Responsabilidades civiles por el bombazo pirotécnico

En el día de ayer la Ilma. Sra. Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia de Cangas del Narcea ha dictado Sentencia en los 18 juicios de los que estaba conociendo dicho órgano judicial como consecuencia de las demandas interpuestas ante el mismo en reclamación de los daños y perjuicios derivados del desgraciado accidente pirotécnico de la noche del día 21 de julio de 2018.

A este tema ya le he dedicado dos entradas anteriormente (“El bombazo pirotécnico del año 2018” y “Las consecuencias del bombazo pirotécnico”) a cuya lectura me remito para evitar reiteraciones.

En las demandas que dieron lugar a estos pleitos se solicitaba la condena de:

  • la empresa “Pirotecnia Xaraiva” y su aseguradora “Mapfre”;
  • la Federación de Peñas de la pólvora y su aseguradora “Helvetia”;
  • las peñas “La Gandaya”, “La Tirada”, “El Palenque”, “La Candelina” y “El Espolín” y su aseguradora “Royal Sun Alliance”; y
  • la peña “Barriga Hubiera”.

Salvo la Federación de Peñas y su aseguradora, que compartieron el mismo abogado, el resto de los demandados contrató cada uno el suyo propio, de suerte que en estos juicios llegaron a intervenir un total de 7 abogados: 1 por la parte demandante y 6 por las partes demandadas. Esto, por sí solo, ya pone de relieve la complejidad del tema; porque sobre unos mismos hechos hubo muchas versiones diferentes y contradictorias.

Las sentencias, de nada menos que 25 páginas de extensión cada una, desmenuzan minuciosamente los hechos debatidos, su trascendencia jurídica, el grado de participación y responsabilidad de cada demandado, etc, etc.

Una verdadera artesanía judicial que pone de relieve no solo la gran formación de los jueces y magistrados españoles sino también su extraordinario rigor y profesionalidad; baste con decir que en uno de estos pleitos se reclamaban tan solo 186,39 euros.

Salvo una, el resto de las reclamaciones fueron por cantidad inferior a los 3.000,00 euros, lo que hace que de todas estas sentencias solo una de ellas sea susceptible de recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Oviedo, pues el resto ya son firmes y ejecutorias por disposición legal, al no superar los pleitos en las que recayeron la citada cuantía legal mínima para poder recurrir.

Todas las sentencias han decidido condenar a los citados demandados excepto a la “Peña Barriga Hubiera”, que ha resultado absuelta en todos los juicios y además imponiéndoles a quienes la demandaron el pago de las costas de dicha peña.

Comoquiera que yo he sido el abogado defensor de la “Peña Barriga Hubiera”, pues estoy feliz como una perdiz.

Y aunque, como ya dije, una de las sentencias sea susceptible de recurso, la “Peña Barriga Hubiera” no podría ser nunca condenada salvo que el recurso lo interpusiera la parte demandante, lo que es poco probable, pues en éste país a un demandado condenado no se le permite solicitar la condena de otro demandado absuelto.

Lo que nos cuestan los concejales

En una entrada anterior (“El mito municipal”) denuncié lo absurdo de tener en Cangas del Narcea un total de 17 concejales, alcalde incluido, porque ello supone un coste económico con muy poco sentido dada la ordenación interna de los Ayuntamientos y las notorias diferencias competenciales de sus tres órganos: alcalde, junta de gobierno y pleno.

El gasto por retribuciones, indemnizaciones y asistencias de los concejales es considerable, como ya dije entonces,

Dejando a un lado las indemnizaciones y asistencias, a las que volveremos en otra ocasión, las retribuciones, que son las que remuneran a los concejales con dedicación exclusiva o parcial, dan lugar al siguiente cuadro comparativo:

AÑO ALCALDE CONC. EXCLUS. CONC. PARC.
1999 33.931,66 26.252,24 13.126,12
2003 51.118,62 35.717,22 17.524,78
2007 30.751,84 15.375,92
2012 43.330,00 27.300,00 16.000,00
2015 36.500,00 36.500,00
2019 36.500,00 36.500,00

En el año 2007 no se contempló la existencia de concejales con dedicación exclusiva, salvo el alcalde, como en los años 2015 y 2019 tampoco se contempló que hubiera concejales con dedicación parcial, de ahí que las correspondientes casillas del cuadro anterior se hayan dejado en blanco.

Los sueldos fijados para el alcalde en los años 2015 y 2019 no lo son por dedicación exclusiva, como hasta entonces, sino por dedicación parcial: un 80% de la jornada. Manteniendo la misma proporción, si la dedicación fuera exclusiva su sueldo anual serían 45.625,00 euros.

Todas las cantidades citadas no incluyen las cotizaciones a la Seguridad Social, que superan el 40% de lo salarios, y que también las paga el Ayuntamiento.

Los números hablan por sí solos, y que cada uno saque sus propias conclusiones, pero lo que es evidente es que la crisis no ha afectado para nada a los beneficiarios de semejantes sueldos.

Los Fondos Mineros

El dinero que llovió en Asturias gracias al Plan del Carbón (4.484 millones de euros) fue una millonada, gestionada por los gobiernos central y autonómico, y los propios sindicatos mineros, que tendría que haber servido para la reindustrialización de las comarcas mineras y la sustitución del carbón por otras actividades productivas.

Sin embargo, nada de ello se produjo. Las inversiones se dedicaron a alimentar la corrupción con infraestructuras y servicios en gran parte perfectamente prescindibles y, lo que es peor, hoy económicamente insostenibles en su mayoría.

Ahora, en un demoledor informe del Tribunal de Cuentas, se concluye que las subvenciones asignadas al carbón para el periodo 2006/2017 se gestionaron de forma irregular, sin control interno y de forma ineficiente.

Este informe del Tribunal de Cuentas no deja lugar a dudas y refleja con una contundencia inusual el descontrol en las ayudas a la minería del carbón. En total, 1.786 millones de euros que se han movido de forma “ineficiente”, “irregular”, “discrecional” o, incluso, de forma opaca. En todos los casos, al margen de las mínimas normas de contabilidad pública. De esa cantidad, 1.105 millones de euros fueron destinados a infraestructuras y 681 millones a proyectos empresariales “sin que se elaboraran estudios, análisis o memorias que facilitasen información sobre el impacto de los fondos aplicados”.

El Tribunal de Cuentas se refiere al Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, que era el encargado de gestionar los fondos públicos pese a que carecía de medios técnicos y humanos suficientes para gestionar tantos cientos de millones de euros.

El Tribunal de Cuentas pone como ejemplo la inexistencia de exámenes de viabilidad de las actuaciones a financiar, pero es que tampoco se fiscalizó si en la selección de las transferencias se tuvieron en cuenta ayudas previas en la ejecución de la misma infraestructura. Es decir, sí se cobraba dos veces o más por el mismo proyecto. Igualmente, tampoco se concretó la documentación técnica a aportar en relación con cada proyecto.

Entre las múltiples deficiencias se destaca el excesivo grado de discrecionalidad en la política de subvenciones, lo que unido al hecho de que el instituto para la reestructuración de la minería renunciara a las labores de comprobación e inspección, alimentó ese descontrol.

Y entre las irregularidades se encuentra la existencia de obras subvencionadas que se ejecutaron sobre terrenos de los que el ayuntamiento beneficiario “no era propietario”, lo que incumplía uno de los requisitos para obtener la subvención. Y se pone como ejemplo un caso en el que se descubrió la adquisición, financiada con cargo a las subvenciones de infraestructuras, por un ayuntamiento de un inmueble a una institución sin fin de lucro ajena al sector público. Esta operación, según el Tribunal de Cuentas, supuso un triple incumplimiento de la contabilidad pública.

Por todo ello, el secretario general de Podemos en Asturias, Daniel Ripa, ha puesto el grito en el cielo y anunciado que exigirán responsabilidades políticas ante la Fiscalía. Y yo me pregunto: esto es un chiste?, porque no hace falta ser ningún jurista para percatarse de que los fiscales solo están para depurar responsabilidades penales. Al menos hasta ahora.

Esto, en un “librín” que tengo yo en el despacho, se denomina delito de malversación y está castigado con penas de prisión. Pero no pasa nada, absolutamente nada, porque para eso somos todos de “izquierdas” y, además, bien sabido es que entre bomberos no se pisan las mangueras.

Las consecuencias del bombazo pirotécnico

Hoy me he pasado toda la mañana en el Juzgado de Cangas del Narcea interviniendo como abogado en doce de los juicios que penden ante el mismo como consecuencia de los daños producidos por el bombazo pirotécnico del año 2018.

En una entrada anterior (“El bombazo pirotécnico del año 2018”) ya expliqué algo sobre este accidente y sus consecuencias.

Se trata de reclamaciones promovidas por la compañía aseguradora del Ayuntamiento, bien directamente (para resarcirse de las indemnizaciones satisfechas a sus asegurados) bien a nombre de alguno de sus asegurados (que como todavía no han percibido nada reclaman ante el Juzgado la correspondiente indemnización). El planteamiento, en mi modesta opinión, es absurdo. Estas reclamaciones tenían que haberse presentado en Oviedo, ante los juzgados de lo contencioso-administrativo, y no en Cangas, forzando la competencia de la jurisdicción civil, pero la compañía de seguros del Ayuntamiento procede de esta manera para no tener que demandar al mismo.

Van a cumplirse tres años desde entonces y aún estamos así pese a la flamante “Oficina de Reclamaciones” que el Alcalde, en su característica política de postureo, abrió en la sede consistorial nada más ocurrir el suceso.

En éstos pleitos están demandados la empresa pirotécnica, la Federación de Peñas, tres compañías de seguros y seis peñas de la pólvora. Total nada. El Ayuntamiento no lo está por las razones anteriormente expuestos; ni está ni podría estarlo nunca porque su responsabilidad no es civil sino administrativa y para ésta el Juzgado de Cangas carece de competencias.

Excepto una, el resto de las reclamaciones no supera los tres mil euros de cuantía, lo que quiere decir que las sentencias que recaigan en estos juicios no son susceptibles de recurso alguno, esto es, que, como dice el refranero popular, “a quien Dios se la dé, que San Pedro se la bendiga”, salvo la primeramente citada cuya Sentencia sí podrá ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Oviedo.

Es más, de estos doce juicios solo uno de ellos está por encima de los dos mil euros de cuantía, lo que significa que, salvo en ese, en todos los demás no es preceptiva la intervención ni de abogados ni de procuradores, pese a lo cual en todos ellos hemos intervenido nada menos que cuatro procuradores y siete abogados, peritos y testigos aparte (hoy estaban citados 6 números de la Guardia Civil), lo que hace que esas sesiones judiciales sean interminables, pues todos los abogados queremos hablar e interrogar, aunque la mayoría de los alegatos y preguntas sean repetitivos.

En lo que a mí respecta, el pasado día 10 de diciembre ya intervine en cuatro juicios, estando otros cuatro señalados para hoy y pendientes de celebrarse otros cuatro el día 14 de mayo y otros cuatro más el día 21 de mayo. Pero al final los abogados, con rara unanimidad, solicitamos que todos los juicios se celebraran hoy, lo que fue aceptado por Su Señoría, por lo que al final todos han quedado ya vistos para Sentencia.

En fin, las consecuencias de una mala gestión de este siniestro por parte de los regidores municipales, conscientes de la indiscutible responsabilidad que el Ayuntamiento tiene en el mismo como están diciendo los juzgados de lo contencioso-administrativo de Oviedo en todas las sentencias que ya han sido dictadas hasta ahora.

El problema es que todo esto va a ser interminable: porque quien resulte condenado en Cangas podrá repetir contra el Ayuntamiento ante los Juzgados de Oviedo y, al revés, quien resulte condenado en Oviedo (hasta la fecha el Ayuntamiento y su aseguradora) podrá repetir contra la pirotecnia, las peñas, etc., ante el Juzgado de Cangas. Parece un trabalenguas pero es lo que hay.

Ah, se me olvidaba. Según contaban hoy los abogados de las tres aseguradoras demandadas en estos pleitos, al parecer la compañía de seguros contratada por el Ayuntamiento se niega a asumir el siniestro alegando que el mismo no está cubierto por la póliza. Esto quiere decir que habrá litigios entre ambos: la compañía tratará de eximirse de indemnizar, cuando sea demandada, o de recuperar del Ayuntamiento lo pagado, cuando sea condenada a hacerlo.

¡¡¡Viva el postureo!!!

Distribución de los empleados municipales

Según publicó el BOPA del día 27 de noviembre de 2019, la plantilla del Ayuntamiento de Cangas del Narcea se compone de un total de 169 empleados, entre funcionarios (65) y laborales (104).

Y según se puede leer también en éste diario oficial la plantilla se distribuye en los siguientes puestos de trabajo:

  • 3 funcionarios con habilitación nacional, que son el secretario general, el interventor y el tesorero, y que se denominan así porque, a diferencia del resto de los empleados municipales, éstos tres puede desempeñar su trabajo en cualquier Ayuntamiento de España de su misma categoría.
  • 1 técnico de Administración general.
  • 1 técnico de gestión.
  • 12 administrativos.
  • 13 auxiliares administrativos.
  • 1 subalterno.
  • 5 conserjes.
  • 1 arquitecto superior.
  • 1 arquitecto técnico.
  • 1 ingeniero técnico de obras públicas.
  • 1 delineante.
  • 1 inspector de obras.
  • 1 inspector de la policía local.
  • 2 subinspectores de la policía local.
  • 12 agentes de la policía local.
  • 1 bibliotecario.
  • 2 técnicos electricistas.
  • 3 oficiales electricistas.
  • 1 oficial de mantenimiento.
  • 5 conductores.
  • 1 encargado del cementerio.
  • 17 operarios.
  • 1 coordinador de cultura.
  • 1 informador juvenil.
  • 1 coordinador deportivo.
  • 1 auxiliar deportivo.
  • 1 encargado de obras.
  • 1 oficial de primera.
  • 2 oficiales de infraestructuras.
  • 14 peones.
  • 3 trabajadores sociales.
  • 1 asesora de la mujer.
  • 1 educador social.
  • 1 técnico del plan de drogas.
  • 1 técnico rompiendo distancias.
  • 1 técnico de obras.
  • 2 técnicos de medio ambiente.
  • 1 técnico GIS.
  • 5 oficiales especialistas.
  • 1 coordinador cultural.
  • 1 técnico archivo
  • 1 técnico normalización lingüística
  • 9 técnicos educación infantil.
  • 1 cocinera.
  • 1 técnico de turismo.
  • 2 guías turismo.
  • 1 agente de igualdad
  • 5 oficiales
  • 1 monitor deportivo.
  • 1 técnico de empresas.
  • 1 técnico de empleo y desarrollo rural.
  • 2 técnicos informáticos.
  • 1 abogado
  • 1 técnico de personal.
  • 13 profesores de la escuela de música.

Total casi nada para Cangas.

Sociedad de Artesanos

Ayer asistí a la asamblea anual de la Sociedad de Artesanos de Nuestra Señora del Carmen, asociación privada que desde hace mas de cien años organiza “La Descarga”, ese espectáculo pirotécnico indescriptible en el que cuatrocientos tiradores a mano disparan al unísono sus voladores al cielo en recuerdo de sus seres queridos que ya no están entre nosotros, y que hace más de cincuenta años glosó magistralmente y para la eternidad el inolvidable Tino Chichapán: “La Descarga es el cumplimiento del mandato de nuestros muertos”.

Comoquiera que la reunión se celebró en el auditorio de la Casa de Cultura, y era sábado, sucedió lo que ya denuncié aquí en una entrada anterior (“La cultura constreñida”): que el acceso al auditorio hubo que hacerlo a través de las escaleras de emergencia. Todo un desprecio a esta centenaria sociedad que aglutina a cientos de cangueses. Así que lo primero que le pedí a la Junta Directiva es que planteara la correspondiente queja ante el Ayuntamiento para que esta humillante situación no vuelva a repetirse.

Para mi sorpresa, el Tesorero de la asociación nos dijo que la recaudación de cuotas de los socios (9 y 18 euros al año, según se sea menor o mayor de edad) no daba para sufragar cada edición de este espectáculo. Mal asunto. Porque la masa social no quiere que se suban las cuotas, lo que me hizo pensar que para algunos el “canguesismo” se mide en monedas.

Al final, en ruegos y preguntas, pedí la palabra para decir que me resultaba insólito que la Sociedad de Artesanos no tuviera su propia página web, máxime cuando desde hace años existen plataformas que permiten su creación de forma totalmente gratuita. No podemos presumir de ser una asociación con cerca de tres mil socios, repartidos por los cinco continentes, sin proporcionar a los mismos un acceso a toda la información de la entidad (estatutos, balance de cuentas, actas de las reuniones de la Junta Directiva y de las asambleas, convocatoria de éstas últimas, etc., etc.). Pero me temo que mi sugerencia quedará una vez más en el olvido, porque esto mismo ya lo solicité hace más de diez años en otra asamblea sin resultado alguno hasta la fecha. No acabo de entender esta reticencia a los actuales canales de información.

Saqué a colación el tema de los seguros, tan importantes dado el enorme riesgo que genera “La Descarga”, tanto en sus protagonistas como en sus espectadores y en los bienes ajenos. Hace unos pocos años cayó en mis manos una de las pólizas contratadas al efecto y quedé estupefacto al comprobar que dentro del farragoso texto de su condicionado se escondía una cláusula que excluía, nada mas y nada menos, los siniestros derivados de la manipulación de explosivos. P’habernos matao. Dije que no me parecía bien que las pólizas nos las trajesen los corredores de seguros estandarizadas sino que tenía que ser la propia Sociedad de Artesanos la que decidiera los elementos principales del contrato de seguro (interés, riesgo, capitales, etc., etc.) y a partir de ahí solicitar propuestas a las diferentes compañías que aseguran este tipo de riesgos y añadí que, dado que a la Sociedad debemos de pertenecer decenas de abogados, la decisión final se adoptara previo informe de un comité de éstos. El tema es muy serio como para dejarlo solo en manos de las compañías. Las pólizas de seguros son todas estupendas hasta que se produce el siniestro. El ejemplo está bien próximo en el tiempo.

Y por último lancé una propuesta que fue recibida por alguno de los presentes con cierta jocosidad. Siendo evidente que este concejo se está hundiendo cada día más rápidamente, y visto que a nuestros representantes en el Ayuntamiento esta catástrofe les trae absolutamente al pairo, creo que la Sociedad de Artesanos, que dado su elevado número de socios puede constituir todo un grupo de presión en defensa de los intereses locales, debería de concurrir a las próximas elecciones municipales. No se trata de hacer política sino de defender a Cangas y a los cangueses.

Como era de esperar, salió a colación el tan manido tema de la presencia de las mujeres en Artesanos, lo que me hizo volver a intervenir para aclarar lo que ya dictaminé por escrito para la Junta Directiva de la Sociedad cuando en el año 2006 surgió esta absurda polémica que actualmente es más teórica que práctica pues todos hemos visto que muchas mujeres ya participan como tiradoras en “La Descarga”. En mi modesta opinión una cosa es que las mujeres sean socias de Artesanos (que no lo pueden ser porque sus estatutos, que son fruto de la potestad de autoorganización legalmente reconocida, no lo permiten) y otra que puedan intervenir en “La Descarga” (teniendo en cuenta que la Sociedad de Artesanos tiene una “hermana” que se llama Sociedad de Bienhechoras de Nuestra Señora del Carmen una buena solución sería que sus socias pudieran participar también en el espectáculo) pero creo que mi razonamiento no convenció.

Así fue y así lo cuento para evitar equívocos.

Parque eólico (I)

Estos días los medios de comunicación regionales están dando cuenta de un pronunciamiento judicial en virtud del cual una tercera parte del “Parque Eólico de la Sierra de los Lagos – Allande” se asienta sobre terrenos propiedad particular cuyos dueños, sin embargo, fueron preteridos en todo lo relacionado con dicha instalación.

Traigo hoy aquí esta noticia por tres razones:

  • porque los parques eólicos van a ser un de las alternativas de futuro de la zona, lo que enlaza directamente con el contenido de esta bitácora;
  • por puntualizar aspectos que los medios de comunicación han omitido; y
  • por la vanidad que todos tenemos dentro, pues este asunto lo hemos llevado desde mi despacho durante casi 20 años, que se dice pronto, mi colega Olga Rodríguez y yo, y, lógicamente, estamos orgullosísimos del resultado obtenido.

A finales del año 2000 varios vecinos del concejo de Allande acudieron a mi despacho ante el rumor de que en la “Sierra de Los Lagos” se iba a construir un gran parque eólico y que dicha instalación podía a afectar a terrenos de su propiedad integrantes de la finca llamada “Braña de Soutiel”, que se encuentra aguas vertientes de dicho cordal y, más exactamente, a su viento oeste. Ante ello lo primero que hicimos fue dirigirnos por escrito tanto al Ayuntamiento de Allande como a la propia empresa instaladora, poniendo en su conocimiento que en la zona existía dicha finca privada y que, en consecuencia, para proceder a su invasión era necesario el consentimiento expreso de estos señores.

Esta gestión extrajudicial no obtuvo respuesta alguna por parte de sus destinatarios, de suerte que las obras comenzaron a ejecutarse como si nada, como si estos señores no existieran, lo que nos llevó a interponer el día 8 de octubre de 2003 las correspondientes reclamaciones previas a la vía judicial civil ante el referido Ayuntamiento y ante el Principado de Asturias, reclamaciones éstas que tampoco fueron contestadas.

El conflicto se suscitó porque dichas Administraciones entendían que el terreno en el que luego se ubicó el parque eólico forma parte del Monte de Utilidad Pública nº 317 del Catálogo, denominado “Sierras Vidajerón, Fonterroxa e Iboyo” y declarado como tal en el año 1901, en tanto que estos vecinos consideraban que pertenece a la “Braña de Soutiel”, inscrita como finca privada nada menos que en el año 1871 en el Registro de la Propiedad de Tineo a nombre de 32 personas que, lógicamente, hacía muchos años que habían fallecido.

Estos señores que vinieron al despacho eran los descendientes de 20 de dichos 32 propietarios, con tres o cuatro generaciones de por medio, lo que nos obligó a actualizar sus títulos de propiedad tratando de demostrar no solo su titularidad actual sino que la misma traía causa de los titulares inscritos, trabajo arduo y complejo que nos llevó varios años dado que cada uno de ellos tenía su propia historia, siendo pues muy abundante y variada la documentación que tuvimos que manejar.

Una vez dotados éstos señores de la pertinente documentación, comoquiera que la misma no podía inscribirse directamente en el Registro de la Propiedad, porque la legislación española exige que las inscripciones registrales sean sucesivas, sin saltarse a propietarios intermedios, promovimos en su nombre un Expediente de Dominio ante el Juzgado de Primera Instancia de Tineo, para que fuera el Juez quien ordenara la inscripción registral. Pero en dicho expediente compareció el Principado de Asturias oponiéndose a nuestra pretensiones, por lo que al final las mismas fueron rechazadas por el órgano judicial. Primer revés. Pero recurrimos dicha decisión y en el año 2010 la Audiencia Provincial de Oviedo (Sección 1ª) nos dio la razón y ordenó la tan ansiada inscripción registral.

En todo este tiempo, y para que las acciones no prescribieran, cada cuatro años volvíamos a formular reclamaciones previas a la vía judicial civil ante el Ayuntamiento y el Principado que, ni que decir tiene, nunca fueron contestadas.

Así las cosas, con el parque eólico funcionando a pleno rendimiento y tras contratar los servicios de un técnico que, previo reconocimiento de la zona, estudio de la documentación registral y notarial, catastro, etc, etc., emitió un dictamen expresivo del número de aerogeneradores que se ubicaban dentro de los terrenos de la “Braña de Soutiel”, promovimos contra el Ayuntamiento de Allande y el Principado de Asturias un Juicio Ordinario del que conoció el Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Oviedo (el Principado, al igual que el Estado, tiene el privilegio de que hay que demandarlo en Oviedo para que sus letrados no tengan que andar de excursión por los distintos juzgados asturianos) quien, en una primera decisión, consideró que no era competente para conocer de todas nuestras pretensiones por entender que muchas de ellas tenían que formularse ante los juzgados de lo contencioso-administrativo. Segundo revés. Pero recurrimos dicha decisión y en el año 2018 la Audiencia Provincial de Oviedo (Sección 6ª) nos dio la razón y ordenó que el pleito continuara su sustanciación ante el mencionado Juzgado ovetense, quien en el año 2019 dictó Sentencia declarando que el suelo donde se asientan 19 aerogeneradores de los 59 que integran en total el denominado “Parque Eólico de la Sierra de los Lagos- Allande”, pertenece a estos 20 vecinos, con derecho a percibir el canon devengado por dicha ocupación desde el día 8 de octubre de 2003 hasta la actualidad, con sus correspondientes intereses legales desde entonces, y el canon que se devengue en lo sucesivo. Esta Sentencia fue recurrida por el Ayuntamiento de Allande y ahora la Audiencia Provincial de Oviedo (Sección 5ª) acaba de dictar Sentencia desestimando el recurso y confirmando en todos sus términos la del Juzgado.

La tenacidad y pundonor de estos vecinos es digna de encomio, porque han tenido que sortear demasiados obstáculos, y esta Sentencia, que tras casi veinte años de lucha ha venido a colmar sus aspiraciones, viene a representar hoy la leyenda bíblica de David contra Goliath, y esto es muy reconfortante no solo para ellos sino también para sus abogados.

Era de Justicia.

Evolución de la plantilla municipal

A través de algunas actas del Pleno que casualmente encontré, y fundamentalmente de la página web del Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA), cuyo buscador funciona fatal yo creo que a propósito, para que los ciudadanos no nos enteremos de nada, he podido localizar los presupuestos del Ayuntamiento de Cangas del Narcea correspondientes a la mayoría de los últimos ejercicios (solo faltan los de los años 2009, 2011, 2017 y 2018), lo que me permite efectuar un cuadro comparativo.

He comenzado en el año 2003, que fue el año en el que Cuervo resultó proclamado Alcalde por última vez. Luego ya sabemos todos los que pasó.

AÑO PRESUPUESTO
2003 10.640.860,00
2004 10.189.000,00
2005 11.220.000,00
2006 13.385.000,00
2007 11.300.090,00
2008 16.524,112,26
2009
2010 10.248.516,00
2011
2012 9.929.175,00
2013 10.508.000,00
2014 11.264.485,00
2015 11.597.000,00
2016 11.150.000,00
2017
2018
2019 13.086.745,35

El cuadro permite comprobar que el presupuesto más alto fue el del ejercicio 2008, por importe de nada menos que 16.524.112,26 euros, y el más bajo el del ejercicio 2012, por importe de 9.929.175,00 euros.

También podemos apreciar que el presupuesto del ejercicio 2019, por importe de 13.086.745,35 euros, con ser de los más altos, más de diez años después sigue siendo inferior al del citado ejercicio 2008 y también al del ejercicio 2006, por importe de 13.385.000,00 euros.

Se puede ver perfectamente la época de las “vacas gordas”, de las grandes transferencias de dinero por parte del Estado y el Principado de Asturias, de los famosos “fondos mineros”, de cuyo nombre no quiero acordarme porque ahora, a toro pasado y visto lo visto, me provoca taquicardias …

En fin, un cúmulo de datos objetivos sobre los que hoy no me ha dado tiempo a profundizar pero que explican muchas cosas, como más adelante trataré de poner de relieve.

Y yo me pregunto, inocentemente, ¿en qué se gastarían tantos cuartos?.

Los ingresos municipales

A través de algunas actas del Pleno que casualmente encontré, y fundamentalmente de la página web del Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA), cuyo buscador funciona fatal yo creo que a propósito, para que los ciudadanos no nos enteremos de nada, he podido localizar los presupuestos del Ayuntamiento de Cangas del Narcea correspondientes a la mayoría de los últimos ejercicios (solo faltan los de los años 2009, 2011, 2017 y 2018), lo que me permite efectuar un cuadro comparativo.

He comenzado en el año 2003, que fue el año en el que Cuervo resultó proclamado Alcalde por último vez. Luego ya sabemos todos los que pasó.

AÑO PRESUPUESTO
2003 10.640.860,00
2004 10.189.000,00
2005 11.220.000,00
2006 13.385.000,00
2007 11.300.090,00
2008 16.524,112,26
2009
2010 10.248.516,00
2011
2012 9.929.175,00
2013 10.508.000,00
2014 11.264.485,00
2015 11.597.000,00
2016 11.150.000,00
2017
2018
2019 13.086.745,35

El cuadro permite comprobar que el presupuesto más alto fue el del ejercicio 2008, por importe de nada menos que 16.524.112,26 euros, y el más bajo el del ejercicio 2012, por importe de 9.929.175,00 euros.

También podemos apreciar que el presupuesto del ejercicio 2019, por importe de 13.086.745,35 euros, con ser de los más altos, más de diez años después sigue siendo inferior al del citado ejercicio 2008 y también al del ejercicio 2006, por importe de 13.385.000,00 euros.

Se puede ver perfectamente la época de las “vacas gordas”, de las grandes transferencias de dinero por parte del Estado y el Principado de Asturias, de los famosos “fondos mineros”, de cuyo nombre no quiero acordarme porque ahora, a toro pasado y visto lo visto, me provoca taquicardias …

En fin, un cúmulo de datos objetivos sobre los que hoy no me ha dado tiempo a profundizar pero que explican muchas cosas, como más adelante trataré de poner de relieve.

Y yo me pregunto, inocentemente, ¿en qué se gastarían tantos cuartos?.

Muniellos

El monte de Muniellos es desde el siglo XVIII un bosque muy conocido y su fama ha atraído a numerosos naturalistas, industriales, ingenieros y turistas al concejo de Cangas del Narcea. Es, sin duda, uno de los símbolos de la naturaleza asturiana y, por tanto, uno de los principales recursos turísticos con que cuentan los concejos de Cangas del Narcea e Ibias.

Como natural y vecino de Cangas del Narcea, estoy muy interesado en conservar este monte, en protegerlo de amenazas (furtivismo, fuego, masificación de visitantes) y en preservarlo como una reserva natural para las generaciones futuras.

Hace más de cuarenta años que solo se permite el acceso al monte a veinte personas al día. En todo este tiempo el estado del monte ha cambiado y se ha regenerado considerablemente, en especial si tenemos en cuenta que desde 1973 no se ha vuelto a talar un árbol en su interior.

Igual que el bosque, en estos últimos cuarenta años, la sociedad y la actividad económica de Cangas del Narcea e Ibias también han cambiado mucho: la minería prácticamente ha desaparecido; la pérdida de población no cesa año tras año; el turismo, antes inexistente, se ha convertido en un medio de vida para bastantes familias; la declaración hace casi veinte años del Parque Natural de Fuentes del Narcea provocó unas expectativas que no se han cumplido; se ha construido un Parador Nacional en el monasterio de Corias y la actual crisis económica está agravando aún más las cosas en un territorio que ya lo tenía difícil.

A la vista de los cambios mencionados, y después de haber transcurrido más de cuarenta años, creo que ha llegado el momento de reflexionar sobre el sistema de visitas y entradas al monte de Muniellos, y de estudiar un posible cambio que, sin perjuicio del monte, favorezca la actividad turística de la población local.

Existe una demanda por parte de los propietarios de casas, hoteles y apartamentos rurales, y en general por todo el sector que vive de la hostelería y del turismo, para que se permita la entrada a más personas en el monte de Muniellos, y existe, también, una queja continua por parte de los turistas debido a las restricciones para entrar en él. El número de turistas que llega al concejo de Cangas del Narcea es pequeño, alrededor de diez mil personas al año, y, por supuesto, muchos quieren entrar en Muniellos.

Muniellos, como ya dije, es el símbolo de una determinada naturaleza y de un territorio, y la mecánica del turismo es acudir a esos lugares emblemáticos, que son los que las administraciones públicas “venden” u ofrecen para atraer la presencia de turistas. Es decir, que aunque el Parque Natural de Fuentes del Narcea sea muy extenso y tenga muchos lugares hermosos, la mayoría de las personas que visitan Cangas del Narcea quieren ver y pisar Muniellos. Esto no significa que estas personas tengan que internarse en lo más profundo del monte, ni que vayan a realizar una larga y fatigosa caminata por él. Eso es otra cosa. Lo que quieren es “tocar” el monte de Muniellos.

Por todo ello, considero que la Consejería competente debería de revisar el actual modelo de acceso al monte de Muniellos y sus medios de difusión. Según mi parecer, debería permitirse la entrada a más personas durante los meses y épocas de vacaciones, pues todo sabemos que en los meses de invierno las visitas son muy escasas e incluso algunos días no hay ningún visitante. Asimismo, debería valorarse la posibilidad de autorizar una entrada especial al lugar de Tablizas, para que un número mayor de visitantes pudiese recorrer un espacio acotado y durante un tiempo determinado; esto permitiría, por ejemplo, a escolares, personas mayores y familias con niños andar uno o dos kilómetros junto al río por ese lugar de entrada al monte, pero dentro de él.

Pienso que el monte de Muniellos debería contar con un servicio de visitas guiadas más completo que el que existe en la actualidad, que abarcase todas las situaciones, o sea tanto la visita de largo recorrido, como las visitas cortas al entorno de Tablizas. Los guías tendrían la misión de acompañar a los excursionistas en sus recorridos, explicándoles todo lo que van a observar: árboles, plantas, huellas de animales, paisaje, antigua actividad humana, etc. y también de ayudar, controlar y educar en el respeto a la naturaleza. Con este servicio de pago se crearían puestos de trabajo para jóvenes, que bien los necesita la zona. También debería fomentarse algún medio de transporte para grupos que una el pueblo de Moal con la entrada al monte.

En definitiva, mi propuesta pretende favorecer el desarrollo económico de los concejos de Cangas del Narcea e Ibias, y el mejor conocimiento del monte de Muniellos y la naturaleza, así como su conservación para las generaciones venideras.

Me consta que en el año 2013 desde “El Tous pa Tous, Sociedad Canguesa de Amantes del País” se hicieron gestiones al respecto ante el Principado de Asturias y que la Administración autonómica contestó diciendo que “… actualmente ya se está estudiando la posibilidad de modificar el número máximo diario de visitantes a la Reserva …” de Muniellos, pero lo cierto es que transcurridos más de siete años desde entonces seguimos esperando una solución.

Paciencia.

Sueldos políticos y bonificaciones fiscales

Como ya he hecho constar reiteradamente en esta bitácora, las bonificaciones fiscales que el gobierno regional pretende aplicar para “fijar población” y evitar el despoblamiento son 100 euros por nacimiento o adopción del segundo hijo o sucesivos; 1.000 euros por el establecimiento como autónomo o trabajador por cuenta propia; y un máximo de 50 euros por gastos en abonos de transporte público.

Son deducciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), es decir, descuentos, pero no de la base imponible o de la base liquidable sino de la cuota íntegra autonómica, con lo que al final la deducción, ya de por sí exigua, se queda en nada. Lo dicho: una limosna.

El Principado de Asturias ha anunciado a bombo y platillo esta majadería y además lo ha hecho poniendo de relieve el importantísimo esfuerzo económico que ello le va a suponer, pues esperan que estas deducciones fiscales totalicen 850.000,00 euros, de los que 100.000 irán al capítulo de natalidad; otros 100.000 al de emprendimiento y los 650.000 restantes al transporte.

Los números, por sí solos, son ofensivos, pero resultan insultantes si tenemos en cuenta que, tras su toma de posesión como presidente autonómico, Don Adrián Barbón procedió a remodelar su ejecutivo con dos nuevas consejerías, tres nuevas viceconsejerías, etc., etc., y esta renovación, absolutamente superflua e innecesaria, y mucho más en éstos tiempos de crisis, según toda la prensa regional tendrá un coste de más de 1.000.000 de euros anuales, pues los sueldos de estos limosneros son de 67.776,68 euros/año, en el caso del Presidente y los miembros del Consejo de Gobierno del Principado, y de 58.130,32 euros/año, en el caso de los secretarios generales técnicos, directores generales y “altos cargos” asimilados, cantidades éstas que no incluyen las cotizaciones a la Seguridad Social (que superan el 40% de los sueldos) ni, por supuesto, las dietas y los gastos de representación y protocolarios, que tampoco son moco de pavo.

Pero no es necesario irse tan lejos para hacer comparaciones: porque, como ya he dicho aquí en reiteradas ocasiones, los salarios y seguros sociales de los cuatro concejales liberados en el Ayuntamiento de Cangas del Narcea suponen alrededor de 200.000 euros/año, por lo que teniendo en cuenta que su mandato es por cuatro años, al final de este lo gastado en remunerarlos se aproximará bastante a la cantidad total de las deducciones fiscales según los cálculos del Principado.

Resumiendo: las bonificaciones fiscales que ofrece el ejecutivo regional para “fijar población” y evitar el despoblamiento equivalen cuantitativamente a lo que nos cuestan a los cangueses las retribuciones de estos cuatro concejales durante todo su mandato.

Hay que tener poca vergüenza !!!

Un panorama inquietante que exige ponerse a actuar

Transcribo a continuación el editorial de hoy del diario “La Nueva España”.

Un panorama inquietante que exige ponerse a actuar

El Principado cuenta con potencial para reinventarse y capear los temporales: el sector agroalimentario progresa con mucha solidez y la marca Asturias como imagen natural y saludable cotiza al alza

23/02/2020

A perro flaco todo son pulgas y no hay mal que por bien no venga. Ambas expresiones del refranero popular sirven para la actual situación de Asturias. La repentina coincidencia de circunstancias adversas convierte este momento en inquietante para la región. Al cambio energético que tambalea el actual modelo económico se le unen un severo recorte de los fondos europeos, los próximos aranceles de EE.UU. a determinados productos, el veto a la industria armamentística y nuevas demandas de las autonomías nacionalistas, insaciables a la hora de obtener privilegios. Pero estos procesos –más que un cambio, otra época– también están abriendo oportunidades que hay que ayudar a nacer. A los asturianos y a los políticos concierne apuntalarlas para transmitir esperanza.

A la región se le acumulan las dificultades. Si negativas son las perspectivas de conseguir con la rebaja eléctrica planteada una igualdad competitiva de las multinacionales del metal frente a las europeas, el encubierto veto español a las exportaciones de armas compromete el panorama de otra rama industrial asturiana altamente especializada. Las complicaciones a este sector llegan por razones puramente ideológicas, no de rentabilidad económica o de ineficiencia de los trabajadores. A la par se incendia el campo. La reducción del presupuesto comunitario por el Brexit y la reorientación de las ayudas hacia otras prioridades deja tocados los fondos agrarios. De ellos depende entre el 30% y el 40% de la renta de los agricultores.

Salvar el medio rural y evitar el despoblamiento de las aldeas, de lo que tanto se habla, depende en gran medida de mantener las actividades agrícolas y ganaderas. Los agricultores de todo el país se han hartado de tanta demagogia. Nadie se da por aludido con su lamento. En una supina hipocresía, muchos de los culpables de su desesperada situación, empezando por los políticos, agarran incluso la pancarta de la protesta. Y restan escasos días para que llegue otro hachazo: la entrada en vigor de los aranceles de EE.UU. por la guerra comercial emprendida por Trump. Aunque el vino y el aceite van a ser los productos más damnificados, los quesos, la carne de cerdo y la sidra espumosa sufrirán aquí las consecuencias.

Por si fuera poco, las autonomías nacionalistas no dejan de pegar dentelladas a la tarta que suponen una amenaza para la igualdad entre los ciudadanos de un mismo país. Desinflamar el “procés” y “reencontrarse” con los independentistas va camino de costar muchos millones. Si se comprometen para Cataluña será a costa de dejar de invertir en otras partes. Asturias no puede tolerar más retrasos en sus infraestructuras básicas. Y el PNV acaba de lograr una aspiración histórica: la gestión de los 9.500 millones de las pensiones vascas. El Estado, todos los españoles, pone el dinero y el Gobierno vasco paga.

Viendo la habilidad de Euskadi en el manejo de cuentas como las del cupo acabarán obteniendo algún beneficio económico con esta operación. Pero lo decisivo de la cesión de competencias de la Seguridad Social a otra administración es que, a largo plazo y por la puerta de atrás, posibilita que el Ejecutivo de Ajuria Enea pueda incrementar los ingresos de sus jubilados, por cierto, los más beligerantes del país a la hora de exigir revalorizaciones. Un agravio, si eso llegara, para el resto de pensionados españoles, como también lo fue en su día la hacienda foral.

El Principado cuenta con potencial para reinventarse y capear los temporales. El sector agroalimentario progresa con mucha solidez. La marca Asturias como imagen natural y saludable cotiza al alza. El turismo tiene recorrido ofreciendo calidad, experiencias inéditas y aventura. El sector biosanitario está por desarrollar. En el ámbito tecnológico y científico, el incipiente polo consolidado constituye una buena base para despegar. Las multinacionales tradicionales investigan para convertirse en limpias. La transición verde descubre otros nichos en fabricación y diseño: molinos de viento, plataformas eólicas marinas y barcos que las asistan, estructuras para parques solares, biomasa, aprovechamiento forestal, almacenamiento de energía… Mismamente la cultura puede convertirse en una industria poderosa, al igual que la “economía plateada”, la asistencia específica a un segmento de población maduro de alto poder adquisitivo.

Para que el discurso positivo arraigue hacen falta dirigentes con criterio propio, ideas claras y un plan creíble en varios frente que una fuerzas.

Hay dos formas de afrontar las situaciones delicadas. O lamiéndose las heridas y paralizándose, añorando cualquier tiempo pasado que, aunque fuera mejor, nunca volverá, o poniéndose con valentía en marcha y pasando rápidamente a la acción. A los asturianos les toca exigir soluciones realistas y vigilar por su cumplimiento. Pero también implicarse en ellas con una actitud receptiva a los cambios, sin recelar de lo desconocido ni miedo a fracasar. La región necesita sacudirse el pesimismo. Para que el discurso positivo arraigue hacen falta dirigentes con criterio propio, nunca subordinados a otra causa que no sean los intereses de la región, ideas claras y un plan de actuación en varios frentes que resulte creíble y una fuerzas. Ante lo que está ocurriendo, caben muchas respuestas excepto una: el inmovilismo.

Transparencia y buen gobierno

En el BOE del día 10 de diciembre de 2013 se publicó una novedosa ley sobre transparencia de la actividad pública, denominada ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

En la Exposición de Motivos de esta ley se dicen cosas tan importantes como esta: “La transparencia, el acceso a la información pública y las normas de buen gobierno deben ser los ejes fundamentales de toda acción política. Sólo cuando la acción de los responsables públicos se somete a escrutinio, cuando los ciudadanos pueden conocer cómo se toman las decisiones que les afectan, cómo se manejan los fondos públicos o bajo qué criterios actúan nuestras instituciones podremos hablar del inicio de un proceso en el que los poderes públicos comienzan a responder a una sociedad que es crítica, exigente y que demanda participación de los poderes públicos…”

Y más adelante el legislador añade: “La presente Ley tiene un triple alcance: incrementa y refuerza la transparencia en la actividad pública -que se articula a través de obligaciones de publicidad activa para todas las Administraciones y entidades públicas-, reconoce y garantiza el acceso a la información -regulado como un derecho de amplio ámbito subjetivo y objetivo- y establece las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos así como las consecuencias jurídicas derivadas de su incumplimiento -lo que se convierte en una exigencia de responsabilidad para todos los que desarrollan actividades de relevancia pública-..”

Según esta ley, no solo el Estado, las Comunidades Autónomas y las Diputaciones sino también los Ayuntamiento (el de Cangas del Narcea incluido), deberán hacer pública, como mínimo, la información relativa a los actos de gestión administrativa con repercusión económica o presupuestaria, entre los que se incluyen:

  • todos los contratos, con indicación del objeto, duración, el importe de licitación y de adjudicación, el procedimiento utilizado para su celebración, los instrumentos a través de los que, en su caso, se ha publicitado, el número de licitadores participantes en el procedimiento y la identidad del adjudicatario, así como las modificaciones del contrato. Igualmente serán objeto de publicación las decisiones de desistimiento y renuncia de los contratos. La publicación de la información relativa a los contratos menores podrá realizarse trimestralmente;
  • la relación de los convenios suscritos, con mención de las partes firmantes, su objeto, plazo de duración, modificaciones realizadas, obligados a la realización de las prestaciones y, en su caso, las obligaciones económicas convenidas;
  • las subvenciones y ayudas públicas concedidas con indicación de su importe, objetivo o finalidad y beneficiarios;
  • los presupuestos, con descripción de las principales partidas presupuestarias e información actualizada y comprensible sobre su estado de ejecución y sobre el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de las Administraciones Públicas;
  • las cuentas anuales que deban rendirse y los informes de auditoría de cuentas y de fiscalización por parte de los órganos de control externo que sobre ellos se emitan;
  • las retribuciones percibidas anualmente por los altos cargos y máximos responsables de las entidades incluidas en el ámbito de la aplicación de este título. Igualmente, se harán públicas las indemnizaciones percibidas, en su caso, con ocasión del abandono del cargo;
  • las resoluciones de autorización o reconocimiento de compatibilidad que afecten a los empleados públicos así como las que autoricen el ejercicio de actividad privada al cese de los altos cargos de la Administración General del Estado o asimilados según la normativa autonómica o local; y
  • las declaraciones anuales de bienes y actividades de los representantes locales, en los términos previstos en la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Es decir, una especia de “luz y taquígrafos” a la actividad de la Administración.

Tras la lectura de esta ley uno cree que está viviendo en la mismísima Suecia, quizá el país del mundo más avanzado en la correcta gestión de lo público, pero la realidad es bien distinta, pues probablemente estemos ante la disposición legal más impunemente incumplida por parte la Administración española. Veamos un ejemplo próximo.

He acudido a la página web del Ayuntamiento de Cangas del Narcea, en la que existe un apartado denominado “Portal de la Transparencia”, he entrado en él y he comprobado que, los escasísimos datos a los que permite acceder tras no pocos vericuetos informáticos, están anticuados (la inmensa mayoría se refieren a los años 2105 o 2016).

En fin, una tomadura de pelo en toda regla, un flagrante incumplimiento de la legislación vigente, un olímpico desprecio a los ciudadanos que, según deben de pensar nuestros regidores locales, cuanto menos sepan mejor.

El pueblo del concejo de Cangas, que es donde reside la soberanía municipal, y del que emanan los poderes locales, no tiene por qué saber lo que se guisa en su Ayuntamiento. El pueblo a pagar impuestos y a callar.

Toda una pena para un concejo que desde el año 2015 está regido por los autodenominados “progresistas”. O eso dicen ellos.

Y aquí nadie se pone “colorao”.

El mito municipal

En éste país llevamos años gastando montones de cuartos en deshacernos de los restos materiales del franquismo, pero su herencia sigue sobrevolando sobre nuestras cabezas. Sirva de ejemplo la estructura organizativa municipal que, para engaño de la ciudadanía y con todo lo que ha llovido, sigue siendo prácticamente la misma que entonces.

Me explico: la Ley de Bases de Régimen Local de 1945 organizaba el funcionamiento de los Ayuntamientos con tres órganos distintos: el Alcalde, la Comisión Municipal Permanente (integrada por el Alcalde y por los concejales que ostentasen la condición de tenientes de alcalde) y el Pleno (compuesto por todos los miembros de la Corporación). Un Decreto de 1955 aprobó el texto refundido de aquella norma legal y determinó las competencias de cada uno de dichos órganos.

Con la llegada de la democracia esta ley fue sustituida por otra de 1985 que, sorprendentemente, mantiene la misma estructura orgánica del anterior régimen: el Alcalde, la Junta de Gobierno y el Pleno.

Pocos sabrán que, en pleno siglo XXI, los concejales que forman la Junta de Gobierno son “… nombrados y separados libremente …” por el Alcalde y que, además, las atribuciones de éste órgano municipal son, única y exclusivamente, las que el Alcalde “… le delegue …”. ¡Tóma castaña!

Estoy seguro de que muchos ciudadanos de bien pensarán, haciendo una comparativa entre poder municipal y poder estatal, que el Pleno es algo así como un Parlamento y que el Alcalde es una especie de Presidente del Gobierno. ¡Bendita inocencia!

Desde el citado año 1985 hasta hoy la vigente Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local ha sido modificada en numerosas ocasiones y cuando los padres de la patria decidieron meterle mano fue, lamentablemente y en no pocas veces, para quitarle competencias al Pleno y concedérselas al Alcalde, lo que ha permitido volver en muchas ocasiones a caudillismos hace años inimaginables, léase Abel Caballero en Vigo, Paco Vázquez en A Coruña, Gabino de Lorenzo en Oviedo, etc., etc.

Tras cuarenta años de democracia la organización de los Ayuntamientos ha cambiado muy poco respecto a la de la España de Franco: los que realmente mandan son los alcaldes, con un poder casi omnímodo, y no los concejales reunidos en Pleno, que asisten a sus sesiones cual convidados de piedra.

Un ejemplo ayudará a comprender mejor la situación a la que me refiero: si un Alcalde, que por ley es el jefe de todo el personal municipal, decidiera despedir a un empleado de su Ayuntamiento y acto seguido el Pleno, incluso por unanimidad de todos sus restantes miembros, adoptara un acuerdo en contra de tal decisión, el despido sería plenamente válido. ¿Por qué? Pues porque la competencias del Alcalde no pueden ser interferidas por el Pleno o, mejor dicho, las competencias de cada uno son excluyentes. ¡Ver para creer!

Luego, si el Pleno carece de competencias decisorias en prácticamente todos los ámbitos (basta con leer el orden del día de las convocatorias de sus sesiones en cualquier Ayuntamiento del país para darse cuenta de que el Pleno se limita, las mas de las veces, a “tomar razón” de las resoluciones de los alcaldes), rápidamente me pregunto: ¿de qué democracia municipal estamos hablando?

Si es cierto que una de las atribuciones del Pleno es el control y la fiscalización de los órganos de gobierno (Alcaldía y Junta de Gobierno), pero esto solo es en teoría, porque en la práctica basta ver los apartados “ruegos y preguntas” de las actas de las sesiones plenarias para darse cuenta de que todos los alcaldes, las más de las veces, eluden dichos control y fiscalización con un lacónico y displicente “tomo nota”.

Resumiendo: el Pleno “toma razón” y el Alcalde “toma nota”. Este es el verdadero y auténtico municipalismo democrático español.

Y si esto es así, como es fácilmente constatable, y si además los concejales se organizan en grupos municipales, si en éstos rige la disciplina de partido y, además, si cada uno de estos grupos tiene su correspondiente portavoz, que convierte a sus compañeros en seres “mudos”, la conclusión parece obvia: ¿para qué queremos tantos concejales en los Ayuntamientos?

Porque, por si alguien todavía no lo sabe, todos, absolutamente todos los concejales, cobran lo suyo, bien como sueldo, caso de los liberados con dedicación exclusiva o parcial, bien como dietas e indemnizaciones, por participar en actividades relacionadas con el Ayuntamiento, asistencias a plenos, comisiones, órganos de selección de personal, etc, etc., caso de todos los demás, lo que en las circunstancias expuestas constituye un gasto superfluo que nos podíamos ahorrar y emplear en algo más práctico y productivo para los intereses generales.

Como ya dije en anteriores entradas, el resultado de las elecciones municipales 2019 en Cangas fue: PP, con un 41,91% de los votos emitidos, 8 concejales, PSOE, con un 37,20%, 7 concejales e IU, con un 12,50%, 2 concejales, todos ellos integrados en tres grupos municipales.

En éste escenario yo me atrevería a proponer una reforma legislativa en virtud de la cual en Cangas solo hubiera 3 concejales, uno por cada grupo, y que el valor del voto de cada uno de ellos fuese igual al referido porcentaje de votos obtenido en las urnas.

Pues bien, si esto fuera así realmente, y en la hipótesis de que estos tres concejales estuvieran liberados en los mismos términos en los que actualmente lo están cuatro (36.500,00 euros por barba, mas la Seguridad Social, que viene a ser un 40% aproximadamente de la cantidad anterior, lo que nos sitúa en un gasto total próximo a los 200.000,00 euros anuales), lo que en mi opinión es mucho liberar, ya nos ahorraríamos un sueldo y sus correspondientes seguros sociales.

Elecciones municipales y proclamación de alcaldes

Estoy casi seguro de que lo que ha pasado en Cangas del Narcea en las cuatro últimas elecciones municipales estará siendo objeto de sesudos estudios en las más prestigiosas universidades del mundo.

Recordemos:

  • 2007: ostentando la alcaldía Cuervo (PSOE) y ganando las elecciones, resulta proclamado nuevo Alcalde Martínez (IU) con los votos de IU y PP;
  • 2011: ostentando la alcaldía Martínez, y ganando las elecciones, resulta proclamado nuevo Alcalde Fontaniella (PP) con los votos del PP y PSOE;
  • 2015: ostentando la alcaldía Fontaniella, y ganando las elecciones, resulta proclamado nuevo Alcalde José Víctor (PSOE) con los votos del PSOE, IU y FORO; y
  • 2019: ostentando la alcaldía José Víctor, y aun perdiendo las elecciones, aquél vuelve a ser proclamado nuevo Alcalde con los votos del PSOE e IU.

Lo lamentable de todo lo anterior es que la proclamación de alcalde no tiene absolutamente nada que ver con el resultado de las urnas, sino mas bien todo lo contrario: los ciudadanos quieren una cosa pero los concejales se unen para terminar haciendo otra distinta. El pueblo, del que tanto se habla para legitimar lo indecible, de repente pasa a ser el gran olvidado; su voluntad ya no cuenta.

José Víctor fue proclamado alcalde tras las elecciones de los años 2015 y 2019 a pesar de que en las mismas los cangueses dieron su voto mayoritario a Fontaniella.

En su primera proclamación como alcalde, allá por el año 2015, José Víctor contó con el apoyo de los concejales de IU y de FORO, pero la cosa tiene su guasa. Como ya dije en otro comentario anterior, el resultado de aquella convocatoria electoral fue el siguiente: PP, 8 concejales; PSOE, 5 concejales; IU, 3 concejales; y FORO,1 concejal. Este último, en un decisión absolutamente anti-natura, terminó por apoyar a José Víctor y además lo hizo, hasta donde yo llego, gratis et amore. Los tres concejales de IU, de una forma mucho mas prosaica y práctica, lo tuvieron claro desde un primer momento dando su voto a José Víctor, para lo que fueron recompensados entrando dos de ellos en el equipo de gobierno municipal, con competencias delegadas en Obras, Infraestructuras y Urbanismo así como en Hacienda, Presupuestos y Patrimonio, y con un sueldo para cada uno de ellos de nada menos que 36.500 euros anuales.

Y de aquellos polvos vienen estos lodos. Porque la historia se ha repetido ahora en el año 2019, elecciones en las que aun cuando las urnas dieron al PP, 8 concejales, al PSOE, 7 concejales, y a IU 2 concejales, sin embargo éstos últimos han vuelto a dar su voto a José Víctor, entrando en el equipo de gobierno con competencias delegadas en Obras, Urbanismo, Medio Ambiente y Festejos así como en Medio Rural y Ganadería, y manteniendo los dos sueldos.

A pesar de los desiguales resultados electorales entre PSOE e IU (la diferencia de concejales fue de 2 en el año 2015 y de 5 en el año 2019) la imposibilidad de acceder a la alcaldía obligó a repartirse por mitad las 4 concejalías con sueldo a razón de 2 por cada formación.

Esta broma contra la voluntad popular, entre sueldos y seguros sociales, nos cuenta a los cangueses alrededor de 200.000,00 euros al año, es decir, mas de 33 millones de las antiguas pesetas. Todo un escándalo, mírese como se mire.

Luego el alcalde de Cangas no tiene la legitimación de las urnas, como sería lo lógico en un país democrático, sino la legitimación de los sueldos, lo que resulta hasta obsceno.

¡¡¡ Ay de mi güey !!!

La cultura constreñida

El horario de la Casa de Cultura de Cangas del Narcea, sita en el Palacio de Omaña y en la que se ubican la biblioteca municipal “Padre Carballo”, las salas de estudio y el auditorio, se asemeja a cualquier cosa menos al de un lugar de divulgación de la cultura.

No tengo constancia de ningún centro de estas características que tan solo esté operativo de lunes a viernes en horario de 10:00 a 13:30 y de 16:00 a 19:30, es decir, que abra tan tarde y cierre tan pronto, y que, además, el servicio se interrumpa a mediodía durante nada menos que dos horas y media.

Pero si esto es grave, más lo es que el edificio permanezca completamente cerrado los sábados, domingos y festivos.

Lo del auditorio casi siempre llega a ser de traca, por no utilizar expresiones de más grueso calibre, porque la mayoría de los eventos que se celebran en el mismo, al comenzar o prolongarse fuera del citado horario general, obliga a utilizar como único acceso y salida las escaleras de emergencia, lo que no deja de ser insultante para los asistentes.

No conozco en Cangas ningún negocio (comercio, consulta, despacho, etc.) que tenga un horario al público tan reducido como el de la Casa de Cultura.

Parece ser, concluyo, que en Cangas del Narcea el acceso a la cultura tiene horario y calendario.

Y no se me diga que todo ello es debido a la falta de personal, pues en el Ayuntamiento trabajan actualmente nada menos que 139 empleados, muchos de los cuales estoy seguro de que estarían encantados de dedicarse a subsanar tales restricciones culturales, o a la ausencia de recursos económicos, pues entonces no entiendo cómo, ante semejante carencia en un servicio público tan importante, se puede tener la desvergüenza de liberar a cuatro concejales cuyos salarios y seguros sociales rondan en total la bagatela de 200.000,00 euros anuales.

Conclusión: primero los sueldos y luego los servicios a los ciudadanos o, dicho en otras palabras, la mamandurria prevalece sobre la cultura.

Bonificaciones fiscales para la Asturias vaciada

A través del periódico digital La Voz de Asturias he podido aproximarme a los parámetros con los que el gobierno autonómico está trabajando para repartir las prometidas limosnas con las que pretende “fijar población” y combatir el despoblamiento. Recordemos: deducciones fiscales de 100 euros por nacimiento o adopción del segundo hijo o sucesivos; de 1.000 euros por el establecimiento como autónomo o trabajador por cuenta propia; y de un máximo de 50 euros por gastos en abonos de transporte público.

Tras cruzar miles de datos de los padrones municipales, y valorar decenas de criterios de aplicación, la Administración del Principado de Asturias ha elaborado un censo con 2.500 núcleos de población repartidos en unos 50 concejos, la inmensa mayoría de menos de 5.000 habitantes, pueblos que tienen en común que sus habitantes subsisten con una renta media inferior a la media de Asturias, aunque curiosamente la renta no ha sido uno de los criterios establecidos a la hora de elegirlos.

Son núcleos que tienen menos de 10 vecinos o que están entre 10 y 50 pero que han perdido el 20% de su padrón después del cambio de siglo. No hay ningún concejo entero, es decir, que haya colocado en este listado todos y cada una de sus localidades.

Se cogieron los padrones y se empezaron a ver qué variables se podrían analizar, si el envejecimiento, la pérdida de población, la dispersión, la densidad de población, la renta, … Finalmente, los técnicos optaron por quedarse con los municipios de menos de 5.000 habitantes, con la densidad de población -es decir, un máximo de habitantes por kilómetro cuadrado- y esa pérdida de población.

Hay algún núcleo que cumplía con creces los criterios de dispersión y pérdida de población y sin embargo se incluyó a pesar de formar parte de entidades municipales con más de 5.000 habitantes. Algo similar ha sucedido con el tema de la renta. Se descartó utilizarlo como elemento clave para determinar cuáles son las zonas rurales en riesgo de despoblación pero, al repasar el listado provisional, los técnicos han comprobados que todos están por debajo de la media asturiana.

No se sabe el número de beneficiarios pero sí el perfil de los que se podrán acoger a las limosnas, que no estarán abiertas a todos los habitantes de los 2.500 núcleos de población elegidos sino a unos concretos.

En fin, toda una incógnita que hace ponerme en lo peor, pues sospecho que estamos ante una nueva chapuza administrativa.

El suroccidente vaciado

Leo hoy en el diario El Comercio un trabajo muy interesante de Octavio Villa sobre demografía y despoblación en Asturias, dos conceptos tan íntimamente unidos, que trataré de extractar en lo que nos concierne a los habitantes de esta comarca.

Los datos que se manejan son los facilitados por el Instituto Nacional de Estadística, organismo que se basa en el concepto “entidades singulares de población” (ESP), entendiendo por tales cualquier área habitable del término municipal, habitada o excepcionalmente deshabitada, claramente diferenciada dentro del mismo, y que es conocida por una denominación específica que la identifica sin posibilidad de confusión.

En Asturias hay un total de 6.955 ESP de las que 776 están deshabitadas y 1.416 no superan los 5 habitantes.

Las tasas anuales de natalidad son de 5 nacimientos por cada 1.000 habitantes y de 13 fallecimientos por cada 1.000 habitantes.

El trabajo se ilustra con un cuadro explicativo y estremecedor:

CONCEJO DESHABITADAS -5 HABITANTES
ALLANDE 18 42
CANGAS DEL NARCEA 14 57
DEGAÑA 1
IBIAS 5 19
TINEO 34 72

A su vez, el periódico La Nueva España publica hoy un artículo de Marcos Palicio titulado “Las ventajas fiscales de la Asturias vacía llegarán a pequeños núcleos de 50 concejos” en el que se afirma, al hilo de lo que el otro día puse en esta bitácora, que los habitantes de los núcleos que se incluyan podrán optar a deducciones en la cuota autonómica del IRPF de acuerdo a un mecanismo criticado por poco ambicioso desde una parte de la oposición que ofrece 100 euros por hijo a partir del segundo, 1.000 euros por establecimiento como autónomo o 50 euros por gastos de transporte público.

Se dice en éste artículo que los municipios destinatarios se cuentan en casi todos los casos entre los menos poblados de Asturias. Según una estimación preliminar de la Consejería de Hacienda, sujeta aún a cambios en el proceso de tramitación del decreto que regulará la iniciativa, en la lista de concejos con pueblos beneficiados estarán casi todos los que rebajan los 5.000 residentes -más de cuarenta de los 48 que están en total por debajo de esa cifra-, pero habrá excepciones significativas, áreas específicamente castigadas por la despoblación que están incrustadas en municipios de censo todavía superior a esa barrera, como Cangas del Narcea, Valdés o Tineo.

Y el periodista concluye afirmando que las previsiones del Gobierno autonómico (ojo, solo son simples cábalas, suposiciones, hipótesis o conjeturas que suelen magnificarse por aquello del autobombo), hablan de bonificar hasta mil nacimientos o adopciones de segundo hijo o posteriores en la zona de referencia, así como el inicio de actividad de unos 150 trabajadores por cuenta propia y de ayudar a pagar el transporte a unas 20.000 personas.

En fin, lo dicho, que se están riendo de nosotros.

Evolución del voto municipal

La evolución del voto en un ámbito geográfico y demográfico tan reducido, como es el concejo de Cangas del Narcea, resulta muy esclarecedora.

En las elecciones municipales del año 2007, siendo alcalde Don José Manuel Cuervo Fernández (PSOE), sobre un índice de participación del 52,87%, el resultado, por orden descendente, fue

PSOE             44,28%          8 concejales

PP                  34,97%          6 concejales

IU                    15,13%         3 concejales

Sin embargo, en las elecciones municipales del año 2011, siendo alcalde Don José Manuel Martínez González (IU), sobre un índice de participación del 66,74%, las urnas dijeron

IU                    31,04%          6 concejales

PP                   25,66%          5 concejales

PSOE             23,74%          4 concejales

FORO            09,62%          2 concejales

Por el contrario, en las elecciones municipales del año 2015, siendo alcalde Don José Luis Fontaniella Fernández (PP), sobre un índice de participación del 56,56%, los votantes se pronunciaron así

PP                   42,80%          8 concejales

PSOE              24,75%          5 concejales

IU                    19,65%          3 concejales

FORO              09,80%          1 concejal

Y, por último, en las elecciones municipales del año 2019, siendo alcalde Don José Víctor Rodríguez Fernández (PSOE), sobre un índice de participación del 60,23%, los electores quisieron que

PP                  41,91%          8 concejales

PSOE             37,20%          7 concejales

IU                    12,50%          2 concejales

Así las cosas, lo primero que llama la atención es que, salvo en las del año 2019, las elecciones municipales siempre las gana el partido del alcalde gobernante.

Se ve también un descenso del porcentaje de voto a IU, que en el año 2019 ha vuelto a cotas inferiores a las alcanzadas en el año 2007.

Por el contrario, se observa un ascenso del porcentaje correspondiente al PSOE, que si bien no alcanza las cotas del año 2007 va aumentando progresivamente en cada convocatoria electoral a partir del batacazo del año 2011.

En cuanto al PP, que también sufrió un importante descalabro en el año 2011, ha conseguido ir remontando respecto a sus resultados en el año 2007, manteniendo prácticamente el mismo porcentaje en los años 2015 y 2019, superando al PSOE en ambas convocatorias.

Y, por último, parece obvio que la presentación en el año 2019 de las candidaturas de PODEMOS (4,13%) y C’S (2,79%) ha perjudicado a IU y PP, respectivamente.

Nos siguen tomando el pelo

Según el informe ‘Datos Básicos de Asturias 2019’, editado por la Sociedad Asturiana de Estudios Económicos e Industriales (SADEI), en el Principado hay 857 parroquias y 6.342 entidades singulares (cualquier parte habitable de un municipio con denominación específica). El problema es que, de todas ellas, 755 están completamente deshabitadas, mientras que 5.595 no logran pasar del centenar de empadronados. Más en detalle, el SADEI indica que en la región hay 303 lugares con un solo residente, 3.129 con diez o menos y una parroquia entera en la que no vive nadie. Otros datos llamativos recopilados por el SADEI apuntan que en 156 entidades singulares de población asturianas solo residen mujeres, mientras que en 281 solo lo hacen hombres. En cuanto a las localidades más pobladas, hay 532 entre 101 y 1.000 habitantes. Entre 1.001 y 50.000 se contabilizan 57 y solo son tres (Gijón, Oviedo y Avilés) las que superan los 50.000 empadronados. El 22% de los concejos asturianos tiene menos de 1.000 habitantes y las cifras oficiales sitúan al Principado como la comunidad que más pueblos pierde por la despoblación. Un total de 696 núcleos rurales han sido abandonados en los últimos años.

El panorama es desolador; y no descubriré nada nuevo diciendo que para luchar contra el despoblamiento hay que aplicar medidas sociales, fiscales y económicas.

Pues bien, al hilo de lo anterior, he tenido la oportunidad de leer un folleto, editado por la FSA-PSOE bajo el rimbombante título de “400 MEDIDAS PARA LA MEJOR ASTURIAS”, en el que a lo largo de sus 70 páginas los socialistas asturianos presentan “…las soluciones y respuestas para poder seguir construyendo una Asturias mejor, una Asturias más justa que pueda seguir avanzando sin dejar a nadie atrás …”.

En su apartado 227, dentro del capítulo dedicado al reto demográfico, se dice textualmente lo siguiente: “Pondremos en marcha incentivos fiscales en distintos tributos como complemento y refuerzo de las medidas de gasto público destinadas a luchar contra el despoblamiento y hacer frente al reto demográfico, favoreciendo también la puesta en marcha de proyectos empresariales en la zona rural. • Impulsaremos deducciones en el IRPF por nacimiento de hijo o adopción que tendrán un mayor importe cuando se produzcan en el medio rural, tal y como recoge el Plan demográfico del Principado. • Impulsaremos deducciones en el IRPF por compra y rehabilitación de vivienda habitual en el medio rural.”

Esta es la teoría, pero ahora vayamos a la práctica.

El diario “El Comercio” publicaba ayer día 13 unas declaraciones de Doña Ana Cárcaba (https://www.elcomercio.es/politica/deducciones-fiscales-asentar-poblacion-2500-pueblos-asturias-20200213001626-ntvo.html), la flamante Consejera de Hacienda del gobierno socialista autonómico, en las que, como gran noticia y sin el más mínimo rubor, la política regional anunciaba a bombo y platillo:

  • Que las deducciones fiscales en el IRPF, recogidas en los presupuestos de 2020 para tratar de combatir la despoblación en la zona rural, se aplicarán en 2.500 pueblos asturianos.
  • Que las medidas para asentar población se aplicarán en las unidades de población de menos de 10 habitantes, o en aquellas que, sumando no más de 50 vecinos, hayan experimentado una disminución igual o superior del 20% de su población entre 2000 y 2019.
  • Y que las deducciones fiscales serian de 100 euros por nacimiento o adopción del segundo hijo o sucesivos; de 1.000 euros por el establecimiento como autónomo o trabajador por cuenta propia; y de un máximo de 50 euros por gastos en abonos de transporte público.

Así las cosas, creo que nuestros gobernantes autonómicos continúan tomándonos el pelo… y nuestro regidor municipal, a pesar de este insulto a la inteligencia, sin gorgutar no vaya a ser que desde Oviedo lo llamen a capítulo y vea así frustrado su porvenir político.

El bombazo pirotécnico del año 2018

La noche del día 21 de julio de 2018 se produjo en el “Prao del Molín” de la villa de Cangas del Narcea una explosión de material pirotécnico con el resultado de una veintena de personas lesionadas y de unos daños materiales millonarios.

Al día siguiente, el Alcalde anunció a bombo y platillo que en el Ayuntamiento se había abierto una oficina de reclamaciones para atender a los perjudicados, lo que en muchos de ellos generó la falsa expectativa de que serían indemnizados por aquél. Hasta donde yo llego, se presentaron más de seiscientas reclamaciones que inmediatamente quedaron archivadas, y aquí paz y después gloria, así que si algún ingenuo todavía sigue esperando la indemnización que se olvide de la misma porque las acciones legales para exigirla están prescritas.

La responsabilidad patrimonial de los ayuntamientos por lesiones y daños a consecuencia de la exposición de artefactos pirotécnicos, con motivo de la celebración de sus fiestas patronales, es muy reiterada en la Jurisprudencia.

De ahí que no ocasionara sorpresa alguna que recientemente el Ayuntamiento de Cangas del Narcea haya sido condenado por responsabilidad patrimonial por la Sentencia nº 8/2020 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Oviedo con base en otros dos casos anteriores resueltos por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias: uno, del año 2001, en el que el Ayuntamiento fue condenado a indemnizar las gravísimas lesiones sufridas por un apurridor en el curso de “La Descarga”, y otro, del año 2014, en el que el Ayuntamiento fue condenado a indemnizar a la familia de un peñista que falleció al poco de terminarse la tirada de fuegos artificiales de la víspera del día del Carmen.

Con tales antecedentes judiciales, perfectamente conocidos en el Ayuntamiento, su condena en ésta ocasión no era en absoluto descartable sino más bien predecible.

Por ello resulta asombroso, cuando no absurdo, que el Alcalde se haya dejado llevar por el postureo, abriendo la oficina de reclamaciones, sin prever que luego, quien va a terminar siendo condenado a pagar los daños reclamados judicialmente, es el propio Ayuntamiento.

La Sentencia hace especial hincapié en las importantes deficiencias organizativas apreciadas en la investigación llevada a cabo por el equipo de policía judicial de la Guardia Civil, por cuanto que el “plan de seguridad y autoprotección” confeccionado por el Ayuntamiento no contempla una eventualidad como la que aconteció entonces (lluvia que obligó a tapar los artificios pirotécnicos) ni tampoco un sistema de comunicación directa con los responsables de las peñas para advertirles de la existencia de dicha circunstancia y para, en su caso, ordenar la suspensión del lanzamiento de voladores por parte de los peñistas.

Pero la Sentencia también aprovecha para echarle un rapapolvo al Ayuntamiento por no haber siquiera incoado el preceptivo expediente administrativo. Me explico, cuando una Administración Pública recibe una reclamación por responsabilidad patrimonial lo primero que tiene que hacer es acusar recibo de la misma, informando al reclamante del plazo máximo par resolver el expediente y el sentido del silencio administrativo, si la reclamación no se resuelve en el tiempo legalmente estipulado, y acto seguido proceder a efectuar la pertinente investigación, en éste caso por parte de la Policía Local, con emisión de los correspondientes informes técnico y jurídico, etc, etc.

Sin embargo, en el caso que nos ocupa, el Ayuntamiento no hizo absolutamente nada a pesar de lo que se le venía encima a la vista de los precedentes judiciales anteriormente referidos.

Toda una irresponsabilidad por parte de los regidores municipales que va a tener consecuencias económicas funestas para el Ayuntamiento y, en definitiva, para todos los vecinos de Cangas.

 

¡¡¡ Ay de mi güey !!!

Presupuestos municipales

El presupuesto de un Ayuntamiento establece los ingresos que financiarán sus gastos así como la cantidad máxima de gasto y los conceptos de este, es decir, en qué se va a gastar, todo ello referido a un año natural, bien entendido que cualquier cambio en la cantidad o la finalidad de los gastos presupuestados debe tramitarse mediante una modificación de crédito.
 
Los conceptos más importantes del presupuesto municipal, son los siguientes:
 
A – INGRESOS:
 
1.– Impuestos directos: comprende lo que el Ayuntamiento recibe con el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (“IBI”), el Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (“viñeta”), Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos (“plusvalía”), etc. más la parte que el Estado le cede al Ayuntamiento por lo que a su vez aquél recauda en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (“IRPF”).
 
2.– Impuestos indirectos: comprende lo que el Ayuntamiento recibe por el Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, etc, más la parte que el Estado le cede al Ayuntamiento por lo que a su vez aquél recauda en el Impuesto sobre el valor Añadido (“IVA”).
 
3.- Tasas y otros ingresos: comprende lo que el Ayuntamiento recibe por tasas, precios públicos y contribuciones especiales que pagan los usuarios por la realización de una contraprestación municipal.
 
4.– Transferencias corrientes: comprende lo que el Ayuntamiento recibe por transferencias que le hacen el Estado y la Comunidad Autónoma a la que pertenezca.
(…)
 
6 – Transferencias de capital: comprende las subvenciones que se esperan recibir.
(…)
 
9.– Pasivos financieros: comprende lo que el Ayuntamiento recibe por créditos solicitados a los bancos, etc.
 
B – GASTOS:
 
1.– Gastos de personal: comprende lo que el Ayuntamiento paga en retribuciones, indemnizaciones, cotizaciones y planes de pensiones para todos sus empleados.
 
2.– Gastos corrientes en bienes y servicios: comprende lo que el Ayuntamiento paga por su funcionamiento general: luz, agua, gas, material de oficina, recogida de basura, mantenimiento de vehículos, limpieza, teléfonos, programas culturales, programas para la gente mayor, etc. etc.
 
3.– Gastos financieros: comprende lo que el Ayuntamiento paga por intereses de los préstamos bancarios.
(…)
 
6.– Inversiones reales: comprende lo que el Ayuntamiento paga por creación de nuevos equipamientos o infraestructuras, es decir, por obras públicas.
(…)
 
9.– Pasivos financieros: comprende lo que el Ayuntamiento paga para amortizar sus deudas.
 
Esto sentado, que, insisto, son los conceptos más importantes del presupuesto de un Ayuntamiento, veamos el caso de Cangas del Narcea.
 
En el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) del pasado día 27 de noviembre de 2019 aparece publicado el edicto de aprobación definitiva del presupuesto 2019 del Ayuntamiento de Cangas del Narcea, que asciende a un total de 13.086.745,35 euros, y en el podemos ver que para ser un municipio de apenas 12.000 almas:
  • 3.363.000,00 euros se recaudan en impuestos directos;
  • 95.000,00 euros se recaudan en impuestos indirectos; y
  • 2.793.753,00 euros se recudan en tasas y otros ingresos.
Estos tres conceptos suman unos ingresos a cargo del contribuyente de nada menos que 6.251.753,00 euros.
 
Aparte, el Ayuntamiento percibe 5.400.842,00 euros del Estado y del Principado de Asturias y espera recibir otros 462.00,00 euros de subvenciones.
 
Y ahora vayamos a los gastos:
  • 4.119.084,79 euros en personal;
  • 5.324.611,50 euros en gastos corrientes;
  • 127.205,87 euros en intereses bancarios;
  • 1.933.738,61 en inversiones reales; y
  • 966.665,56 euros en amortización de deudas.
Los números son escalofriantes, para un municipio de tan escasa población, y dan lugar a elucubraciones varias: por ejemplo, las inversiones reales (1.933.738,61 €) son casi el 47% de los gastos de personal (4.119.084,79 €); otro ejemplo, la suma de los interese bancarios (127.205,87 €) y de la amortización de deudas (966.665,56 €) supone más del 56% de dichas inversiones reales.
 
En definitiva, una situación asfixiante que limita considerablemente la inversión en infraestructuras, equipamientos, etc., como estamos viendo.
 
No obstante, siempre me hicieron gracia las peloteras que se montan en todos los Ayuntamientos, el de Cangas del Narcea incluido, cada vez que hay que aprobar sus presupuestos (que si es progresista, que si es retrógrado, etc., etc.), y sin embargo me asombra que la liquidación del presupuesto, que es donde se recoge la información sobre cómo se ha cumplido el presupuesto aprobado, es decir, el documento más adecuado para conocer la gestión de los ingresos y gastos que se ha realizado durante el año, no merezca la más mínima atención de los políticos.
 
En fin, todo un despropósito.

Externalización de servicios públicos

El Ayuntamiento de Cangas del Narcea, en cuyo municipio habitamos apenas unas doce mil almas, cuenta en su plantilla con nada menos que dos abogadas: una funcionaria y otra laboral.

Pues bien, a pesar de esta importante dotación, el Alcalde ha decidido que en “algunos” litigios la defensa del Ayuntamiento no sea ejercida por aquellas sino por letrados externos.

Hay más casos, pero tengo cumplido y cabal conocimiento de dos de ellos: el de una trabajadora del propio Ayuntamiento, que demandó al mismo por un conflicto laboral, en cuyo pleito el Alcalde encomendó la defensa al despacho “Torre & Magdaleno”, de Oviedo, al que pertenece el actual diputado regional socialista Marcelino Torre Canto; y el de los primeros juicios contencioso-administrativos por responsabilidad patrimonial como consecuencia de la explosión pirotécnica del Prao del Molín ocurrida la noche del día 21 de julio de 2018, en los que el Alcalde encargó la defensa al despacho “Proley”, también de Oviedo, relacionado con el exdiputado nacional socialista Álvaro Cuesta Martínez y que es el bufete habitual de la FSA, de los responsables de la UGT asturiana, de muchos ayuntamientos socialistas de la región y de destacados miembros del PSOE.

En mi modesta opinión, este proceder del Alcalde de Cangas del Narcea tiene tres lamentables lecturas:

  • constituye un despilfarro de dinero público, pues, como ya dije, el Ayuntamiento cuenta con dos abogadas en plantilla;
  • incurre en nepotismo, cuando no en delito de malversación, por el trato de favor que dispensa a los abogados de su partido, sin más argumento que el de su propia proyección política dentro del mismo; y
  • resulta absolutamente contradictorio con su mantra de que hay que apoyar lo local y fijar población, pues, dejando a un lado el del propio Alcalde (?), en Cangas del Narcea existen otros nueve despachos de abogados, que pagan aquí sus impuestos religiosamente, a quienes sin embargo no se les ofrece la posibilidad de defender al Ayuntamiento, con la consiguiente discriminación.

Resumiendo: los recursos municipales no se invierten en la zona, sino que se van para Oviedo, porque el Alcalde de Cangas del Narcea destina el dinero público a su propio autobombo político.

Y no se me diga, a modo de justificación, que es que estos letrados ovetenses son estrellas rutilantes de la abogacía, porque se da la circunstancia de que el Ayuntamiento perdió el pleito de la trabajadora y de los contencioso-administrativos también perdió el único en el que hasta ahora se ha dictado Sentencia, por lo que es más que probable que los restantes terminen con el mismo resultado adverso para los intereses públicos.

Pero no pasa nada: son abogados del partido y punto.

¡¡¡ Ay de mi güey !!!

Plan suroccidental y despoblación

En el Apartado 3.7.7. del rimbombante PLAN ESPECIAL PARA LOS CONCEJOS DEL SUROCCIDENTE ASTURIANO (págs. 66 y ss.), redactado en el mes de octubre de 2016 y con el que la Administración del Principado de Asturias pretende solventar todos los problemas de la zona, se puede leer lo siguiente:

“Según la proyección de población que el INE hace para la región, en el horizonte 2020, la población regional descendería a 1.023.882 habitantes, es decir, un incremento de -3,36 %. Ese mismo organismo estima que para 2029 la población del Principado de Asturias se situaría en torno a los 971.009 habitantes, lo que supone una merma superior al 8 %. En este contexto regional, y a tenor de los datos ofrecidos por todos los indicadores analizados para la comarca del Suroccidente, todo parece indicar, a grandes rasgos, que la tendencia (salvo que se realicen actuaciones concretas que sean capaces de invertirla) será la misma, si bien los peores indicadores que presenta la comarca con respeto a la región hacen pensar que esta dinámica presente un escenario más negativo a escala comarcal. Este hecho se fundamentaría en dos aspectos básicos como son, por un lado, las propias razones biológicas derivadas de unas excesivamente bajas tasas de natalidad combinadas con otras muy elevadas de mortalidad. Mientras que por otro se encontrarían las razones de índole laboral, que continuaran estimulando las migraciones tanto interiores como las exteriores, con población que se traslade a vivir desde los municipios de la comarca hasta las localidades Área Metropolitana regional, así como a otros puntos fuera de propia región.

Tanto a nivel comarcal como municipal, el escenario que se plantea a futuro es el de la continuidad de unas tasas muy bajas de natalidad y muy elevadas mortalidad, todo unido al incremento, aunque moderado, de la esperanza de vida de la población. Este escenario se ve agravado por una emigración constante, la cual arroja unas cifras superiores a las de la inmigración, generándose de este modo también unas tasas migratorias negativas. La sinergia de todos estos factores, directamente relacionados con la dinámica demográfica, apunta hacia una notable reducción de la población así como a un incremento del envejecimiento de la estructura demográfica municipal y por tanto comarcal.

Para conocer el comportamiento de la dinámica demográfica de la comarca se ha recurrido a la realización de proyecciones de población, las cuales se realizan mediante la aplicación de un método matemático que permita conocer, de forma aproximada, la evolución de la población de un lugar determinado para un año futuro concreto. Estos métodos se fundamentan en ecuaciones que expresan las variaciones demográficas en función de un periodo cronológico, e incluyen unas serie de variables básicas de población, siendo su objetivo pronosticar la dinámica demográfica de un determinado territorio en función del comportamiento de los últimos años, y no la obtención de una predicción exacta de los efectivos para un año concreto, lo cual resultaría imposible debido a la cantidad de factores que influyen en la evolución de una determinada población durante un intervalo de tiempo y lo hasta cierto punto impredecible de su comportamiento (natalidad, mortalidad y migración).

Según los cálculos realizados para un horizonte fijado en el año 2020, y de no poner remedio, la tendencia demográfica de la comarca podría hacer caer su población en torno a un 11,7 %. Por municipios, y para ese mismo año, todos presentarían caídas por encima del 10 %, siendo Tineo el que en principio en un menor porcentaje de población perdería, aproximadamente un 10,7 %, le seguirían Degaña con un 13,8 %, Allande con un 14,6 % y Cangas de Narcea con aproximadamente un 15,2 %, siendo Ibias el municipio que unas peores perspectivas presentaría para ese año, al ver mermada su población en torno a una cifra en torno al 19,7 %.

Si bien estos resultados a corto plazo son notablemente negativos, el escenario se complica aún más si se establece el horizonte una década más tarde. Así, para el año 2030, la población comarcal podría descender, en torno a un 28,1 %, siendo Tineo nuevamente el concejo que en menor medida vería disminuida, en términos porcentuales su población, con aproximadamente un 25,8 %. Tras él, Cangas del Narcea, Allande y Degaña, con unos porcentajes comprendidos entre el 32 y el 35 %, mientras que Ibias sería nuevamente el municipio que peor parado saldría, al ver reducida su población por encima del 40 %.

Cabe apuntar que este escenario contempla únicamente variables demográficas y su evolución en las condiciones actuales. No se valoran las influencias que en uno otro sentido tendrán los cambios de índole económica que se puedan presentar (actividad económica, evolución el empleo, etc.), puesto que son impredecibles.”

Dicho en otras palabras: al menos desde el año 2016 la Administración autonómica es plenamente consciente de lo que se nos viene encima, pero a nuestros gobernantes les da exactamente igual.

Y tras esta dato, objetivo e imparcial, otro día habrá que reflexionar sobre si lo que interesa a Cangas es que el Alcalde sea de la misma “cuerda” que los gobernantes autonómicos y estatales.