Salir pitando

Parece ser que el alcalde-abogado nos abandona antes de la próxima convocatoria electoral al verse incapaz de resolver los graves problemas que ha generado en el Ayuntamiento de Cangas del Narcea o, dicho de otro modo, huye del cargo haciendo así gala de su cobardía e incompetencia.

Por mi parte: Requiem aeternam dona ei Domine. Et lux perpetua luceat ei . Requiescat in pace (Dale, Señor, el descanso eterno. Y brille para él la luz perpetua. Descanse en paz). Amén.

Supongo que la Federación Socialista Asturiana, la omnipresente y todopoderosa FSA, recompensará al alcalde-abogado con algún cargo de más alta responsabilidad, dada su acreditada eficacia en la gestión de los asuntos públicos y su indiscutible predicamento entre la población canguesa, pues, recordemos, nunca ganó las elecciones locales.

Ver veremos.

Pero el problema está en que las dos concejalas de IU, que como todos sabemos son las que sustentan en el poder al alcalde-abogado, condicionan su marcha a que la nueva alcaldesa sea la número 1 de su propia lista electoral, lo que la FSA no acepta, planteándose entonces como alternativa que dicho cargo pase a ostentarlo la número 3 de la lista del PSOE, pues la número 2 es vetada por aquellas dadas sus rencillas palaciegas.

Y en éstas estamos.

¡¡¡Ay de mi güey!!!

¡¡¡ Pero qué desfachatez !!!

Muy polémicas están siendo las declaraciones del alcalde de Cangas del Narcea, el alcalde-abogado, en una entrevista recientemente concedida a un diario regional.

El alcalde-abogado, en su línea de mentiroso compulsivo, no ha tenido el mas mínimo empacho en manifestar que “está habiendo una mejoría en el concejo en cuestiones como la conservación de carreteras, fijación de población y generación de empleo”.

Pero, vayamos por partes.

CONSERVACIÓN DE CARRETERAS:

Hay que tener muy poca vergüenza, mas bien ninguna, para declarar que se ha mejorado en este tema cuando todos los medios de comunicación están poniendo de relieve que las carreteras municipales son intransitables y que hay zonas, como las de La Barguera y Las Montañas, donde han sido los propios vecinos los que han tenido que acometer las obras de reparación del vial público que los comunica a costa de su esfuerzo y dinero.

Pero luego vienen las disculpas. Tras afirmar que Cangas tiene 800 kilómetros de carreteras municipales, el alcalde-abogado señala que su conservación se afronta con muchas deficiencias pues “Este Ayuntamiento tiene diez personas en el servicio de obras, no tiene recursos humanos tampoco como para tenerlo todo en perfecto estado”.

Y esto lo dice sin reparar en que tanto el cómo tres de los concejales, su equipo de gobierno, se han auto fijado un sueldo con cargo a las arcas municipales de nada menos que 36.500 euros anuales por barba, que suman 146.000 euros, más aproximadamente otros 48.000 euros de cotización a la Seguridad Social.

Teniendo en cuenta el salario medio de un obrero del Ayuntamiento, con bastante menos de lo que nos cuestan los sueldos de los políticos locales podría reforzarse considerablemente el servicio de obras municipal.

FIJACION DE POBLACIÓN:

La afirmación del alcalde-abogado de que el concejo está mejorando en cuanto a población no solo carece de ningún otro aval mas que el de sus propias palabras (?) sino que, además, está absolutamente en contra de los datos oficiales.

Porque, según estos, de los 12.124 habitantes del año 2020 hemos pasado a 11.968 en el año 2021.

Así que, por favor, que el alcalde-abogado deje de una vez de seguir tomándonos el pelo.

GENERACIÓN DE EMPLEO:

El alcalde-abogado no se ha puesto ni colorado al aseverar que Cangas está generando empleo en torno al turismo y el sistema agroalimentario gracias a la estrategia de diversificación económica que hemos implantado; sobre todo, el empleo estacional, en los sectores servicios y comercio, se está convirtiendo en estructural, de todo el año.

Lo de la estrategia de diversificación económica que “hemos” implantado no tiene un pase, pues como todo el mundo sabe los ayuntamientos carecen de competencias en la materia.

Pero volviendo a la generación de empleo, yo en este tema también prefiero los datos oficiales referidos al pasado mes de junio.

Porque resulta que el número total de parados en el concejo fue de 516 personas, de las cuales 217 son hombres y 299 mujeres.

Las personas mayores de 45 años con 282 parados son el grupo de edad más afectado por el paro, seguido de los que se encuentran entre 25 y 44 años con 195 parados, siendo el grupo menos numeroso los menores de 25 años con 39 parados.

Por sectores vemos que en el de servicios es donde mayor número de parados existe en el municipio con 344 parados, seguido de la agricultura con 47 parados, la construcción con 44 parados, la industria con 43 parados y por ultimo las personas sin empleo anterior con 38 parados.

Luego no es cierto que se haya generado empleo en los sectores de servicios y comercio como tan gratuita y falsamente sostiene el alcalde-abogado.

RESUMIENDO:

El alcalde-abogado miente deliberadamente.

¡¡¡ Ay de mi güey !!!

PD. El alcalde-abogado trata de justificarse con la amortización de la deuda heredada del anterior gobierno municipal pero omite reconocer que bajo su mandato, y según la información publicada por el Ministerio de Economía, la deuda viva del Ayuntamiento de Cangas pasó de 1.830.000 euros en el ejercicio 2020 a 2.374.000 euros en el año 2021, un 18,14% del presupuesto municipal.

Abandonados a su suerte (II)

En una entrada anterior, bajo el título de “Optimización de los servicios y gastos municipales”, escribí que las competencias de un Ayuntamiento están definidas legalmente.

Y la ley señala que en todos los municipios deberán prestarse obligatoriamente los servicios de:

  • alumbrado público;
  • cementerio;
  •  recogida de residuos;
  • limpieza viaria;
  • abastecimiento domiciliario de agua potable;
  • alcantarillado;
  • acceso a los núcleos de población; y
  • pavimentación de las vías públicas.

Pero, además, en aquellos con población entre 5.000 y 20.000 habitantes, también son obligatorios los servicios de:

  • parque público;
  • biblioteca pública; y
  • tratamiento de residuos.

Fuera de los anteriormente citados, el resto de los servicios municipales son de prestación voluntaria por parte de los Ayuntamientos, es decir, que no tienen ninguna obligación de hacerlo.

En el caso de Cangas del Narcea, además de los servicios de prestación obligatoria, se ofrecen también, citados por orden alfabético, los siguientes:

  • Casa de Cultura;
  • Escuela de Educación Infantil “Los Gigantinos”;
  • Escuela de Música;
  • Museo del Vino;
  • Oficina de Turismo;
  • Polideportivo;
  • Piscina Climatizada;
  • Recinto Ferial de La Himera; y
  • Servicios Sociales.

Todo ello atendido por una legión de empleados municipales y con un coste económico muy importante.

Pero es más, aparte de todos los servicios anteriormente citados, en el Ayuntamiento de Cangas también hay lo que podríamos denominar cariñosamente como “satélites” municipales, y que también cito por estricto orden alfabético, como son:

  • Agencia de Desarrollo Local;
  • Agencia de Igualdad;
  • Centro Asesor de la Mujer;
  • Centro de Dinamización Tecnológica;
  • Centro de Empresas;
  • Oficina de Información Juvenil;
  • Plan de Drogas;
  • Programa Rompiendo Distancias; y
  • Servicio de Normalización Lingüística.

Todo ello atendido igualmente por otro numeroso elenco de empleados municipales y con un coste económico considerable.

Como verá el lector, en el Ayuntamiento de Cangas no falta de nada, pero la cruda realidad es otra.

Hace unos días, en la entrada titulada “Abandonados a su suerte”, denuncié el lamentable estado de pavimentación de la carretera municipal que une los pueblos de Trones y Fuentes de las Montañas, hasta el punto de que, en menos de un año, ya es la segunda vez que los vecinos de los nucleos rurales que se comunican a través de esta vía pública han tenido que ponerse manos a la obra ante la desidia y el abandono del Ayuntamiento.

Esta situación no solo se da en las zonas de La Barguera y Las Montañas sino que se reproduce a lo largo y ancho de todo el concejo: las carreteras municipales están intransitables.

Pero eso quizá sea solo la punta del iceberg de la bancarrota local. Este mes, sin ir más lejos, los empleados municipales han cobrado sus nóminas bien entrado el mismo, por lo que la situación económico-financiera del Ayuntamiento debe de ser mucho más que alarmante.

No hay dinero para todo y no es de extrañar dada la desmesurada carta de servicios municipales voluntarios procedentes de aquella época de las “vacas gordas” que ya no volverá jamás.

Hace falta priorizar servicios y, por supuesto, garantizar los de obligada prestación en detrimento de los asumidos de forma voluntaria.

Pero el alcalde-abogado se ha desentendido por completo de las obligaciones legales del Ayuntamiento, como es la de pavimentar las carreteras muncipales, para refugiarse en concursos, certámenes y festivales de todo tipo en los que ejercer el postureo, que es lo suyo.

En fin, la versión masculina de toda una “majorette” de la política.

Y, mientras tanto, el Concejo se muere a la vista, ciencia y paciencia del alcalde-abogado y tres concejales, a todos los cuales los cangueses les pagamos un sueldo anual de 36.500 euros por barba, más seguros sociales.

¡¡¡ Ay de mi güey !!!

Si no presenta la cuenta general, ¿qué esconde?

La Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias es un órgano creado por el Estatuto de Autonomía, regulado por la ley 3/2003, de 24 de marzo, y constituido el 21 de abril de 2005 con el nombramiento de los tres primeros Síndicos.

Se trata del órgano encargado de fiscalizar la actividad económico-financiera del sector público autonómico y velar por su adecuación a los principios de legalidad, eficacia y eficiencia.

El pasado día 30 de marzo el Consejo de la Sindicatura de Cuentas, en ejercicio de su función fiscalizadora, aprobó el Informe Definitivo de Fiscalización sobre el sector público local del Principado correspondiente al ejercicio 2020.

Dice la normativa en vigor¹, que las entidades locales, a la terminación del ejercicio presupuestario, formarán la cuenta general, que pondrá de manifiesto la gestión realizada en los aspectos económico, financiero, patrimonial y presupuestario.

Según este Informe Definitivo de Fiscalización, durante el ejercicio 2020 el sector público local del Principado estuvo formado por 78 ayuntamientos, con 42 entidades dependientes, 15 mancomunidades y 39 parroquias rurales, siendo 133 el número de entidades locales con obligación de rendir la cuenta general correspondiente al ejercicio 2020.

En este país todos los ciudadanos estamos fiscalizados por Hacienda; y, por la cuenta que le tiene, no conozco a nadie en su sano juicio que se atreva a negarse a facilitarle la información que la misma requiera.

Otro tanto sucede con las sociedades de capital (Anónimas, de Responsabilidad Limitada, etc.), con el agravante de que éstas están incluso obligadas a depositar sus cuentas anuales en el Registro Mercantil de su provincia, so pena de ser sancionadas con multas de hasta 300.000 euros, amén de otras consecuencias negativas para dichas empresas.

Sin embargo, según el citado Informe Definitivo de Fiscalización, de las 133 entidades locales asturianas obligadas a rendir la cuenta general ante la Sindicatura de Cuentas del Principado solo 101 de ellas (58 ayuntamientos, 4 mancomunidades y las 39 parroquias rurales) cumplieron en plazo su obligación de rendirla.

Y entre esas entidades locales que no han rendido la cuenta general del ejercicio 2020 se encuentra el Ayuntamiento de Cangas del Narcea, que incluso tiene pendientes de rendir las de los ejercicios 2018 y 2019.

Pero, a diferencia de los ciudadanos y de las sociedades mercantiles, a las entidades locales que no rindan la cuenta general no les pasa absolutamente nada.

No obstante, yo me pregunto: si no presenta la cuenta general a la Sindicatura de Cuentas del Principado, ¿qué está escondiendo el alcalde-abogado?.

¡¡¡ Ay de mi güey !!!


¹ Art. 208 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (BOE 9/03/2004).

 

La sestaferia ha vuelto

En el boletín oficial de la Junta General del Principado de Asturias del día 9 de marzo de 2007 figura publicada la Compilación del Derecho Consuetudinario Asturiano elevada al Pleno por la Comisión Especial constituida al respecto.

La Comisión estuvo integrada por tres parlamentarios autonómicos (pertenecientes a IU, PSOE y PP), con la colaboración de un cualificado grupo de profesionales reclutado principalmente de la Universidad de Oviedo y la Magistratura y auxiliada por un equipo de investigación.

Y entre las costumbres recogidas figura la denominada sestaferia que la Compilación define como “… una prestación personal de carácter obligatorio para desarrollar trabajos comunales destinados a la apertura, construcción, reconstrucción, conservación, reparación, mantenimiento, arreglo, limpieza y mejora de caminos vecinales, fuentes, abrevaderos, lavaderos, puentes, suministro de agua, en su caso, y demás infraestructuras similares localizados en el pueblo y en sus espacios productivos, de interés exclusivo para su vecinos.”

Esta prestación es obligatoria para todos los vecinos, de entre 18 y 65 años, de suerte que cada casa del pueblo está obligada a prestar para la sestaferia un obrero que debe de llevar los utensilios necesarios, tales como pico, pala, hoz y similares.

La sestaferia se puede convocar a lo largo de todo el año, según las necesidades vecinales, no pudiendo exceder de quince días al año ni de tres días consecutivos, salvo costumbre del lugar, y se celebra, los viernes, sábados y/ domingos, también salvo costumbre del lugar.

Los obligados a asistir a la sestaferia que no lo hicieran, y no la rediman en metálico, pasan a integrar la denominada “lista de faltosos” y pueden ser sancionados con una multa de hasta el doble del salario mínimo interprofesional.

En Cangas del Narcea hace muchos años que desapareció esta figura del Derecho Consuetudinario Asturiano, pero el alcalde-abogado, sin darse cuenta, la ha resucitado.

Y si no pregúntenles a los vecinos de La Barguera, la zona que va de Trones a Fuentes de las Montañas (me refiero a los pueblos de Sanabuega, Posada, Cerecedo, San Romano e Irrondo -de Besullo-, San Pedro, Las Avelleras, Las Defradas, San Félix y Fuentes -de las Montañas-), que están reparando personalmente y a su costa la carretera municipal que une ambos pueblos ante su lamentable estado de conservación y la absoluta desidia de los regidores locales.

Y a nadie se le cae la cara de vergüenza.

¡¡¡ Ay de mi güey !!!

La sinvergonzonería política

Mucho mas que estupefacto me he quedado esta mañana tras leer en un diario regional las declaraciones de los alcaldes de los concejos de Allande, Cangas del Narcea y Tineo, todos ellos miembros de la izquierda caniche, que estando próxima la manifestación convocada para el próximo día 16 en Oviedo para protestar contra el abandono del suroccidente, recomiendan a los ciudadanos resignación ante la penosa situación de la comarca.

Según dicha prensa, los tres regidores locales han manifestado que “Las soluciones llegan del trabajo en las instituciones, no de ponerse detrás de una pancarta. Y nosotros estamos trabajando de firme.”

Menudo “papelón” el de esta gente con tanta sumisión al partido al que pertenecen, anteponiendo los intereses del mismo al de los ciudadanos de sus respectivos concejos.

Dado que no soy ni oriundo ni vecino de Allande y Tineo, voy a circunscribirme a Cangas, de cuyo alcalde-abogado, de seguir así, terminaré siendo biógrafo.

Como ya escribí aquí, en la entrada titulada “Alcaldes: elección, penalti y expulsión”, en España a los alcaldes no los eligen los ciudadanos sino los concejales, que a su vez son elegidos por formar parte de unas candidaturas cerradas y bloqueadas que presentan los partidos políticos. En el caso de Cangas el asunto es más sangrante todavía, si cabe, teniendo en cuenta que quien ganó las últimas elecciones locales fue el PP.

Pero da igual lo que digan las urnas, que es la mas genuina expresión de la voluntad popular, porque, pese a no haber vencido en aquellas, el alcalde-abogado accedió al cargo en el año 2019 (al igual que en 2015) gracias a un pacto del duerno que consistió en “contratar” a los dos concejales de IU a cambio de un sueldo, así como suena, y como aquél y otra concejala de su mismo partido no iban a ser menos, pues entre los cuatro decidieron ponerse una retribución bruta anual de 36.500 euros por barba, cotización a la Seguridad Social aparte.

Según los datos hechos públicos por el Ministerio de Hacienda, la renta bruta media anual por declarante en el concejo de Cangas en el año 2019 fue de 23.645 euros pero, una vez descontada la liquidación por IRPF y lo aportado a la Seguridad Social, la renta disponible media anual por declarante se situó en 19.947 euros.

Dicho en otras palabras: nuestros gobernantes locales perciben de los cangueses un salario bruto anual que es un 54,37% más alto que la media de lo que cobran los habitantes del concejo. Y esto solo porque yo lo valgo.

Pero volviendo al tema inicial, el alcalde-abogado declara hoy en la prensa que “Las reivindicaciones no se pueden quedar en protestas, tiene que transformarse en propuestas”. Y se ha quedado tan campante, pues quien gobierna esta comunidad autónoma es precisamente su mismo partido político y de ahí la permanente práctica de la obediencia debida por parte de este personaje.

También escribí aquí hace año y medio, en la entrada titulada “Sumisión”, que “los habitantes de este concejo creo que nos merecemos un dirigente con un mínimo de capacidad de gestión y decisión, un cangués valiente, con agallas y coraje, que nos defienda a capa y espada allí donde fuere menester, que sea capaz de rechistar a los de “arriba” y, por supuesto, que nos diga la verdad, y no un apocado “gregario” de la política, un simple subordinado que se rige por la servil obediencia al partido, que es lo que ahora tenemos, e, insisto, que no ocupa la alcaldía precisamente por mandato de las urnas. Basta ya de postureo. El barco se está hundiendo y puede haber doce mil náufragos.” Y aunque está mal que yo lo diga, lo que escribí entonces ha sido nuevamente confirmado vistas las manifestaciones de hoy del alcalde-abogado. 

Pero vayamos al grano. Hace poco más de un año, en otra entrada titulada “Presupuestos autonómicos 2021”, escribí que de los 5.237 millones de euros a que asciende el presupuesto regional para el año en curso, “el conjunto de inversiones reales “proyectadas” exclusivamente para Cangas en el año 2021 (incluidas las sufragadas con los Fondos Mineros) asciende exactamente a la suma de 2.095.107 euros, es decir, un 0,040% del total de los presupuestos y un 0,433% del total de los gastos de inversión. Se dice en éstos presupuestos que, en términos consolidados, el proyecto recoge un total de gastos de capital de 483.118.156 euros y que esto supone 474,21 euros por
habitante, pero en el caso del concejo de Cangas, partiendo de que el último censo de población (2019) es de 12.347 personas, a mí las cuentas no me salen. Porque si tomamos por base los citados 2.095.107 euros de inversión real para el año 2021 a lo que realmente salimos es a 169,68 euros por habitante
. “

Luego en Cangas la inversión per cápita no es de 474,21 euros, como decía aquél proyecto de presupuestos, sino tan solo de 169,68 euros, es decir, un 64,21% menos.

Y terminaba yo entonces escribiendo, y esto viene a colación dado lo que hoy publica la prensa, que “mientras tanto, el alcalde-abogado, haciendo gala una vez más de su absoluta sumisión a los jerarcas socialistas regionales, se muestra exultante y pletórico celebrando que la Administración autonómica invierta aquí menos del 0,5% del total de sus Presupuestos Generales o del total de sus gastos de inversión y que, además, la inversión per cápita sea un 64,21% menor que la media aritmética regional.”

Una discriminación aberrante y obscena de la que el alcalde-abogado debería de darnos una explicación a todos los cangueses.

Pero el asunto empeora. Porque el proyecto de presupuestos para el próximo año 2022 supera los 5.300 millones, pero resulta que para Cangas las inversiones previstas son más de un 60% inferiores a las contempladas en los presupuestos del año en curso.

Esperemos las “propuestas” del alcalde-abogado y su “trabajo en las instituciones” ante este nuevo desprecio del gobierno autonómico hacia los habitantes de este concejo.

Yo, personalmente, no espero nada de este mentiroso compulsivo.

¡¡¡ Ay de mi güey !!!

Ladran, luego cabalgamos (II)

En una entrada anterior homónima, contesté el comentario que la segundo teniente alcalde y Concejal de Desarrollo Rural, Turismo, Hacienda y Régimen Interior del Ayuntamiento de Cangas del Narcea hizo en la red social Facebook tratando de desprestigiarnos a mí y a esta bitácora con motivo de la entrada del mismo titulada “Más sobre la contratación pública local”.

Pero la cosa no quedó ahí, porque unos días más tarde, y en respuesta a la entrada titulada “Comisiones Informativas Municipales”, el alcalde-abogado se lanzó a la misma red social con idéntico propósito.

Reitero aquí todo lo que le dije entonces a la concejala sobre esta bitácora: que solo manejo información basada en datos ciertos, completos, incontestables e irrefutables, tanto que, salvo estas dos contadas ocasiones, nunca nadie se ha puesto a contradecirlos.

Y bien sabido es que el que calla otorga, máxime cuando aquí he vertido contra los regidores municipales acusaciones gravísimas pero, eso sí, documentalmente fundadas.

El alcalde-abogado ha decidido salir del armario para ofenderme y desacreditarme. Su escrito en la red social comienza diciendo que “Vamos a ver si arrojamos un poco de luz a aquellos que se disfrazan como togados y que parece que quieren sentar cátedra a través de las redes sociales, a costa de nombrar informes supuestamente desfavorables de los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento …”, es decir, que niega la existencia de informes desfavorables, para luego jactarse de “… los Informes FAVORABLES de Intervención al aumento de las partidas.”

Pero vayamos por partes.

Yo no me disfrazo como togado. Ejerzo la abogacía en Cangas desde hace prácticamente 37 años y siempre lo he hecho a tiempo completo, es decir, sin compatibilizar mi profesión con ninguna otra actividad. Por eso, si aquí alguien se oculta ese es el alcalde-abogado, contándonos a los cangueses esa milonga de que su tiempo lo distribuye en un 80% para la alcaldía y el 20% restante para la abogacía, lo que no es más que un trampantojo infantil. Sobre esto de simultanear ambas actividades, la política y la profesional, me remito a la entrada “Abogacía vs Alcaldía” en la que expuse mi opinión al respecto.

Tampoco pretendo sentar cátedra, Dios me libre. Yo lo único que hago es escribir asiduamente en esta bitácora, que, como ya le dije a la concejala, es lo último que se hubiesen imaginado nunca los miembros del actual equipo de gobierno municipal y que, por lo visto, últimamente les escuece sobremanera.

Y lo que he escrito aquí es exacta y textualmente que “… en algunos de estos expedientes existen informes desfavorables de los propios servicios jurídicos municipales por no haberse respetado los trámites legalmente previstos al respecto …”.

Pero esta categórica afirmación el alcalde-abogado no la niega, sino que trata de minimizarla y relativizarla, queriendo ocultar que la misma lo que revela es que esos expedientes los tramitó a espaldas de la Secretaria General del Ayuntamiento, hasta que esta lo pilló.

Y comoquiera que ese informe lo ocultan (¡¡¡ viva la transparencia !!!), he tenido que ir a buscarlo a las redes sociales, lo que parece de chiste dada la normativa legal al respecto, pero lo cierto es que en el mismo se dice textualmente lo siguiente: “ … se informa desfavorablemente el aumento de la cuantía de 5.000 € previsto en el borrador de Convenio que se somete a informe, sin que se hayan seguido los mismos trámites que para la aprobación del presupuesto …”. ¿Le parece esto poco al alcalde-abogado?.

En consecuencia, yo no invoco informes “supuestamente” desfavorables, como él afirma tan gratuitamente, sino que me remito a la propia literalidad de este: “… se informa desfavorablemente …”. Punto.

El alcalde-abogado presume de que los expedientes en cuestión han tenido informes favorables de la Intervención Municipal, pero se cuida muy mucho de no proporcionar dato alguno de la persona informante para que así los ciudadanos no puedan calibrar el rigor jurídico-contable de dichos informes pues, como ya escribí aquí en la entrada titulada “La interventora”, ese puesto de control es fundamental en cualquier Ayuntamiento. Pero voy a revelar yo el secreto por aquello de la transparencia: se trata de una administrativa de la propia casa, buena persona y servicial empleada pública, pero carente de la más mínima formación al respecto, y que, para mayor docilidad y sumisión con aquél, que es su jefe, es militante de su mismo partido y del sindicato “hermano”, y estoy seguro de que si algún día le vienen mal dadas en el desempeño del cargo de Interventora, Dios no lo quiera, todos se escudarán diciendo que se trata de una voluntaria sin la mas mínima cualificación para ocuparlo. Toda una perversión. Luego estos informes, dicho sea con el debido respeto, no son precisamente como para que el alcalde-abogado saque pecho escudándose en los mismos.

Ahora que sea el lector el que obtenga sus propias conclusiones. Pero, eso sí, yo no miento.

Yo solo puedo reiterarme en lo ya dicho: ladran, luego cabalgamos.

¡¡¡Ay de mi güey!!!

“Seguir luchando” por el futuro de Cangas y los cangueses

Aunque es probable que alguien no se lo crea, yo no tengo absolutamente nada personal contra el alcalde-abogado. Lo que sucede es que no tolero ni soporto sus continuas tomaduras de pelo a los vecinos del Concejo de Cangas del Narcea tratando de convencernos de que es el quien lidera su recuperación económica, cuando la cruda realidad es que no está haciendo absolutamente nada por la misma, sino más bien todo lo contrario.

En la entrada del otro día, titulada “Comisiones Informativas Municipales”, me hice eco de la contraofensiva lanzada por el alcalde-abogado para tratar de minimizar el escándalo provocado por su propuesta por escrito de reconocer la dedicación parcial a otros 4 concejales del PSOE, para que así puedan percibir también las correspondientes remuneraciones del Ayuntamiento.

El alcalde-abogado irrumpió entonces en una red social reprochando a la oposición haberse abstenido en la Comisión Informativa de Desarrollo Local, Turismo, Hacienda y Régimen Interior del Ayuntamiento, en la que se debatió sobre el incremento de las ayudas municipales a APESA y a la Asociación de Turismo Rural Fuentes del Narcea así como la firma de un convenio con la Cámara de Comercio de Oviedo, y de no haber votado a favor de dichos incremento y convenio.

Como escribí allí, el alcalde-abogado entró en trance y contraatacó sin rubor manifestando “Pero me da igual, ellos podrán seguir poniendo palos en las ruedas que mi Equipo de Gobierno y yo seguiremos luchando por quienes viven y creen en el territorio donde trabajan”.

Pero, según la escasa información de la que dispongo, la que obtuve buenamente del Facebook, porque lo de la transparencia ya sabemos todos que aquí brilla por su ausencia, lo que se debatió en dicha Comisión Informativa Municipal fue exactamente que el Ayuntamiento concediera:

  • 6.000 euros a APESA;
  • 7.000 euros a la Cámara de Comercio de Oviedo; y
  • 15.000 euros a la Asociación de Turismo Rural Fuentes del Narcea.

En total, pues, 28.000 euros, que es lo que el alcalde-abogado denomina “seguir luchando” por el futuro de Cangas y los cangueses.

¿Cómo se puede tener la desfachatez de decir esto púbicamente cuando resulta que el equipo de gobierno local, alcalde-abogado incluido, tiene unos sueldos anuales de 146.000 euros (más un 40% aproximadamente de Seguridad Social) y cuando además este acaba de proponer por escrito a la misma Comisión Informativa Municipal que se reconozca la dedicación parcial de otros 4 concejales más del PSOE para que así perciban del Ayuntamiento otros 38.933,32 euros al año (más otros 40% aproximadamente de Seguridad Social)?

Resumiendo: el gasto en la mamandurria es actualmente de 146.000 euros/año (la mayor de la historia local), pero en breve puede alcanzar los 184.933,32 euros/año (en ambos casos más otro 40% aproximadamente de cotización a la Seguridad Social), mientras que “seguir luchando” por el futuro de Cangas y los cangueses son los citados 28.000 euros.

El alcalde-abogado ¿nos estará tomando el pelo?.

¡¡¡Ay de mi güey!!!

Opacidad municipal (II)

Sobre la opacidad, el oscurantismo y la falta de información del sector público ya me he referido aquí ampliamente en las entradas tituladas “Transparencia y bueno gobierno” y “Opacidad municipal (I)”, y a su lectura remito para evitar reiteraciones.

El Grupo de Desarrollo Rural Alto Narcea Muniellos es una asociación sin ánimo de lucro, constituida el día 26 de septiembre de 2000, compuesta por socios de carácter público y privado, representativos de la realidad social, cultural y económica de la comarca (concejos de Cangas del Narcea, Ibias y Degaña), que busca mantener un equilibrio territorial y sectorial de participación.

La asociación tiene naturaleza privada y está dotada de personalidad jurídica propia, distinta y diferenciada de las entidades y personas que la integran o participan de la misma, y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de los fines que tiene encomendados.

Según publica su página web, al GDR Alto Narcea Muniellos pertenecen los Ayuntamientos de Cangas del Narcea (cuyo alcalde es el presidente de esta asociación), Degaña e Ibias, así como 13 asociaciones privadas de estos tres concejos y, según se dice en aquella, está compuesta por un conjunto equilibrado y representativo de los interlocutores de los diferentes sectores socioeconómicos del territorio, formado por 25 personas representantes de intereses socioeconómicos locales públicos y privados e integrada por las 16 entidades anteriormente citadas.

El GDR Alto Narcea Muniellos maneja un verdadero “pastizal” bajo el control (?) del Principado de Asturias.

En el BOPA del día 7 de agosto de 2018 se publicó una Resolución de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales del Principado disponiendo el gasto y concediendo las ayudas por gasto anticipado de la convocatoria plurianual 2018.

El gasto era por un importe total de 13.027.234,87 euros, que no son moco de pavo, de los cuales 1.101.053,83 euros correspondían al GDR Alto Narcea Muniellos, que tampoco están nada mal.

Posteriormente el Consejo de Gobierno del Principado autorizó un gasto adicional por importe total de 5.763.855,00 euros, de los que 299.040,00 euros correspondían al GDR Alto Narcea Muniellos.

En total, pues, al GDR Alto Narcea Muniellos le correspondieron un total de 1.400.093,80 euros (que, para los que somo mayores, son casi doscientos treinta y tres millones de las antiguas pesetas) y que a mí, particularmente, me parece anómalo e irregular que sean gestionados por una asociación privada.

En esa convocatoria solicitaron ayuda al GDR Alto Narcea Muniellos un total de 24 empresas privadas, 12 entidades locales y 11 entidades sin ánimo de lucro.

Y de dichas solicitudes se concedieron subvenciones por los siguientes importes totales: a las empresas privadas, 356.247,12 euros; a las entidades locales, 272.771,71 euros; y a las entidades sin ánimo de lucro, 61.903,97 euros. En total, 690.922,80 euros.

En el mismo BOPA se publican una a una las referidas subvenciones (por cierto, con muy escueta información sobre las mismas), pero a mí me llamaron especialmente la atención dos de ellas concedidas a un par de entidades sin ánimo de lucro, por importe de 6.534,00 euros cada una, con la finalidad de sufragar un “estudio sobre clarificación de la propiedad” de dos montes privados.

Durante mis 37 años de ejercicio de la abogacía en mi despacho hemos intervenido en cientos de casos de regularización catastral, notarial y registral de propiedades inmobiliarias, tanto rústicas como urbanas, pero nuestros honorarios profesionales siempre fueron satisfechos por los propios interesados y en cualquier caso los mismos ascendieron a cantidades notoriamente inferiores a las que eran objeto de estas subvenciones.

¿Qué es esto de subvencionar estudios sobre la propiedad privada? A mi no me parece normal.

Así que, con la mosca detrás de la oreja, como suele decirse, el mismo día 7 de agosto de 2018 remití por correo electrónico al GDR Alto Narcea Muniellos un escrito solicitando el acceso a ambos expedientes e interesando me fuese facilitado “… el lugar, día y hora …” en el que podía ejercitar este derecho.

Comoquiera que el plazo mensual para contestarme estaba próximo a vencer, y mi escrito todavía no había tenido respuesta, el día 5 de septiembre de 2018 remití un nuevo correo electrónico recordando la solicitud.

Mi escrito fue contestado por el alcalde-abogado, que como ya dije es el presidente de esta asociación, mediante oficio de fecha 23 de agosto de 2018 (a mí, lógicamente, me llegó después de enviar el correo anterior) requiriéndome para que concretase el aspecto o aspectos de los expedientes de subvención a los que yo deseaba acceder.

La cosa ya empezó a olerme mal, por lo que el día 11 de septiembre de 2018 volví a remitir por correo electrónico un nuevo escrito, insistiendo en mi solicitud y recordando que, legalmente, el “acceso parcial” a la información pública es excepcional porque la ley prioriza el acceso a todos los datos sin restricción.

Tras este escrito, el alcalde-abogado dictó un nuevo oficio de fecha 5 de octubre de 2018 acordando dar traslado de mi solicitud a los beneficiarios de las subvenciones, quienes se opusieron rotundamente a que se me facilitara información alguna, lo que fue incrementando mis sospechas.

Y con tales antecedentes, por Resolución de fecha 5 de noviembre de 2018, el alcalde-abogado me concedió el “acceso parcial” a los expedientes pero, eso sí, sin datos personales, es decir, anonimizados para no poder saber la identidad de los agraciados por las subvenciones.

Una decisión absolutamente ilegal si se tiene en cuenta que la normativa sobre transparencia obliga a hacer pública, como mínimo, la información relativa a “Las subvenciones y ayudas públicas concedidas con indicación de su importe, objetivo o finalidad y beneficiarios.”[1]

Pero en esta Resolución del alcalde-abogado también se dice que si hubiese habido oposición a la solicitud de información, y aquí la hubo, no podría acceder a la información hasta que transcurrieran los plazos para interponer recurso judicial sin hacerlo o, habiéndolo hecho, si la decisión de los jueces era favorable al acceso a la información, resultando que hoy en día a mí el alcalde-abogado todavía no me ha informado ni de una cosa ni de la otra.

Así que, casi tres años después de haber solicitado la información, aquí sigo esperando a que el alcalde-abogado me diga “… el lugar, día y hora …” en el que puedo acceder a los expedientes previamente “capados”.

Otro ejemplo más de falta de transparencia municipal.

¡¡¡ Ay de mi güey !!!


[1] Art. 8-1, c) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Más sobre la contratación pública local

Informar a los ciudadanos con todo detalle del destino de los fondos públicos considero que es una obligación moral de cualquier político que se precie mínimamente.

Hace más de un año, en la entrada titulada “Luz y taquígrafos”, emplacé al alcalde-abogado para que, cuanto antes, nos informara a los cangueses sobre los pormenores de un contrato público de “servicios de comunicación” (?) que el mismo suscribió en pleno estado de alarma, pero el regidor local todavía no ha dicho ni “mú”, castigándonos así con el látigo de su indiferencia.

Lo único que sabemos es que el agraciado, nunca mejor dicho, es un ex colaborador de un diario regional que, ¡¡¡oh casualidad!!!, al parecer es persona afín a la Federación Socialista Asturiana. Ya se sabe: ellos se lo guisan y ellos se lo comen.

Este contrato, parece ser, supuso un gasto de 8.470 euros y, ante la opacidad informativa municipal, estoy en mi perfecto derecho de sospechar sobre el mismo y sus circunstancias.

Pero la cosa no queda ahí. A través de la Plataforma de Contratación del Sector Público he tenido conocimiento de que el alcalde-abogado acaba de firmar otro contrato, esta vez con la empresa “Impact 5 S.A.”, de Oviedo, denominado “Servicio de agencia de medios de comunicación para la planificación, mediación, inserción y seguimiento de la comunicación y publicidad institucional del Ayuntamiento de Cangas del Narcea”, por una duración de 2 años y un precio total de 75.619,84 euros (no obstante, otras fuentes nos hablan de un precio total de 91.500 euros, como puede comprobarse fácilmente en el muro de la segunda teniente de alcalde en una conocida red social ).

En este pliego se justifica la contratación de esta empresa con argumentos tan peregrinos como que el Ayuntamiento “… no dispone de un departamento de comunicación específico ni persona responsable de tal servicios …” por lo que es necesario “… disponer de una agencia de medios que gestione la compra de los espacios publicitarios de acuerdo a cada una de las áreas del Ayuntamiento …”, todo esto en palabras de una guía de turismo (?) que fue la redactora de semejante documento.

En mi modesta opinión, un Concejo con apenas 12.000 habitantes, con un Ayuntamiento cuya plantilla es a todas luces desorbitada, en el que además existen 4 concejales (incluido el alcalde-abogado) sin horario ni calendario cobrando entre todos ellos la friolera de más de 145.000 euros al año (seguros sociales aparte), no necesita para nada de semejantes servicios salvo que se quiera dilapidar el dinero público en beneficio de vaya a saber el lector quien, máxime en su actual situación financiera que, como todos conocemos, está repleta de importantes deudas del más variado tipo.

El alcalde-abogado que, como ya expliqué aquí en las entradas tituladas “Ayudas municipales para la reactivación y la regeneración económica de Cangas del Narcea” y “Mintiendo impunemente”, ofrece un máximo de 350 euros a los autónomos y pequeños empresarios del Concejo como única ayuda para paliar la crisis económica derivada de la pandemia, sin embargo se gasta cerca de 85.000 euros (o mas de 100.000 si acudimos a la otra fuente) en autobombo publicitario.

Vamos, un nuevo despilfarro de los recursos públicos y mucho más con la que está cayendo.

¡¡¡Ay de mi güey!!!

Aniversario: “Iconografía local. Lo que nos faltaba”

Hoy hace exactamente un año publiqué aquí la entrada titulada “Iconografía local. Lo que nos faltaba”.

Lo recuerdo por si alguien no la leyó entonces y, si lo hizo, para que no la olvide.

Garantías en los contratos del sector público

La legislación española[1] prevé que cuando alguien contrata con la Administración ésta pueda exigir una garantía para asegurarse contra el riesgo de que el empresario incumpla alguna de las obligaciones que asume ante la misma.

Según dicha normativa, éstas garantías pueden prestarse en diversas formas (efectivo, aval, seguro de caución, etc.) y responden de diferentes conceptos (formalización del contrato en plazo, correcta ejecución de este, inexistencia de vicios o defectos, etc.).

Y las garantías no serán devueltas o canceladas hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato de que se trate, o hasta que se declare la resolución de este sin culpa del contratista.

Traigo esto aquí con motivo de un contrato de obras suscrito por el Ayuntamiento de Cangas del Narcea con una importante empresa constructora.

El día 6 de marzo de 2015 el Ayuntamiento y esta empresa formalizaron el contrato de obra denominado “Senda peatonal Ambasaguas-Santiso” por un precio de 204.967,89 euros, más IVA, siendo recepcionadas las mismas el día 18 de enero de 2016.

En el acta de recepción de las obras se hizo constar expresamente que el período de garantía era de un (1) año y que comenzaría a contar a partir del día 13 de agosto de 2015.

El día 16 de agosto de 2018, es decir, dos (2) años después de haber vencido el citado plazo, la empresa contratista se dirigió por escrito al Ayuntamiento solicitando la devolución del aval en su día presentado en garantía.

El Ayuntamiento, en su habitual e ilegal costumbre de dar siempre la callada por respuesta, no contestó a dicha reclamación, motivo por el cual el día 25 de julio de 2019 la empresa contratista, harta de esperar, acudió a la vía judicial, correspondiendo el conocimiento del recurso al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Oviedo que lo tramitó como Procedimiento Abreviado nº 224/2019.

El Juzgado emplazó al Ayuntamiento para que le remitiera el expediente y luego, una vez formalizada la demanda por parte de la empresa contratista, para que diese contestación a la misma.

Y el día 3 de enero de 2020 el Ayuntamiento compareció en el proceso judicial presentando una Resolución del alcalde-abogado fechada la víspera en la que autorizaba el allanamiento a la demanda, es decir, el reconocimiento y aceptación de las pretensiones de la empresa contratista, lo que sin embargo, inexplicablemente, no había hecho ante la reclamación previa con lo que hubiese evitado el pleito.

Así las cosas, el citado Juzgado dictó la Sentencia nº 1/2020 estimando las pretensiones de la empresa contratista y condenando al Ayuntamiento a devolverle el aval así como a pagarle los gastos financieros que supuso el retraso en dicha devolución desde el día 13 de agosto de 2016 en que finalizó el plazo de garantía.

En fin, otra impresentable actuación del alcalde-abogado. Y suma y sigue.

¡¡¡Ay de mi güey!!!


[1] Actualmente Ley 9/2017, de contratos del sector público – BOE 9/11/2017

Aló, alcalde (y IV)

Termino hoy esta tetralogía homónima dedicada a la delirante intervención radiofónica del alcalde-abogado el pasado día 17 de noviembre en la emisora de Cangas del Narcea de la cadena de radio Onda Cero, un paripé lamentable muy propio de su protagonista.

Preguntado por las pistas de Los Eiros y La Cuitada, que al parecer son ya intransitables, se limitó a decir algo tan recurrente como que “estamos trabajando en ello”. Vaya cara.

Preguntado por el arreglo de la carretera AS-15, tramo Cangas del Narcea-Autovía A-63 (Oviedo-La Espina), respondió que era una obra inminente por parte del Principado. Balones fuera.

Preguntado por la construcción de una bolera vaqueira en la villa de Cangas, expresó su compromiso con el proyecto, del que ya tenían ubicación, pero que estaban pendientes de las autorizaciones administrativas por parte de varios organismos autonómicos. Mas balones fuera.

Preguntado si estaba prevista la construcción de una pista de “pádel” en Cangas, avanzó que habían decidido ubicarla en las instalaciones de la antigua Escuela Hogar, no una sino dos pistas aunque, eso sí, sin duchas ni vestuarios, pero que la obra necesitaba el permiso del Principado. Y seguimos con las evasivas.

Preguntado por el aumento de “inclusividad” en las colonias de verano, reconoció estar pletórico porque la madre de un niño le había felicitado al finalizar las mismas diciéndole que éste se lo había pasado pipa. Sin comentarios.

Preguntado por la señalización del Instituto de Educación Secundaria, con supresión de barreras arquitectónicas, etc., se limitó a decir que tomaba nota, así que esperemos que la misma no se traspapele como suele ser habitual

Preguntado por el apagón de luz pública entre el colegio Maestro Casanova y la piscina municipal, pese a tratarse de una instalación que está delante mismo de su despacho municipal, se mostró sorprendido y volvió a tomar nota (?).

Preguntado por la hiedra de la barandilla de la plaza de La Oliva, del puente romano y del puente de Cibuyo a San Esteban, lo que hizo fue hacerse el tonto, es decir, elucubró hasta la extenuación, lo que no deja de ser sino de listos al menos de “listillos”.

Preguntado por las quejas de los comerciantes locales por la ubicación del mercado semanal en la plaza de La Oliva, se justificó en la tradición así como en los problemas derivados de la pandemia, disculpa ésta que hoy la clase política aprovecha para aplicar sin inmutarse a cualquier mínimo contratiempo del tipo que sea.

Preguntado por la llegada de la fibra óptica a la calle Santa Bárbara, pues parece ser que solo cubre una parte de esta, espera que en dos o tres meses todo quede solucionado por parte de las empresas “Redes” (pública) y “Orange” (privada).

Preguntado por una mayor vigilancia del tráfico, básicamente por aparcamientos de vehículos en lugares indebidos (aceras, pasos de cebra, etc.), recomendó tener flexibilidad ante las propias características de la villa de Cangas (?), aunque reconociendo la insuficiencia de la actual dotación de la Policía Local, con olvido de que esa necesidad solo puede ser cubierta por decisión suya y del resto de la Corporación Municipal.

Preguntado por la cobertura de internet y teléfono móvil en el polígono industrial de Tebongo, manifestó que se trataba de un proyecto pendiente de los fondos mineros.

Preguntado por los baches de la subida a El Fuejo, por la que transita todos los días, el alcalde-abogado volvió a salirse por la tangente.

Preguntado por las humedades existentes en la fachada de la Casa de Cultura (Palacio de Omaña), culpó a Patrimonio por no dejar instalar canalones de desagüe, lo que es tanto como reconocer que las humedades de un edificio público municipal han venido para quedarse.

Preguntado por los problemas del transporte escolar de una niña de Sonande, se enseñoreó afirmando que estaba harto de decir que cuando una ley no funciona hay que cambiarla y que el que no lo haga que se dedique a otra cosa. En fin, otra perogrullada.

Preguntado por la carretera de Besullo, estoy seguro de que no se sonrojó (eso las ondas no lo trasmiten) al proclamar que la reparación sería inminente.

Preguntado por el acceso a las brañas del Narcea, y la famosa valla privada que lo impide, manifestó no haber recibido este año ninguna queja, congratulándose de que todo siga así, es decir, que el problema de fondo, el carácter público o privado del camino, está realmente sin solventar.

Y preguntado por si había alguna actuación prevista para la mejora de la accesibilidad y la estética de los barrios de Ambasaguas, Arrastraculos y la Fuente, afirmó sin el más mínimo rubor que tenía a una parte importante del Ayuntamiento trabajando para el embellecimiento del casco-histórico.

En fin, amables lectores, una nueva perfomance del alcalde-abogado absolutamente infumable.

¡¡¡Ay de mi güey!!!

Aló, alcalde (III)

Después de las entradas “Un charlatán de feria”, “Aló, alcalde (I)” y Aló, alcalde (II), esta será la cuarta dedicada a la delirante intervención radiofónica del alcalde-abogado el pasado día 17 en la emisora de Cangas del Narcea de la cadena de radio Onda Cero, un paripé lamentable muy propio de este personaje que, como todo el mundo ya sabe, no se calla ni debajo del agua.

Sin ir mas lejos, hace unos días el alcalde-abogado subió a su muro del Facebook el vídeo “Alimentos del Paraíso Natural” y, pese a que en el mismo no se hace la mas mínima referencia a nada relacionado con este concejo (para los autores del reportaje el vino de Cangas es como si no existiera), el susodicho no ha tenido reparo en escribir «El vídeo de Alimentos del Paraíso Natural es brutal. Promoción de calidad, para unos productos de excelencia. Mi enhorabuena a la Consejería y a la Dirección General (barro para casa), y a Jota. Pura emoción. Vedlo y me diréis.» Y se ha quedado tan campante; porque este personaje está convencido de que a el todo le queda bien.

Pero volviendo a las ondas, que es lo que hoy nuevamente me ocupa, ya escribí reiteradas veces que toda la intervención radiofónica del alcalde-abogado está plagada de “balones fuera” cuando no de compromisos dependientes de personas y organismos ajenos al Ayuntamiento. Pero da igual, al alcalde-abogado le vale todo, como ahora veremos.

Preguntado por los daños en la escollera de Los Nogales, se remitió a la Confederación Hidrográfica, por la que, según el mismo reconoció, lleva dos inviernos “esperando”, es decir, balones fuera.

Preguntado por las dos pasarelas de Los Nogales, la existente y la que está pendiente de reconstrucción, respondió que la primera estaba la espera de que le echaran un “vistazo” y que la segunda había dado lugar a un problema con la subvención del Leader[1], un inconveniente cuando menos cómico, con lo cual la pasarela en cuestión (tan “emotiva” para el alcalde-abogado según sus propias palabras) también lleva dos años esperando volver a responder a una demandada necesidad.

Preguntado por la accesibilidad interior y la acera al cementerio municipal de Arayón, sobre lo primero se mostró sorprendido, terminando por admitir problemas presupuestarios, y pese a reconocer la imperiosa necesidad de la acera, por el evidente peligro que su falta representa, nuevamente volvió al latinoamericano “estamos trabajando en ello” (?) pero, eso sí, justificándose en que se trata de una obra que depende del Principado.

Preguntado por la accesibilidad en el interior de la villa de Cangas, mostró su agradecimiento a los discapacitados que se han ofrecido voluntarios para colaborar en su mejor solución, pero la verdad es que de ahí no pasó.

Preguntado por la estación de esquí de Leitariegos, acudió a las entelequias que tanto le gustan, terminando por admitir que no hay presupuestado un duro al respecto. Pues empezáramos por ahí.

Preguntado por la escollera que impide el tránsito por la escalera que comunica el barrio de Santa Bárbara con las calles Clarín y Lorenzo Menéndez, pese a tratarse de un vial público se remitió a un litigio entre particulares, aunque reconociendo que “tendremos” que solucionarlo.

Y preguntado por la traída de aguas a la villa de Cangas, no dudó en afirmar que las obras iban por muy buen camino (?) pero advirtiendo de que si el agua venía con barro era porque la captación se hacía de un arroyo y no de un acuífero subterráneo. Bonita disculpa de un regidor local.

¿Y para esto le pagamos un sueldo al alcalde-abogado?

¡¡¡ Ay de mi güey !!!


[1] Sobre el Leader volveré otro día con más detenimiento, pues ese tinglado de dinero público merece un tratamiento monográfico.

Aló, alcalde (II)

Como ya anuncié en su día, en la entrada titulada “Un charlatán de feria”, la delirante intervención radiofónica del alcalde-abogado el pasado día 17 en la emisora de Cangas del Narcea de la cadena de radio Onda Cero era un espectáculo que iba a dar para mucho en esta bitácora.

Por ello, y continuando con lo que ya escribí anteriormente en la entrada “Aló, alcalde (I)”, voy a referirme ahora a otra parte de este paripé tan lamentable.

Preguntado por los destrozos del tejado de la bolera municipal del barrio de El Reguerón, debido a la caída de un árbol, el alcalde-abogado manifestó ser la primera noticia que tenía de tal siniestro (y eso que, según el preguntante, el mismo sucedió hace más de un año) pero que, una vez que se entrevistasen con los integrantes del club de bolos, el Ayuntamiento haría una inspección. Ojo: primero la entrevista y luego la inspección; del arreglo ni palabra. Y se quedó tan ancho.

Preguntado por la reparación de los parques infantiles, que están de pena, el alcalde-abogado, tras perderse por los cerros de Úbeda, atinó a adelantar que el parque municipal del minero se arreglaría con los fondos Leader, lo que depende del Principado, aprovechando para salirse por la tangente recordándonos a todos que en los parques infantiles no puede haber perros, lo que es de agradecer: los parques no se reparan pero, por favor, que no haya cánidos (sorprendentemente el alcalde-abogado de los gatos en los parques públicos no dijo nada, aunque haberlos “haylos”, por lo que supongo que este tema lo abordará en una segunda edición de su “Aló, alcalde”).

Preguntado por la franja de acceso con vehículos al Prao del Molín, en la que al parecer el césped no crece, el alcalde-abogado no tuvo el más mínimo empacho en afirmar que, pese al mimo de los jardineros municipales, lo cierto era que “de lejos” no se veían fallos y la zona tenía muy buen aspecto, justificando la situación en “la pertinaz sequía” (frase que me recuerda a alguien de cuyo nombre no quiero acordarme).

Y preguntado por un punto de luz pública en Javita, que está fundida y de cuyo fallo ya se había dado aviso al Ayuntamiento de dos ocasiones sin éxito alguno, el alcalde-abogado, tras el pertinente gracilejo sobre la presidenta de la comunidad autónoma de Madrid (auténtico mantra del socialismo nacional), se disculpó por no haber sustituido todavía la bombilla pero no sin antes poner en duda la veracidad de la pregunta, lo que no solo deja de ser contradictorio y surrealista sino que además supone cierto desprecio hacia la preguntante.

En fin, amables lectores, esta especie de oráculo del alcalde-abogado es otra mas de sus muchas tomaduras de pelo a todos los cangueses.

¡¡¡Ay de mi güey!!!

La asistencia domiciliaria (I)

Todos sabemos que una verdad a medias será, más temprano que tarde, una mentira completa. Porque quien conjuga la verdad con la falsedad, quien mezcla lo real con la irreal, lo cierto con lo imaginario, tarde o temprano incurrirá en la mentira más absoluta.

Digo esto a propósito de las deudas contraídas por el Ayuntamiento de Cangas del Narcea con la empresa Clece, S.A., que fue la que durante años prestó los servicios municipales de asistencia domiciliaria.

En relación con este asunto, cuya gravedad pone de relieve en qué manos se encuentra actualmente este concejo, el alcalde-abogado, con esa ligereza a la que nos tiene tan acostumbrados, no ha tenido mejor ocurrencia que el pasado día 28 subir a su muro de la conocida red social “Facebook” un comentario al respecto que dice textualmente lo siguiente:

Sabéis que no me gusta perder el tiempo con polémicas que otros crean. Hay mucho que hacer como para alimentar el ego de otros, pero hoy quiero explicar algo IMPORTANTE. Con respecto a las facturas de Ayuda a Domicilio, período 2013 a 2018. La empresa reclama en dos demandas distintas retrasos en el pago de facturas. Todas aquellas que tardaron en pagarse más de 30 días. Muchas de ellas además, pagadas en 32, 35, 40 días. En las dos sentencias el Juzgado recoge que las facturas SÍ están pagadas. Las reclamaciones de esta empresa, que hace 2 años que no está aquí, empiezan en el año 2013. Y las fotos que os pongo lo demuestran. Entonces, si en una parte importante de esas facturas era Alcalde Fontaniella, qué cacarea??? Yo no lo hice público porque el problema no ha sido nunca ni el Ayuntamiento, ni un Alcalde, ni los técnicos municipales. El problema fue la actitud de aquella empresa. El resto, es usar la mentira para desprestigiar. Allá cada uno con lo que su moral le permita.

Y tras publicar esto el alcalde-abogado se ha quedado tan campante, como si los cangueses fuésemos todos tontos de remate, lo que, lógicamente, nadie tiene por qué tolerar; salvo los palmeros, claro.

El contrato de Clece, S.A. con el Ayuntamiento de Cangas data del día 20 de diciembre de 2012, época en la que el alcalde era Don José Luis Fontaniella Fernández, quien continuó siéndolo hasta el día 13 de junio de 2015 en que el cargo pasó a ser desempeñado por el alcalde-abogado.

Este contrato, que se redactó con base en un pliego de prescripciones técnicas confeccionado por los Servicios Sociales Municipales, fue por el plazo de dos años a contar desde el día 1 de enero de 2013, es decir, hasta el día 31 de diciembre de 2014, que luego se prorrogó por otros dos años más por acuerdo adoptado por unanimidad por el Pleno celebrado el día 22 de diciembre de 2014, esto es, hasta el día 31 de diciembre de 2016, aunque, por circunstancias que ignoro, la empresa Clece, S.A. continuó prestando el servicio hasta el día 31 de enero de 2019.

Así las cosas, no sé a qué vienen ahora las imprecaciones del alcalde-abogado contra la empresa Clece, S.A. si resulta que la misma ha prestado el servicio de ayuda a domicilio para el Ayuntamiento durante un total de 73 meses seguidos, de los cuales 29,5 meses lo fueron bajo la alcaldía del Sr. Fontaniella y los 43,5 meses restantes bajo el mandato del alcalde-abogado, lo que evidencia, a juzgar por sus propias manifestaciones en el “Face”, o que el mismo estaba encantado con los servicios prestados por dicha empresa (y de ahí que continuara haciéndolo durante cuatro años y medio de su mandato) o, en otro caso, que nos encontramos ante un gestor irresponsable (por permitir que un servicio municipal de semejante importancia siguiera siendo prestado por aquella).

Pero, dejando a un lado las redes sociales, veamos realmente la sucesión de hechos objetivos que han desembocado en las sentencias a que alude el alcalde-abogado y que dejan meridianamente claro que éste continúa con su política de no respetar la verdad.

Y, para mejor comprensión de todo, voy a estructurar la narración de lo sucedido en cuatro apartados temporales distintos, pero sucesivos:

1 – El día 13 de febrero de 2018 la empresa Clece, S.A. presentó en el Ayuntamiento una reclamación administrativa solicitando el pago de la cantidad total de 15.305,42 euros, según el siguiente desglose: 7.717,17 euros, por intereses de demora por el retraso en el pago de facturas expedidas entre los días 30 de noviembre de 2013 y 11 de junio de 2015 (período del alcalde Sr. Fontaniella), y 7.588,25 euros, por intereses de demora por el retraso en el pago de facturas expedidas entre los días 30 de junio de 2015 y 12 de diciembre de 2017 (período del alcalde-abogado).

He separado conscientemente ambas cantidades, según los alcaldes que gobernaban en cada período en el que se expidieron las facturas, para así poder identificar mejor sus distintas “responsabilidades”.

Y el Ayuntamiento, con absoluto desprecio a la normativa legal y, en consecuencia, incurriendo en evidente temeridad e incluso mala fe, dio su callada por respuesta, no contestando nunca la reclamación de la empresa Clece, S.A., lo que provocó el pleito siguiente.

2 – El día 11 de mayo de 2018 la empresa Clece, S.A., a la vista del silencio municipal, demandó al Ayuntamiento ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Oviedo (Procedimiento Abreviado nº 146/2018) en reclamación de las cantidades anteriormente exigidas en vía administrativa.

Y el pleito terminó por Sentencia nº 286/2018, de fecha 29 de noviembre de 2018, estimando íntegramente la demanda de Clece, S.A. y condenando al Ayuntamiento al pago de los 15.305,42 euros (7.717,17 euros + 7.588,25 euros) de intereses de demora, más los intereses legales de dicha cantidad desde el día 11 de mayo de 2018 hasta su completo pago, así como las costas.

3 – El día 16 de mayo de 2019, es decir, con bastante posterioridad al dictado de la Sentencia anterior y, en consecuencia, cuando ya llovía sobre mojado, la empresa Clece, S.A. presentó en el Ayuntamiento otra reclamación administrativa solicitando el pago de la cantidad total de 350.629,05 euros, según el siguiente desglose: 343.312,53 euros, por facturas de los años 2018 y 2019 vencidas y no satisfechas; 7.316,52 euros, por intereses de demora de facturas de los años 2018 y 2019 pendientes de pago (7.116,06 euros) y de facturas del año 2018 abonadas fuera de plazo (200,46 euros).

Y el Ayuntamiento, nuevamente con absoluto desprecio a la normativa legal y, en consecuencia, incurriendo otra vez en evidente temeridad y mala fe, dio una vez más su callada por respuesta, no contestando nunca la reclamación de la empresa Clece S.A., lo que provocó el pleito siguiente.

4 – El día 31 de julio de 2019 la empresa Clece S.A., a la vista del silencio municipal, demandó al Ayuntamiento ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 6 de Oviedo (Procedimiento Ordinario nº 324/2019) en reclamación de las cantidades anteriormente exigidas en vía administrativa, pero a los 343.312,53 euros reclamados por facturas de los años 2018 y 2019 vencidas y no satisfechas se añadían ahora 22.403,27 euros por intereses de demora de dichas facturas pendientes de abono (12.974,56 euros) y de facturas del año 2018 abonadas fuera de plazo (9.428,71 euros).

Durante el curso de este proceso judicial, es decir, extemporáneamente, el Ayuntamiento hizo dos desembolsos distintos (uno el día 20 de septiembre de 2019 por importe 140.043,49 euros y otro el día 11 de febrero de 2020 por importe de 203.269,04 euros) para abonar los citados 343.312,53 euros de las facturas de los años 2018 y 2019 que estaban impagadas.

Y el pleito acabó por Sentencia nº 78/2020, de fecha 4 de septiembre de 2020, estimando íntegramente la demanda de Clece S.A. y condenando al Ayuntamiento al pago de los intereses de demora (al parecer 25.622,53 euros), más los intereses legales de dicha cantidad desde el día 10 de diciembre de 2019 hasta su completo pago, así como las costas.

Luego, a raíz de estas reclamaciones judiciales, el Ayuntamiento de Cangas tuvo que abonar a la empresa Clece S.A. las siguientes cantidades:

  • 343.312,53 euros por facturas de los años 2018 y 2019 vencidas y no satisfechas; y
  • 40.927,95 euros de intereses de demora por facturas pendientes de pago o abonadas fuera de plazo, según los desgloses anteriormente efectuados, de los que 33.210,78 euros son consecuencia de facturas expedidas bajo el mandato del alcalde-abogado.

Todo ello sin perjuicio de los intereses legales y las costas a cuyo pago las sentencias también condenaron al Ayuntamiento.

Pues bien, se da la circunstancia que, DE LOS 384.240,48 EUROS QUE SUMAN AQUELLAS DOS CANTIDADES, SOLO 7.717,17 EUROS, ES DECIR, UN 2 % DEL TOTAL, SE DEBEN A LA ÉPOCA DEL ALCALDE SR. FONTANIELLA (por intereses por los retrasos en el pago de facturas de los años 2013 a 2105), MIENTRAS QUE LOS 376.523,11 EUROS RESTANTES, ESTO ES, UN 98% DE TOTAL, SON IMPUTABLES EXCLUSIVAMENTE A LA ÉPOCA DEL ALCALDE-ABOGADO (por facturas de los años 2018 y 2019 impagadas, por intereses de las mismas y por intereses de otras facturas de su época pagadas fuera de plazo).

Pero las diferencias en la gestión de los intereses públicos entre estos dos regidores locales no solo son cuantitativas, como acabo de exponer, sino también cualitativas: porque mientras que el Sr. Fontaniella lo que hizo fue retrasar el pago de las facturas de los años 2013 a 2015 durante un par de meses, lo que obligó al Ayuntamiento a abonar dichos 7.717,17 de intereses de demora, por el contrario el alcalde-abogado no solo retrasó el pago de las facturas de los años 2015 a 2017 también durante varios meses sino que, además, dejó sin pagar las facturas de los años 2018 y 2019, lo que obligó al Ayuntamiento al abono de dichos 343.312,53 euros en concepto de facturas impagadas y también de los citados 33.210,78 euros por intereses de demora.

Pero es que, aun no siendo yo el encargado de defender a nadie, que ya todos somos mayorcitos, dejando a un lado las notorias diferencias cuantitativas y cualitativas anteriormente destacadas, todavía encuentro una distinción más en la manera de gestionar de uno y otro alcalde: mientras que durante el mandato del Sr. Fontaniella la empresa Clece S.A. no reclamó nunca nada (los intereses de demora por el  retraso en el pago de facturas solo se abonan previa intimación del acreedor), por el contrario, durante el mandato del alcalde-abogado dicha empresa formuló las reclamaciones administrativas anteriormente referidas bajo los apartados 1 y 3 y que, al haber sido desoídas por el Ayuntamiento, tuvieron que resolverse en los pleitos aludidos en los apartados 2 y 4.

Resumiendo: lo del Sr. Fontaniella fueron 7.717,17 euros en tanto que lo del alcalde-abogado ascendió a 376.523,11 euros, es decir, un 2% y un 98%, respectivamente, de la deuda total, con las demás diferencias cualitativas y de gestión ya expuestas.

Ahora, vuelva el amable lector al texto que el alcalde-abogado subió a la red social, y que cada uno saque sus propias conclusiones.

Los datos objetivos son tozudos, lo entiendo, pero los cangueses nos merecemos la verdad.

No sé lo que dirán los palmeros de turno, pero los papeles no dejan lugar a dudas.

Y si el alcalde-abogado sigue esta bitácora, que estoy seguro de que si lo hace, habrá leído la entrada “El mito municipal”, sobre el poder omnímodo de los alcaldes, pero, a la vista de sus gratuitos comentarios en las redes sociales, acusando al Sr. Fontaniella nada menos que de “cacarear” por denunciar semejante desbarajuste económico a costa de todos los cangueses, fijo que le queda pendiente de leer la titulada “Control municipal”, que fue en la que expliqué la doctrina del Tribunal Supremo sobre el control y la fiscalización de los órganos de gobierno municipales.

¡¡¡Ay de mi güey!!!

Aló, alcalde (I)

El pasado día 17 de noviembre los oyentes de la emisora local de la cadena de radio ONDA CERO nos divertimos mucho escuchando uno de los espectáculos para mí más delirantes de los últimos años en Cangas del Narcea: una especie de “Aló, alcalde”, pero a la canguesa, del que ya escribí aquí hace unos días en la entrada “Un charlatán de feria”.

El paripé no tiene desperdicio, pero hoy voy a centrarme únicamente en el primero de los temas tratados por el alcalde-abogado en dicho espacio radiofónico: el pomposamente denominado “cheque impulso empresarial”, cuyas bases se aprobaron por el Pleno del Ayuntamiento de Cangas en sesión celebrada el pasado día 12 de mayo y fueron publicadas en el BOPA del día 22/05/2020, es decir, hace más de 6 meses.

Según consta textualmente en dichas bases, la finalidad de estas ayudas “… es paliar y actuar de manera inmediata, ante las consecuencias derivadas de la crisis económica provocada por el COVID -19, e impulsar la actividad económica en el término municipal de Cangas del Narcea, manteniendo la actividad y amortiguando la pérdida de ventas …”, pretendiendo con las mismas “… proteger el interés general de la ciudadanía de Cangas del Narcea, dando soporte a los empresarios individuales, microempresas y pequeñas empresas (…) para minimizar el impacto producido por la crisis económica provocada por el COVID-19 y lograr que, una vez finalizada la alarma sanitaria, se produzca lo antes posible una reactivación de la economía de nuestro municipio, actuando directamente sobre las personas físicas y jurídicas más afectadas. “

¡¡¡Pero qué bonito queda todo en el papel!!! Porque la cruda realidad es que al día de la fecha, transcurridos mas de 6 meses desde la convocatoria, las ayudas prometidas por el Ayuntamiento están sin pagar.

Preguntado por estas exiguas ayudas locales, el alcalde-abogado se justificó en la radio diciendo que se trata de expedientes muy complejos, que conllevan el manejo de mucha documentación, que estaban en trámite pero que precisamente la siguiente semana, es decir, la que concluyó el pasado domingo día 29, todo quedaría felizmente solucionado. ¡¡¡Mentira!!!

Pero el alcalde-abogado, con indudable mala fe, omitió durante la emisión del programa importante información obrante en su poder, a saber:

  • que por Resolución suya de fecha 30 de junio de 2020 (Expediente CEM/2020/20) concedió y ordenó el pago de 34 ayudas (32 de 350 euros y 2 de 300 euros);
  • que por Resolución suya de fecha 9 de septiembre de 2020 (Expediente CEM/2020/71) concedió y ordenó el pago de otras 39 ayudas (38 de 350 euros y 1 de 300 euros); y
  • que por Resolución suya de fecha 12 de noviembre de 2020 (Expediente CEM/2020/124) concedió y ordenó el pago de 54 ayudas más (46 de 350 euros y 8 de 300 euros).

En total, 43.900 euros (?) que no se acaban de pagar porque, a pesar de que los expedientes están conclusos (las órdenes de pago lo evidencian), sin embargo en el Ayuntamiento no hay dinero para las ayudas, que es de lo que se trata, y esto el alcalde-abogado no se atreve a reconocerlo.

En consecuencia, los 127 beneficiarios de estas ayudas, y que aparecen perfectamente identificados con su DNI/CIF en éstas tres Resoluciones del alcalde-abogado, continúan esperando la caída del “maná” municipal mientras aquél permanece impertérrito, ajeno por completo a las penurias y dificultades económicas por las que tienen que estar pasando estos empresarios individuales, microempresas y pequeñas empresas de Cangas desde que se declaró la pandemia allá por el mes de marzo.

A esto le llamo yo solidaridad social y apuesta por la reactivación económica del concejo.

Y preguntado luego si iba a haber “nuevas” ayudas locales por la segunda oleada de la pandemia, la respuesta radiofónica del alcalde-abogado fue que habrá que ver cómo van a ser las ayudas del Principado para que todas sean compatibles, lo que me lleva a recordar la entrada de esta bitácora titulada “Ayudas municipales para la reactivación y la regeneración económicas del Cangas del Narcea” donde denuncié que, pese a las gratuitas afirmaciones del alcalde-abogado sosteniendo la perfecta simultaneidad de las únicas hasta ahora convocadas por el Ayuntamiento y por el Principado, lo cierto es que estas ayudas locales y autonómicas son incompatibles entre sí como el mismo ha terminado por reconocer.

Y, por lo visto, el dilema continúa y, en consecuencia, no hay prevista una segunda remesa de auxilios, así que cada palo aguante su vela.

Lo dicho: transcurridos mas de 6 meses desde su convocatoria, los empresarios individuales, microempresas y pequeñas empresas del concejo continúan sin cobrar el prometido “cheque impulso empresarial”; y, si aguardan la llegada de “nuevas” ayudas, que se lo tomen con calma porque de momento ni están ni se les espera.

Pero, eso sí, el alcalde-abogado y los otros miembros de su equipo de gobierno cobran regularmente sus emolumentos municipales.  A ellos, a la “nomenklatura” local, la crisis de la pandemia no les llegará nunca.

Dios mío, cuánta perversión.

¡¡¡Ay de mi güey!!!

Pufos municipales

El presupuesto general del Ayuntamiento de Cangas del Narcea para el año 2019, publicado en el BOPA del día 27 de noviembre de 2019, contempla unos ingresos por importe total de 13.086.745,35 euros, que se dice pronto.

Pero, pese a semejante “pastizal” de dinero público, el Ayuntamiento de Cangas se ha convertido en un sempiterno pufista al que los Tribunales de Justicia están aplicando con rigor la normativa de lucha contra la morosidad que establece, con carácter general, un plazo de exigibilidad de intereses de demora, determina su devengo automático, señala el tipo de interés y otorga al acreedor el derecho a reclamar al deudor una indemnización razonable por los costes de cobro.[1]

Tras la información conocida el pasado mes de mayo, de que estaban pendientes de pago más de 2.000 facturas de proveedores por importe total de la friolera de 1,9 millones de euros, últimamente nos hemos enterado de que también hay deudas con contratistas, con suministradores de energía eléctrica y con prestadores de los servicios de ayuda a domicilio.

En fin, un desmadre económico en toda regla en un Ayuntamiento cuyo equipo de gobierno, sin embargo, cobra regularmente sus importantes emolumentos, es decir, que dinero hay pero depende de para qué.

Lo de la empresa pública TRAGSA ya lo he comentado aquí en las entradas “Historia de un despilfarro de dinero público municipal” y “No será prevaricación, pero sí despilfarro de dinero público”, a cuya lectura remito para evitar reiteraciones.

Respecto al suministro de energía eléctrica, dicen las “malas” lenguas que supuso el corte del alumbrado público en varios pueblos del concejo. Y yo me lo creo; porque me consta que durante el año 2016 la empresa Gas Natural Servicios SDG S.A. había efectuado ya al Ayuntamiento de Cangas varias reclamaciones fehacientes por deudas pendientes, hasta que en el verano del año 2018, harta de esperar, decidió acudir a la vía judicial que concluyó por Sentencia nº 6/2019, de 8 de enero, del Juzgado Provincial de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Oviedo, condenando al Ayuntamiento a pagar lo adeudado con sus correspondientes intereses de demora.

Y en cuanto a la empresa de prestación de los servicios de ayuda a domicilio, la Sentencia nº 286/2018, de 29 de noviembre, y la Sentencia nº 78/2020, de 4 de septiembre, de los Juzgados Provinciales de lo Contencioso-Administrativo nº 1 y 6, respectivamente, de Oviedo, han condenado al Ayuntamiento de Cangas a satisfacer a la mercantil Clece, S.A. las facturas pendientes, los intereses de demora de las mismas y de otras facturas pagadas con retraso así como las costas de ambos pleitos.

Pese a este verdadero descontrol de dinero público, el alcalde-abogado, que por lo visto no se calla ni debajo del agua, ha decidido justificar el desatino de su gestión alegando que “algunas” de las facturas impagadas a la citada empresa de prestación del servicio de ayuda domiciliaria datan de la época del anterior alcalde. ¡¡¡Menuda disculpa!!!

Porque si este dato fuera cierto, que no me consta que lo sea, mayor sería la responsabilidad del alcalde-abogado quien, recordemos, ostenta el puesto de primer regidor local desde el mes de junio del año 2015, es decir, desde hace casi 5 años y medio.

Y digo esto porque, cuanto más antigua sea la deuda, mayores intereses de demora habrá generado a su vista, ciencia y paciencia.

El alcalde-abogado, cuando cerró los ejercicios económicos 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019 del Ayuntamiento, tuvo que ser plenamente consciente de los débitos existentes con esta empresa, si es que los arrastraba de antes de su toma de posesión, y si no los pagó a su debido tiempo (ni propuso una quita o una espera con la misma) es porque asumió toda su responsabilidad en la gestión.

Lo dicho: dinero hay, pero depende de para qué. El problema está en que los impagos de las deudas municipales generan para los cangueses no solo intereses de demora sino también costas procesales.

¡¡¡Ay de mi güey!!!


[1] Ley 3/2004 – BOE 30/12/2004.

Un bochornoso espectáculo político

En una entrada anterior (“El parque público de El Fuejo”) ya expliqué con detalle muchos de los pormenores del expediente administrativo incoado en el Ayuntamiento de Cangas del Narcea para la expropiación forzosa de los terrenos que luego ocuparía esta infraestructura municipal.

En los primeros días del año 2011, nada más tener conocimiento del resultado judicial del proceso expropiatorio, Don José Manuel Martínez González, el inefable Martínez, por entonces alcalde de Cangas (estamos en lo que yo denominé aquí como “El cuatrienio negro”, el período más nefasto de la democracia municipal canguesa),  saltó a la escena mediática sosteniendo que él no tenía absolutamente nada que ver en todo éste desaguisado y que toda la responsabilidad en el mismo era únicamente de su antecesor en el cargo.

Pero lo que menos se esperaba Martínez, tan acostumbrado como estaba a emplear impunemente esa estrategia de echar siempre la culpa de todo al alcalde anterior, es que, como ahora expondré, hubiera abundantes pruebas de que él también fue responsable de éste proceso expropiatorio que a la postre supuso un importante desembolso de dinero público municipal.

La secuencia temporal de los hechos podría estructurarse en tres fases sucesivas, en función de las distintas responsabilidades políticas del personaje en el Ayuntamiento de Cangas.

1 – El referido expediente expropiatorio se inició por acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Cangas de fecha 31 de octubre de 2002, una época (1989-2003) en la que la corporación municipal estaba integrada por un total de 17 miembros de los que 9 eran del PSOE (incluido el entonces alcalde Don José Manuel Cuervo Fernández), 5 del PP, 1 de IU (que era el propio Martínez), 1 de URAS y 1 del Conceyu.

Una vez aprobado el proyecto de expropiación el Ayuntamiento formuló sus correspondientes hojas de aprecio valorando el suelo a razón de 18,85 euros/m2 con base en un informe técnico suscrito por un arquitecto superior y por un ingeniero agrónomo que, en contra de lo que entonces dijo Martínez, no calificaron dichos terrenos como suelo rústico sino como suelo urbano, como es fácilmente comprobable con una somera lectura de dicho documento.

Muy al contrario de lo que estuvo pregonando impunemente, lo cierto es que la actitud de Martínez en el asunto del parque público de El Fuejo comenzó siendo demasiado errática, para pasar luego a mucho más que sospechosa y terminar convirtiéndose en absolutamente determinante.

Porque si bien es cierto que, en la citada sesión del pleno de fecha 31 de octubre de 2002, se acordó el inicio del expediente de expropiación, con los votos a favor de todos los concejales de la Corporación excepto el suyo propio, y que en la sesión del pleno de fecha 27 de febrero de 2003, en la que se aprobó inicialmente el proyecto de expropiación forzosa, también votó en contra, sin embargo en la sesión del pleno de fecha 8 de mayo de 2003, en la que se aprobaron los informes de los servicios municipales y la remisión del expediente a la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio del Principado de Asturias (en adelante, la CUOTA), Martínez ya no votó en contra del acuerdo sino que se abstuvo, lo que es tanto como decir que de repente (?) dejó de estar en contra de la expropiación, siendo los hechos que acto continuo relataré los que mejor contribuyen a explicar su sorprendente metamorfosis.

2 – Unos días más tarde de aquella abstención, concretamente el día 25 de mayo de 2003, se celebraron elecciones locales, resultando en Cangas una nueva corporación municipal que quedó integrada por los siguientes concejales: 7 del PSOE, 7 del PP, 2 de IU y 1 de URAS.

Y ante el empate entre el PSOE y el PP surgió un gobierno de coalición PSOE-IU que rigió los destinos del Ayuntamiento durante los cuatro años siguientes (2003-2007) en los que la alcaldía continuó siendo desempeñada por el Sr. Cuervo Fernández quien delegó todas las competencias urbanísticas en Martínez, y no precisamente ‘gratis et amore’, sino que en sesión del Pleno de fecha 4 de junio de 2003 se acordó, con los votos a favor del PSOE y por supuesto de IU, ponerle a Martínez un sueldo mensual de 2.551,23 euros brutos a percibir en 14 pagas, lo que hace un promedio de nada más y nada menos que 2.976,43 euros mensuales cuando el salario mínimo interprofesional de entonces era de exactamente 451,20 euros al mes. ¡¡¡Sin comentarios!!!

Tras comenzar a percibir esta retribución Martínez ya no volvió a rechistar, desempeñando desde entonces la concejalía de urbanismo con una lealtad y fidelidad inquebrantables hacia el alcalde Cuervo, haciendo frente sin inmutarse a los principales escándalos urbanísticos de la democracia (es la época en la que Martínez comienza a adquirir popularidad apareciendo en los medios de comunicación empleando afirmaciones tales como, por ejemplo, que si no se tiraba el famoso “Muro de La Cogolla” que entonces dimitiría de su cargo de concejal de urbanismo, amenaza que, como todos sabemos, no llegó a cumplir nunca por la prosaica razón de que de hacerlo se hubiese quedado sin sueldo), permitiendo seguir adelante la expropiación del parque público de El Fuejo (cuyas obras se iniciaron y concluyeron bajo su mandato como primer responsable del urbanismo local) e impulsando la ejecución del archiconocido PERI de La Cortina e incluso la gestión y promoción urbanística como área residencial de la zona de Obanca, como sucedió en la sesión del Pleno de fecha 26 de febrero de 2004 donde Don Samuel Antonio Areces Álvarez, a la sazón su compañero de filas, votó a favor de ambas actuaciones urbanísticas (es cierto que a dicha reunión plenaria no acudió Martínez, pero a los efectos prácticos su ausencia resulta del todo intranscendente dada la presencia en la misma de su correligionario coadyuvando con su voto a que el PSOE obtuviera la mayoría legalmente exigida para llevar adelante todos sus propósitos).

Dicho en román paladino: los “pelotazos” de Obanca y de La Cortina, como luego denominó Martínez a estas dos actuaciones urbanísticas con las que sin embargo colaboró tan activamente, nunca hubiesen salido adelante sin un voto favorable de IU, pues por aquellas fechas el PSOE tenía los mismos concejales que el PP y por tanto no podía por sí solo contar con la mayoría suficiente para su aprobación.

Pero, volviendo al parque público de El Fuejo, en cumplimiento del acuerdo adoptado en la mencionada sesión del Pleno de fecha 8 de mayo de 2003 en la que, insistimos, Martínez no votó en contra sino que se abstuvo, el expediente se remitió a la CUOTA cuya comisión ejecutiva, en sesión de fecha 5 de diciembre de 2003, acordó aprobar el proyecto de expropiación y valorar el suelo afectado en la cantidad de 25,90 euros/m².

De las 23 parcelas que resultaron expropiadas los dueños de 12 de ellas no impugnaron en tiempo y forma esta valoración de la CUOTA, por lo que la misma devino firme y definitiva para ellos que por tanto fueron indemnizados con dichos 25,90 euros/m²; pero, sin embargo, los dueños de las 11 parcelas restantes manifestaron por escrito su disconformidad a la anterior valoración lo que obligó a remitir el expediente al Jurado de Expropiación del Principado de Asturias para la fijación del justiprecio de sus terrenos.

Durante los años 2003 a 2007, en que formó parte del equipo de gobierno municipal ocupando la concejalía de urbanismo, Martínez pudo haber exigido perfectamente, y no consta que lo haya hecho nunca, el desistimiento del expediente expropiatorio (lo que no hubiese costado un duro a las arcas públicas, dado que nada se había gastado hasta entonces, pues téngase en cuenta que el proyecto del parque fue redactado por técnicos de la Agencia de Desarrollo Local), e incluso que no se iniciaran las obras de construcción del parque (cuyo concurso fue publicado en el BOPA del día 3 de octubre de 2005) pero Martínez prefirió adoptar la cómoda postura del silencio cómplice para así poder seguir percibiendo su soberbio sueldo hasta el final de su mandato.

3 – El día 16 de junio de 2007 se constituyó la nueva Corporación Municipal de Cangas, integrada por 8 concejales del PSOE, 6 del PP y 3 de IU, naciendo un gobierno de coalición PP-IU que rigió los destinos de este municipio durante los cuatro años siguientes (2007-2011), siendo elegido alcalde Martínez. Todo ello como consecuencia de lo que aquí escribí bajo el título “Estafa electoral”.

Por oficios de fechas 27 de septiembre de 2007 y 29 de noviembre de 2007 el Jurado de Expropiación del Principado de Asturias solicitó del Ayuntamiento de Cangas que nombrara un representante ante el mismo para intervenir en la resolución de éste expediente expropiatorio, lo que hizo el alcalde Martínez mediante resoluciones de fechas 16 de noviembre de 2007 y 7 de febrero de 2008, quedando al final designadas por éste las arquitectos superiores Doña Emma Barrio Rubio, como titular, y Doña Carmen Muñoz Muñiz, como suplente, y ambas, insisto, como representantes del Ayuntamiento.

El Jurado de Expropiación del Principado de Asturias, en sesión de fecha 19 de septiembre de 2008 en la que intervinieron, entre otros asistentes, un total de cuatro arquitecto superiores, uno de los cuales fue precisamente la mencionada Doña Carmen Muñoz Muñiz como representante del Ayuntamiento de Cangas designada por el alcalde Martínez, decidió por unanimidad fijar como justiprecio de los terrenos expropiados la suma de 123,20 euros /m².

Recordemos: la hoja de aprecio del Ayuntamiento de Cangas valoró los terrenos en 18,85 euros/m2, la CUOTA elevó el precio a los 25,90 euros/m² y el Jurado de Expropiación, con el voto a favor de la representante municipal nombrada por el alcalde Martínez, fijó el justiprecio en dichos 123,20 euros/m².

No obstante lo expuesto, y haciendo caso omiso de la conocida doctrina judicial de los actos propios, el alcalde Martínez ordenó recurrir los acuerdos del Jurado de Expropiación ante la jurisdicción contencioso-administrativa (en la que defendió una valoración de 62,21 euros/m²), siendo el Tribunal Superior de Justicia de Asturias quien rechazó sus extravagantes pretensiones y confirmó la valoración en dichos 123,20 euros/m².

En consecuencia:

  • Nos encontramos ante una expropiación urbanística cuyos principales trámites se llevaron a cabo durante el gobierno de coalición PSOE-IU y siendo Martínez concejal de urbanismo.
  • Las obras de construcción del parque público de El Fuejo se ejecutaron íntegramente también durante el gobierno de coalición PSOE-IU y por tanto siendo Martínez concejal de urbanismo.
  • El alcalde Martínez fue el que designó la representante del Ayuntamiento de Cangas ante el Jurado de Expropiación del Principado de Asturias.
  • El acuerdo del Jurado de Expropiación del Principado de Asturias, por el que se fijó el justiprecio de la expropiación por un valor 6,5 veces por encima de la hoja de aprecio inicial, fue adoptado con el voto favorable de la representante del Ayuntamiento de Cangas nombrada por el alcalde Martínez.
  • Una vez fijado el justiprecio de los terrenos, lo prudente hubiese sido que el Ayuntamiento de Cangas pagara o consignara su importe, como así establece la Ley de Expropiación Forzosa para evitar el devengo de intereses, pero sin embargo el alcalde Martínez no hizo ni una cosa ni la otra, con lo cual la deuda municipal fue aumentando considerablemente.
  • Por orden del alcalde Martínez, el Ayuntamiento de Cangas recurrió judicialmente las Resoluciones del Jurado de Expropiación del Principado de Asturias (pese al voto favorable de la citada arquitecto superior que representó al mismo en dicho órgano) sosteniendo, en contra de su acto propio, una nueva valoración de los terrenos por la mitad del justiprecio fijado por aquél.
  • Y el Tribunal Superior de Justicia de Asturias rechazó las pretensiones del Ayuntamiento de Cangas y ratificó el justiprecio fijado el Jurado de Expropiación del Principado de Asturias.

Luego, Martínez mintió deliberadamente para esconder su propia responsabilidad en todo este asunto de las expropiaciones de El Fuejo y, en general, en todo lo relacionado con el urbanismo local entre los años 2003 y 2011, período en el que fue su máximo responsable.

Y toda esta información, aunque Martinez no lo crea, es perfectamente constatable al estar debidamente documentada.

¡¡¡Ay de mi güey!!!

Un charlatán de feria

El pasado día 17 de noviembre los oyentes de la emisora local de la cadena de radio ONDA CERO tuvimos la enorme fortuna -por lo divertido que resultó- de escuchar uno de los espectáculos más delirantes de los últimos años en Cangas del Narcea.

Una especie de “Aló, alcalde”, pero a la canguesa. Así como suena.

Se trataba de las “respuestas” dadas por el alcalde-abogado a las preguntas formuladas días antes por los oyentes de la cadena, es decir, un programa radiofónico de autobombo, “amañado” por parte de un político que, sospechosamente y al igual que le ocurre al jefe de su partido (bautizado ahora, nunca mejor dicho, como “Su Sanchidad”), prefiere el monólogo al diálogo. Lo dicho: Aló, alcalde.

Los cangueses todavía seguimos esperando que el alcalde-abogado cumpla la promesa realizada por el mismo cuando concurrió por primera vez a las elecciones locales (2015): «periódicamente organizaré en el Teatro Toreno un “concejo abierto” donde todos los ciudadanos puedan preguntarme directamente cualquier tema relacionado con el concejo». Y hasta hoy, que si te he visto no me acuerdo.

Pero, volviendo al espectáculo radiofónico que motiva esta entrada, simplemente decir que a mí me causó rubor. Hay que quererse mucho a uno mismo para preparar semejante montaje. En fin, maneras de vivir.

El alcalde-abogado, sin encomendarse ni a dios ni al diablo, acometió los temas que se le plantearon bajo las más disparatadas explicaciones y disculpas y cuidándose siempre de no concluir absolutamente nada. Todo balones fuera, cuando no compromisos dependientes de personas y organismos ajenos al Ayuntamiento. ¡¡¡Aló, alcalde!!!

El paripé no tiene desperdicio y ya adelanto que dará pie a numerosas entradas en esta bitácora.

No debemos de olvidar que, para gestionar los intereses públicos municipales, desde mediados del año 2015 los cangueses le estamos pagando al alcalde-abogado un sueldo nada desdeñable, lo que no ha impedido que, tras los mas de cinco años que lleva en el cargo, se haya ganado una merecida fama de mentiroso compulsivo, como una vez más ha quedado de manifiesto en este programa radiofónico.

Y esto pasa porque en este país las mentiras de los políticos no están tipificadas como delito en el Código Penal. Por eso TODOS, o casi todos, mienten más que hablan y, lo que es peor, con absoluta impunidad.

En resumen: esta intervención radiofónica del alcalde-abogado fue todo un brindis al sol, un simple fanfarroneo para la galería -a sabiendas de que no va a cumplir nada- y un blablablá infumable. Un espectáculo mucho más que lamentable y, en fin, una verdadera tomadura de pelo a todos los cangueses. Aló, alcalde.

Al alcalde-abogado, que era plenamente consciente de que no iba a someterse a preguntas espontáneas, sino únicamente a las que figuraban en un guion “precocinado”, solo le faltó echar mano de eso tan rancio y cursi de “me alegro de que me haga esa pregunta”.

¡¡¡Ay de mi güey!!!

No será prevaricación, pero sin duda es despilfarro de dinero público

Hace unas semanas escribí aquí una entrada (“Historia de un despilfarro de dinero público), referida a un caso más de desperdicio económico en el Ayuntamiento de Cangas del Narcea y que ahora, tras la decisión adoptada por la Fiscalía Superior del Principado de Asturias, ha llevado a la “progresía” local a salir en tromba en defensa del responsable de semejante despropósito, confundiendo así una vez más la gestión de los recursos públicos con la ideología o, mejor dicho, con el partido político en el que milita el regidor municipal, como si éste gozase de patente de corso y le estuviera permitido todo.

Bajo el mandato del alcalde popular Don José Luis Fontaniella Fernández (2011-2015) el Ayuntamiento de Cangas del Narcea suscribió con el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente un convenio de colaboración para acometer las obras de construcción de un matadero municipal en el polígono industrial de Tebongo, adjudicándose su ejecución a la empresa pública TRAGSA por un presupuesto de 863.633,73 euros, precio éste que, como suele ser habitual en los contratos administrativos de obras, se iría pagando por certificaciones expedidas por la dirección facultativa de las mismas, por cierto designada por el propio Ayuntamiento, quien durante su ejecución ordenó una modificación del proyecto original que supuso un ligero cambio en la alineación de una esquina del edificio (de 3,26 a 3,54 m) pero sin ningún sobrecoste y, lo que es más importante, sin infringir la normativa urbanística.

Todo discurría normalmente hasta que en el año 2015 el Ayuntamiento pasó a estar presidido por el alcalde-abogado quien, comoquiera que no estaba interesado en el matadero, porque había sido idea y decisión de un alcalde del PP, decidió en el año 2017 negarse sorpresiva e inexplicablemente al pago de las últimas certificaciones de obra emitidas por la empresa TRAGSA por importe total de 710.280,48 euros, basándose en que, según los técnicos municipales, la alineación del edificio no se ajustaba al plan urbanístico, y ello pese a que dichas certificaciones, insisto, estaban debidamente conformadas por el técnico director de las obras designado por el propio Ayuntamiento.

Así las cosas, en el mes de septiembre del año 2018 la empresa TRAGSA, harta de esperar, decidió reclamar judicialmente al Ayuntamiento el pago de dichos 710.280,48 euros, mas 76.464,87 euros de intereses de demora, es decir, los generados por la incomprensible negativa del alcalde-abogado a abonar en tiempo y forma las certificaciones de obra pese a contar las mismas con el visto bueno del técnico director designado por el propio Ayuntamiento, reclamación judicial que dio lugar al Procedimiento Ordinario nº 263/2018 del Juzgado Provincial de lo Contencioso-Administrativo nº 6 de Oviedo.

Este pleito resultó suspendido provisionalmente a instancia de ambas partes litigantes, al reconocer el Ayuntamiento la realidad, certeza y validez de las cantidades que le reclamaba TRAGSA, aunque alegando que, “debido a las dificultades presupuestarias y de tesorería del Ayuntamiento”, no podía hacer frente a las mismas, lo que el día 14 de enero de 2019 había llevado a firmar un acuerdo entre el alcalde-abogado y dicha empresa (“calendario de pagos”) para satisfacer la deuda y sus intereses a lo largo de los seis años siguientes.

Ni que decir tiene que, cuando alguien firma un reconocimiento de deuda, no puede luego negarse a cumplirlo con base en argumentos que datan de fecha anterior al mismo pues, lógicamente, el acuerdo supone un “borrón y cuenta nueva”.

Para dar cumplimiento a este acuerdo de pagos el alcalde-abogado dictó la Resolución 164/2019, de 5 de febrero, pero nada más tener conocimiento de la misma la secretaria municipal informó desautorizándola por ilegal (la competencia no era del alcalde sino del Pleno), lo que obligó al alcalde-abogado a dejarla inmediatamente sin efecto aunque, eso sí, sin revocar el acuerdo de pagos.

El día 27 de marzo de 2019 la empresa TRAGSA, cansada de esperar por los tejemanejes del alcalde-abogado, solicitó del Juzgado el levantamiento de la suspensión del pleito, dictándose seguidamente la Sentencia nº 225/2019, de 12 de noviembre, condenando al Ayuntamiento a pagar todo lo reclamado por TRAGSA en su demanda (710.280,48 + 76.464,87 euros), más el resto de los intereses devengados a partir de entonces, y hasta el completo pago de la deuda, así como las costas procesales.

Resumiendo: a los 710.280,48 euros adeudados inicialmente por el Ayuntamiento a la empresa TRAGSA hay que añadir que, única y exclusivamente por el mero capricho del alcalde-abogado, ahora es necesario pagarle a aquella otros 199.401,04 euros de intereses y 53.282,23 euros de costas, es decir, un “sobrecoste “de 252.683,27 euros que los cangueses debemos de agradecer a la irresponsabilidad del regidor local.

Todo esto el exalcalde Don José Luis Fontaniella Fernández lo puso en conocimiento de la Fiscalía Superior del Principado de Asturias, como yo creo que era su obligación, procediendo la misma a incoar las Diligencias de Investigación nº 10/2020 que fueron archivadas por Decreto de fecha 15 de octubre de 2020 al aplicar el principio de intervención mínima (última ratio) propio del Derecho Penal español, es decir, que las irregularidades cometidas por el alcalde-abogado, y que la Fiscalía no niega en absoluto, han de quedar reducidas al ámbito administrativo.

Y entonces el alcalde-abogado, aprovechando la benevolencia de la Fiscalía dirigida por su compañera de partido Doña Dolores Delgado García, ha salido a los medios sacando pecho: “Siempre hice caso a los informes municipales”. ¡¡¡Mentira!!!.

Los “progresistas” locales, en un alarde no ya de sectarismo sino de obnubilación (mas bien de ceguera), a la vista de la decisión de la Fiscalía no dudan, de un lado, en arremeter contra el Sr. Fontaniella Fernández, calificándolo de “carroñero” (?), y, de otro, en dar por bueno este inexplicable despilfarro del dinero de todos los cangueses por importe de la friolera de 252.683,27 euros (más de 42 millones de las antiguas pesetas).

Pero a mí, que soy un bicho raro donde los haya, me hubiese gustado mucho más que esta importante cantidad no se desperdiciara, como celebran los “progres”, sino que se destinara a ayudar, por ejemplo, a los sectores de la hostelería y el comercio minorista locales que tan mal lo tienen que estar pasando con sus negocios cerrados por el capricho de otros irresponsables.

Recuerdo ahora que, como ya escribí aquí en la entrada “Ayudas municipales para la reactivación y la regeneración económicas del Cangas del Narcea”, en primavera el alcalde-abogado prometió a los autónomos y pequeños empresarios individuales del concejo unas ayudas por importes de 300,00 y 350,00 euros a percibir de una sola vez por quienes resultaran beneficiario de las mismas, según las bases de su convocatoria aprobadas en un Pleno celebrado el pasado día 12 de mayo, pero lo cierto es que a día de hoy, transcurridos más de 6 meses desde entonces, no consta que las haya cobrado todavía nadie. Otro despropósito del regidor local y van…

Dicho en otras palabras: mientras el alcalde-abogado dilapida 252.683,27 euros de dinero público los empresarios de la hostelería y el comercio minorista del concejo languidecen con sus negocios cerrados ante un futuro mas negro que el carbón.

Pero si todo lo expuesto resulta obsceno y escandaloso, más lo es que la obra del matadero de Tebongo permanezca en el olvido más absoluto por un simple antojo del alcalde-abogado, a quien no le gusta continuar con las infraestructuras contratadas por su predecesor, y pese a que, entre pitos y flautas, hasta la fecha esta obra nos ha costado a todos los cangueses (de derechas y de izquierdas) más de un millón de euros. ¿Y aquí no pasa nada?.

¡¡¡Ay de mi güey!!!

La musofobia

El otro día escribí aquí, en la entrada titulada “Las ratas-topo”, que estos pequeños roedores estaban ocasionando estragos en los pastizales de la zona sureste del concejo de Cangas del Narcea, provocando una considerable disminución de la cosecha de hierba, con el consiguiente perjuicio para los agricultores y los ganaderos.

Decía yo entonces que el pasado día 26 de diciembre la teniente-alcalde y el que por aquellas fechas era concejal de agricultura del Ayuntamiento de Cangas se habían reunido en Oviedo con el director general de planificación, infraestructuras agrarias y montes del Principado para trasladarle las quejas de muchos de los ganaderos y agricultores que estaban sufriendo los daños que las ratas-topo ocasionaban en sus tierras, respondiéndoles el alto cargo de la Administración autonómica que la Consejería de Desarrollo Rural, Agroganadería y Pesca (hoy Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial), iba a trabajar para erradicar las ratas-topo, indemnizar los daños ocasionados y ayudar a la resiembra de pastizales afectados. Y los ediles cangueses se lo creyeron a pies juntillas. Todo mentira. Ocho meses después el Principado sigue sin hacer nada.

Ahora vuelvo a enterarme por los medios de comunicación que el día 20 del mes en curso la citada teniente-alcalde y la nueva concejala de agricultura viajaron otra vez a la capital del Principado para entrevistarse con el mismo alto cargo y además con la directora general de desarrollo rural y agroalimentación y con el director general del medio natural y planificación rural. ¡¡¡Será por directores generales!!! Pero mucho me temo que han vuelto a engañar a las ediles canguesas. Porque ahora la respuesta de esos mandamases de la Administración autonómica no es facilitar una solución inmediata, como sería lo lógico, sino una mera declaración de intenciones: el Principado elaborará un informe que diseñe la metodología adecuada para el control de la plaga para, una vez concluido este estudio, establecer las actuaciones a llevar a cabo. Y a mí esto me suena a una nueva milonga.

El asunto no es ninguna broma: afecta directamente a nada menos que 164 ganaderos y agricultores del concejo.

Y pese a la gravedad del tema, comoquiera que el alcalde-abogado no asistió a ninguna de las dos reuniones celebradas en Oviedo con los altos cargos autonómicos, ni siquiera para hacerse la consabida foto plasmando el postureo, sospecho que es porque el alcalde-abogado tiene musofobia.

¡¡¡Ay de mi güey!!!

Suplantación laboral

Hace un par de días, en la entrada de esta bitácora titulada Acoso y represión laborales de “izquierdas” , relaté la crueldad del alcalde Martínez (IU) con algunos de los empleados del Ayuntamiento de Cangas del Narcea durante el denominado “cuatrienio negro” (2007-2011), ejerciendo contra los mismos un acoso laboral (“mobbing”) incesante y sin precedentes.

En el Anexo II de la Resolución de 5 de mayo de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, por la que se aprueba y publica el Acuerdo de 6 de abril de 2011 de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado sobre el Protocolo de actuación frente al acoso laboral en la Administración General del Estado[1], se contiene un listado de referencia de conductas que constituyen acoso laboral y entre ellas figura la siguiente: “Dejar al trabajador de forma continuada sin ocupación efectiva, o incomunicado, sin causa alguna que lo justifique.”

Y esto también lo hizo el alcalde Martínez con dichos empleados municipales, hasta el punto de contratar nuevo personal que suplantara a aquellos para que así no tuvieran absolutamente nada que hacer. Tal cual.

No se les abrió un expediente disciplinario, porque no había ningún motivo para hacerlo, sino que directamente se les suplantó con empleados de nueva contratación y, por supuesto, afectos al “régimen”. En fin, duplicando los puestos de trabajo a su libre capricho y conveniencia.

Los “suplantadores” fueron inicialmente contratados en régimen eventual o temporal, hasta que en el mes de mayo de 2011, inmediatamente antes de celebrarse las elecciones municipales y ante la incertidumbre de sus resultados, el alcalde Martínez decidió arbitrariamente convertir esos contratos eventuales o temporales suscritos con sus correligionarios políticos en contratos indefinidos, esto es, para siempre. ¡¡¡Viva el vino!!!

Pero esto de “blindar” los contratos de trabajo en los últimos días de su mandato no solo lo hizo el alcalde Martínez con algunos de los “suplantadores” sino que también lo llevó a cabo con otros empleados municipales que militaban en IU, a quienes previamente ascendió de categoría e incrementó sus retribuciones.

Toda una gestión progresista y de izquierdas (?) de los intereses públicos.

Pero un mes después de cometerse semejante fraude resultó elegido un nuevo alcalde y éste, en su política de reorganización municipal, procedió al despido de los “suplantadores”, dando lugar a los correspondientes procesos judiciales en los que aquellos se defendieron alegando que habían sido despedidos por un alcalde del PP debido a su militancia de IU, revelando así claramente que Martínez procedió a su contratación precisamente por su afinidad política, poniendo así de relieve la calidad de su gestión municipal.

Una de las Sentencias[2] dice textualmente que “… Si examinamos el organigrama del Ayuntamiento cuando fue contratado el [“suplantador”], no resulta justificada su contratación …” porque las tareas que le asignaron eran realizadas por otros empleados municipales y entre ellos por la persona suplantada. Mas explicita no puede ser la Magistrada.

Y otra de las Sentencias[3] se pronuncia en términos similares poniendo también de relieve la Magistrada la existencia de “duplicidad” de puestos de trabajo: el “suplantador” y el “suplantado”.

En fin, que así era como malgastaba el alcalde Martínez el dinero de todos los cangueses: incrementando los gastos de personal del Ayuntamiento en beneficio de los empleados municipales que militaban en su mismo partido político.

Y mientras tanto el “líder” de la derecha local, gracias al cual Martínez accedió a la alcaldía, en misa y comulgando.

¡¡¡Ay de mi güey!!!


[1] BOE 1/06/2011

[2] Sentencia 358/2012 del Juzgado de lo Social nº 2 de Oviedo.

[3] Sentencia 298/2012 del Juzgado de lo Social nº 3 de Oviedo.