de Villager y Miravalles repartieron el agua de la reguera de Fontanos y Fonsagrada por días. Para ello contaron con dos peritos o repartidores imparciales de los pueblos de Veigamioru y L.lamera, que hicieron el reparto del agua y de los sobrantes después de haber “tanteado” los prados. El resultado fue la escritura siguiente:
“Veceras de agua”
Memoria y arreglo del agua de la reguera de Fontanos y Fonsagrada repartida por Pedro Rodríguez de Vegamioro y Nicolás Cadenas de Llamera de la parroquia de Cibea, a veinticuatro de mayo de 1800.
Primeramente
Y el prado de Juaquín Rodríguez, de Miravalles, de Fontanos se le da el lunes de día y de noche y el martes de día.
Y el martes de noche y el miércoles de día y de noche se da a José de la Fuente para el Cuadrado y la Barrera.
Y el jueves de día y de noche y el viernes de día se da a Juan Bautista Pérez para el prado de Fontanos y la Fonsagrada y el Campón.
Y el viernes de noche y el sábado de día y de noche a Nozencio Rodríguez para el de la Campona.
Y el domingo por la mañana hasta el lunes por la mañana se da al Pablo para el prado de Rocabo y el Nabariego.
Y el lunes por la mañana hasta el martes por la mañana se da a Francisco Rodríguez, de Miravalles, se le dan los sobrantes de Juaquín Rodríguez también de Miravalles.
Los sobrantes del martes de día del Juaquín se dan a Nozencio Rodríguez un feredo [literal] y lo otro a Juan Bautista Pérez.
Como repartidores, que dijeron haberla repartido según su conocimiento, después de haber tanteado dichos prados, y para que conste lo firmamos dicho día arriba dicho.
Pedro Rodríguez Nicolás Cadenas de Llano
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